|

Derechos Laborales en Ecuador 2026: SBU $482 USD, Décimo Tercero y Cuarto, Fondos de Reserva 8.33%, IESS 9.45%, Utilidades 15%, Despido Intempestivo hasta 25 Meses y Visto Bueno — Guía Completa Ministerio del Trabajo

Derechos Laborales en Ecuador
FiniquitoJustoDerechos del Trabajador › Derechos Laborales en Ecuador 2026
✦ Actualizado Marzo 2026 · Ecuador · SBU $482 · MDT-2025-195

SBU 2026: $482 USD/mes (Acuerdo Ministerial MDT-2025-195, consenso histórico tripartito, +$12 vs 2025, vigente desde el 1° enero 2026). Décimo Tercero: hasta 24 diciembre. Décimo Cuarto: marzo (Costa) y agosto (Sierra/Amazonía). Fondos de Reserva: 8.33% desde el mes 13. IESS: 9.45% trabajador + 12.15% empleador. Utilidades: 15% (10% + 5% cargas). Despido intempestivo: escala hasta 25 meses + bonificación 25%.

📅 Marzo 2026 📖 Lectura: ~18 min 🇪🇨 Ecuador · Código del Trabajo · MDT-2025-195 · IESS · SUT · Visto Bueno · Art. 188 · Quito · Guayaquil · Cuenca · Ambato · Manta · Santo Domingo · Machala · Portoviejo · Esmeraldas · Riobamba · Loja · Ibarra · Latacunga · Durán · Milagro
$482 USD/mes
Salario Básico Unificado 2026, fijado por el Acuerdo Ministerial MDT-2025-195 del 15 de diciembre de 2025, publicado en el Registro Oficial Suplemento N° 187 del 18 de diciembre. Vigente desde el 1° enero 2026. Primer consenso tripartito en 9 años: Gobierno, empleadores y trabajadores acordaron el incremento de $12 sin imposición unilateral
Consenso histórico
La primera vez en casi una década que el SBU se fijó por acuerdo tripartito entre Gobierno (Ministerio del Trabajo), empleadores (Cámaras de Industrias y Comercio) y trabajadores (centrales sindicales) en el Consejo Nacional de Trabajo y Salarios. No hubo imposición unilateral por parte del Ejecutivo — un hecho sin precedente desde 2017
9.45% IESS
Porcentaje del aporte personal del trabajador al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Se descuenta directamente del salario. El empleador aporta el 12.15% adicional sobre el salario del trabajador. La base imponible incluye el salario, horas extras y bonificaciones habituales — pero NO los décimos, las utilidades ni las indemnizaciones
25 meses máx.
Tope máximo de indemnización por despido intempestivo en Ecuador (Art. 188 Código del Trabajo). La escala: hasta 3 años de servicio = 3 meses de remuneración; a partir del cuarto año = 1 mes por año adicional. Sin embargo, el despido de trabajadores con 20 a 25 años de antigüedad activa además el derecho a jubilación patronal proporcional
📊 Ecuador 2026: El Consenso Tripartito que Fijó el SBU en $482 — Un Hecho sin Precedentes en 9 Años El 15 de diciembre de 2025, el Ministerio del Trabajo de Ecuador anunció lo que el ministro Harold Burbano calificó como un «hecho histórico para el mercado laboral ecuatoriano»: por primera vez desde 2017, el Salario Básico Unificado (SBU) fue fijado mediante consenso en el Consejo Nacional de Trabajo y Salarios — sin necesidad de que el Gobierno lo impusiera de forma unilateral. El resultado: $482 USD mensuales, formalizado mediante el Acuerdo Ministerial MDT-2025-195 y publicado en el Registro Oficial, Suplemento N° 187, del 18 de diciembre de 2025. El nuevo SBU rige a partir del 1° de enero de 2026 y aplica a los trabajadores de la pequeña industria, sector agrícola, maquila, trabajadores remunerados del hogar, operarios de artesanías y colaboradores de microempresas. Ningún salario sectorial puede quedar por debajo de este piso, y aquellos que estaban por debajo debieron ser ajustados. Si trabajás en Quito (DMQ), Guayaquil, Cuenca, Ambato, Manta, Santo Domingo de los Tsáchilas, Machala, Portoviejo, Esmeraldas, Riobamba, Loja, Ibarra, Latacunga, Durán, Milagro, Babahoyo, Quevedo, Tulcán, Nueva Loja (Lago Agrio), Tena, Puyo, Macas o cualquier cantón del Ecuador continental e insular, este es tu marco legal para 2026.

¿Sabés cómo calcular correctamente el Décimo Cuarto Sueldo si vivís en la Sierra o Amazonía versus si vivís en la Costa o Galápagos? ¿Entendés la diferencia entre las horas suplementarias (recargo 50%) y las horas extraordinarias (recargo 100%) en el Código del Trabajo ecuatoriano? ¿Conocés la diferencia entre el Visto Bueno y el despido intempestivo, y cuándo corresponde cada uno? ¿Sabés que las indemnizaciones por despido intempestivo están exentas del Impuesto a la Renta, pero que el aporte al IESS sí se descuenta del salario proporcional en la liquidación?

Ecuador tiene uno de los sistemas de beneficios laborales más completos de América del Sur — el SBU como piso salarial, el Décimo Tercero en diciembre, el Décimo Cuarto en marzo o agosto según la región, los Fondos de Reserva al 8.33% desde el mes 13, el 15% de utilidades y la seguridad social del IESS. La combinación de todos estos beneficios hace que el costo real del trabajador para el empleador sea significativamente mayor al salario mensual, y que el trabajador tenga derecho a recibir mucho más que su sueldo mensual en el año. Pero muchos trabajadores ecuatorianos — en las flores de Cayambe, en el banano de El Oro y Los Ríos, en el comercio de Guayaquil, en las industrias de Quito, en el camarón de Esmeraldas y Guayas, en la construcción de Cuenca o en el turismo de Galápagos y Baños — no saben calcular exactamente lo que les corresponde.

Esta guía es tu herramienta práctica para 2026: cifras reales en dólares, fórmulas paso a paso, ejemplos concretos para diferentes regiones del Ecuador y los canales para reclamar cuando algo no funciona.

1. El Contrato de Trabajo: Tipos, Período de Prueba y el Registro en el SUT

1
Todo Contrato Debe Registrarse en el SUT: La Forma Escrita y el Período de Prueba de 90 Días
Art. 8–25 Código del Trabajo · SUT: Sistema Único de Trabajo · Período de prueba: 90 días · Presunción de contrato indefinido · Ministerio del Trabajo fiscaliza

El Código del Trabajo ecuatoriano define el contrato de trabajo como el acuerdo mediante el cual una persona se compromete a prestar servicios lícitos y personales bajo la dependencia de otra (el empleador) por una remuneración. Aunque el contrato puede ser verbal, la ley establece la obligación de celebrarlo por escrito en la mayoría de los casos y de registrarlo en el Sistema Único de Trabajo (SUT) — la plataforma del Ministerio del Trabajo — en un plazo de 30 días desde el inicio de la relación laboral. El incumplimiento de este registro es una infracción sancionada con multas al empleador.

Tipos de Contratos de Trabajo en Ecuador 2026
TipoDescripciónProtección
Tiempo indefinidoLa regla general. Sin fecha de terminación. Activa todos los derechos: décimos, fondos de reserva, utilidades y la escala de indemnización del Art. 188Máxima
Por obra ciertaPara una labor específica y determinada. Concluye al terminar la obra. No puede usarse para encubrir una relación laboral continuaMedia
EventualPara satisfacer necesidades circunstanciales del empleador. Duración máxima de 180 días en el año. Si se supera ese plazo, se convierte en indefinidoMedia
De temporadaPara trabajos cíclicos o periódicos (zafra azucarera, recolección de flores, cosecha de banano). El trabajador de temporada tiene derecho a ser considerado preferentemente en cada nuevo cicloMedia
TeletrabajoRegulado por el Código del Trabajo y el Acuerdo Ministerial correspondiente. Mismos derechos que el presencial: SBU, IESS, décimos, fondos de reserva y utilidadesIgual al presencial
El Período de Prueba: 90 Días de Evaluación Mutua

El Código del Trabajo establece un período de prueba máximo de 90 días al inicio de los contratos indefinidos. Durante este lapso, cualquiera de las partes puede terminar la relación laboral sin indemnización por despido intempestivo. Sin embargo — y esto es crucial —, durante el período de prueba el trabajador tiene pleno derecho a: el salario acordado, la afiliación al IESS desde el primer día, el décimo tercero proporcional (si completa los 90 días), el décimo cuarto proporcional y las vacaciones proporcionales. El empleador que despide dentro del período de prueba sigue obligado a pagar todos estos conceptos.

⚠️ El Empleador que No Registra el Contrato en el SUT Viola la Ley

El registro en el SUT no es opcional. Un contrato no registrado es difícil de probar en caso de conflicto laboral — aunque la ley presume la relación laboral ante cualquier indicio de dependencia y subordinación (horario fijo, instrucciones del empleador, herramientas provistas por la empresa). Si tu empleador se niega a registrar el contrato, podés denunciarlo ante las Inspectorías del Trabajo del Ministerio del Trabajo — con oficinas en Quito, Guayaquil, Cuenca, Ambato, Manta, Machala, Portoviejo, Esmeraldas, Riobamba, Loja, Ibarra y otras ciudades del país.

2. Jornada Laboral: 40 Horas Semanales, Suplementarias al 50% y Extraordinarias al 100%

2
La Diferencia Clave que Muchos Confunden: Horas Suplementarias (50%) vs. Extraordinarias (100%)
Art. 47–55 Código del Trabajo · Jornada: 8h/día, 40h/semana · Suplementarias: 50% (diurnas) y 100% (nocturnas) · Extraordinarias: 100% en festivos · Descanso: 24h continuas/semana

Ecuador tiene una jornada laboral máxima de 8 horas diarias y 40 horas semanales — menor que el estándar de 48 horas semanal de varios países de la región. Cualquier trabajo que supere esos límites debe ser remunerado con recargos específicos. La distinción entre horas suplementarias y extraordinarias es uno de los puntos de mayor confusión para los trabajadores ecuatorianos y, también, uno de los que más discrepancias genera en las liquidaciones.

Tipo Definición Límite Recargo
Jornada Ordinaria Trabajo dentro de la jornada legal 8h/día · 40h/semana Salario ordinario sin recargo
Horas Suplementarias Diurnas Trabajo a continuación de la jornada ordinaria, en horario diurno (hasta las 24:00) Máx. 4h/día · 12h/semana +50% sobre el valor hora ordinaria
Horas Suplementarias Nocturnas Trabajo a continuación de la jornada, entre las 24:00 y las 06:00 Máx. 4h/día · 12h/semana +100% sobre el valor hora ordinaria
Horas Extraordinarias Trabajo en días de descanso obligatorio (sábados, domingos) o días de feriado nacional Sin límite específico (excepcionalmente) +100% sobre el valor hora ordinaria
Cálculo del valor de la hora ordinaria en Ecuador 2026:
Hora ordinaria = Salario mensual ÷ 30 días ÷ 8 horas
Ejemplo (salario $600/mes): $600 ÷ 30 ÷ 8 = $2.50 por hora ordinaria

Hora suplementaria diurna (+50%): $2.50 × 1.50 = $3.75 por hora
Hora suplementaria nocturna (+100%): $2.50 × 2.00 = $5.00 por hora
Hora extraordinaria en feriado (+100%): $2.50 × 2.00 = $5.00 por hora

Los trabajadores tienen derecho a un descanso ininterrumpido de al menos 24 horas consecutivas por semana — generalmente el domingo. El trabajo en ese día de descanso genera el derecho a la remuneración de la hora extraordinaria (+100%). Los días de feriado nacional en Ecuador en 2026 incluyen el 1° de enero, Carnaval (lunes y martes), Viernes Santo, 1° de mayo, 24 de mayo (Batalla de Pichincha), 10 de agosto (Primer Grito de Independencia), 9 de octubre (Independencia de Guayaquil), 2 y 3 de noviembre (Difuntos e Independencia de Cuenca) y 25 de diciembre, más los feriados de fundación de cada ciudad.

3. El SBU $482 y los Salarios Sectoriales: La Base de Todo tu Sistema de Beneficios

3
$482 USD de Mínimo en 2026 — Ningún Salario Sectorial Puede Quedar por Debajo
Acuerdo Ministerial MDT-2025-195 · SBU: $482/mes · Primer acuerdo tripartito en 9 años · +$12 vs 2025 (+2.55%) · Base décimo cuarto · Salarios sectoriales: Lexis Ecuador

El Salario Básico Unificado (SBU) de $482 USD es el piso salarial mínimo mensual para una jornada completa de trabajo (40 horas semanales) en Ecuador para 2026. Ningún empleador puede pagar menos que este monto — cualquier estipulación contractual que lo haga es nula de pleno derecho. Por encima del SBU, existen las tablas de salarios sectoriales que el Ministerio del Trabajo actualiza periódicamente y que establecen pisos más altos para sectores o actividades específicas (construcción, floricicultura, bananeros, petroleros, entre otros). Si el salario sectorial de tu actividad es mayor al SBU, te corresponde al menos el salario sectorial.

📅 SBU 2025
$470 USD/mes

Valor anterior del SBU. Fijado unilateralmente por el Gobierno — la última vez que no hubo consenso tripartito

✅ SBU 2026 (vigente)
$482 USD/mes

MDT-2025-195. Consenso histórico tripartito. +$12 (+2.55%). Vigente desde 1° enero 2026. Aplica a todos los sectores cubiertos por el Código del Trabajo

🎓 Décimo Cuarto 2026
$482 USD/año

El Décimo Cuarto equivale exactamente a 1 SBU anual. Con el nuevo SBU de $482, el Décimo Cuarto 2026 es de $482 para quien trabajó el año completo del período

🏥 Aporte IESS trabajador
9.45%

Sobre el salario bruto mensual. Ejemplo: salario $700 → descuento IESS = $700 × 9.45% = $66.15/mes. La base imponible incluye salario, horas extras y bonos habituales

✅ El Impacto del SBU $482 en los Salarios Sectoriales 2026

Conforme a la normativa del Ministerio del Trabajo, todos los salarios sectoriales que en 2025 quedaron por debajo del nuevo SBU de $482 debieron ser ajustados a este nuevo piso desde el 1° enero 2026. Las comisiones sectoriales actualizaron sus tablas tomando el SBU $482 como base. Si tu salario sectorial publicado en el Registro Oficial para tu actividad económica es mayor al SBU, ese es el mínimo que te corresponde — no el SBU base. Podés consultar la tabla de salarios sectoriales actualizada en el portal del Ministerio del Trabajo (trabajo.gob.ec) o en lexis.com.ec.

4. Décimo Tercero y Décimo Cuarto Sueldo: Fórmulas, Fechas y la Diferencia por Región

4
El 13° es 1/12 de lo Ganado en el Año — El 14° es 1 SBU Independientemente de tu Salario
Art. 111–113 Código del Trabajo · 13° Sueldo: hasta 24 dic · 14° Costa: hasta 15 marzo · 14° Sierra/Amazonía: hasta 15 agosto · Base: remuneraciones percibidas en el período

Los décimos tercero y cuarto son dos de los beneficios más importantes del sistema laboral ecuatoriano — pero tienen lógicas de cálculo completamente distintas que muchos trabajadores y empleadores confunden. El Décimo Tercero varía según lo que ganaste en el año (a más salario, más Décimo Tercero). El Décimo Cuarto es igual para todos los trabajadores independientemente de su salario — equivale siempre a 1 SBU, que para 2026 es de $482.

Décimo Tercer Sueldo — El «Bono Navideño»
Fórmula del Décimo Tercero:
13° Sueldo = Suma de todas las remuneraciones percibidas en el período ÷ 12

Período de cálculo: 1° de diciembre del año anterior al 30 de noviembre del año en curso
Fecha máxima de pago: 24 de diciembre de cada año

Qué incluye la base del 13° Sueldo:
✅ Salario mensual básico
✅ Horas suplementarias y extraordinarias
✅ Comisiones habituales
✅ Bonificaciones habituales
❌ NO incluye: utilidades, fondos de reserva acumulados, viáticos, ni el propio Décimo Tercero de años anteriores

Ejemplo (trabajador con $800/mes fijo todo el año):
Base = $800 × 12 meses = $9,600
13° Sueldo = $9,600 ÷ 12 = $800

Ejemplo proporcional (trabajador que ingresó en julio, $700/mes, sin horas extra):
Meses trabajados en período (jul–nov = 5 meses): $700 × 5 = $3,500
13° Sueldo proporcional = $3,500 ÷ 12 = $291.67
Décimo Cuarto Sueldo — El «Bono Escolar» Diferenciado por Región
🌊 Región Costa y Galápagos

Período de cálculo: 1° de marzo del año anterior al último día de febrero del año en curso
Fecha máxima de pago: hasta el 15 de marzo
Monto 2026: $482 USD (1 SBU) para quien trabajó el período completo
Ciudades: Guayaquil, Manta, Machala, Portoviejo, Esmeraldas, Durán, Milagro, Babahoyo, Quevedo, Santa Elena, Galápagos

🏔️ Región Sierra y Amazonía

Período de cálculo: 1° de agosto del año anterior al 31 de julio del año en curso
Fecha máxima de pago: hasta el 15 de agosto
Monto 2026: $482 USD (1 SBU) para quien trabajó el período completo
Ciudades: Quito, Cuenca, Ambato, Santo Domingo, Riobamba, Loja, Ibarra, Latacunga, Nueva Loja, Tena, Puyo, Macas

Fórmula del Décimo Cuarto Proporcional:
14° proporcional = (Días trabajados en el período ÷ 365) × SBU anual
o simplificado: 14° diario = $482 ÷ 365 = $1.32/día trabajado

Ejemplo (trabajador Sierra que ingresó el 1° enero 2026, período 1° agosto 2025 – 31 julio 2026):
Días trabajados en el período (1° enero al 31 julio = 211 días):
14° proporcional = $1.32 × 211 = $278.52

Trabajador que laboró todo el período (365 días): $482.00

5. Fondos de Reserva (8.33%) y Utilidades (15%): Dos Derechos que Muchos Desconocen

5
Los Fondos de Reserva Arrancan desde el Mes 13 — y las Utilidades Se Reparten en Dos Tramos
Art. 196–216 Código del Trabajo (Fondos de Reserva: 8.33%) · Art. 97–103 CT (Utilidades: 15%) · IESS custodia los fondos · Pago utilidades: 15 dias corridos tras cierre fiscal

Después del primer año de trabajo, el empleador tiene la obligación de depositar mensualmente en el IESS un equivalente al 8.33% de la remuneración del trabajador por concepto de Fondos de Reserva. Este mecanismo es un ahorro forzoso que el trabajador puede acumular en el IESS (donde genera intereses) o recibir mensualmente de forma directa en su rol de pagos — según su elección. El 8.33% surge de dividir 1 mes de salario entre 12 meses: 1 ÷ 12 = 8.33%.

Fórmula de los Fondos de Reserva:
Fondos de Reserva mensuales = Remuneración mensual (incluyendo horas extras y bonos habituales) × 8.33%

Ejemplo (salario $700/mes + $80 horas extra promedio = remuneración $780):
Fondos de Reserva = $780 × 8.33% = $65/mes

Al año: $65 × 12 = $780/año acumulados

Nota importante: El empleador deposita directamente en el IESS. Si el trabajador eligió recibirlo mensual, aparece en su rol. Si no, se acumula en la cuenta IESS del trabajador. Para verificar el saldo: iess.gob.ec → «Consulta de Fondos de Reserva»
Las Utilidades: El 15% de las Ganancias de la Empresa que es Tuyo

El 15% de las utilidades líquidas de la empresa se reparte entre los trabajadores de forma obligatoria cada año. Este porcentaje no se divide igual para todos — tiene dos tramos con lógicas distintas: el 10% se distribuye entre todos los trabajadores en proporción al tiempo trabajado durante el ejercicio fiscal, y el 5% se distribuye en función de las cargas familiares de cada trabajador (cónyuge o conviviente, hijos menores de 18 años o con discapacidad).

TramoPorcentajeCriterio de distribuciónTope máximo
Primer tramo 10% Proporcional al tiempo trabajado durante el ejercicio fiscal (días trabajados ÷ total de días-persona de la empresa) Sin tope individual para los primeros 3 años. A partir del 4°: 24 remuneraciones básicas unificadas ($482 × 24 = $11,568 máx.)
Segundo tramo 5% En proporción a las cargas familiares: cónyuge/conviviente e hijos menores de 18 años o con discapacidad Sin tope individual para los primeros 3 años. A partir del 4°: 12 remuneraciones básicas ($482 × 12 = $5,784 máx.)

Las utilidades deben pagarse dentro de los 15 días corridos siguientes al cierre del ejercicio fiscal de la empresa (generalmente el 31 de diciembre). Las empresas que cierran en marzo, junio u otro mes deben pagar dentro de los 15 días de ese cierre. Si la empresa tiene pérdidas o no genera utilidades líquidas, no hay obligación de pago. Las empresas que han tenido pérdidas en 3 años consecutivos pueden solicitar al Ministerio del Trabajo una exoneración temporal.

6. El IESS: 9.45% de tu Salario + 12.15% del Empleador — Tu Red de Seguridad desde el Día 1

6
Salud, Pensiones, Riesgos del Trabajo y Cesantía — Todo el Sistema IESS en un Solo Bloque
Ley de Seguridad Social · Aporte trabajador: 9.45% · Aporte empleador: 12.15% · Afiliación desde día 1 · Seguro de desempleo · Jubilación · SIS

El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) es el pilar de la protección social en Ecuador. La afiliación es obligatoria desde el primer día de trabajo — el empleador que no afilia al trabajador inmediatamente está cometiendo una infracción grave y puede ser sancionado con multas, más la obligación de pagar retroactivamente todos los aportes con recargos. Los aportes se calculan sobre el salario bruto mensual, que incluye el sueldo, horas extras habituales y bonificaciones regulares — pero NO incluye los décimos, las utilidades ni las indemnizaciones por despido.

👷 Aporte del Trabajador
9.45%

Se descuenta directamente del salario bruto mensual. Ejemplo: salario $600 → descuento IESS = $56.70/mes. Este descuento financia el seguro de salud, pensiones, riesgos del trabajo y el seguro de desempleo.

🏢 Aporte del Empleador
12.15%

Adicional al salario del trabajador. No se descuenta de la nómina del empleado. Ejemplo: para un trabajador con $600 de salario, el empleador paga adicionalmente $72.90/mes al IESS. Total costo IESS por trabajador: $56.70 + $72.90 = $129.60/mes.

¿Qué te cubre el IESS en Ecuador?
  • Seguro de Salud (SIS): Atención médica integral en los dispensarios, centros de salud y hospitales del IESS en todo el Ecuador. El trabajador y sus dependientes directos (cónyuge o conviviente e hijos) tienen cobertura. Incluye consultas, medicamentos del cuadro básico, hospitalización, cirugías, maternidad y partos
  • Seguro de Pensiones (vejez, invalidez y muerte): La jubilación se accede con 60 años de edad y 30 años de aportación (o 480 imposiciones mensuales). La pensión de invalidez aplica para trabajadores con incapacidad permanente. La pensión de montepío protege a los beneficiarios del trabajador fallecido
  • Seguro de Riesgos del Trabajo: Cubre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales con atención médica gratuita, subsidio de incapacidad temporal y pensión de incapacidad permanente. El costo de este seguro es íntegramente del empleador
  • Seguro de Desempleo: Para trabajadores que pierden su trabajo involuntariamente (despido intempestivo) con al menos 24 aportaciones continuas. Otorga un subsidio mensual del 70% del promedio de los últimos 12 salarios por hasta 5 meses
  • Fondo Mortuorio: Subsidio para gastos funerarios ante el fallecimiento del afiliado activo o de sus beneficiarios

7. Vacaciones Anuales: 15 Días el Primer Año y Días Adicionales por Antigüedad

7
15 Días de Vacaciones Pagadas al Primer Año y 1 Día Extra por cada Año Adicional (máx. 15 días adicionales)
Art. 69–81 Código del Trabajo · 15 días mínimo · +1 día/año adicional trabajado · Máx. 15 días extra · Pago: salario + beneficios proporcionales · Irrenunciables

El Código del Trabajo ecuatoriano establece que todo trabajador que complete un año de trabajo tiene derecho a 15 días continuos de vacaciones remuneradas — en días calendario, no laborables. A partir del quinto año de trabajo con el mismo empleador, el trabajador tiene derecho a un día adicional de vacaciones por cada año adicional de servicio, hasta un máximo de 15 días adicionales (30 días en total para trabajadores con 20 o más años).

AntigüedadDías de VacacionesPago
1 a 4 años15 días continuosSalario + proporcional de beneficios
5 años16 días (15 + 1)Igual
10 años21 días (15 + 6)Igual
20 años o más30 días (15 + 15 máx.)Igual

Las vacaciones deben ser gozadas preferentemente de forma continua. No pueden ser compensadas en dinero mientras el contrato esté vigente — la excepción es que la acumulación no puede superar los 3 años, y la compensación en dinero solo procede en esa situación o cuando termina el contrato. El pago de vacaciones se calcula sobre el salario bruto incluyendo horas extras y bonificaciones habituales — no solo el salario básico.

8. Despido Intempestivo, Visto Bueno y Desahucio: Las Tres Formas de Terminar el Contrato

8
Art. 188: Escala de Indemnización hasta 25 Meses + Bonificación por Desahucio del 25%
Art. 169–195 Código del Trabajo · Despido intempestivo: escala Art. 188 · Visto Bueno: Inspector del Trabajo · Desahucio: 25% bonificación · Jubilación patronal: 20+ años

Ecuador tiene tres formas principales de terminación del contrato de trabajo, cada una con consecuencias económicas distintas para el empleador y el trabajador. Conocer cuál aplica a tu situación es la diferencia entre recibir o no la indemnización que te corresponde.

1. El Despido Intempestivo — Art. 188 del Código del Trabajo

El despido intempestivo ocurre cuando el empleador termina unilateralmente el contrato sin una causa legalmente justificada y sin seguir el procedimiento del Visto Bueno. Es la terminación arbitraria más común y genera la obligación de pagar la indemnización de la siguiente escala:

Tiempo de Servicio Indemnización Art. 188 Ejemplo ($800/mes)
Hasta 3 años 3 meses de remuneración $800 × 3 = $2,400
A partir del 4° año 1 mes de remuneración por cada año de servicio (contando desde el año 1, no desde el 4°) 5 años: $800 × 5 = $4,000
Tope máximo 25 meses de remuneración (Art. 188 — para trabajadores con 25 o más años)
Trabajadores con 20 a 25 años Además de la indemnización del Art. 188, tienen derecho a la jubilación patronal proporcional (Art. 219 CT). El empleador debe financiar una pensión vitalicia
⚠️ Triple Indemnización si el Empleador no Paga a Tiempo

Si el empleador despide intempestivamente y no paga la indemnización dentro de los 15 días siguientes al despido, el trabajador puede demandar ante los Juzgados del Trabajo y el juez ordenará el pago con el recargo del triple de la indemnización (Art. 95 CT). Adicionalmente, se aplicarán intereses legales desde el día 16. Las indemnizaciones por despido intempestivo están exentas del Impuesto a la Renta (Ley de Régimen Tributario Interno). El aporte al IESS del 9.45% solo se descuenta del sueldo proporcional del último mes, no de la indemnización.

2. El Visto Bueno — La Terminación Justificada ante el Inspector

El Visto Bueno es el procedimiento legal que permite terminar el contrato con una causa justificada, sin pagar la indemnización del Art. 188. Se tramita ante el Inspector del Trabajo de la jurisdicción correspondiente. Puede ser solicitado por el empleador (por causas como abandono del trabajo, indisciplina grave, actos de violencia, revelación de secretos de la empresa) o por el trabajador (por causas como injurias graves, falta de pago de salario, incumplimiento del contrato). Si el Inspector concede el Visto Bueno, la parte que lo causó no recibe indemnización. Si el empleador solicita el Visto Bueno y el Inspector lo niega, el despido se considera intempestivo y activa la indemnización del Art. 188.

3. El Desahucio y la Bonificación del 25%

El desahucio es la notificación anticipada de 15 días que cualquiera de las partes puede dar para terminar el contrato indefinido. El trabajador puede renunciar con desahucio. El empleador también puede desahuciar. En ambos casos, el trabajador tiene derecho a una bonificación por desahucio equivalente al 25% del salario de un mes por cada año de servicio. Esta bonificación se paga además de los proporcionales de décimos, fondos de reserva y vacaciones no gozadas.

📊 Liquidación Completa: Pedro, 6 años en empresa comercial en Quito — Despido Intempestivo marzo 2026

Pedro trabaja como vendedor en una empresa mediana de Quito. Salario fijo: $900/mes + comisiones habituales promedio: $150/mes. Remuneración total promedio: $1,050/mes. Tiempo de servicio: 6 años exactos. Lo despiden intempestivamente el 15 de marzo de 2026 (sin Visto Bueno, sin causa justificada).

❌ Lo que le ofrecieron (incompleto)

Indemnización Art. 188 (6 años): $900 × 6 = $5,400 (sobre salario base, sin comisiones)

Saldo salario 15 días: $450

13° proporcional: omitido

Vacaciones: omitidas

Fondos de Reserva: omitidos

Total ofrecido: $5,850

✅ Lo que realmente le corresponde

Indemnización Art. 188 (6 años, sobre $1,050): $1,050 × 6 = $6,300

Bonificación desahucio (25% × $1,050 × 6): $1,575

Saldo salario (15 días): $525

13° proporcional (dic–feb = 3 meses): $1,050 × 3 ÷ 12 = $262.50

14° proporcional Sierra (ago–mar = 7 meses): $482 × 7/12 = $281.17

Vacaciones proporcionales (3 meses del ciclo): $1,050 ÷ 365 × (6 años × adicionales) ≈ $420

Fondos de Reserva (si no recibía mensual, últimos 3 meses): $1,050 × 8.33% × 3 = $262.43

Total correcto: ~$9,626

⬆ $3,776 más con el cálculo correcto

Verificá tu liquidación exacta con la calculadora de liquidación laboral Ecuador.

Preguntas Frecuentes: Derechos Laborales en Ecuador 2026

¿Cuál es el SBU en Ecuador en 2026 y desde cuándo rige?
El Salario Básico Unificado (SBU) 2026 en Ecuador es de $482 USD mensuales, fijado mediante el Acuerdo Ministerial MDT-2025-195 del 15 de diciembre de 2025, publicado en el Registro Oficial Suplemento N° 187 del 18 de diciembre. Rige desde el 1° de enero de 2026. Representa un incremento de $12 (+2.55%) respecto al SBU de 2025 ($470). Es el primer consenso tripartito en casi una década: Gobierno, empleadores y trabajadores acordaron el valor en el Consejo Nacional de Trabajo y Salarios sin imposición unilateral. El SBU es el piso salarial mínimo — ningún salario puede estar por debajo, y es la base de cálculo del Décimo Cuarto Sueldo ($482 para quien trabajó el período completo).
¿Cuándo se paga el Décimo Cuarto Sueldo en 2026 y cuánto es?
El Décimo Cuarto Sueldo 2026 equivale a $482 USD (1 SBU) para quien trabajó el período completo. Las fechas de pago varían por región: Costa y Galápagos (Guayaquil, Manta, Machala, Esmeraldas, Portoviejo, etc.): hasta el 15 de marzo; Sierra y Amazonía (Quito, Cuenca, Ambato, Riobamba, Loja, Ibarra, etc.): hasta el 15 de agosto. Si no trabajaste el período completo, recibirás la parte proporcional: $482 ÷ 365 = $1.32 por día trabajado en el período.
¿Qué son los Fondos de Reserva y cómo puedo recibirlos mensualmente?
Los Fondos de Reserva son un beneficio equivalente al 8.33% de tu remuneración mensual (salario + horas extras + bonos habituales), que el empleador deposita mensualmente en el IESS a partir del segundo año de trabajo (mes 13). Por defecto, se acumulan en el IESS donde generan intereses. Pero podés optar por recibirlos mensualmente de forma directa en tu rol de pagos — para ello debés solicitarlo al IESS a través del portal iess.gob.ec o en cualquier oficina del IESS. Muchos trabajadores no saben que tienen saldos acumulados en el IESS — verificá tu saldo en el portal con tu usuario y contraseña.
¿Cuánto me corresponde por despido intempestivo en Ecuador?
La indemnización por despido intempestivo en Ecuador se calcula según el Art. 188 del Código del Trabajo: si trabajaste hasta 3 años, te corresponden 3 meses de remuneración. Si trabajaste más de 3 años, te corresponde 1 mes de remuneración por cada año de servicio (contando todos los años desde el primero), con un tope máximo de 25 meses. La base es la remuneración total real (salario + horas extras + comisiones habituales), no solo el salario básico. Además, si el empleador no solicitó el Visto Bueno ante el Inspector, también te corresponde la bonificación por desahucio del 25% del salario mensual por cada año trabajado. Si no te pagan dentro de los 15 días, el juez puede ordenar el triple de la indemnización.
¿Qué diferencia hay entre el Visto Bueno y el despido intempestivo?
El Visto Bueno es el procedimiento legal para terminar el contrato con una causa justificada — se tramita ante el Inspector del Trabajo y, si se concede, no genera indemnización por despido. El despido intempestivo es la terminación unilateral del contrato sin causa justificada y sin seguir el procedimiento del Visto Bueno — genera automáticamente la obligación de pagar la indemnización del Art. 188 más la bonificación por desahucio. Si el empleador tiene una causa justificada (falta grave del trabajador) pero no tramita el Visto Bueno y simplemente lo comunica como despido, sigue siendo intempestivo y genera la obligación de indemnizar. La clave: el empleador que quiere terminar el contrato con causa debe siempre tramitar el Visto Bueno — no puede «avisar» el despido con causa sin el proceso administrativo formal.
¿Adónde reclamo si el empleador no cumple con mis derechos en Ecuador?
La Inspectoría del Trabajo del Ministerio del Trabajo es tu primera instancia — con oficinas en Quito, Guayaquil, Cuenca, Ambato, Manta, Machala, Portoviejo, Esmeraldas, Riobamba, Loja, Ibarra, Latacunga, Santo Domingo y otras ciudades. Para problemas del IESS (no afiliación, aportes omitidos, fondos de reserva no depositados), acudí directamente al IESS. Para demandas de montos específicos (indemnización, décimos, utilidades), el Juzgado del Trabajo de tu jurisdicción. La Defensoría del Pueblo ofrece asesoría gratuita. El plazo de prescripción de los créditos laborales en Ecuador es de 3 años desde que se generó el derecho. Calculá lo que te corresponde con la calculadora de liquidación Ecuador antes de negociar.

Checklist: 6 Verificaciones Prácticas para Proteger tus Derechos en Ecuador 2026

  1. ¿Tu contrato está registrado en el SUT y tu salario es igual o superior al SBU $482? Verificá en el portal del Ministerio del Trabajo (trabajo.gob.ec) si el contrato aparece registrado. Si ganás más del SBU, verificá también si existe un salario sectorial para tu actividad que sea mayor.
  2. ¿Estás afiliado al IESS desde el primer día? Verificá en iess.gob.ec que el empleador te haya afiliado y que los aportes del 9.45% + 12.15% aparezcan depositados mensualmente. Si hay meses sin aportes registrados, el empleador está en mora y podés denunciarlo ante el IESS.
  3. ¿Verificaste el saldo de tus Fondos de Reserva acumulados en el IESS? Si llevas más de 12 meses trabajando y no recibís los Fondos de Reserva en tu rol mensual, deben estar acumulados en el IESS. Ingresá a iess.gob.ec y consultá tu saldo. Si no hay saldo, el empleador no los está depositando.
  4. ¿El Décimo Tercero de diciembre 2025 incluyó tus horas extras y comisiones habituales en la base? La base del 13° incluye todo lo que ganaste en el período — no solo el salario básico. Si recibís regularmente horas extras o comisiones, el Décimo Tercero debe ser mayor a tu salario mensual fijo.
  5. ¿Ya cobaste el Décimo Cuarto de 2026? (Costa: hasta 15 marzo · Sierra/Amazonía: hasta 15 agosto) Si vivís en la Costa y ya pasó el 15 de marzo sin que te paguen el 14°, el empleador está en mora. En la Sierra/Amazonía la fecha límite es el 15 de agosto. Ambos deben ser de $482 si trabajaste el período completo.
  6. Si te despidieron: ¿la liquidación incluye todos los componentes y fue sobre el salario real total? Indemnización Art. 188 + bonificación desahucio 25% + 13° proporcional + 14° proporcional + vacaciones + fondos de reserva + saldo salario — todos calculados sobre la remuneración total real (salario + horas extras + comisiones). Verificá con la calculadora de liquidación Ecuador.

¿Sabés exactamente cuánto te corresponde en tu liquidación en Ecuador 2026?

Calculá tu finiquito completo: indemnización Art. 188, bonificación desahucio 25%, Décimo Tercero y Cuarto proporcionales, Fondos de Reserva, vacaciones y saldo de salario. Calculadora gratuita actualizada al SBU $482 y el Código del Trabajo Ecuador 2026.

🧮 Calcular mi Liquidación en Ecuador

El SBU $482 es tu Piso — el Código del Trabajo es tu Techo

Ecuador llega a 2026 con un hito histórico: el primer acuerdo tripartito en 9 años para fijar el SBU en $482. Pero el SBU es solo el punto de partida. El sistema laboral ecuatoriano es uno de los más completos de América del Sur: el Déc el Décimo Tercero en diciembre, el Décimo Cuarto en marzo o agosto según tu región, los Fondos de Reserva al 8.33% desde el mes 13, el 15% de utilidades y la seguridad social integral del IESS desde el primer día forman un sistema de beneficios que, bien conocido, representa un ingreso real muy superior al sueldo mensual visible. La clave está en saber calcularlo correctamente.

Revisá tu rol de pagos. Verificá que el Décimo Tercero se calculó sobre el salario total real — no solo el básico. Controlá tus Fondos de Reserva en el portal del IESS. Exigí que las horas suplementarias se paguen con el 50% de recargo y las extraordinarias con el 100%. Y si te despiden sin Visto Bueno, recordá que la indemnización se calcula sobre la remuneración total real y puede llegar hasta 25 meses de sueldo. Si algo no cuadra — en Quito, Guayaquil, Cuenca, Ambato, Manta, Santo Domingo de los Tsáchilas, Machala, Portoviejo, Esmeraldas, Riobamba, Loja, Ibarra, Latacunga, Durán, Milagro, Babahoyo, Quevedo, Tulcán, Nueva Loja (Lago Agrio), Tena, Puyo, Macas, Azogues, Guaranda, Puyo, Zamora o cualquier cantón del Ecuador continental, amazónico o insular —, la Inspectoría del Trabajo está en cada provincia y el plazo para reclamar es de 3 años. Porque tu trabajo tiene valor. Y el Código del Trabajo es tu herramienta.