Despido Arbitrario en Perú 2026: Indemnización Exacta, Plazo de 30 Días Hábiles y Cómo Reclamar DS 003-97-TR Art. 34 · 38 · 76

Despido Arbitrario en Perú 2025

⚠️ Correcciones críticas y actualizaciones 2026:

Plazo caducidad 30 días Hábiles para demandar
Indemniz. indefinido 1.5×año Máx. 12 sueldos
Indemniz. plazo fijo 1.5×mes Pendiente hasta venc.
Benef. sociales 4 años Prescripción CTS/vac.
  • 🚨 Corrección crítica — El plazo para demandar indemnización: El artículo anterior decía «30 días para SUNAFIL y 1 año para demandar.» Ambos son incorrectos. El plazo para demandar judicialmente la indemnización por despido arbitrario es 30 días hábiles de CADUCIDAD desde el despido (Art. 36 DS 003-97-TR). La caducidad no se suspende ni interrumpe. Para CTS, vacaciones y otros beneficios el plazo es 4 años (Ley 27321, distinto).
  • 🚨 Corrección crítica — Contrato a plazo fijo, fórmula diferente: El artículo anterior solo mostraba la fórmula para contratos indefinidos (1.5 × años). Para contratos a plazo fijo, la fórmula es completamente diferente: 1.5 × meses pendientes hasta el vencimiento del contrato (Art. 76 DS 003-97-TR).
  • 🚨 Corrección crítica — Despido por represalia/embarazo/sindical NO es arbitrario: El artículo anterior afirmaba que el despido por represalia «puede triplicar la indemnización.» Esto es incorrecto. Despedir por represalia a SUNAFIL, por embarazo o por activismo sindical es despido NULO (Art. 29), no arbitrario. El remedio es la REPOSICIÓN al puesto + pago retroactivo de salarios, no indemnización.
  • ⚠️ Corrección — Trabajadores menos de 4 h/día NO tienen indemnización: Trabajadores a tiempo parcial con jornada menor a 4 horas diarias en promedio no tienen derecho a esta indemnización bajo DL 728.

⚠️ Te despidieron sin causa válida. Lo que hagas en los próximos 30 días hábiles determinará si cobras tu indemnización o la pierdes para siempre.

El despido arbitrario en Perú es ilegal y da derecho a una indemnización económica específica. Pero la ley establece un plazo de caducidad estricto: 30 días hábiles desde el despido para presentar la demanda judicial. Pasado ese plazo, el derecho a la indemnización caduca — no hay excepciones ordinarias.

Esta guía te explica exactamente qué es un despido arbitrario (y en qué se diferencia del despido nulo), cómo calcular tu indemnización según el tipo de contrato que tenías, y los pasos exactos para reclamar antes de que venza el plazo.

30
DÍAS HÁBILES DE CADUCIDAD
Este es el plazo para demandar indemnización desde el día del despido (Art. 36 DS 003-97-TR). Es caducidad — no prescripción. No se suspende. No se interrumpe. Al vencer, pierdes el derecho a indemnización por despido arbitrario para siempre. Para CTS, vacaciones y otros beneficios laborales, el plazo es diferente: 4 años.

💰 ¿Fuiste despedido? Calcula tu indemnización exacta según tipo de contrato (indefinido o plazo fijo):

Calcular Mi Indemnización 2026 →

Qué Es un Despido Arbitrario: Definición y Marco Legal Art. 34 DS 003-97-TR

El despido arbitrario ocurre cuando el empleador termina el contrato de trabajo de un trabajador que ya superó el período de prueba, sin que exista una causa justa contemplada por la ley, o sin poder demostrar en juicio la causa alegada.

El Artículo 34 del DS 003-97-TR (TUO del Decreto Legislativo N° 728) establece que si el despido es arbitrario, el trabajador tiene derecho al pago de la indemnización establecida en el Artículo 38 como única reparación por el daño sufrido. Puede además demandar simultáneamente el pago de cualquier otro beneficio social pendiente (CTS, vacaciones, etc.).

La Diferencia Clave: Despido Arbitrario vs Despido Nulo Corrección Legal

Esta es la distinción más importante que el artículo anterior no establecía correctamente. Son dos tipos de despido ilegal con remedios completamente distintos. Confundirlos puede hacer que reclames el remedio equivocado y obtengas mucho menos de lo que te corresponde.

⚖️ Dos tipos de despido ilegal — remedios opuestos

DESPIDO ARBITRARIO (Art. 34): Despido sin causa justificada o con causa no demostrable. La ley establece que la indemnización es la ÚNICA reparación. No puedes pedir reposición por esta vía.

DESPIDO NULO (Art. 29): Despido que viola derechos constitucionales específicos. El remedio es la REPOSICIÓN al puesto + pago de todos los salarios del período de cese (retroactivo). En el despido nulo, la indemnización económica es alternativa a la reposición, no la regla.

Casos de despido NULO (no arbitrario):

  • Despedir a trabajadora embarazada o en período de lactancia
  • Despedir por ser dirigente sindical o representante de trabajadores
  • Despedir como represalia por presentar queja ante SUNAFIL, MTPE u otro organismo
  • Despedir por razón de discriminación (raza, religión, opinión, idioma, sexo, etc.)
  • Despedir a trabajador con discapacidad (en los términos de la ley)

Conclusión práctica: Si te despidieron por represalia a SUNAFIL o por embarazo → no demandes indemnización → demanda REPOSICIÓN (obtienes el puesto de vuelta + todos los sueldos atrasados). Eso es mucho más valioso económicamente.

⚠️ DESPIDO ARBITRARIO

Art. 34 DS 003-97-TR

Cuándo: Sin causa justa o causa no demostrable

  • «Ya no te necesitamos»
  • «Reorganización interna»
  • Bajo desempeño sin documentación
  • Cualquier causa no probada en juicio
💵 REMEDIO: Indemnización (1.5 × años, máx. 12)
🚫 DESPIDO NULO

Art. 29 DS 003-97-TR

Cuándo: Viola derechos constitucionales

  • Represalia por queja SUNAFIL/MTPE
  • Por embarazo o lactancia
  • Por activismo sindical
  • Por discriminación
🏢 REMEDIO: Reposición + retroactivo salarios

Causas Legales vs Ilegales: Qué Dice el Art. 25

El Art. 25 del DS 003-97-TR lista las únicas causas que justifican un despido. Si el empleador no puede PROBAR que el despido se basó en una de estas causas, el despido es arbitrario. La carga de prueba recae en el empleador, no en el trabajador.

Causa alegada ¿Es legal? Tipo de despido si no se prueba
Incapacidad física o mental sobrevenida (incapacidad para el trabajo) ✅ Sí (si se prueba médicamente) Arbitrario si no hay informe médico
Rendimiento deficiente comprobado (según el contrato) ✅ Sí (con documentación) Arbitrario si no hay evaluaciones escritas
Falta grave (Art. 25): robo, violencia, abandono, actos deshonestos ✅ Sí (procedimiento obligatorio) Arbitrario si no se siguió el proceso
Faltar sin causa 3 días consecutivos o 5 alternos en 30 días ✅ Sí (con registro de asistencia) Arbitrario si no hay registro de inasistencias
«Reducción de personal» sin causa económica probada ❌ No (es cese colectivo diferente) Arbitrario (requiere proceso judicial diferente)
«Ya no te necesitamos» sin explicación ❌ No Arbitrario (sin causa)
Por estar embarazada / en lactancia ❌ No (prohibición constitucional) NULO (no arbitrario → reposición)
Por queja presentada a SUNAFIL o MTPE ❌ No (represalia ilegal) NULO (no arbitrario → reposición)
Por actividad sindical o representación de trabajadores ❌ No (fuero sindical) NULO (no arbitrario → reposición)

⚠️ Procedimiento obligatorio para despidos por falta grave: El empleador debe: (1) enviar carta de preaviso otorgando al trabajador 6 días hábiles para presentar sus descargos; (2) evaluar los descargos; (3) enviar carta de despido con la causa. Si saltaron alguno de estos pasos, el despido es arbitrario por vicio de procedimiento, aunque la causa sea real.

Indemnización: Contrato Indefinido Art. 38 DS 003-97-TR

📐 Fórmula — Contrato Indefinido (Art. 38) Indemnización = 1.5 remuneraciones ordinarias × años completos de servicio Tope máximo: 12 remuneraciones ordinarias Fracciones: Las fracciones de año se calculan por dozavos (meses) y las fracciones de mes por treintavos (días) Remuneración ordinaria incluye: ✅ Sueldo base ✅ Asignación familiar (S/ 113 en 2026, si aplica) ✅ Bonificaciones fijas y regulares ❌ NO CTS acumulada (se paga aparte) ❌ NO gratificaciones (se pagan truncas aparte) ❌ NO comisiones variables no garantizadas ━━━━━━━━━━━━━━━━━━━━━━━━━━━━━━━━━━━━━━━━ EJEMPLO 1 — Sin tope (5 años, S/ 2,500): Sueldo: S/ 2,500 + asig. S/ 113 = S/ 2,613 Indemnización = 1.5 × S/ 2,613 × 5 = S/ 19,597.50 ¿Supera tope? 19,597 < (12 × 2,613 = 31,356) → NO INDEMNIZACIÓN: S/ 19,597.50 EJEMPLO 2 — Con tope (12 años, S/ 3,500): Sueldo: S/ 3,500 + asig. S/ 113 = S/ 3,613 Cálculo: 1.5 × S/ 3,613 × 12 = S/ 65,034 Tope máximo = 12 × S/ 3,613 = S/ 43,356 ¿Supera tope? SÍ → se aplica tope INDEMNIZACIÓN: S/ 43,356 (no S/ 65,034)

Indemnización: Contrato a Plazo Fijo Corrección — Art. 76 DS 003-97-TR

Esta es la corrección más importante para trabajadores con contratos temporales. La fórmula es completamente diferente a la del contrato indefinido — se basa en el tiempo que faltaba para que venciera el contrato, no en el tiempo ya trabajado.

📐 Fórmula — Contrato a Plazo Fijo (Art. 76)

Indemnización = 1.5 remuneraciones × meses pendientes hasta el vencimiento del contrato

Tope máximo: 12 remuneraciones (igual que indefinido)

Las fracciones de mes se calculan por treintavos (días).

EJEMPLO — Contrato firmado por 12 meses, despedido al 7° mes: Contrato: firmado por 12 meses (del 1 enero al 31 diciembre 2026) Despido: 31 de julio 2026 (al completar 7 meses) Meses pendientes: agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre = 5 meses Sueldo: S/ 2,500 Indemnización = 1.5 × S/ 2,500 × 5 = S/ 18,750 ¿Supera tope? 18,750 < (12 × 2,500 = 30,000) → NO INDEMNIZACIÓN: S/ 18,750 NOTA CRÍTICA: Si hubieras sido indefinido con 7 años y mismo sueldo: Indefinido: 1.5 × 2,500 × 7 = S/ 26,250 Plazo fijo (5 meses): 1.5 × 2,500 × 5 = S/ 18,750 Diferencia: S/ 7,500 menos por ser plazo fijo con 1 año de contrato

⚠️ ¿El plazo fijo vence y no te renuevan? Si tu contrato a plazo fijo simplemente llega a su fecha de vencimiento y no es renovado, eso NO es despido arbitrario — es el vencimiento natural del contrato. Solo hay derecho a indemnización cuando el empleador termina el contrato a plazo fijo ANTES de la fecha pactada.

El Plazo de Caducidad: 30 Días Hábiles Explicados Urgente

Tipo de reclamo Plazo Tipo de plazo Base legal
Indemnización por despido arbitrario 30 días hábiles Caducidad (no se suspende) Art. 36 DS 003-97-TR
Impugnar despido nulo (reposición) 30 días hábiles Caducidad Art. 36 DS 003-97-TR
CTS, gratificaciones, vacaciones 4 años Prescripción (puede suspenderse) Ley 27321
Remuneraciones impagas 4 años Prescripción Ley 27321
Denuncia SUNAFIL (inspección laboral) Sin plazo fijo No aplica caducidad Ley 28806 LGIT
⚠️ Importante: SUNAFIL puede recibir tu denuncia en cualquier momento, pero SUNAFIL no ordena el pago de indemnización por despido arbitrario — eso solo lo hace un juez laboral. Presentar denuncia SUNAFIL NO suspende el plazo de caducidad de 30 días para la demanda judicial.

🚨 ¿Cuándo comienza a correr el plazo de 30 días hábiles? Desde el día del despido (el día en que te comunicaron la carta de despido o el día en que dejaste de trabajar). Si te avisaron verbalmente, inicia desde el último día trabajado. No existe «prórroga» ni «extensión» para este plazo bajo circunstancias ordinarias — la jurisprudencia de la Corte Suprema lo interpreta de forma muy estricta.

Quiénes Tienen y No Tienen Derecho a Indemnización

Trabajador ¿Indemnización? Observación
Contrato indefinido — superó prueba (90 días) ✅ Sí (Art. 38) Fórmula: 1.5 × sueldo × años
Contrato plazo fijo — superó prueba ✅ Sí (Art. 76) Fórmula: 1.5 × sueldo × meses pendientes
En período de prueba (primeros 90 días) ❌ No Empresa puede terminar sin causa y sin indemnización
Trabajador de confianza (prueba hasta 6 m) ✅ Sí (si superó prueba) La jurisprudencia confirma su derecho a indemnización
Personal de dirección (prueba hasta 12 m) ✅ Sí (si superó prueba) Igual tratamiento al terminar la prueba
Trabajador a tiempo parcial +4 h/día ✅ Sí Jornada promedio de 4+ horas incluye protección
Trabajador a tiempo parcial -4 h/día ❌ No Excluidos del régimen de indemnización por jornada
Trabajador del hogar ✅ Sí Mismo régimen de protección
Practicante / honorarios ❌ No No existe relación laboral formal
Microempresa MYPE (ventas ≤ 150 UIT) acogida ⚠️ Reducida Régimen especial: indemnización diferente según DL 1086

Cuatro Casos Reales con Cálculos 2026

Caso 1 — Miguel: Contrato Indefinido, 3 Años, Sin Tope

💼 Administrativo Lima · Sueldo S/ 2,613 (base S/2,500 + asig. S/113) · 3 años de servicio · Despido: «Reducción de personal» sin documentación · Indefinido
  • Sueldo ordinario: S/ 2,500 + S/ 113 = S/ 2,613
  • Indemnización = 1.5 × S/ 2,613 × 3 = S/ 11,758.50
  • Tope: 12 × S/ 2,613 = S/ 31,356 → No supera
  • + CTS acumulada 3 años: S/ 7,839 (aprox.)
  • + Vacaciones truncas: proporcional al mes de despido
  • + Gratificación trunca: proporcional al semestre en curso
Indemnización de Miguel: S/ 11,758.50 (más liquidación normal de beneficios sociales que suma otros S/ 10,000+ aprox.)

Caso 2 — Sandra: Indefinido 12 Años — Aplica Tope Máximo

💼 Empresa servicios Arequipa · Sueldo S/ 4,313 (base S/4,200 + asig. S/113) · 12 años · Despido: «No te renovamos» (sin carta de causa)
  • Cálculo sin tope: 1.5 × S/ 4,313 × 12 = S/ 77,634
  • Tope máximo: 12 × S/ 4,313 = S/ 51,756
  • ¿Supera tope? SÍ → se aplica el tope
Indemnización de Sandra: S/ 51,756 (limitada por el tope aunque le «correspondería» S/ 77,634 por 12 años). El tope aplica a partir de 8 años de antigüedad cuando el sueldo es medio-alto.

Caso 3 — Ramón: Contrato Plazo Fijo, Despedido Antes del Vencimiento

💼 Empresa manufactura Lima · Sueldo S/ 2,500 · Contrato 12 meses (1 ene–31 dic 2026) · Despedido al 7° mes (31 de julio 2026) · Sin causa comunicada
  • Meses pendientes: agosto + septiembre + octubre + noviembre + diciembre = 5 meses
  • Indemnización = 1.5 × S/ 2,500 × 5 = S/ 18,750
  • Tope: 12 × S/ 2,500 = S/ 30,000 → No supera
Indemnización de Ramón: S/ 18,750 (calculada sobre los meses pendientes, no sobre los años trabajados — esta es la fórmula correcta para plazo fijo).

Caso 4 — Sofía: Despido Nulo (Embarazo) — Reposición, No Indemnización

💼 Empresa servicios Lima · Sueldo S/ 3,113 (base S/3,000 + asig. S/113) · 4 años de servicio · Despedida 3 meses después de notificar embarazo
  • Tipo de despido: NULO (Art. 29 — por embarazo, no arbitrario)
  • Remedio correcto: REPOSICIÓN al puesto + retroactivo de salarios
  • Si el cese duró 8 meses antes de la sentencia: retroactivo = 8 × S/ 3,113 = S/ 24,904
  • Si hubiera demandado como arbitrario: 1.5 × S/ 3,113 × 4 = S/ 18,678 (menos)
Sofía demanda REPOSICIÓN + retroactivo (S/ 24,904 o más según cuánto tarde el juicio), NO indemnización. Reclamar por la vía equivocada le costaría S/ 6,000+ de diferencia.

Documentos que Necesitas Recopilar Hoy

⚠️ Si te despidieron verbalmente sin documentación: Envía un correo electrónico a RRHH o a tu jefe directo ese mismo día: «Me informaron verbalmente hoy [fecha] que mi contrato fue terminado. Solicito comunicación escrita de la causa de mi cese.» Este email crea un registro con fecha y hora que puede usarse como prueba del momento del despido para el conteo del plazo de 30 días hábiles.

Pasos Exactos para Reclamar: SUNAFIL y Demanda Laboral

Acción Inmediata — Los Primeros 5 Días Hábiles

  • 1

    Día 1 (día del despido): Guarda TODOS los documentos. Toma capturas de pantalla de comunicaciones. Anota por escrito la conversación del despido (hora, quién te informó, qué exactamente te dijeron). Solicita carta escrita por email.

  • 2

    Días 2–3: Consulta abogado laboral (la mayoría ofrece primera consulta gratuita o a bajo costo). El abogado evaluará si es despido arbitrario o nulo — eso determina completamente la estrategia legal. NO firmes ningún «acuerdo» antes de la consulta.

  • 3

    Días 3–5: Con asesoría legal, decide la vía: demanda judicial por indemnización (arbitrario) o demanda por reposición (nulo). También puedes presentar denuncia SUNAFIL simultáneamente — pero recuerda que SUNAFIL no ordena indemnización; eso solo lo hace el juez.

Vía 1 — Denuncia SUNAFIL (Inspección Laboral)

¿Para qué sirve SUNAFIL en este caso?

  • ✅ Verificar si el empleador incumplió el procedimiento de despido
  • ✅ Obligar a la empresa a pagar beneficios sociales adeudados (CTS, vacaciones, etc.)
  • ✅ Multar a la empresa por infracciones laborales
  • ❌ SUNAFIL NO puede ordenar el pago de la indemnización por despido arbitrario — eso solo lo hace un juez laboral
  • ❌ Presentar denuncia en SUNAFIL NO suspende el plazo de caducidad de 30 días para la demanda judicial

📞 SUNAFIL: Teléfono 0800-00-SUNAFIL · www.sunafil.gob.pe · Requisitos: DNI + boletas + documentación del despido

Vía 2 — Demanda Laboral Judicial (Indemnización Vinculante)

  • 1

    Contrata abogado laboral — La demanda la presenta el abogado ante el Juzgado Laboral de tu jurisdicción bajo la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT Ley 29497). Si ganas, la empresa paga las costas (incluidos honorarios de tu abogado).

  • 2

    Presenta la demanda dentro de los 30 días hábiles — Incluye: datos de las partes, hechos del despido, causa que alega la empresa, pruebas, y el monto reclamado (indemnización calculada). Se presenta en mesa de partes del juzgado.

  • 3

    Audiencia de conciliación — El juez convoca a ambas partes para intentar un acuerdo. Muchas empresas prefieren llegar a un acuerdo económico antes del juicio. Si hay acuerdo satisfactorio con asesoría de tu abogado, el proceso termina aquí.

  • 4

    Audiencia de juzgamiento (si no hay acuerdo) — Se presentan pruebas, testigos y argumentos de ambas partes. El juez emite sentencia. Bajo la NLPT, el proceso puede durar entre 6 y 18 meses en primera instancia.

  • 5

    Sentencia y cobro — Si ganas, la empresa tiene 5 días para cumplir la sentencia. Si no cumple, se ejecuta judicialmente (embargo de cuentas). La empresa también paga los intereses legales acumulados desde el día del despido hasta el pago efectivo.

Errores que Destruyen tu Caso

Error 1: «Tengo 1 año para demandar indemnización»
Incorrecto y peligroso. El plazo para demandar la indemnización por despido arbitrario es de 30 días HÁBILES de caducidad (no prescripción, no 1 año). Pasado ese plazo, pierdes el derecho a indemnización de forma irreversible. El plazo de 4 años aplica solo para CTS, vacaciones y remuneraciones impagas.
✅ Consulta abogado dentro de los primeros 5 días hábiles post-despido. Presenta la demanda antes del día 30 hábil.
Error 2: «Si voy a SUNAFIL, ya protegí mi derecho a indemnización»
Incorrecto. SUNAFIL es una autoridad de inspección laboral, no un órgano judicial. Presentar denuncia SUNAFIL NO suspende el plazo de caducidad de 30 días para la demanda judicial de indemnización. Son vías paralelas, no sustitutos.
✅ Puedes ir a SUNAFIL Y presentar demanda judicial simultáneamente. No elijas uno u otro — haz ambos si el tiempo lo permite.
Error 3: Firmar «renuncia voluntaria» bajo presión
Si la empresa te presentó una carta de renuncia diciendo «o firmas esto o te despedimos», firmaste bajo coacción. Aunque el documento diga «renuncia voluntaria», el juzgado laboral puede declarar que fue un despido disfrazado si hay prueba de presión. Pero es más difícil de probar.
✅ Si firmaste bajo presión, consulta abogado inmediatamente. Documenta la conversación donde te presionaron (testigos, mensajes). No firmes nada sin asesoría.
Error 4: Aceptar acuerdo económico sin asesoría legal
La empresa te ofrece «S/ 5,000 ahora en efectivo» y tú calculas que te corresponden S/ 15,000. Si firmas la liquidación con ese monto, generalmente no puedes reclamar la diferencia después. Las liquidaciones firmadas tienen carácter de acuerdo definitivo.
✅ Nunca firmes liquidaciones o acuerdos sin que un abogado laboral revise los números. Un abogado puede revisar en 24 horas y confirmar si el monto es justo o insuficiente.
Error 5: Confundir despido nulo con arbitrario y reclamar lo equivocado
Si te despidieron por embarazo, activismo sindical o represalia a SUNAFIL, tu caso es despido NULO — el remedio es la reposición + retroactivo de salarios, que económicamente suele ser mayor que la indemnización. Si demandas solo indemnización (despido arbitrario), obtienes menos y renuncias a la reposición.
✅ Un abogado laboral identificará en 30 minutos si es arbitrario o nulo. La diferencia puede representar decenas de miles de soles adicionales.

Preguntas Frecuentes: Despido Arbitrario Perú 2026

¿Puedo reclamar indemnización y CTS al mismo tiempo?

Sí. El Art. 34 establece que el trabajador puede demandar simultáneamente la indemnización y cualquier otro beneficio social pendiente. Son conceptos separados: la indemnización es la sanción al empleador por el despido arbitrario; la CTS, vacaciones y gratificaciones son tus derechos acumulados independientemente del tipo de despido.

¿Hay indemnización si estaba en período de prueba?

No. Durante el período de prueba (3 meses para trabajador común, hasta 6 para trabajador de confianza, hasta 12 para personal de dirección), el empleador puede terminar el contrato sin expresar causa y sin pagar indemnización. Sí tienes derecho a los demás beneficios proporcionales (CTS, vacaciones, gratificación trunca) por los días trabajados.

¿La empresa puede descontar de la indemnización alguna deuda mía?

Solo en casos específicos y con límites. La empresa puede descontar adelantos de sueldo o préstamos documentados que te otorgó. No puede descontar por «daños» unilateralmente declarados por ella misma — eso requiere un proceso judicial separado. La indemnización no puede ser reducida por compensación unilateral del empleador.

¿Qué pasa si la empresa no tiene dinero para pagar?

Puedes ejecutar la sentencia. Si el juez falla a tu favor y la empresa no paga voluntariamente, tu abogado puede solicitar la ejecución forzada: embargo de cuentas bancarias, maquinaria u otros activos de la empresa. Los créditos laborales tienen prelación (preferencia) sobre las deudas comerciales en los procesos concursales.

¿Cuánto tiempo dura un juicio laboral por despido arbitrario en Perú?

Entre 6 meses y 2 años en primera instancia, dependiendo del juzgado y la complejidad del caso. Bajo la NLPT (Ley 29497), el proceso es oral y más ágil que el sistema anterior. Muchos casos se resuelven en audiencia de conciliación (3–6 meses) sin llegar a juicio completo. Si la empresa apela, el proceso puede extenderse.

¿Los trabajadores de confianza tienen derecho a indemnización?

Sí, si superaron el período de prueba. La jurisprudencia de la Corte Suprema (como la Casación 4217-2016, Lima) ha reiterado que los trabajadores de confianza sí tienen derecho a indemnización por despido arbitrario una vez que superan su período de prueba (hasta 6 meses). El hecho de ser «de confianza» no elimina el derecho.

¿Puedo negociar el monto de la indemnización con la empresa?

Sí, y es común. Muchas empresas prefieren llegar a un acuerdo extrajudicial para evitar el juicio. El acuerdo puede ser por el monto completo o parcialmente negociado. Lo importante es que el acuerdo sea revisado por tu abogado antes de firmarlo — asegúrate de que incluya todos los conceptos (indemnización + todos los beneficios pendientes) y que no tenga cláusulas que te impidan reclamar conceptos adicionales.

⚖️ ¿Fuiste despedido? Calcula exactamente cuánto te corresponde de indemnización según tu tipo de contrato y años de servicio:

Calcular Mi Indemnización 2026 →