El jefe te llama a su oficina. Te pone un papel con un número. «Esto es lo que te corresponde.» ¿Lo firmas y listo? No. Ese es justo el momento en que más necesitas tener tu propio número calculado. Si quieres el resultado inmediato sin hacer todos los pasos manualmente, usa nuestra calculadora de liquidación Venezuela 2026 — gratis, sin registro, con desglose por cada concepto LOTTT. Si prefieres entender cómo se llega a ese número, esta guía es exactamente lo que necesitas.
En Venezuela, la liquidación no es un número que el empleador inventa. Es el resultado de aplicar fórmulas legales concretas establecidas en la LOTTT. Cuando sabes cómo funciona cada fórmula, puedes calcular tú mismo, comparar con lo que te ofrecen, y saber con certeza si falta algo — o cuánto falta. Aquí te enseñamos eso, paso a paso, con los artículos exactos de la ley.
Esta guía incorpora las correcciones legales para 2026 que muchas fuentes aún no reflejan: el mínimo de utilidades es 30 días (Art. 131), no 15; el bono vacacional mínimo es 15 días + 1 por año de servicio (Art. 192); y las prestaciones se calculan sobre el salario integral (Art. 122), no el básico. Estas diferencias pueden representar miles de bolívares o decenas de dólares que te corresponden y que muchos empleadores omiten.
📖 ¿Conoces todos los conceptos que componen tu liquidación? Antes de calcular, lee nuestra Guía de Liquidación Laboral en Venezuela 2026 para entender qué es cada concepto, cuándo aplica y por qué te corresponde.
Lo que Necesitas Reunir Antes de Empezar a Calcular
Antes de abrir la calculadora o tomar papel y lápiz, junta esta información. Sin ella, cualquier número que calcules será una estimación. Con ella, el resultado será exacto.
💼 Datos básicos del empleo:
— Fecha exacta de inicio (día, mes y año en que firmaste contrato o empezaste a trabajar)
— Fecha exacta de terminación (tu último día trabajado)
— Motivo de terminación (renuncia voluntaria / despido con causa / despido sin causa / mutuo acuerdo)
💰 Datos del salario real:
— Tu salario mensual básico (el número que aparece en tu contrato o último recibo de pago)
— Si recibes parte en bolívares y parte en dólares: anota ambos montos y el tipo de cambio BCV del día de terminación
— Beneficios adicionales con carácter salarial (no incluyas cesta ticket ni viáticos — no forman parte del salario base)
📅 Historial de vacaciones y adelantos:
— Cuántos períodos de vacaciones disfrutaste y cuáles no (por año)
— Si te pagaron algún adelanto de prestaciones o vacaciones: cuánto y cuándo
— Si hay descuentos por préstamos de empresa hechos con cargo a prestaciones
⚠️ Para 2026: Si tu salario real era en dólares pero los recibos decían bolívares al tipo paralelo, guarda ese rastro. En caso de disputa, el tipo de cambio correcto a usar es el BCV oficial del día de terminación. Cualquier diferencia puede ser reclamada.
Los 5 Conceptos que Forman una Liquidación Completa en Venezuela 2026
Una liquidación en Venezuela nunca es un solo número. Es la suma de varios conceptos independientes, cada uno con su propia fórmula legal. Antes de calcular, necesitas saber qué estás calculando:
① Prestaciones Sociales (Art. 142 LOTTT) — El concepto principal y más grande. Se acumulan durante toda la relación laboral en un fondo garantizado. Se calculan sobre el salario integral.
② Vacaciones No Disfrutadas + Bono Vacacional (Arts. 190-192 LOTTT) — Por cada período vacacional que no tomaste, recibes dinero en efectivo. Incluye tanto los días de vacaciones como el bono especial vacacional.
③ Utilidades Proporcionales (Art. 131 LOTTT) — La parte del año trabajado que corresponde al período de utilidades en curso al momento de salir.
④ Salarios Pendientes (si aplica) — Días del último mes trabajados pero no pagados. Se calculan sobre el salario normal.
⑤ Indemnización por Despido Injustificado (Art. 92 LOTTT) — Solo aplica si te despidieron sin causa. Es un monto adicional equivalente al total de prestaciones sociales. Efectivamente «duplica» lo que recibes.
Ahora calculemos cada uno.
Paso 1 — El Salario Diario y el Salario Integral (La Base de Todo)
Antes de cualquier cálculo de liquidación, necesitas dos números: tu salario diario básico y tu salario integral diario. Este último es el que la LOTTT exige para las prestaciones sociales y muchos trabajadores nunca lo han calculado, lo cual significa que llevan años viendo sus prestaciones subestimadas.
Salario Diario Básico
FÓRMULA: Salario mensual ÷ 30 = Salario diario básico
Salario mensual: $400 USD
Salario diario básico: $400 ÷ 30 = $13.33/día
(Usamos este número en todos los cálculos siguientes)
Salario Integral Diario (Art. 122 LOTTT): El Número Real para las Prestaciones
El salario integral no es solo el sueldo que te transfieren mensualmente. Según el Art. 122 de la LOTTT, incluye el salario básico más la alícuota (parte proporcional diaria) de dos beneficios: las utilidades y el bono vacacional. Porque en realidad esos beneficios son parte de tu compensación total y deben reflejarse en tus prestaciones.
¿Qué es una alícuota?
Es el valor diario de un beneficio anual. Si recibes 30 días de utilidades al año, eso equivale a que cada día ganas 30/360 = 0.0833 días adicionales de utilidades. Eso es tu alícuota de utilidades.
Cómo Calcular el Salario Integral Paso a Paso
Salario Integral = Salario Básico Diario + Alícuota Utilidades + Alícuota Bono Vacacional
Alícuota Utilidades = (Días de utilidades × Salario básico diario) ÷ 360
Alícuota Bono Vacacional = (Días de bono vacacional × Salario básico diario) ÷ 360
Salario diario básico: $13.33
Días de utilidades mínimas (Art. 131): 30 días
Días de bono vacacional año 7 (Art. 192): 15 + 6 años adicionales = 21 días
Alícuota Utilidades = (30 × $13.33) ÷ 360 = $399.90 ÷ 360 = $1.11/día
Alícuota Bono Vacacional = (21 × $13.33) ÷ 360 = $279.93 ÷ 360 = $0.78/día
✅ Diferencia real: Usando salario básico ($13.33) vs salario integral ($15.22), la diferencia es $1.89/día — un 14% más. En 7 años de prestaciones, esa diferencia se multiplica y puede significar cientos de dólares que te corresponden legalmente.
Paso 2 — Calcula Tu Antigüedad Exacta en Años, Meses y Días
La antigüedad es el tiempo exacto que duró tu relación laboral. Importa en años y meses, no solo en años completos, porque los meses incompletos pueden cambiar categorías de escala y los meses mayores de 6 generan derechos adicionales.
Fecha inicio: 1 de enero de 2019
Fecha fin: 22 de febrero de 2026
Total: 7 años, 1 mes y 22 días
→ Para el cálculo retroactivo (Art. 142-c): 7 años completos
(La fracción de 1 mes 22 días es menor de 6 meses → no suma un año más)
→ Para el fondo de garantía trimestral (Art. 142-a): 28 trimestres completos
(7 años × 4 trimestres = 28 trimestres completados)
Regla de los 6 meses (Art. 142-c LOTTT): Si tu fracción de año incompleto es mayor a 6 meses, se cuenta como un año completo para el cálculo retroactivo final. Si es menor de 6 meses, solo cuentan los años completos.
Ejemplo: 7 años y 8 meses → se cuentan como 8 años para el retroactivo.
Ejemplo: 7 años y 4 meses → se cuentan como 7 años solamente.
Paso 3 — Prestaciones Sociales (Art. 142 LOTTT): El Sistema Dual que Determina Cuánto Recibes
Las prestaciones sociales son el concepto más importante y el más frecuentemente mal calculado. La LOTTT establece un sistema dual: el empleador calcula dos números simultáneamente durante toda la relación laboral, y al final el trabajador recibe el que resulte mayor. Eso es literalmente lo que dice el literal d) del Art. 142. Aquí los dos métodos.
Método 1 — El Fondo de Garantía: 15 Días por Trimestre (Art. 142-a y 142-b)
Durante tu relación laboral, el empleador debía depositar en un fondo a tu nombre 15 días de salario integral por cada trimestre trabajado. A partir del segundo año, además suma 2 días adicionales por cada año cumplido.
Garantía Base = 15 días × Trimestres completos × Salario Integral Diario
Días Adicionales = 2 días × (Años completos − 1) × Salario Integral Diario
Fondo Total = Garantía Base + Días Adicionales
Trimestres completos: 7 años × 4 = 28 trimestres
Garantía Base: 15 × 28 × $15.22 = 420 días × $15.22 = $6,392.40
Días Adicionales (Art. 142-b): 2 × (7 − 1) = 12 días adicionales
Valor adicionales: 12 × $15.22 = $182.64
Método 2 — El Cálculo Retroactivo: 30 Días por Año al Cierre (Art. 142-c)
Al terminar la relación laboral, también se calcula una cantidad retroactiva: 30 días de salario integral por cada año completo de servicio (o fracción superior a 6 meses). Este cálculo usa el último salario integral, no el histórico.
Retroactivo = 30 días × Años computables × Salario Integral Diario (último)
Años computables: 7 (fracción 1 mes 22 días es menor de 6 meses)
Retroactivo: 30 × 7 × $15.22 = 210 días × $15.22 = $3,196.20
¿Cuál de los Dos Recibe María? (Art. 142-d)
Fondo de Garantía: $6,575.04
Retroactivo Final: $3,196.20
→ María recibe el mayor: $6,575.04 (el fondo de garantía)
Este resultado es típico para trabajadores con varios años de servicio: el fondo de garantía acumulado trimestre a trimestre casi siempre supera el retroactivo final. Sin embargo, cuando hay aumentos de salario frecuentes y grandes, el retroactivo puede ser mayor porque usa el último salario (el más alto) para todos los años. En ese caso, el retroactivo gana y es lo que te corresponde recibir.
📖 ¿Te despidieron y tu empleador dice que tus prestaciones son menores? Exige el desglose de los depósitos trimestrales. Por ley, el empleador debía haber depositado ese fondo. Si no lo hizo, le debes intereses sobre esos montos no depositados. Lee nuestra guía sobre qué hacer si el empleador no paga en Venezuela.
Paso 4 — Vacaciones y Bono Vacacional (Arts. 190-192 LOTTT): Las Escalas Correctas para 2026
Si no disfrutaste tus vacaciones — parcialmente o en ningún año — esos días se convierten en dinero que debes cobrar al salir (Art. 195 LOTTT). Aquí están las escalas correctas según la ley vigente.
Días de Vacaciones — Escala Art. 190 LOTTT
La escala de días de vacaciones comienza en 15 días al cumplir el primer año y aumenta 1 día por cada año adicional trabajado, hasta un máximo de 30 días:
Año 1: 15 días, Año 2: 16, Año 3: 17, Año 4: 18, Año 5: 19, Año 6: 20, Año 7: 21 días
Total días acumulados sin tomar: 15+16+17+18+19+20+21 = 126 días
Salario diario normal: $13.33/día (Art. 195 LOTTT: vacaciones se pagan al salario normal)
Bono Vacacional — Escala Art. 192 LOTTT (Corrección 2026)
El bono vacacional es un pago adicional que el empleador hace cuando tomas vacaciones — y que se convierte en dinero si no las tomaste. La escala correcta bajo la LOTTT es:
🚫 Error crítico en muchas liquidaciones: El bono vacacional mínimo NO es 7 días fijos por año. Es 15 días mínimo + 1 día adicional por año de servicio hasta máximo 30 días (Art. 192 LOTTT). Si te pagaron 7 días por año, te pagaron menos de la mitad de lo que correspondía. Esta diferencia es reclamable hasta con 5 años de prescripción.
Total bonos: 15+16+17+18+19+20+21 = 126 días
Salario diario normal: $13.33/día
Días de vacaciones: $1,679.58
Bonos vacacionales: $1,679.58
Paso 5 — Utilidades Proporcionales (Art. 131 LOTTT): 30 Días de Mínimo, No 15
Las utilidades son la participación en las ganancias de la empresa que te corresponde por cada mes trabajado durante el año fiscal. Si sales antes de que termine el ejercicio anual, recibes la parte proporcional a los meses que trabajaste en ese período.
Corrección legal para 2026 (Art. 131 LOTTT):
— Mínimo: 30 días de salario (equivalente a 1 mes)
— Máximo: 120 días de salario (equivalente a 4 meses)
Si la empresa no declaró utilidades o las utilidades fueron inferiores, igual debe pagar el mínimo de 30 días.
Utilidades proporcionales = (Días de utilidades ÷ 12) × Meses trabajados en el año
Ejemplo — María sale en febrero, 2 meses del año en curso
Utilidades mínimas: 30 días
Meses trabajados en 2026 (enero-febrero): 2 meses
Utilidades proporcionales: (30 ÷ 12) × 2 = 2.5 días × $13.33 = $33.33
Si la empresa paga el máximo (120 días):
(120 ÷ 12) × 2 = 20 días × $13.33 = $266.60
⚠️ Situación frecuente en Venezuela 2026: Con la crisis económica, muchas empresas declaran utilidades mínimas o nulas. Sin embargo, la LOTTT obliga el pago del mínimo de 30 días de salario independientemente de las ganancias reportadas. Si tu empleador dice que «no hubo utilidades» y por eso no te paga nada, eso es ilegal. El mínimo siempre aplica.
Paso 6 — Si te Despidieron Injustificadamente: Indemnización Art. 92 LOTTT (No la Escala Antigua)
Esta sección contiene la corrección legal más importante de esta guía. El original de muchas fuentes (incluyendo la versión anterior de este artículo) mostraba una escala de indemnización de 30/45/60/75/90/150 días según los años trabajados. Esa escala era de la antigua LOT derogada. Bajo la LOTTT vigente, la indemnización funciona de forma completamente diferente.
Lo que Dice el Art. 92 LOTTT: La Indemnización como «Doble» de las Prestaciones
El Art. 92 de la LOTTT establece que cuando el empleador despide al trabajador sin causa justificada (o cuando el trabajador decide no ejercer el reenganche), el empleador paga una indemnización adicional equivalente al monto de las prestaciones sociales. En la práctica, esto significa que el trabajador recibe su liquidación normal más un monto igual — efectivamente el doble.
Fórmula simple:
Indemnización Art. 92 = Total Prestaciones Sociales (el mayor entre fondo garantía y retroactivo)
Porque el empleador paga las prestaciones más una indemnización de igual valor.
Prestaciones sociales calculadas: $6,575.04
Indemnización Art. 92: = $6,575.04 (monto idéntico a las prestaciones)
✅ El poder de conocer tu ley: Si María no hubiera reclamado el despido injustificado y aceptado solo las prestaciones, habría cobrado $6,575. Al conocer el Art. 92 y reclamar, cobra $13,150 — el doble. La diferencia de $6,575 solo requería saber que ese derecho existe.
📖 ¿Quieres recuperar además tu puesto de trabajo? Si el despido fue sin autorización de la Inspectoría del Trabajo (lo cual es ilegal en 2026 con el Decreto 5.070 activo), tienes también derecho a reenganche con salarios caídos. Lee nuestra guía de Reenganche en Venezuela 2026 con el procedimiento completo ante la Inspectoría del Trabajo y el plazo de 30 días para solicitarlo.
Paso 7 — Suma Todo: El Total de Tu Liquidación en Venezuela 2026
Ahora que tienes cada concepto calculado por separado, es momento de sumarlos. El total varía dependiendo de si el despido fue justificado o injustificado.
Escenario A — Renuncia voluntaria o despido justificado (María, 7 años)
Prestaciones Sociales (Art. 142): $6,575.04
Días de vacaciones no tomadas (7 años, Art. 190): $1,679.58
Bono vacacional no cobrado (7 años, Art. 192): $1,679.58
Utilidades proporcionales enero-febrero 2026 (Art. 131): $33.33
LIQUIDACIÓN TOTAL (SALIDA VOLUNTARIA): $9,967.53
Escenario B — Despido Injustificado (María, 7 años, Art. 92 LOTTT)
Prestaciones Sociales (Art. 142): $6,575.04
Indemnización Art. 92 (= igual que prestaciones): $6,575.04
Días de vacaciones no tomadas (Art. 190): $1,679.58
Bono vacacional no cobrado (Art. 192): $1,679.58
Utilidades proporcionales 2026 (Art. 131): $33.33
LIQUIDACIÓN TOTAL (DESPIDO INJUSTIFICADO): $16,542.57
✅ La diferencia entre escenarios A y B es de $6,575 — exactamente el monto de la indemnización. Ese es el valor de conocer tus derechos y reclamarlos correctamente.
Los 6 Errores Más Comunes que Hacen que te Paguen de Menos en Venezuela
Estos son los errores que aparecen con más frecuencia en las liquidaciones que revisamos. Verifica uno por uno que tu empleador no los cometió.
❌ Error 1 — Calcular prestaciones sobre salario básico (no integral): El Art. 122 LOTTT exige el salario integral. Usar solo el básico subestima las prestaciones en 10-30% dependiendo del bono vacacional y las utilidades.
❌ Error 2 — Utilidades mínimas de 15 días en vez de 30 (Art. 131 LOTTT): El mínimo legal bajo la LOTTT es 30 días, no 15. Si pagaron 15 días, corresponde reclamar la diferencia.
❌ Error 3 — Bono vacacional de 7 días fijos en vez de la escala 15+1/año (Art. 192): El bono mínimo empieza en 15 días y crece. Un trabajador de 7 años debería tener 21 días de bono, no 7. Este error multiplica la diferencia por todos los años no disfrutados.
❌ Error 4 — Usar la indemnización de la antigua LOT (escala 30/45/90 días): Esa escala corresponde a una ley derogada en 2012. La LOTTT usa Art. 92: indemnización = monto de las prestaciones sociales.
❌ Error 5 — Ignorar vacaciones de años anteriores: Cada período vacacional no disfrutado se acumula. Si llevas 7 años sin tomar vacaciones, te deben los 7 períodos más los 7 bonos. No solo el último año.
❌ Error 6 — No comparar los dos métodos de prestaciones (Art. 142-d): El empleador tiene la obligación legal de calcular ambos métodos y pagar el mayor. Si solo te calculó el retroactivo (30 días × años) sin comparar con el fondo de garantía acumulado, puede estar pagando menos de lo que corresponde.
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Preguntas Frecuentes Sobre el Cálculo de Liquidación en Venezuela
¿Qué tipo de cambio uso si me pagaban en dólares pero el empleador quiere liquidarme en bolívares?
El tipo de cambio correcto a aplicar es el tipo oficial del Banco Central de Venezuela (BCV) del día exacto de terminación de la relación laboral. Si el empleador usa un tipo de cambio diferente — ya sea más bajo que el BCV o inventado — eso es impugnable ante la Inspectoría del Trabajo. Guarda el registro del tipo BCV del día de tu último trabajo. Puedes consultarlo en bcv.org.ve y tomar captura de pantalla como evidencia.
¿Qué pasa si el empleador dice que no tiene dinero para pagar la liquidación ahora mismo?
La imposibilidad económica del empleador no es una excusa legal válida. La LOTTT establece que el pago debe realizarse en el momento de la terminación o dentro de los 5 días hábiles siguientes. Si no paga en ese plazo, la deuda comienza a generar intereses de mora y puede ser exigida ante la Inspectoría del Trabajo con una denuncia inmediata. Tampoco puedes ser presionado a firmar un «acuerdo de pago a plazos» que reduzca el monto que te corresponde — solo puedes aceptar plazos si el monto total acordado es el correcto.
¿Puedo reclamar si ya firmé la liquidación pero el monto era incorrecto?
Depende. Si firmaste un documento que dice «acepto como pago total y definitivo, renunciando a cualquier diferencia», la reclamación se vuelve muy difícil legalmente — ese documento tiene valor de transacción si fue firmado de forma libre y ante testigos. Sin embargo, si puedes demostrar que firmaste bajo presión, engaño, o desconocimiento de tus derechos, un abogado laboral puede impugnar ese acuerdo. Por eso el consejo siempre es: calcula antes de firmar, nunca después.
¿El salario del cesta ticket cuenta para el cálculo de prestaciones o vacaciones?
No. El cesta ticket (beneficio alimentario) tiene carácter no salarial según el Art. 105 de la LOTTT. No se incluye en el salario básico ni en el salario integral para ningún cálculo de liquidación. Lo mismo aplica para viáticos, gastos de representación y pagos por reembolso de gastos. Solo cuentan los componentes que la ley clasifica como salario.
¿Cuánto tiempo tiene el empleador para pagar la liquidación en Venezuela?
La LOTTT establece que el pago de las prestaciones sociales debe realizarse dentro de los 5 días hábiles siguientes a la terminación de la relación laboral. Si el trabajador y el empleador no logran acuerdo sobre el monto en ese plazo, el empleador debe depositar en el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales o en un fideicomiso el monto que no esté en disputa, y el resto se resuelve judicialmente. El incumplimiento de este plazo genera intereses de mora.
¿Las horas extra y bonos de productividad entran en el salario para calcular las prestaciones?
Las horas extra no forman parte del salario normal para la base de cálculo de prestaciones. Sin embargo, si ciertos bonos o pagos eran regulares, permanentes y representativos de la labor — es decir, que no eran esporádicos sino una parte habitual de tu compensación — pueden considerarse parte del salario según el Art. 104 LOTTT y la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia. Este es un punto que conviene revisar con un abogado laboral si los montos son significativos.
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- 📖 Vacaciones y Bono Vacacional Venezuela 2026 (Arts. 190-192) — La escala correcta, cómo se acumulan y cómo cobrarlas al salir.
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Referencias Legales
- 🔗 LOTTT — Art. 122: Definición de Salario Integral y sus Componentes
- 🔗 LOTTT — Art. 131: Beneficios Anuales o Utilidades (mínimo 30 días, máximo 4 meses)
- 🔗 LOTTT — Art. 142: Garantía y Cálculo de Prestaciones Sociales (Sistema Dual)
- 🔗 LOTTT — Arts. 190-192: Vacaciones Anuales y Bono Vacacional (escala +1 día/año)
- 🔗 LOTTT — Art. 195: Pago de Vacaciones No Disfrutadas al Terminar la Relación Laboral
- 🔗 LOTTT — Art. 92: Indemnización por Despido Injustificado (equivalente a prestaciones)
- 🔗 LOTTT — Art. 51: Prescripción de 10 años para prestaciones / 5 años para demás derechos
- 🔗 Decreto N° 5.070 — Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.868 del 27-12-2024: Inamovilidad Laboral Especial hasta 31-12-2026
- 🔗 Banco Central de Venezuela (BCV) — Tipo de Cambio Oficial
Descargo de Responsabilidad
Los cálculos de esta guía son educativos y están basados en las fórmulas de la LOTTT vigente. El resultado final puede variar según adelantos de prestaciones recibidos, descuentos autorizados, historia salarial detallada y otros factores específicos de cada relación laboral. Para verificación profesional de tu caso particular, consulta con un abogado laboral certificado en Venezuela.