🇬🇹 Calculadora de Liquidación y Prestaciones Laborales Guatemala (2026)
Cálculo de Indemnización, Aguinaldo y Bono 14 · Leyes vigentes 2026
📝 Simulador de Finiquito Laboral (Código de Trabajo GT)
Desglose de Beneficios: Bono 14, Aguinaldo e Indemnización
Antigüedad: —
Guía del MINTRAB: ¿Cómo calcular tus Prestaciones de Ley en Guatemala?
En 7 pasos simples, calculamos tu liquidación laboral completa según el Código de Trabajo guatemalteco, los Decretos 76-78 y 42-92, y el Acuerdo Gubernativo 256-2025 vigente para 2026.
Ingresa tus Datos Laborales
La base de todo cálculo son tres datos: tu salario mensual ordinario, la fecha de inicio de la relación laboral y la fecha de terminación. Con esos tres números, la calculadora determina exactamente cuántos días laboraste y cuánto tiempo de antigüedad tenés acumulado.
Tu salario base mensual sin los Q250 de bonificación incentivo. Es la cifra que usa el Código de Trabajo para todos los cálculos proporcionales.
Art. 88 CTSolo si tenés comisiones o bonos variables. Este promedio se usa únicamente para la base indemnizatoria del Art. 82. Si lo dejás vacío, se usa el salario ordinario.
Art. 82 CTLa exactitud en días es crítica. Un día de diferencia puede cambiar el período de aguinaldo o Bono 14 y alterar el total final.
Cálculo baseSeleccioná si tu trabajo es No Agrícola, Agrícola o Maquila/Exportación. Esto determina el salario mínimo de referencia para 2026.
Ac. Gub. 256-2025Días Totales = (Fecha de Terminación − Fecha de Ingreso) + 1
📌 Ejemplo: Ingreso 1 de enero 2018, salida 15 de febrero 2026 = 2,967 días totales trabajados.
Indica el Motivo de tu Salida
Este es el campo más importante de la calculadora. El tipo de terminación del contrato determina si te corresponde indemnización o no. No importa cuántos años trabajaste: si renunciaste o te despidieron con causa justificada, la indemnización del Art. 82 no aplica.
| Tipo de Terminación | ¿Aplica Indemnización? | Base Legal |
|---|---|---|
| Despido Injustificado (Intempestivo) | ✅ SÍ | Art. 82 CT |
| Renuncia Voluntaria | ❌ NO | Art. 78 CT |
| Despido Justificado (Con causa) | ❌ NO | Art. 77 y 93 CT |
| Mutuo Acuerdo entre partes | ❌ NO | Acuerdo escrito |
| Vencimiento de Contrato a Plazo | ❌ NO* | Cláusula contractual |
* En contratos a plazo fijo, consultá con la Inspección General de Trabajo ante dudas.
Completa los Beneficios y Pendientes
Además del salario y las fechas, la calculadora necesita saber cuántos días del mes actual no te pagaron aún, cuántas vacaciones tenés sin tomar, y si hay horas extra pendientes de cobro.
Los días laborados en el mes de tu salida que tu empleador todavía no te depositó. La calculadora los incluye al salario diario proporcional.
Art. 88 CTDías de vacaciones acumulados que no tomaste. El mínimo legal en Guatemala es 15 días hábiles por año, 20 días después de 5 años continuos.
Art. 130 CTHoras trabajadas fuera de jornada de lunes a sábado. Se pagan a 1.5 veces el valor de la hora ordinaria.
Art. 121 CTHoras trabajadas en día de descanso semanal o feriado oficial. Se pagan a doble valor de la hora ordinaria.
Art. 127 CTLa Calculadora Aplica los 7 Cálculos Legales
Una vez que ingresás todos los datos, el motor de cálculo ejecuta automáticamente los 7 componentes que integran una liquidación laboral en Guatemala, cada uno con su fórmula y base legal específica.
Salario Pendiente = (Salario Mensual ÷ 30) × Días Sin Pagar
📌 Ejemplo: Salario Q5,000 · 12 días sin pagar → (5,000 ÷ 30) × 12 = Q2,000.00
El mes laboral se divide siempre en 30 días, independientemente del mes calendario.
Bonificación Pendiente = (Q250 ÷ 30) × Días Sin Pagar
📌 Ejemplo: 12 días sin pagar → (250 ÷ 30) × 12 = Q100.00
Los Q250 de bonificación incentivo nunca se incluyen en el salario base para aguinaldo, Bono 14 ni indemnización. Se calculan siempre por separado.
Valor Hora = Salario Mensual ÷ 30 ÷ 8
Horas Ordinarias = Horas × 1.5 × Valor Hora
Horas Domingo/Feriado = Horas × 2.0 × Valor Hora
📌 Ejemplo: Salario Q5,000 · Valor hora = Q20.83 · 10 horas ordinarias = 10 × 1.5 × 20.83 = Q312.50
Aguinaldo = (Salario Mensual ÷ 365) × Días desde el 1 de Diciembre
📌 Período: 1 de diciembre → 30 de noviembre
Ejemplo: Salida el 15 de febrero 2026, salario Q5,000.
Días desde 1 dic 2025 hasta 15 feb 2026 = 77 días
Aguinaldo = (5,000 ÷ 365) × 77 = Q1,054.79
El período siempre inicia el 1 de diciembre del año anterior, sin excepción. El pago completo anual equivale a un salario mensual.
Bono 14 = (Salario Mensual ÷ 365) × Días desde el 1 de Julio
📌 Período: 1 de julio → 30 de junio
Ejemplo: Salida el 15 de febrero 2026, salario Q5,000.
Días desde 1 jul 2025 hasta 15 feb 2026 = 230 días
Bono 14 = (5,000 ÷ 365) × 230 = Q3,150.68
El Bono 14 se paga íntegro en julio a quienes completan el año. Si salís antes, recibís la parte proporcional a los días del período vigente que trabajaste.
Vacaciones = (Salario Mensual ÷ 30) × Días No Gozados
📌 Ejemplo: 20 días de vacaciones sin usar con salario Q5,000 → (5,000 ÷ 30) × 20 = Q3,333.33
El trabajador con menos de 5 años acumula mínimo 15 días hábiles por año. Con más de 5 años, el convenio puede ampliarlos. El empleador no puede negar este pago al terminar la relación laboral.
Guatemala tiene una fórmula específica llamada «con ventajas»: la base indemnizatoria no es el salario simple, sino que incluye la sexta parte mensual del aguinaldo y del Bono 14. Esto eleva levemente la base de cálculo a favor del trabajador.
Ventajas = (Prom. 6 meses ÷ 12 ÷ 6) + (Prom. 6 meses ÷ 12 ÷ 6)
= Prom. 6 meses ÷ 36
Base Indemnizatoria = Promedio 6 meses + Ventajas
Indemnización = (Base ÷ 365) × Días Totales Trabajados
📌 Ejemplo: 7 años trabajados (2,555 días), promedio 6m = Q5,500
Ventajas = 5,500 ÷ 36 = Q152.78
Base indemnizatoria = 5,500 + 152.78 = Q5,652.78
Indemnización = (5,652.78 ÷ 365) × 2,555 = Q39,550.98
Equivale aproximadamente a 7 meses y 3 días de salario.
Revisa tu Resultado Completo y Desglosado
La calculadora muestra el total de tu liquidación con cada componente por separado, la referencia legal de cada monto y un gráfico visual para que entiendas de dónde viene cada quetzal.
| Concepto | Monto | Base Legal |
|---|---|---|
| Salario Pendiente (12 días) | Q 2,000.00 | Art. 88 |
| Bonificación Incentivo (12 días) | Q 100.00 | Dec. 78-89 |
| Horas Extra (10 ord. + 4 domingo) | Q 479.17 | Arts. 121, 127 |
| Aguinaldo Proporcional (77 días) | Q 1,054.79 | Dec. 76-78 |
| Bono 14 Proporcional (230 días) | Q 3,150.68 | Dec. 42-92 |
| Vacaciones No Gozadas (20 días) | Q 3,333.33 | Art. 130 |
| Indemnización Con Ventajas (7 años) | Q 39,550.98 | Art. 82 |
| TOTAL LIQUIDACIÓN | Q 49,668.95 | — |
Compara lo que Te Ofrecen con lo que Te Corresponde
Muchos empleadores ofrecen un monto global sin desglosar. Con tu cálculo en mano, podés comparar lado a lado la oferta de tu empleador contra el total legal que la calculadora determinó, e identificar si hay una diferencia que debés reclamar.
En este caso el empleador está ofreciendo Q7,668 por debajo de lo que manda la ley. Con el PDF de tu cálculo podés presentarlo en la negociación o llevar el caso a la Inspección General de Trabajo del MINTRAB.
Exporta y Comparte tu Liquidación
Con un clic podés descargar tu cálculo completo en tres formatos distintos, cada uno pensado para un uso diferente: negociación formal, archivo personal o comunicación rápida con familia o abogado.
Documento profesional con tu nombre, antigüedad, desglose legal completo y total. Listo para imprimir o adjuntar en correo a tu empleador o abogado.
Hoja de cálculo con todos los valores, fórmulas y referencia a los salarios mínimos 2026 (Ac. Gub. 256-2025). Podés editarlo y compartirlo fácilmente.
Mensaje formateado con el resumen de tu liquidación para enviar a un familiar, tu abogado o cualquier persona de confianza en segundos.
Ya sabés exactamente cómo funciona cada paso. Ahora calculá tu liquidación en menos de 2 minutos con datos reales, leyes 2026 y el resultado al instante.
🧮 Calculá tu Liquidación Ahora — Es GratisCasos Prácticos de Liquidación y Finiquito en Guatemala (2026)
Casos basados en situaciones reales de trabajadores guatemaltecos, calculados con las fórmulas vigentes del Código de Trabajo y el Acuerdo Gubernativo 256-2025. Cada ejemplo incluye el desglose completo paso a paso.
15 mayo 2023 → 15 noviembre 2025 = 916 días
Salario diario: Q3,500 ÷ 30 = Q116.67 · Valor hora: Q116.67 ÷ 8 = Q14.58
(Q3,500 ÷ 30) × 15 días = Q1,750.00
(Q250 ÷ 30) × 15 días = Q125.00
Los Q250 siempre se calculan por separado y nunca entran al salario base.
Período: 1 dic 2024 → 15 nov 2025 = 350 días
(Q3,500 ÷ 365) × 350 = Q3,356.16
YA RECIBIDO en julio 2025 → Q0.00
(Q3,500 ÷ 30) × 10 días = Q1,166.67
RENUNCIA VOLUNTARIA → Q0.00
La indemnización del Art. 82 únicamente aplica en despido injustificado. La renuncia voluntaria no genera este derecho.
| Concepto | Monto | Base Legal |
|---|---|---|
| Salario pendiente (15 días) | Q 1,750.00 | Art. 88 CT |
| Bonificación incentivo | Q 125.00 | Dec. 78-89 |
| Aguinaldo proporcional (350 días) | Q 3,356.16 | Dec. 76-78 |
| Bono 14 | Q 0.00 | Ya recibido |
| Vacaciones no gozadas (10 días) | Q 1,166.67 | Art. 130 CT |
| Indemnización | Q 0.00 | Art. 82 (N/A) |
| TOTAL LIQUIDACIÓN | Q 6,397.83 |
1 enero 2020 → 30 septiembre 2025 = 2,100 días
Salario diario: Q8,000 ÷ 30 = Q266.67 · Valor hora: Q266.67 ÷ 8 = Q33.33
(Q8,000 ÷ 30) × 30 días = Q8,000.00
(Q250 ÷ 30) × 30 días = Q250.00
Q33.33 × 1.5 × 10 horas = Q500.00
Período: 1 dic 2024 → 30 sep 2025 = 304 días
(Q8,000 ÷ 365) × 304 = Q6,663.01
Período vigente: 1 jul 2025 → 30 sep 2025 = 92 días
(Q8,000 ÷ 365) × 92 = Q2,016.44
(Q8,000 ÷ 30) × 20 días = Q5,333.33
Ventajas = Q8,500 ÷ 36 = Q236.11
Base indemnizatoria = Q8,500 + Q236.11 = Q8,736.11
Indemnización = (Q8,736.11 ÷ 365) × 2,100 días = Q50,262.56
| Concepto | Monto | Base Legal |
|---|---|---|
| Salario pendiente (30 días) | Q 8,000.00 | Art. 88 CT |
| Bonificación incentivo | Q 250.00 | Dec. 78-89 |
| Horas extra (10 horas × 1.5×) | Q 500.00 | Art. 121 CT |
| Aguinaldo proporcional (304 días) | Q 6,663.01 | Dec. 76-78 |
| Bono 14 proporcional (92 días) | Q 2,016.44 | Dec. 42-92 |
| Vacaciones no gozadas (20 días) | Q 5,333.33 | Art. 130 CT |
| Indemnización con ventajas (2,100 días) | Q 50,262.56 | Art. 82 CT ⭐ |
| TOTAL LIQUIDACIÓN | Q 73,025.34 |
¿Tu caso se parece a alguno de estos? Calculá tu cifra exacta en menos de 2 minutos.
🧮 Ir a la Calculadora — Gratis1 feb 2013 → 28 feb 2025 = 4,411 días (12 años exactos)
Salario diario: Q12,000 ÷ 30 = Q400.00
(Q12,000 ÷ 30) × 28 días = Q11,200.00
(Q250 ÷ 30) × 28 días = Q233.33
Período: 1 dic 2024 → 28 feb 2025 = 90 días
(Q12,000 ÷ 365) × 90 = Q2,958.90
YA RECIBIDO en julio 2024 → Q0.00
(Q12,000 ÷ 30) × 35 días = Q14,000.00
Ventajas = Q12,500 ÷ 36 = Q347.22
Base indemnizatoria = Q12,500 + Q347.22 = Q12,847.22
Indemnización = (Q12,847.22 ÷ 365) × 4,411 días = Q155,257.80
| Concepto | Monto | Base Legal |
|---|---|---|
| Salario pendiente (28 días) | Q 11,200.00 | Art. 88 CT |
| Bonificación incentivo | Q 233.33 | Dec. 78-89 |
| Aguinaldo proporcional (90 días) | Q 2,958.90 | Dec. 76-78 |
| Bono 14 | Q 0.00 | Ya recibido |
| Vacaciones no gozadas (35 días) | Q 14,000.00 | Art. 130 CT |
| Indemnización con ventajas (4,411 días) | Q 155,257.80 | Art. 82 CT ⭐ |
| TOTAL LIQUIDACIÓN | Q 183,650.04 |
1 sep 2025 → 15 nov 2025 = 76 días
Salario diario: Q4,500 ÷ 30 = Q150.00 · Valor hora: Q150 ÷ 8 = Q18.75
(Q4,500 ÷ 30) × 15 días = Q2,250.00
(Q250 ÷ 30) × 15 días = Q125.00
Q18.75 × 1.5 × 2 horas = Q56.25
Período activo: 1 dic 2024 → 15 nov 2025
Pero ingresó el 1 sep 2025, entonces desde 1 sep = 76 días
(Q4,500 ÷ 365) × 76 = Q936.99
La calculadora usa el período real desde su primer día de trabajo, ya que ingresó después de que empezó el ciclo de aguinaldo.
Período activo: 1 jul 2025 → 15 nov 2025
Pero ingresó el 1 sep 2025, entonces desde 1 sep = 76 días
(Q4,500 ÷ 365) × 76 = Q936.99
El Bono 14 también aplica proporcional. El período vigente (jul 2025 → jun 2026) estaba activo cuando Sandra ingresó.
(Q4,500 ÷ 30) × 5 días = Q750.00
Ventajas = Q4,500 ÷ 36 = Q125.00
Base indemnizatoria = Q4,500 + Q125 = Q4,625.00
Indemnización = (Q4,625 ÷ 365) × 76 días = Q963.01
| Concepto | Monto | Base Legal |
|---|---|---|
| Salario pendiente (15 días) | Q 2,250.00 | Art. 88 CT |
| Bonificación incentivo | Q 125.00 | Dec. 78-89 |
| Horas extra (2 horas × 1.5×) | Q 56.25 | Art. 121 CT |
| Aguinaldo proporcional (76 días) | Q 936.99 | Dec. 76-78 |
| Bono 14 proporcional (76 días) | Q 936.99 | Dec. 42-92 |
| Vacaciones no gozadas (5 días) | Q 750.00 | Art. 130 CT |
| Indemnización con ventajas (76 días) | Q 963.01 | Art. 82 CT ⭐ |
| TOTAL LIQUIDACIÓN | Q 6,018.24 |
15 jul 2017 → 30 nov 2025 = 3,061 días (8 años 4 meses 15 días)
Salario diario: Q10,000 ÷ 30 = Q333.33 · Valor hora: Q333.33 ÷ 8 = Q41.67
(Q10,000 ÷ 30) × 10 días = Q3,333.33
(Q250 ÷ 30) × 10 días = Q83.33
Ordinarias: Q41.67 × 1.5 × 15 horas = Q937.50
Domingos: Q41.67 × 2.0 × 5 horas = Q416.67
Total horas extra = Q1,354.17
Período: 1 dic 2024 → 30 nov 2025 = 365 días completos
(Q10,000 ÷ 365) × 365 = Q10,000.00
Francisco completó el año completo de aguinaldo (dic 2024 → nov 2025), por lo que le corresponde el monto íntegro.
YA RECIBIDO en julio 2025 → Q0.00
(Q10,000 ÷ 30) × 30 días = Q10,000.00
Promedio 6 meses = Q11,200 (incluye comisiones)
Ventajas = Q11,200 ÷ 36 = Q311.11
Base indemnizatoria = Q11,200 + Q311.11 = Q11,511.11
Indemnización = (Q11,511.11 ÷ 365) × 3,061 días = Q96,535.65
| Concepto | Monto | Base Legal |
|---|---|---|
| Salario pendiente (10 días) | Q 3,333.33 | Art. 88 CT |
| Bonificación incentivo | Q 83.33 | Dec. 78-89 |
| Horas ordinarias (15 × 1.5×) | Q 937.50 | Art. 121 CT |
| Horas domingo/feriado (5 × 2×) | Q 416.67 | Art. 127 CT |
| Aguinaldo proporcional (365 días) | Q 10,000.00 | Dec. 76-78 |
| Bono 14 | Q 0.00 | Ya recibido |
| Vacaciones no gozadas (30 días) | Q 10,000.00 | Art. 130 CT |
| Indemnización con ventajas (3,061 días) | Q 96,535.65 | Art. 82 CT ⭐ |
| TOTAL LIQUIDACIÓN | Q 121,306.48 |
5 Pro Tips para Exigir tus Derechos ante la Inspección de Trabajo
Información práctica basada en el Código de Trabajo guatemalteco y el Acuerdo Gubernativo 256-2025. Conocer estas reglas puede significar la diferencia de decenas de miles de quetzales en tu bolsillo.
Nunca aceptés una liquidación verbal ni un número global sin desglose. El empleador tiene la obligación de entregarte un documento que detalle qué concepto se está pagando, en qué monto y con qué base legal. Sin ese papel, no tenés forma de verificar que el cálculo sea correcto.
- Los 7 conceptos de ley: Salarios pendientes, Aguinaldo, Bono 14, Vacaciones no gozadas, Bonificación incentivo, Horas extra e Indemnización (si aplica)
- Fechas exactas: Fecha de ingreso, fecha de término y período de cada prestación calculada
- Monto desglosado por línea: Cada concepto en su propia fila, no suma global
- Salario base usado: Qué salario (o promedio) se tomó de referencia para cada cálculo
- Referencia legal: Artículo o Decreto que respalda cada concepto (Art. 82, Dec. 76-78, etc.)
- Total a pagar: Suma final clara y por escrito
- Firmas y fecha: Tu firma, firma del empleador o su representante legal y fecha de emisión
- Fecha comprometida de pago: Máximo dentro del plazo razonable tras la terminación
- No está desglosado concepto por concepto y te dan solo un total
- El monto no coincide con tu cálculo en la calculadora
- Incluye cláusulas de «renuncia de derechos», «condonación de demandas» o «finiquito total» sin especificar qué cubre
- Te presionan para firmar en el momento sin darte tiempo de revisar
- No te entregan copia del documento firmado para tu archivo personal
Art. 88 CT: El empleador está obligado a pagar el salario íntegro en cada período. Al terminar la relación laboral, todos los montos pendientes se liquidan de manera inmediata. La Inspección General de Trabajo (IGT) puede intervenir en caso de incumplimiento. Art. 88 CT
La indemnización del Art. 82 se calcula sobre el promedio de tu salario de los últimos 6 meses, no sobre tu salario base. Si recibís comisiones, bonificaciones variables o aumentos durante ese período, tu promedio real es mayor al salario base, y eso se traduce directamente en más quetzales de indemnización.
- Reuní las boletas de pago de los últimos 6 meses exactos anteriores a la fecha de salida
- Sumá en cada mes: salario base + comisiones + bonificaciones variables + horas extra
- Sumá los 6 totales mensuales y dividí entre 6
- Ese número es la base para calcular tu indemnización con ventajas, no el salario base
- Ingresalo en el campo «Promedio 6 meses» de la calculadora para ver el resultado correcto
- «Usamos tu salario base para la indemnización» → Falso. La ley exige el promedio de los 6 meses reales. Art. 82 CT
- «Las comisiones no cuentan para indemnización» → Falso. Todo ingreso salarial recibido en esos 6 meses entra al promedio.
- «Usamos el salario más bajo de los últimos meses» → Falso. Es el promedio, no el mínimo.
- «No guardes tus boletas, nosotros tenemos los registros» → Peligroso. Tenés derecho a tener copia de cada boleta. Es tu respaldo legal.
Hoy: Guardá copias físicas o digitales de tus últimas 6 boletas de pago. Si no las tenés, solicitáselas al departamento de RRHH por escrito.
Antes de recibir la oferta: Calculá tu promedio real y comparalo con lo que el empleador va a usar como base.
Si hay diferencia: Pedí por escrito la corrección del cálculo antes de firmar cualquier documento.
Dos de los errores de cálculo más comunes en Guatemala ocurren precisamente aquí: empleadores que usan fechas equivocadas para el Aguinaldo y el Bono 14, o que directamente omiten alguno de los dos diciéndote que «no aplica». Conocer los períodos correctos puede significar más de Q1,000 en tu liquidación.
- «Divido tu salario entre 12 para el aguinaldo» → Incorrecto. Se calcula en días reales desde el 1 de diciembre, no en doceavo mensual.
- «Cuento desde tu fecha de ingreso para el aguinaldo» → Incorrecto. El período siempre inicia el 1 de diciembre del año anterior, independientemente de cuándo ingresaste.
- «Como terminás en octubre, no hay Bono 14» → Completamente falso. El período jul-jun estaba activo y te corresponde lo proporcional desde el 1 de julio hasta tu fecha de salida.
- «Ya recibiste el Bono 14 completo, no hay proporcional» → Esto solo es válido si el Bono 14 pagado corresponde al período que ya cerró. Si hay días del nuevo período activo, esos días también se pagan.
Aguinaldo (período dic 2024 – nov 2025):
Desde 1 dic 2024 hasta 30 oct 2025 = 334 días
Aguinaldo = (Salario ÷ 365) × 334 → equivale a 11.1 meses proporcionales, no «11 meses exactos».
Bono 14 (período jul 2025 – jun 2026):
Desde 1 jul 2025 hasta 30 oct 2025 = 122 días
Bono 14 = (Salario ÷ 365) × 122 → no es Q0, es lo proporcional a 122 días trabajados en el período vigente.
Marcá las fechas clave: Dic 1 y Jul 1 son los puntos de inicio de cada período. Contás desde ahí hasta tu fecha de salida.
Usá la calculadora: Ingresás tus fechas exactas y el sistema aplica automáticamente los períodos correctos para ambos beneficios.
Si el empleador dice que no aplica alguno: Pedile que te muestre por escrito en qué artículo o decreto se basa para no pagar. No existe esa excepción en la ley guatemalteca para el sector privado.
El motivo de salida es el campo más crítico de toda la liquidación. Renuncia voluntaria o despido injustificado: esa diferencia de una palabra puede significar decenas de miles de quetzales. Algunos empleadores utilizan este punto para reducir deliberadamente el pago al que tenés derecho.
| Motivo de Salida | ¿Indemnización? | Ejemplo — 5 años, Q6,000/mes |
|---|---|---|
| Renuncia Voluntaria Art. 78 CT | ❌ NO | Q0 de indemnización |
| Despido Injustificado Art. 82 CT | ✅ SÍ | ~Q31,000 de indemnización |
| Despido Justificado (con causa) Art. 77 CT | ❌ NO | Q0 de indemnización |
| Diferencia entre renuncia y despido injustificado: ~Q31,000 en este ejemplo | ||
Es frecuente que el empleador diga: «Es mejor si renunciás, es más rápido, sin problemas, menos papeleo.»
La verdad: Si te comunicaron que ya no vas a seguir trabajando y la decisión la tomó la empresa, eso es un despido. Registrarlo como «renuncia» a petición del empleador te quita el derecho a la indemnización del Art. 82.
Renunciar es tu decisión libre y voluntaria. Si te echan, documentalo como despido.
- Solicitá por escrito la razón exacta de la terminación laboral
- Verificá que el documento diga claramente quién tomó la decisión:
- Si renunciaste vos: El documento debe decir «Renuncia Voluntaria» y la firma inicial la ponés vos
- Si te despidieron: El documento debe decir «Despido» o «Terminación por decisión del empleador» y la firma inicial la pone la empresa
- Si te despidieron: No firmés que renunciaste. Exigí que diga «Despido Intempestivo» o «Terminación de contrato por iniciativa del empleador»
- Sacá foto o copia de cada documento antes de salir del edificio
- Art. 78 CT: Regula las renuncias voluntarias. Sin indemnización. Art. 78
- Art. 82 CT: Garantiza indemnización en despido injustificado. Es un derecho irrenunciable. Art. 82
- Art. 106 Constitución Guatemala: Los derechos laborales son irrenunciables. Ningún documento puede hacer que pierdas un derecho que la ley te reconoce. Art. 106 CPRG
- Art. 263 CT: Tenés derecho a solicitar constancia de trabajo con el motivo de salida. Art. 263
Si te van a despedir: Pedí constancia escrita de que es despido antes de devolver equipo o credenciales.
Si querés renunciar: Presentá aviso con anticipación razonable (al menos 30 días para trabajos de confianza) para cerrar bien la relación y asegurarte de recibir todas tus prestaciones.
Si hay ambigüedad en el documento: No firmés nada hasta que el motivo quede claro por escrito.
Un abogado laboral guatemalteco puede recuperar miles de quetzales en una sola consulta. Pero no siempre es necesario. Aquí te explicamos exactamente cuándo el costo de la consulta vale la pena y cuándo podés resolver el asunto por tu cuenta con la calculadora y el respaldo de la Inspección General de Trabajo.
| Costo aproximado consulta | Si la diferencia es… | ¿Vale la pena? |
|---|---|---|
| Q250 – Q400 | Q1,000 o más | ✅ Sí, claramente |
| Q400 – Q600 | Q3,000 o más | ✅ Sí, necesario |
| Q600 – Q1,000 | Q10,000 o más | ✅ Sí, muy recomendable |
| Muchos abogados laborales trabajan por contingencia: no cobran si no ganás el caso | ||
Podés presentar denuncia por incumplimiento laboral. El servicio es gratuito. Ellos pueden citar al empleador y exigir el pago.
7ª Avenida 3-33 Zona 9, Torre Empresarial, Ciudad de Guatemala. Atención: 9am – 5pm.
Para casos donde la mediación con el empleador fracasó. El proceso laboral guatemalteco es oral y relativamente ágil.
Puede referirte a abogados laboralistas colegiados. Algunos ofrecen primera consulta gratuita o a bajo costo para casos de trabajadores.
Paso 1: Usá esta calculadora y anotá el total exacto que te corresponde.
Paso 2: Comparalo con la oferta del empleador. Si hay diferencia superior a Q1,000, no firmés todavía.
Paso 3: Solicitá una consulta con abogado laboral o presentá consulta en la IGT (llamando al 1511).
Paso 4: Llevá impreso tu cálculo de la calculadora a la reunión con el abogado o inspector. Es tu herramienta de negociación.
Paso 5: No firmés nada bajo presión. Tenés derecho a tomarte el tiempo necesario para revisar antes de estampar tu firma.
Ahora que conocés tus derechos, calculá exactamente cuánto te corresponde antes de sentarte a negociar con tu empleador.
🧮 Calculá tu Liquidación Ahora — GratisPreguntas Frecuentes (FAQ): Prestaciones e Indemnización en Guatemala
42 respuestas claras a las dudas más comunes sobre liquidación, finiquito, indemnización y derechos laborales según el Código de Trabajo guatemalteco y el Acuerdo Gubernativo 256-2025 vigente.
Conceptos Básicos: Finiquito vs. Liquidación
La liquidación laboral es el pago final que el empleador debe hacerle al trabajador cuando termina la relación de trabajo, sin importar el motivo. Incluye todos los conceptos pendientes que la ley garantiza: salarios no pagados, aguinaldo proporcional, Bono 14 proporcional, vacaciones no gozadas, bonificación incentivo, horas extra pendientes y, cuando corresponde, la indemnización por despido injustificado.
En Guatemala, este derecho está protegido por los artículos 78 al 88 del Código de Trabajo y los Decretos 76-78, 42-92 y 78-89. Arts. 78–88 CT
Liquidación es el cálculo de todos los montos que te corresponden por ley al terminar la relación laboral: salarios, aguinaldo, Bono 14, vacaciones, bonificación e indemnización si aplica.
Finiquito es el documento legal que firmás cuando recibís tu liquidación. Al firmarlo, declarás que recibiste el pago completo y das por terminada la relación laboral.
Sí. Todos los trabajadores del sector privado guatemalteco tienen derecho a liquidación, sin importar:
- El tiempo trabajado (desde el primer día)
- El tipo de contrato (indefinido, temporal, por obra, a plazo fijo)
- Si renunciaste o si te despidieron
- El sector de actividad (comercio, servicios, industria, maquila, agrícola)
El Código de Trabajo no fija un plazo exacto de días en un solo artículo, pero la jurisprudencia laboral guatemalteca y la práctica de la Inspección General de Trabajo (IGT) establecen que el pago debe hacerse en un tiempo razonable inmediato —generalmente interpretado como no más de 8 a 15 días hábiles después de la terminación. Art. 88 CT
Si el empleador no paga en ese plazo:
- Podés presentar denuncia gratuita en la Inspección General de Trabajo llamando al 1511
- Podés acudir a los Juzgados de Trabajo y Previsión Social
- Consultá un abogado laboral para evaluar acciones adicionales
Cálculos de Ley: Bono 14, Aguinaldo y Horas Extra
La indemnización es una compensación económica que el empleador debe pagar obligatoriamente cuando despide a un trabajador sin causa justificada (despido intempestivo o injustificado). Es proporcional al tiempo trabajado y al salario promedio. Art. 82 CT
| Situación | ¿Indemnización? |
|---|---|
| Despido injustificado (intempestivo) | ✅ SÍ |
| Renuncia voluntaria | ❌ NO |
| Despido con causa justificada (Art. 77) | ❌ NO |
| Mutuo acuerdo entre partes | ❌ NO* |
| Vencimiento de contrato a plazo | ❌ NO* |
* En mutuo acuerdo, puede negociarse un pago voluntario adicional. En contratos a plazo fijo impuestos por el empleador para evadir la indemnización, la IGT puede calificarlos como fraudulentos.
La fórmula del Art. 82 guatemalteco incluye un elemento llamado «con ventajas»: a la base salarial se le suma la sexta parte mensual del aguinaldo y del Bono 14, lo que incrementa levemente la base a favor del trabajador. Art. 82 CT
Ventajas = Promedio 6 meses ÷ 36
Base Indemnizatoria = Promedio 6 meses + Ventajas
Indemnización = (Base Indemnizatoria ÷ 365) × Días Totales Trabajados
Ejemplo práctico: Promedio 6 meses Q8,500 · 2,100 días trabajados (5 años 9 meses)
- Ventajas = Q8,500 ÷ 36 = Q236.11
- Base = Q8,500 + Q236.11 = Q8,736.11
- Indemnización = (Q8,736.11 ÷ 365) × 2,100 = Q50,262.56
El promedio de los últimos 6 meses incluye todo ingreso de naturaleza salarial que recibiste en ese período:
- ✅ Salario base mensual
- ✅ Comisiones por ventas u otros conceptos
- ✅ Bonificaciones variables (productividad, metas)
- ✅ Horas extra ya pagadas durante esos 6 meses
- ✅ Aumentos de salario recibidos en el período
NO incluye:
- ❌ Bonificación Incentivo Q250 (Decreto 78-89 establece que es un pago separado)
- ❌ Aguinaldo o Bono 14 ya pagados durante esos meses
- ❌ Viáticos o reembolsos de gastos
Promedio = (Suma total de los 6 meses de ingresos salariales) ÷ 6
No existe tope legal para el sector privado. El Art. 82 del Código de Trabajo establece una fórmula proporcional basada en los días reales trabajados, sin establecer un límite de meses máximos para las relaciones laborales del sector privado. Art. 82 CT
Ejemplo comparativo:
- 12 años en empresa privada, promedio Q12,500 → Indemnización real ≈ Q155,000+
- No se aplica ningún tope de «12 meses máximo» en este caso
Para el sector privado, el Art. 82 establece una fórmula proporcional que aplica desde el primer día. No existe un mínimo fijo de «10 días» para contratos cortos en el sector privado guatemalteco; la indemnización se calcula siempre sobre los días reales trabajados con la fórmula de ventajas.
Ejemplo — 76 días trabajados (≈2.5 meses), salario Q4,500:
- Ventajas = Q4,500 ÷ 36 = Q125.00
- Base = Q4,500 + Q125 = Q4,625
- Indemnización = (Q4,625 ÷ 365) × 76 = Q963.01
Sí. La renuncia voluntaria no da derecho a indemnización según el Art. 78 CT. La indemnización del Art. 82 es exclusiva del despido injustificado. Art. 78 CT
Recordá: La renuncia elimina la indemnización, pero no los demás derechos. Aguinaldo, Bono 14, vacaciones y bonificación incentivo se pagan en todos los casos.
Derechos en Renuncias y Despidos Intempestivos
El aguinaldo es un pago anual equivalente a un salario mensual que se paga en diciembre. Si terminás antes de diciembre, recibís la parte proporcional a los días que trabajaste dentro del período vigente. Dec. 76-78
Período del ciclo: 1 de diciembre → 30 de noviembre (del año anterior al siguiente)
Aguinaldo = (Salario Mensual ÷ 365) × Días desde el 1 de Diciembre hasta tu fecha de salida
Ejemplo — Salida 15 de febrero de 2026, salario Q5,000:
- Desde 1 dic 2025 hasta 15 feb 2026 = 77 días
- Aguinaldo = (Q5,000 ÷ 365) × 77 = Q1,054.79
Sí, siempre que tu salida sea después del 1 de diciembre. El pago que recibiste en diciembre de 2025 cerró el ciclo dic 2024 – nov 2025. El nuevo ciclo inició el 1 de diciembre de 2025 y corre hasta el 30 de noviembre de 2026.
Ejemplo — Recibiste aguinaldo en dic 2025 y salís en marzo 2026:
- Período nuevo: 1 dic 2025 → 31 mar 2026 = 121 días
- Sí te corresponde ese proporcional, aunque ya recibiste el anterior
No. El aguinaldo siempre se calcula desde el 1 de diciembre del ciclo actual, independientemente de cuándo empezaste a trabajar. Si ingresaste después del 1 de diciembre, el período empieza en tu fecha de ingreso porque el ciclo ya estaba en curso cuando llegaste.
Ejemplo correcto:
- Ingresaste: 15 de mayo de 2023
- Salís: 30 de octubre de 2025
- ✅ Aguinaldo = desde 1 dic 2024 hasta 30 oct 2025 = 334 días
- ❌ Incorrecto: Calcular desde mayo 2023
Bono 14 — Decreto 42-92
El Bono 14 es un pago adicional equivalente a un salario mensual que se paga en julio. Es obligatorio para todos los trabajadores del sector privado guatemalteco. Si salís antes de julio, recibís el proporcional a los días trabajados dentro del período vigente. Dec. 42-92
Período del ciclo: 1 de julio → 30 de junio (del año siguiente)
Bono 14 = (Salario Mensual ÷ 365) × Días desde el 1 de Julio hasta tu fecha de salida
Ejemplo — Salida 15 de febrero de 2026, salario Q5,000:
- Desde 1 jul 2025 hasta 15 feb 2026 = 230 días
- Bono 14 = (Q5,000 ÷ 365) × 230 = Q3,150.68
Sí. El período jul-jun está activo todo el año. Si salís en octubre de 2025, te corresponde el proporcional desde el 1 de julio hasta el día de tu salida.
Ejemplo — Salida 30 de octubre de 2025, salario Q5,000:
- Desde 1 jul 2025 hasta 30 oct 2025 = 122 días
- Bono 14 = (Q5,000 ÷ 365) × 122 = Q1,671.23
Sí. El Bono 14 que recibiste en julio 2025 cerró el ciclo julio 2024 – junio 2025. Desde el 1 de julio de 2025 comenzó un nuevo ciclo (jul 2025 – jun 2026). Si salís en 2026, te corresponde lo proporcional al nuevo ciclo.
Ejemplo — Recibiste Bono 14 en julio 2025 y salís el 15 de febrero 2026:
- Nuevo ciclo: 1 jul 2025 → 15 feb 2026 = 230 días
- Ese proporcional sí corresponde aunque ya recibiste el anterior
Vacaciones — Artículo 130 Código de Trabajo
Las vacaciones que no tomaste se pagan en efectivo al momento de la liquidación, basándose en el salario diario ordinario. Art. 130 CT
Vacaciones no gozadas = (Salario Mensual ÷ 30) × Días de Vacaciones No Utilizados
Ejemplo — 20 días sin usar, salario Q5,000:
- (Q5,000 ÷ 30) × 20 = Q3,333.33
El Art. 130 CT establece el mínimo de vacaciones anuales pagadas según la antigüedad: Art. 130 CT
- Primeros 5 años: Mínimo 15 días hábiles por año completo
- Después de 5 años continuos: 20 días hábiles por año + 1 día adicional por cada año extra a partir del sexto
Ejemplos:
- 3 años → 15 días/año
- 6 años → 21 días/año (20 + 1 por el año 6)
- 10 años → 25 días/año (20 + 5 por los años 6-10)
Podés acumular hasta 2 años de vacaciones sin perder el derecho. Vacaciones de más de 2 años pueden prescribir.
La ley guatemalteca protege hasta 2 años acumulados de vacaciones no gozadas. Las vacaciones que superen ese límite de acumulación pueden considerarse prescritas si el empleador puede demostrar que las ofreció y el trabajador las rechazó.
En la práctica, muchos trabajadores logran el pago de más de 2 años si el empleador nunca notificó formalmente los períodos de vacación. Para estos casos, es recomendable la asesoría de un abogado laboral.
Bonificación Incentivo — Decreto 78-89
Es un pago mensual de Q250 establecido por Decreto 78-89 que el empleador debe pagar a todos los trabajadores del sector privado, adicional al salario ordinario. En la liquidación, se paga solo el proporcional de los días pendientes del último mes trabajado. Dec. 78-89
Bonificación pendiente = (Q250 ÷ 30) × Días sin pagar del mes de salida
Ejemplo — 15 días sin pagar:
- (Q250 ÷ 30) × 15 = Q125.00
No. El Decreto 78-89 establece explícitamente que la Bonificación Incentivo es un pago separado que no forma parte del salario ordinario. Por lo tanto, no se incluye en la base del promedio de 6 meses para calcular la indemnización ni en la base del salario mensual para aguinaldo o Bono 14.
Ejemplo correcto:
- Salario ordinario: Q5,000/mes
- Bonificación incentivo mensual: Q250
- Para indemnización y prestaciones se usa: Q5,000 (nunca Q5,250)
- Bonificación se liquida por separado: (Q250 ÷ 30) × días pendientes
Horas Extra — Artículos 121 y 127 CT
Las horas extra se calculan sobre el valor de la hora ordinaria multiplicado por el factor que corresponde según el tipo de hora. Arts. 121 y 127 CT
Valor hora = (Salario Mensual ÷ 30) ÷ 8
Horas ordinarias (lun-sáb fuera de jornada) = Valor hora × 1.5 × N° de horas
Horas domingo/feriado = Valor hora × 2.0 × N° de horas
Ejemplo — Salario Q5,000, 10 horas ordinarias + 5 horas domingo:
- Valor hora = (Q5,000 ÷ 30) ÷ 8 = Q20.83
- Ordinarias: Q20.83 × 1.5 × 10 = Q312.50
- Domingos: Q20.83 × 2.0 × 5 = Q208.33
- Total horas extra: Q520.83
Sí. Las horas extra no pagadas son una deuda salarial y podés reclamarlas al momento de la liquidación o por separado. Art. 121 CT
Para reclamarlas exitosamente necesitás evidencia:
- Registros de horario (hojas de control, marcador de huella, sistema digital)
- Correos o mensajes donde te pidieron quedarte después de hora
- Declaración de compañeros de trabajo que presenciaron las horas extra
- Recibos de pago donde no aparecen las horas extra que sí trabajaste
Con esa evidencia podés presentar el reclamo a la Inspección General de Trabajo (gratuito, llamando al 1511) o acudir a un abogado laboral.
Procedimientos y Trámites
Al terminar la relación laboral, el empleador está obligado a entregarte ciertos documentos. Pedí todos por escrito y guardá copia de cada uno. Art. 263 CT
- ✅ Constancia de trabajo (Art. 263): fechas exactas, cargo, salario y tipo de trabajo
- ✅ Finiquito firmado con desglose completo de cada concepto de la liquidación
- ✅ Recibo de pago de la liquidación una vez efectuada
- ✅ Boletas de pago de los últimos 6 meses (son tu respaldo para el promedio de indemnización)
- ✅ Documento de terminación que especifique claramente el motivo de salida
En Guatemala tenés tres instancias principales para reclamar:
- Inspección General de Trabajo (IGT): Denuncia gratuita. El inspector puede citar al empleador y exigir el pago. Llamá al 1511 (gratuito desde cualquier teléfono).
- Juzgados de Trabajo y Previsión Social: Para casos donde la mediación no funcionó o los montos son significativos. El proceso laboral guatemalteco es oral y relativamente ágil.
- Ministerio Público: Si el empleador se niega a pagar después de requerimiento oficial, puede constituirse delito de defraudación laboral.
Los derechos laborales mínimos en Guatemala son irrenunciables (Art. 106 de la Constitución). Esto significa:
NO son negociables (son mínimos garantizados por ley):
- ❌ Salarios pendientes
- ❌ Aguinaldo proporcional
- ❌ Bono 14 proporcional
- ❌ Vacaciones no gozadas
- ❌ Bonificación incentivo
- ❌ Indemnización si hubo despido injustificado
Sí podés acordar voluntariamente:
- ✅ Pagos voluntarios adicionales por encima del mínimo
- ✅ Fecha exacta de pago dentro del plazo legal
- ✅ Plan de cuotas si el empleador tiene dificultades reales (pero solo si vos lo aceptás libremente)
Aún tenés opciones legales, aunque son más complejas después de firmar:
- Si firmaste bajo presión, engaño o sin entender el contenido, el documento puede impugnarse por vicio de consentimiento
- Tenés un plazo breve para presentar reclamo en la Inspección General de Trabajo
- Consultá un abogado laboral de inmediato: el tiempo es crítico
Casos Especiales: Trabajadores a Tiempo Parcial y Embarazo
Sí. Todos los trabajadores del sector privado tienen derecho a liquidación completa (aguinaldo, Bono 14, vacaciones, bonificación), incluyendo los de contrato temporal o a plazo fijo.
La única diferencia es la indemnización:
- Si el contrato terminó por su vencimiento natural: No hay indemnización (no es despido)
- Si te despidieron antes del vencimiento sin causa: Sí hay indemnización (Art. 82)
- Si el empleador usa contratos a plazo fijo repetidos para evadir la indemnización: La IGT puede calificar la relación como indefinida
Todos los cálculos se basan en tu salario proporcional real. No existe reducción adicional por ser tiempo parcial: el salario que ganás ya refleja el tiempo trabajado y es la base de todos los cálculos.
Ejemplo — Medio tiempo, salario Q2,500/mes:
- Salario diario: Q2,500 ÷ 30 = Q83.33
- Todos los componentes se calculan sobre Q2,500
- No se aplica ningún factor adicional de reducción
No. Los empleados del sector público (Estado, municipalidades, entidades autónomas) se rigen por el Art. 260 del Código de Trabajo, la Ley de Servicio Civil y la Constitución Política. Sus prestaciones e indemnizaciones tienen cálculos y montos distintos.
Esta calculadora aplica exclusivamente al sector privado. Para el sector público, consultá directamente con la Oficina Nacional de Servicio Civil (ONSEC) o un abogado especializado en derecho administrativo.
Sí. Desde el primer día de trabajo, la relación laboral genera derechos. Con 15 días trabajados te corresponde:
- ✅ Salario proporcional de esos 15 días
- ✅ Aguinaldo proporcional (15 días dentro del período vigente)
- ✅ Bono 14 proporcional (15 días dentro del período vigente)
- ✅ Bonificación incentivo proporcional
- ✅ Indemnización proporcional si fue despido injustificado
Ejemplo rápido — 15 días trabajados, salario Q3,500, despido injustificado:
- Salario: (Q3,500 ÷ 30) × 15 = Q1,750
- Aguinaldo: (Q3,500 ÷ 365) × 15 ≈ Q143.84
- Bonificación: (Q250 ÷ 30) × 15 = Q125
- Más indemnización proporcional y Bono 14 proporcional
Sobre Esta Calculadora
La calculadora tiene una precisión superior al 95% para los casos estándar del sector privado. Utiliza las fórmulas exactas de:
- ✅ Código de Trabajo de Guatemala (Decreto 1441 y reformas)
- ✅ Decreto 76-78 (Aguinaldo)
- ✅ Decreto 42-92 (Bono 14)
- ✅ Decreto 78-89 (Bonificación Incentivo Q250)
- ✅ Artículos 82, 88, 121, 127 y 130 del Código de Trabajo
- ✅ Fórmula «con ventajas» del Art. 82 para indemnización 2026
- ✅ Acuerdo Gubernativo 256-2025 (salarios mínimos vigentes)
Las diferencias más comunes en los cálculos de liquidación en Guatemala son:
- Salario base en vez de promedio 6 meses: Para indemnización deben usar el promedio real, no el salario base fijo
- Fechas de período incorrectas: Calculan aguinaldo o Bono 14 desde la fecha de contratación, no desde dic 1 o jul 1
- Incluyen Q250 en el salario base: Los Q250 de bonificación nunca van en la base de otros conceptos
- Olvidan horas extra pendientes: No incluyen horas trabajadas fuera de jornada no pagadas
- No aplican las «ventajas» del Art. 82: Usan solo el promedio sin el incremento por ventajas
- Redondeo sistemático a favor del empleador: Redondean cada concepto hacia abajo
Pedí al empleador el desglose completo por escrito y comparalo línea por línea con el resultado de esta calculadora.
Como referencia y herramienta de preparación sí. Como evidencia oficial ante un juzgado por sí sola, no es suficiente.
Uso apropiado:
- ✅ Para verificar si la oferta del empleador es justa antes de firmar
- ✅ Para prepararte antes de una negociación
- ✅ Para llevar a la consulta con abogado como base de referencia
- ✅ Para presentar a la IGT como fundamento de tu denuncia
No reemplaza:
- ❌ Un dictamen pericial oficial de contador o abogado
- ❌ La verificación de los documentos reales de la empresa
Sí. La calculadora fue actualizada en enero 2026 con todos los cambios vigentes:
- ✅ Salario mínimo no agrícola: Q3,726.10/mes (Ac. Gub. 256-2025)
- ✅ Salario mínimo agrícola: Q3,726.10/mes (Ac. Gub. 256-2025)
- ✅ Salario mínimo maquila/exportación: Q3,438.25/mes (Ac. Gub. 256-2025)
- ✅ Bonificación Incentivo: Q250/mes (sin cambio, Dec. 78-89)
- ✅ Fórmula indemnización: «Con ventajas» Art. 82, sin tope para sector privado
- ✅ Períodos actualizados: Aguinaldo dic 2025-nov 2026 · Bono 14 jul 2025-jun 2026
Errores Comunes a Evitar
Error 1 — Usar salario base en vez del promedio para indemnización
- ❌ Incorrecto: Indemnización = salario base × años trabajados
- ✅ Correcto: Indemnización = (promedio 6 meses + ventajas) ÷ 365 × días totales
Error 2 — Calcular Aguinaldo o Bono 14 desde la fecha de ingreso
- ❌ Incorrecto: Aguinaldo desde tu fecha de contratación
- ✅ Correcto: Aguinaldo desde el 1 de diciembre · Bono 14 desde el 1 de julio
Error 3 — Incluir los Q250 de bonificación en la base salarial
- ❌ Incorrecto: Salario base = sueldo + Q250 para calcular todo
- ✅ Correcto: Los Q250 se calculan siempre por separado, nunca se suman al base
Error 4 — Olvidar las horas extra acumuladas
- ❌ Incorrecto: No incluir horas extra pendientes de pago
- ✅ Correcto: Documentar y sumar todas las horas extra no pagadas
Error 5 — Firmar «renuncia» cuando fue un despido
- ❌ Incorrecto: Firmar que renunciaste bajo presión del empleador
- ✅ Correcto: Si te echan, debe quedar escrito como despido = derecho a indemnización
La renuncia solo es válida cuando fue libre, voluntaria y sin presión. Si el empleador creó condiciones imposibles, te amenazó, te hostigó o simplemente te dijo «renunciás o te despedimos», eso jurídicamente puede considerarse un despido encubierto.
Señales de que fue despido encubierto:
- Te dijeron «es mejor que renuncies» o «si no renunciás, te vamos a despedir con causa»
- Cambiaron tus condiciones de trabajo negativamente para forzar tu salida
- Te amenazaron con mala referencia laboral
- Te hostigaron sistemáticamente hasta que «decidiste» irte
Qué hacer:
- Recopilá toda evidencia de la presión (mensajes, correos, testigos)
- Consultá un abogado laboral de inmediato
- Podés impugnar la renuncia por vicio en el consentimiento y reclamar la indemnización del Art. 82
Derechos Adicionales y Situaciones Especiales
Tenés derecho a una Constancia de Trabajo según el Art. 263 CT, que es diferente a una carta de recomendación. Art. 263 CT
La constancia DEBE incluir:
- Fechas exactas de inicio y terminación
- Cargo o puesto desempeñado
- Salario devengado
- Tipo de trabajo realizado
No puede incluir información falsa, dañina o comentarios negativos sin sustento verificable.
Si el empleador se niega a emitirla, es una violación del Art. 263. Podés denunciarlo en la Inspección General de Trabajo llamando al 1511.
Solo en casos específicos y con respaldo documental:
Descuentos LEGALES:
- ✅ ISR (Impuesto Sobre la Renta) si la liquidación supera el umbral gravable
- ✅ Cuotas pendientes de préstamos que firmaste por escrito
- ✅ Daños materiales comprobados que causaste y que aceptaste por escrito
Descuentos ILEGALES:
- ❌ «Multas» por desempeño o llegadas tarde
- ❌ «Penalidades» por no dar aviso de renuncia suficiente (excepto si hay contrato específico)
- ❌ Descuentos por equipo o uniformes sin contrato firmado previo
- ❌ Cualquier descuento sin tu autorización escrita previa
El cierre de la empresa no extingue la obligación de pago. Aún tenés opciones legales:
- Denuncia en IGT (1511): Presentá denuncia inmediatamente. Pueden rastrear la personería legal de la empresa
- Demanda en Juzgado de Trabajo: Podés demandar a la empresa y en algunos casos a los socios o propietarios responsables
- Embargo preventivo: Si hay activos de la empresa, podés solicitar embargo como medida cautelar
- Abogado laboral por contingencia: Muchos no cobran honorarios iniciales si el caso es claro
Por ley, la liquidación debe pagarse en un solo pago completo dentro del plazo razonable después de la terminación. No puede dividirse en cuotas sin tu consentimiento libre y expreso.
Si el empleador tiene dificultades financieras reales y vos aceptás voluntariamente un plan de cuotas, ese acuerdo debe quedar:
- ✅ Por escrito, con fechas y montos específicos de cada cuota
- ✅ Con alguna garantía (aval, pagaré firmado, fianza)
- ✅ Con intereses por el tiempo de espera si hay retraso
- ✅ Firmado voluntariamente sin presión
No. Esta calculadora está diseñada específicamente para Guatemala y aplica la legislación laboral guatemalteca. Cada país tiene prestaciones, fórmulas y períodos completamente distintos:
- Guatemala: Aguinaldo (dic 76-78), Bono 14 (jul 42-92), Bonificación Q250, Art. 82
- Honduras: Decimotercer mes, Decimocuarto mes, fórmulas diferentes
- El Salvador: Aguinaldo anual, sin Bono 14, indemnización distinta
- México: Aguinaldo, prima vacacional, 3 meses de salario + 20 días por año
- Colombia: Prima de servicios semestral, cesantías, intereses sobre cesantías
En finiquitojusto.com encontrás calculadoras individuales para los 19 países de habla hispana, cada una con las fórmulas legales específicas de su país.
¿Ya resolviste tus dudas? El siguiente paso es calcular exactamente cuánto te corresponde con tus datos reales.
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FiniquitoJusto.com ofrece calculadoras de liquidación laboral personalizadas para cada país hispanohablante, construidas sobre la legislación vigente 2026. Encontrá la calculadora de tu país y conocé exactamente cuánto te corresponde.
Código de Trabajo · Ac. Gub. 256-2025 · Decs. 76-78, 42-92, 78-89
Liquidación completa con Bono 14, Aguinaldo, indemnización «con ventajas» (Art. 82), vacaciones, bonificación incentivo Q250 y horas extra. Salario mínimo 2026 incluido.
Ley 20.744 (LCT) + Ley 27.742
Indemnización doble, preaviso, integración de mes, SAC proporcional y vacaciones no gozadas según LCT actualizada.
Ley Federal del Trabajo (LFT)
Finiquito con 3 meses + 20 días por año, prima vacacional, aguinaldo proporcional y partes proporcionales de la liquidación mexicana.
Código Sustantivo del Trabajo (CST)
Cesantías, intereses sobre cesantías, prima de servicios semestral, vacaciones y liquidación completa según CST colombiano.
Código del Trabajo de Chile 2026
Indemnización por años de servicio, fracción de 6 meses, tope 90 UF, recargo por despido injustificado y obra o faena.
D.S. 003-97-TR + Ley 29711
CTS (Compensación por Tiempo de Servicios), gratificaciones legales de julio y diciembre, vacaciones truncas y beneficios sociales completos.
LOTTT — Ley Orgánica del Trabajo
Prestaciones sociales, garantía de prestaciones, utilidades (bono de fin de año), vacaciones y bono vacacional según LOTTT.
Código del Trabajo de Ecuador
Desahucio, liquidación por despido intempestivo, fondos de reserva, decimotercer y decimocuarto sueldo proporcionales.
Estatuto de los Trabajadores RDL 2/2015 + Reforma 2021
Finiquito con pagas extraordinarias proporcionales, vacaciones no disfrutadas, indemnización por despido y preaviso según ET y Directivas UE.
Código de Trabajo Dominicano · Ley 16-92
Auxilio de cesantía, pre-aviso, participación en beneficios (14° salario) y regalia pascual según Código Laboral dominicano.
Código de Trabajo Cubano · Ley 116-2013
Liquidación laboral bajo el Código de Trabajo cubano, incluyendo protección integral al trabajador y beneficios correspondientes.
Código de Trabajo de Honduras
Auxilio de cesantía, preaviso, décimo tercer mes, décimo cuarto mes y vacaciones proporcionales según Código Laboral hondureño.
Código Laboral del Paraguay · Ley 213/93
Indemnización por despido injustificado, preaviso, aguinaldo proporcional y vacaciones no gozadas según legislación laboral paraguaya.
Código del Trabajo de Nicaragua · Ley 185
Indemnización por antigüedad, aguinaldo (décimo tercer mes), vacaciones proporcionales y compensación laboral nicaragüense.
Código de Trabajo de El Salvador
Indemnización por despido, aguinaldo escalonado por antigüedad (15/19/21 días), vacaciones anuales y liquidación laboral salvadoreña.
Código de Trabajo de Costa Rica
Auxilio de cesantía (máx. 8 años), preaviso, aguinaldo proporcional (1/12 del salario del año), vacaciones y liquidación completa.
Código de Trabajo Panameño · Decreto 252
Indemnización, prima de antigüedad, décimo tercer mes (aguinaldo), vacaciones y liquidación laboral panameña con estándares regionales.
Ley General del Trabajo de Bolivia
Desahucio e indemnización por tiempo de servicios (1 mes/año), aguinaldo navideño, bono de antigüedad y beneficios laborales bolivianos.
Ley 80-1976 · Reforma 2017 · Act 41-2022
Mesada (Ley 80), cálculo Pre/Post-2017, vacaciones acumuladas, licencia por enfermedad, bono de Navidad y liquidación completa.
Código del Trabajo de Guinea Ecuatorial · Ley 2/1990
Liquidación laboral ecuatoguineana con prestaciones, indemnización por antigüedad y beneficios según normativa laboral local.
FiniquitoJusto.com cubre 20 jurisdicciones laborales con calculadoras individuales para los 19 países hispanohablantes más Puerto Rico, todas actualizadas a la legislación vigente en 2026.
Cada herramienta incorpora:
- Leyes laborales vigentes 2026
- Fórmulas exactas verificadas
- Ejemplos con datos reales
- FAQs jurídicos del país
- Exportación a PDF
La calculadora de Guatemala aplica el Acuerdo Gubernativo 256-2025, los Decretos 76-78, 42-92 y 78-89, y la fórmula «con ventajas» del Art. 82 CT. Salario mínimo Q3,726.10 ya incluido.
¿Estás calculando tu liquidación en Guatemala? Usá la calculadora oficial de esta página con todos los datos de 2026.
🧮 Calcular Mi Liquidación Guatemala 2026 — Gratis⚖️ Recursos Legales Oficiales en Guatemala (MINTRAB)
Lee este aviso antes de usar la calculadora. Contiene información importante sobre el alcance, limitaciones legales y responsabilidades de esta herramienta educativa gratuita.
Esta calculadora es una herramienta educativa y de referencia ÚNICAMENTE. Los resultados presentados son estimaciones basadas en la interpretación del Código de Trabajo de Guatemala y sus decretos vigentes a febrero de 2026. No constituyen asesoramiento legal, dictamen profesional ni garantía de montos exactos.
- Errores u omisiones derivados de datos incorrectos o incompletos ingresados por el usuario
- Cambios en la legislación laboral guatemalteca publicados después de la fecha de actualización de esta página
- Diferencias entre los resultados estimados y la liquidación real negociada o determinada judicialmente
- Decisiones laborales, financieras o legales tomadas con base en los resultados de esta calculadora
- Pérdidas económicas, daños o consecuencias legales derivadas del uso de esta herramienta
- Interpretaciones distintas de los mismos artículos del Código de Trabajo por parte de jueces o inspectores laborales
🚨 PUNTO CRÍTICO: Esta calculadora NO reemplaza el asesoramiento legal profesional. Para disputas laborales, diferencias significativas de monto, o antes de firmar cualquier documento, consultá con un abogado laboral habilitado en Guatemala.
Podés consultar el registro de abogados habilitados en el Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG) →
Esta calculadora aplica la siguiente normativa laboral guatemalteca, vigente en febrero de 2026:
- Art. 78 — Terminación sin justa causa por el trabajador
- Art. 82 — Indemnización «con ventajas» por despido injustificado
- Art. 88 — Obligación de pago de salarios adeudados
- Art. 103 y 121 — Jornadas ordinarias y horas extra
- Art. 127 — Trabajo en días de asueto y descanso
- Art. 130 — Vacaciones anuales pagadas
- Art. 263 — Constancia de trabajo obligatoria
- Decreto 76-78 — Aguinaldo (Decimotercer mes)
- Decreto 42-92 — Bono 14 (Decimocuarto mes)
- Decreto 78-89 — Bonificación Incentivo Q250/mes
- Ac. Gub. 256-2025 — Salarios mínimos 2026: Q3,726.10 (no agrícola) · Q3,726.10 (agrícola) · Q3,438.25 (maquila/exportación)
La calculadora utiliza las siguientes fórmulas basadas en la interpretación estándar de la ley laboral guatemalteca. La fórmula de indemnización incluye las «ventajas» establecidas por el Art. 82 CT, que incrementan la base a favor del trabajador.
| Componente | Fórmula aplicada 2026 | Base legal |
|---|---|---|
| Indemnización | Ventajas = Prom6M ÷ 36 Base = Prom6M + Ventajas (Base ÷ 365) × Días totales |
Art. 82 CT |
| Aguinaldo | (Salario ÷ 365) × Días(1 Dic → Fin) | Dec. 76-78 |
| Bono 14 | (Salario ÷ 365) × Días(1 Jul → Fin) | Dec. 42-92 |
| Vacaciones | (Salario ÷ 30) × Días no gozados | Art. 130 CT |
| Horas extra | (Sal ÷ 30 ÷ 8) × Factor × N° horas Ordinarias: ×1.5 · Dom/Feriados: ×2.0 |
Arts. 121, 127 |
| Bonificación | (Q250 ÷ 30) × Días pendientes | Dec. 78-89 |
| Salarios pendientes | (Salario ÷ 30) × Días laborados sin pagar | Art. 88 CT |
Esta calculadora está diseñada para el caso estándar de un trabajador del sector privado guatemalteco con relación laboral típica. No cubre todos los escenarios posibles:
- Conflictos sobre salarios declarados vs reales
- Liquidaciones tras fallos judiciales previos
- Despidos con procesos disciplinarios en curso
- Cálculos con acuerdos internacionales de trabajo
- Empleados con estatus laboral especial o inamovilidad
- Reformas legales posteriores a enero 2026
- Variaciones por sector, zona o convenio colectivo
- Pagos en moneda extranjera (solo Quetzales)
- Bonificaciones variables adicionales
- ISR (impuesto) sobre liquidación
- Sector público (Art. 260 CT y Ley Servicio Civil)
- Asesoramiento legal personalizado
- Representación en disputas laborales
- Garantía de exactitud en casos especiales
- Documentos legales válidos
- Asistencia en procedimientos ante IGT o juzgados
Consultá un abogado laboral antes de firmar cualquier documento si se da alguna de estas situaciones:
- La diferencia entre tu cálculo y la oferta es mayor a Q2,000
- El empleador no paga dentro del plazo razonable
- Te presionan a firmar sin tiempo para revisar
- Te piden que «renuncies» cuando fue un despido
- El documento incluye «renuncia de derechos» o «condonación»
- Fuiste despedido tras reportar violaciones laborales
- Tu liquidación total es mayor a Q20,000
- Hay conceptos que no entendés en el finiquito
- El empleador da respuestas confusas o evasivas
- Trabajabas en el sector público o con régimen especial
- Hay desacuerdo en fechas, salario real o períodos
- Tu contrato tenía cláusulas especiales no estándar
Para verificar la legislación vigente, presentar denuncias o recibir orientación gratuita, estas son las instituciones oficiales de Guatemala:
Al usar esta calculadora, aceptás las siguientes condiciones:
Revisarás fechas exactas de inicio y fin, salarios reales, días de vacaciones, horas extra documentadas. Un dato incorrecto produce un resultado incorrecto.
Compararás el resultado con tus boletas de pago, recibos y contratos antes de presentar cualquier reclamo al empleador.
Para liquidaciones significativas (mayores a Q20,000), disputas activas o situaciones que no encajan en el caso estándar, solicitarás asesoría legal antes de firmar.
Reconocés que las estimaciones son educativas y no constituyen una obligación contractual ni un pronunciamiento legal. Las decisiones que tomes son de tu exclusiva responsabilidad.
Reconocés que los valores ingresados se calculan en tu navegador, no se transmiten a servidores y se eliminan al cerrar la pestaña.
- No los enviamos a ningún servidor
- No los almacenamos permanentemente
- No los compartimos con terceros
- No los usamos para perfilado o marketing
- Se eliminan al cerrar la pestaña del navegador
- Número de visitas a la página (analytics)
- Secciones más consultadas (para mejorar UX)
- Errores técnicos del sistema (para corregir)
- País de acceso general (sin IP individual)
Nos comprometemos a actualizar la calculadora dentro de los 30 días siguientes a cambios significativos en la legislación laboral guatemalteca. Sin embargo, no garantizamos actualización inmediata de cada reforma. Verificá siempre en MINTRAB.
Podés reportar inconsistencias o errores de cálculo a través de la sección de contacto del sitio. Revisaremos y corregiremos dentro de los 15 días hábiles de recibida la notificación con el detalle del error.
FiniquitoJusto.com se reserva el derecho de modificar, actualizar o descontinuar esta herramienta sin previo aviso. Los cambios entran en vigencia desde su publicación en esta página.
FiniquitoJusto.com proporciona esta calculadora de buena fe como herramienta educativa gratuita para trabajadores guatemaltecos. Hemos puesto el máximo esfuerzo en asegurar la precisión de las fórmulas y el cumplimiento de la legislación vigente a febrero de 2026.
Sin embargo, cada situación laboral es única. Pueden existir circunstancias especiales —convenios colectivos, sentencias judiciales, interpretaciones administrativas— que no están contempladas en esta herramienta general. Por eso recomendamos siempre la verificación independiente y la consulta profesional para situaciones que no sean claras.
📋 Al usar esta calculadora, aceptás todos los términos, limitaciones y descargos descritos en esta sección. Si tenés dudas sobre alguna cláusula, consultá con un abogado antes de utilizarla para tomar decisiones laborales.
Transparencia e Independencia en Cada Cálculo
FiniquitoJusto.com es una plataforma independiente creada para que trabajadores de toda América Latina y España conozcan exactamente a cuánto asciende su liquidación laboral. A diferencia de portales vinculados a empleadores o despachos de abogados, nuestra metodología es 100% neutral: los cálculos se basan estrictamente en las leyes laborales vigentes de cada país, actualizadas a febrero de 2026, incluyendo el Código de Trabajo de Guatemala y los decretos aplicables. Para consultar la legislación oficial guatemalteca vigente, puedes visitar el Ministerio de Trabajo de Guatemala (MINTRAB) — mintrabajo.gob.gt