Nuevo Código de Trabajo vigente en 2026: elimina al «trabajador disponible» y crea la garantía salarial de 6 salarios básicos. Salario mínimo: CUP$2,100/mes. Salario medio sector empresarial: CUP$7,589/mes. Jornada: 8h/día, 40–44h/semana flexible. Vacaciones: 30 días por 11 meses de trabajo. Teletrabajo y pluriempleo regulados por primera vez. Todo lo que necesitás saber como trabajador en Cuba.
¿Sabés cuáles son las diferencias reales entre trabajar para una empresa estatal, una MIPYME privada o como trabajador por cuenta propia en Cuba en 2026? ¿Entendés cómo se calcula tu liquidación si te cesan por causas económicas — ahora que el «trabajador disponible» ya no existe? ¿Conocés el método 9.09% para verificar que te están pagando las vacaciones correctamente? ¿Sabés qué derechos mínimos te garantiza el nuevo Código incluso si trabajás para un empleador privado o en una MIPYME?
Cuba tiene un sistema laboral único en América Latina: la estabilidad en el empleo como principio constitucional, las 30 días de vacaciones por cada 11 meses trabajados, la seguridad social universal y gratuita, las prestaciones monetarias durante la enfermedad y ahora, con el nuevo Código de 2026, una garantía salarial de 6 meses para los casos de cese por razones no imputables al trabajador. Sin embargo, la dualidad del sistema económico cubano — con el sector estatal tradicional, el sector empresarial, las MIPYMES privadas, los TCP (trabajadores por cuenta propia) y las entidades mixtas — crea realidades laborales muy distintas que muchos trabajadores cubanos no terminan de entender completamente.
Esta guía es tu mapa práctico y actualizado para 2026: derechos concretos, cómo calcularlos, qué cambió con el nuevo Código y adónde acudir cuando algo no funciona como debería — en cualquier sector, en cualquier provincia de Cuba.
1. El Contrato de Trabajo: Tu Fundamento Legal en Cuba 2026
El nuevo Código de Trabajo establece que toda relación laboral en Cuba debe estar formalizada mediante un contrato de trabajo escrito. A diferencia de muchos países donde el contrato verbal puede ser válido, en Cuba la exigencia de forma escrita es mucho más estricta — especialmente a partir del nuevo Código, que refuerza la obligación del empleador (ya sea estatal, empresarial, MIPYME o persona natural) de formalizar por escrito las condiciones laborales. El principio de estabilidad en el empleo — uno de los pilares constitucionales del derecho laboral cubano — significa que ningún trabajador puede ser cesado sin una causa justificada y debidamente probada.
| Tipo | Descripción | Protección |
|---|---|---|
| Tiempo indeterminado | Sin fecha de vencimiento. El más común en el sector estatal. Máxima protección contra el cese | Más alta |
| Tiempo determinado | Con fecha de inicio y fin pactada. Solo para trabajos de carácter temporal o estacional. No puede usarse fraudulentamente para eludir los derechos del indefinido | Media |
| Por obra o servicio | Para un trabajo concreto. Termina cuando concluye la obra. Debe constar claramente en el contrato la obra o servicio para el que se contrata | Media |
| A tiempo parcial | Jornada inferior a la ordinaria. El nuevo Código lo regula explícitamente. Todos los derechos se aplican de forma proporcional a las horas trabajadas | Proporcional |
| Teletrabajo NUEVO 2026 | Trabajo a distancia, desde el hogar o cualquier lugar fuera del centro laboral. El nuevo Código lo regula por primera vez en Cuba con derechos y obligaciones específicos | Igual a presencial |
- Identificación completa: Datos del trabajador (nombre, número de carné de identidad, domicilio) y del empleador (denominación de la entidad, código, dirección, representante legal)
- Cargo y funciones: La denominación exacta del cargo según la estructura de la entidad y las funciones principales a desempeñar. Esto determina el grupo salarial de la escala correspondiente
- Remuneración: El salario básico mensual, la forma de pago (mensual, quincenal), y si aplica algún sistema de pago por resultados o pagos adicionales por condiciones especiales de trabajo
- Jornada laboral: Las horas diarias y semanales de trabajo, el horario, los días de descanso semanal y si aplica alguna modalidad especial (turnos rotativos, jornada flexible, teletrabajo)
- Duración del contrato: Si es por tiempo indeterminado, determinado (con fecha de fin) o para obra determinada
- Período de prueba: Puede pactarse un período de prueba de hasta 3 meses. Durante ese período, cualquiera de las partes puede terminar el contrato. Sin embargo — y esto es fundamental —, durante el período de prueba el trabajador tiene derecho pleno al salario acordado, a la seguridad social y a las vacaciones proporcionales acumuladas
El nuevo Código de Trabajo regula por primera vez en Cuba el teletrabajo — trabajo a distancia con las mismas garantías que el presencial: mismo salario, mismas vacaciones, misma seguridad social, con el empleador obligado a certificar las condiciones técnicas y de seguridad para su desempeño. También reconoce el pluriempleo: la posibilidad de que un trabajador tenga un empleo a tiempo parcial además de su trabajo ordinario, lo que antes era una zona gris legal. Ambas figuras son especialmente relevantes para los trabajadores de sectores como la informática y las comunicaciones, la enseñanza y los servicios profesionales.
2. Jornada Laboral: 8 Horas Diarias con Semana Flexible de 40 a 44 Horas
El nuevo Código de Trabajo introduce una novedad importante en la regulación de la jornada laboral cubana: la jornada semanal se flexibiliza entre 40 y 44 horas, con el límite diario de 8 horas manteniéndose como norma general. Esto significa que la jornada concreta de cada entidad o sector puede establecerse dentro de ese rango, dependiendo de las necesidades del servicio, la actividad productiva o el tipo de trabajo. Para el sector privado y las MIPYMES, el Código también establece el mismo límite diario de 8 horas con posibilidad de hasta 1 hora adicional en determinados días de la semana, siempre sin superar el límite semanal de 40 a 44 horas.
| Tipo de Jornada | Límite Diario | Límite Semanal | Aplicación |
|---|---|---|---|
| Jornada ordinaria | 8 horas | 40–44 horas (flexible) | Sector estatal, empresarial, presupuestado |
| Sector privado / MIPYMES | 8h + hasta 1h adicional en algunos días | 40–44 horas | TCP, MIPYMES privadas y mixtas |
| Jornada parcial | Inferior a 8h (pactada) | Proporcional | Contratos a tiempo parcial + pluriempleo |
| Teletrabajo | Igual a presencial | Igual a presencial | Trabajo desde el hogar u otro lugar remoto |
| Horas extraordinarias | Excepcionales. Requieren acuerdo previo. Remuneradas con recargo sobre el salario ordinario. Tienen límite en el nuevo Código | ||
| Descanso semanal | Mínimo 1 día por semana (generalmente el domingo). El nuevo Código mantiene este derecho para todos los sectores | ||
Cuba tiene una lista de días feriados nacionales en los que el trabajador tiene derecho al descanso remunerado: 1° de enero (Triunfo de la Revolución y Año Nuevo), 2 de enero (Día de Victoria de las Fuerzas Armadas), 24 de febrero (Comienzo de la Segunda Guerra de Independencia), 1° de mayo (Día Internacional de los Trabajadores), 25 y 26 de julio (Aniversario del Asalto al Cuartel Moncada y Día de la Rebeldía Nacional), 10 de octubre (Inicio de las Guerras de Independencia) y 25 de diciembre (Navidad). Si trabajás en uno de estos días por necesidad del servicio, el nuevo Código establece el derecho a un día de descanso compensatorio.
3. El Salario en Cuba 2026: Mínimo, Escala, Resultados y la Realidad del Sector
El sistema salarial cubano en 2026 es complejo y multisectorial. El salario mínimo nacional de CUP$2,100 mensuales — establecido por la Tarea Ordenamiento en enero de 2021 y mantenido en 2026 — convive con una realidad donde el salario medio del sector empresarial llegó a CUP$7,589/mes según datos de la ONEI, y donde la provincia de La Habana registró el salario medio más alto con CUP$7,442/mes (sector empresarial: CUP$7,963/mes). La brecha entre el mínimo legal y la realidad del mercado — especialmente en el sector privado y las MIPYMES — es uno de los aspectos más relevantes para el trabajador cubano de 2026.
Escala de 32 grupos salariales. Salario fijado por el Estado según complejidad del cargo. El grupo más alto (complejidad 32) alcanza CUP$9,510. Ejemplos: maestros, médicos, enfermeras, administrativos
Empresas estatales con mayor autonomía. Salario base según escala + sistema de pago por resultados. La Habana: media CUP$7,963/mes. Pueden pagar por encima de la escala según los resultados de la empresa
Trabajadores por cuenta propia en sus propias actividades autorizadas. El nuevo Código les garantiza derechos mínimos cuando contratan a otros: jornada 8h/día, salario mínimo, descanso semanal y 7 días de vacaciones mínimas
Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas privadas y mixtas han crecido exponencialmente desde 2021. El nuevo Código establece sus obligaciones laborales completas: contrato escrito, seguridad social, vacaciones y garantía salarial ante cese
- Salario básico (escala salarial): La parte fija que corresponde al grupo de complejidad del cargo. Es la base para calcular las vacaciones, las prestaciones de seguridad social y la garantía salarial en caso de cese
- Pago por resultados: La parte variable vinculada al cumplimiento de los planes y objetivos de la entidad. Puede aumentar significativamente el ingreso mensual real del trabajador en el sector empresarial
- Pagos adicionales por condiciones especiales: Trabajo nocturno, trabajo en condiciones de peligrosidad o penosidad, coeficiente de interés económico y social, y por impartir docencia, entre otros. Estos pagos están regulados y se mantienen en el nuevo Código
- Pagos extraordinarios: Por alcanzar resultados excepcionales, innovación o eficiencia productiva. Son discrecionales pero deben estar regulados en el reglamento interno de la entidad
Es importante entender el contexto: el salario mínimo de CUP$2,100 equivale en el mercado informal de cambio a menos de US$5. El salario medio de CUP$7,589 equivale a menos de US$19 al tipo de cambio informal vigente en 2026. Esta es la realidad que muchos trabajadores cubanos enfrentan y que explica el crecimiento del sector privado y de las MIPYMES, donde los salarios pueden ser significativamente más altos. El nuevo Código busca extender la protección laboral a todos los sectores, incluyendo el privado en expansión.
4. Vacaciones en Cuba: 30 Días por 11 Meses y el Método 9.09%
El derecho a vacaciones de los trabajadores del sector estatal y empresarial en Cuba es uno de los más generosos de América Latina: 30 días de vacaciones pagadas por cada 11 meses de trabajo efectivo continuo. Esto equivale a un mes calendario completo de descanso remunerado al año. El nuevo Código mantiene este derecho para los trabajadores del sector estatal y empresarial, y establece un mínimo de 7 días de vacaciones anuales para los trabajadores contratados por empleadores privados (TCP con trabajadores a su cargo) como piso mínimo en ese sector.
El método 9.09% es la forma oficial de calcular las vacaciones proporcionales en Cuba. El porcentaje surge de dividir 30 días de vacaciones entre los 330 días de trabajo del año laboral (11 meses × 30 días): 30 ÷ 330 = 0.0909 = 9.09%.
Días de vacaciones acumulados: Días trabajados × 9.09% = Días de vacaciones
Por mes trabajado: 30 días × 9.09% ≈ 2.73 días por mes
Por año completo (11 meses): 330 días × 9.09% = 30 días de vacaciones
Ejemplo (trabajador con 7 meses de trabajo en la entidad):
Días trabajados: 7 × 30 = 210 días
Vacaciones: 210 × 9.09% = 19.09 días ≈ 19 días de vacaciones acumuladas
Pago de vacaciones por día:
Salario mensual básico ÷ 30 × días de vacaciones
Ejemplo: CUP$5,000 ÷ 30 × 19 = CUP$3,167 de pago por vacaciones
| Sector | Vacaciones anuales | Base de cálculo | Pago |
|---|---|---|---|
| Estatal / Empresarial | 30 días por 11 meses | Método 9.09% sobre días trabajados | Salario básico diario. Pago antes del inicio |
| MIPYMES / Empleadores privados | Mínimo 7 días/año | Proporcional al tiempo trabajado | Salario pactado |
| Teletrabajo | Igual al presencial | Mismo método que su contrato base | Igual al presencial |
| Tiempo parcial / Pluriempleo | Proporcional a jornada | Proporcional a horas trabajadas | Proporcional al salario |
Si el contrato de trabajo termina antes de completar los 11 meses del ciclo de vacaciones, el trabajador tiene derecho a cobrar las vacaciones proporcionales no disfrutadas, calculadas con el método 9.09% sobre los días trabajados en el ciclo incompleto. Este monto se incluye en la liquidación final. Podés verificar el cálculo con la guía del método 9.09% de Cuba.
5. Seguridad Social: Cobertura Universal y Aportes según el Sector
Cuba tiene uno de los sistemas de seguridad social más completos de América Latina — universal, gratuito en la asistencia médica y financiado solidariamente. El Régimen General de Seguridad Social cubre a todos los trabajadores desde el primer día de su relación laboral, independientemente del sector (estatal, empresarial, TCP, MIPYME). El nuevo Código de Trabajo de 2026 refuerza la obligación de los empleadores del sector privado de contratar un seguro específico para proteger los ingresos de sus trabajadores ante interrupciones, ceses, disoluciones o cancelaciones de actividad.
Contribución Especial a la Seguridad Social: 5% del salario bruto mensual. Es la aportación directa del trabajador al sistema. Se descuenta de la nómina antes del pago. Base: salario básico + pagos por resultados.
Sector estatal/empresarial: 14% sobre el fondo total de salarios. Sector privado (TCP, MIPYMES): hasta 20% según la actividad. Es adicional al salario del trabajador y no se descuenta de su nómina.
- Asistencia médica integral y gratuita: Atención primaria de salud en el consultorio del médico de la familia de tu barrio, hospitales, policlínicos, medicamentos y especialidades. La cobertura médica en Cuba es universal — todos los ciudadanos y trabajadores tienen acceso, independientemente de si están laborando o no
- Prestaciones monetarias por enfermedad o accidente: Si un médico te da licencia de enfermedad (reposo), recibís una prestación monetaria del 50% de tu salario básico durante los primeros 3 meses de baja, y del 60% desde el cuarto mes en adelante. Si la enfermedad o accidente es de origen laboral, la prestación puede ser del 80% o del 100% según la gravedad
- Licencia de maternidad: La trabajadora embarazada tiene derecho a licencia de maternidad remunerada de 18 semanas (las últimas 6 semanas antes del parto y las 12 semanas después). El subsidio es del 100% del salario básico. Adicionalmente, existe la posibilidad de licencia postnatal extendida hasta el primer año de vida del niño con un subsidio menor
- Pensión de vejez: Los hombres acceden a los 65 años y las mujeres a los 60, con un mínimo de 30 años de servicios (en actividades ordinarias). La pensión se calcula sobre el salario promedio de los mejores 5 años de los últimos 10 de vida laboral
- Pensión por invalidez total o parcial: Para trabajadores que queden con incapacidad permanente para el trabajo por enfermedad o accidente. Se calcula sobre el salario promedio y el tiempo de servicios
- Pensión de sobrevivencia: Para los familiares dependientes del trabajador fallecido — cónyuge, hijos menores, padres dependientes
Una de las novedades más importantes del nuevo Código de Trabajo para el sector privado: los empleadores privados (MIPYMES privadas, mixtas y personas naturales que contraten trabajadores) están obligados a contratar un seguro específico para proteger los ingresos de sus trabajadores en caso de interrupciones temporales de la actividad, ceses por razones económicas, disolución de la empresa o cancelación de la actividad. Los TCP que solo contraten hasta 3 personas están exentos de este seguro, pero deben garantizar 1 mes de protección salarial a sus trabajadores en caso de cese. Esta medida es especialmente relevante en sectores como el turismo, la gastronomía, el transporte y los servicios, donde las MIPYMES privadas han crecido más.
6. Fin de la «Disponibilidad»: La Nueva Garantía Salarial de 6 Meses en 2026
Hasta 2025, cuando una entidad cubana reducía su plantilla por razones económicas, tecnológicas u organizativas, el trabajador era declarado «disponible» — un estado intermedio donde seguía vinculado a la entidad, recibía parte de su salario y la entidad tenía la obligación de reubicarlo en otro puesto compatible. En la práctica, este proceso era lento, burocrático e incierto para el trabajador. El nuevo Código de Trabajo elimina definitivamente esta figura y la reemplaza por un mecanismo más claro y directo.
| Situación | Mecanismo Anterior (hasta 2025) | Mecanismo Nuevo (desde 2026) |
|---|---|---|
| Reducción de plantilla por causas económicas, tecnológicas o estructurales | Declaración de «disponibilidad» + obligación de reubicación + garantía del 60% del salario mientras durase el proceso (sin límite definido) | Garantía salarial equivalente a 6 veces el salario básico del último año, pagada en una única ocasión. Se elimina la reubicación obligatoria y la disponibilidad indefinida |
| TCP (empleadores privados) que cesan a trabajadores | Regulación difusa e insuficiente | Garantía salarial de 1 mes como protección mínima para el trabajador |
| MIPYMES privadas que se disuelven o cancelan su actividad | Sin protección específica | Seguro obligatorio contratado por el empleador + protección del nuevo Código |
El principio de estabilidad en el empleo significa que el cese solo puede ocurrir por causas tipificadas en el Código. Las principales causas justificadas que no generan la garantía salarial son: las faltas disciplinarias graves debidamente probadas y documentadas (inasistencias injustificadas reiteradas, indisciplina grave, actos de deshonestidad, violencia en el centro de trabajo), la incapacidad permanente para ejercer el cargo sin posibilidad de reubicación, el vencimiento del contrato a tiempo determinado, la finalización de la obra en los contratos por obra y el fallecimiento del trabajador. El nuevo Código refuerza el debido proceso: el trabajador tiene derecho a conocer los cargos, a presentar su defensa ante el OJLB y a recurrir la decisión.
Carla trabaja como técnica contable en una empresa estatal en Camagüey. Salario básico: CUP$6,500/mes (grupo salarial 18). La empresa anuncia una restructuración y Carla no puede ser reubicada. Tiempo trabajado: 8 años y 4 meses. Vacaciones proporcionales del ciclo actual: 6 meses (no ha disfrutado vacaciones este año).
Declaración de «disponible»
Garantía salarial: 60% de CUP$6,500 = CUP$3,900/mes por tiempo indefinido mientras esperaba reubicación
Vacaciones pendientes: posiblemente acumuladas indefinidamente
Incertidumbre total sobre el plazo y el monto final
Garantía salarial: 6 × CUP$6,500 = CUP$39,000 (pago único)
Vacaciones proporcionales (6 meses × 2.73 días = 16.38 días): CUP$6,500 ÷ 30 × 16 = CUP$3,467
Salario del mes de cese: CUP$6,500 (o proporcional a los días trabajados)
Total liquidación: CUP$48,967
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7. Derechos Colectivos: El Sindicato, el OJLB y los Nuevos Mecanismos de Mediación
Cuba tiene un sistema de derechos colectivos centrado en la Central de Trabajadores de Cuba (CTC) y sus sindicatos sectoriales, con presencia en prácticamente todos los centros de trabajo del país. El nuevo Código de Trabajo fortalece estos mecanismos y añade la mediación como vía alternativa para la resolución de conflictos laborales, cumpliendo con lo previsto en los artículos 92 y 94 de la Constitución de la República.
- Sección sindical del centro de trabajo: La célula básica de organización de los trabajadores. El sindicato puede negociar mejoras en las condiciones de trabajo, participar en la elaboración de los planes de la entidad, defender a los trabajadores ante sanciones disciplinarias y participar en los procesos de cese. En el nuevo Código, la consulta previa con el sindicato se refuerza como requisito en los procesos de restructuración
- Convenio colectivo: El acuerdo entre la administración de la entidad y el sindicato que puede establecer condiciones mejores que las mínimas del Código — mayores pagos adicionales, mejores condiciones de trabajo, estímulos específicos del sector. El nuevo Código mantiene y fortalece esta figura
- Órgano de Justicia Laboral de Base (OJLB): Es el primer mecanismo de resolución de conflictos laborales en Cuba. Está formado por representantes de los trabajadores y la administración. Tiene competencia para resolver conflictos sobre sanciones disciplinarias, ceses, pagos y condiciones de trabajo. Es la vía obligatoria antes de acudir a los tribunales
- Mediación NUEVO 2026: El nuevo Código incorpora la mediación como mecanismo alternativo al OJLB, más flexible y menos formal. Permite resolver conflictos laborales con la intervención de un mediador neutral antes de llegar a instancias superiores
- Dirección Municipal de Trabajo: La instancia de apelación administrativa para conflictos que no se resuelven en el OJLB. También tiene competencias de inspección y verificación del cumplimiento de la legislación laboral
- Tribunales laborales: La vía judicial para conflictos que no se resuelven en instancias administrativas. El nuevo Código garantiza el debido proceso y el acceso a la justicia laboral
Preguntas Frecuentes: Derechos Laborales en Cuba 2026
Checklist: 6 Acciones Concretas para Proteger tus Derechos en Cuba 2026
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¿Tenés contrato de trabajo escrito y actualizado al nuevo Código 2026? Si trabajás en una MIPYME privada o para un TCP, asegurate de que el contrato refleje las nuevas obligaciones del Código vigente: jornada, salario mínimo, vacaciones y el mecanismo de protección ante el cese.
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¿Conocés tu grupo salarial en la escala y el salario que te corresponde? En el sector estatal y empresarial, tu salario básico está determinado por el grupo de complejidad de tu cargo. Verificá que el salario que recibís corresponde al grupo correcto y que se aplican todos los pagos adicionales que te corresponden por condiciones especiales.
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¿Sabés cuántos días de vacaciones tenés acumulados? Aplicá el método 9.09% sobre los días trabajados desde el inicio de tu último ciclo de vacaciones. Si creés que hay una diferencia, consultá con tu sección sindical o con el Departamento de Recursos Humanos de tu entidad.
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¿Tu entidad descuenta correctamente el 5% de contribución a la seguridad social? Ese descuento debe aparecer en tu hoja salarial. Si no aparece o si el porcentaje es incorrecto, podés verificarlo con la sección sindical o directamente con la Dirección de Trabajo de tu municipio.
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Si trabajás en una MIPYME privada: ¿tu empleador tiene contratado el seguro obligatorio? El nuevo Código de 2026 exige que los empleadores privados (excepto TCP con hasta 3 trabajadores) contraten un seguro específico. Podés preguntar directamente al empleador y verificarlo ante la Dirección Municipal de Trabajo.
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¿Conocés la vía correcta para reclamar según el tipo de conflicto? Para sanciones disciplinarias y ceses: el OJLB de tu centro de trabajo es la primera instancia. Para problemas de salario o prestaciones: el sindicato y la Dirección Municipal de Trabajo. Para teletrabajo o pluriempleo: el nuevo Código es tu respaldo. La calculadora de liquidación Cuba te ayuda a verificar los montos.
¿Sabés exactamente cuánto te corresponde si te cesan en Cuba bajo el nuevo Código 2026?
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🧮 Calcular mi Liquidación en CubaTu Trabajo Tiene Valor. El Nuevo Código de 2026 es Tu Herramienta
Cuba llega al 2026 con el mayor cambio en su legislación laboral desde la Ley 116 de 2014: un nuevo Código de Trabajo que elimina la disponibilidad, crea la garantía salarial de 6 meses, regula el teletrabajo y el pluriempleo, y extiende la protección a todos los sectores — incluyendo el sector privado en expansión con sus MIPYMES y TCP. Conocer estos cambios no es solo una cuestión académica: es la diferencia entre cobrar lo que te corresponde y perder derechos por desconocimiento.
Revisá tu contrato. Verificá tu grupo salarial. Calculá tus vacaciones con el método 9.09%. Y si algo no cuadra — en La Habana, Santiago de Cuba, Holguín, Camagüey, Santa Clara, Matanzas, Cienfuegos, Guantánamo, Pinar del Río, Las Tunas, Granma, Bayamo, Manzanillo, Ciego de Ávila, Sancti Spíritus, Trinidad, Moa, Nicaro, Nuevitas, Sagua la Grande o cualquier municipio del país —, no estás solo. Tu sección sindical, el OJLB de tu centro de trabajo y la Dirección Municipal de Trabajo son tus canales de defensa — gratuitos y accesibles. Porque tu trabajo tiene valor. Y tus derechos también.