Cálculo de Indemnización por Despido en El Salvador 2026: Artículo 58, Tabla Completa y Ejemplos Reales

Cálculo de Indemnización Por Años de Servicio
Cálculo de Indemnización por Despido El Salvador 2026: Artículo 58, Tabla y Ejemplos Reales | FiniquitoJusto
✦ Actualizado febrero 2026 — Nuevo salario mínimo $408.80 y tope Art. 58 recalculado

Te avisaron que ya no seguís trabajando ahí. O quizás firmaste un papel que no entendiste bien. O simplemente querés saber, antes de que pase algo, cuánto te correspondería si te despiden. La pregunta es siempre la misma: ¿cuánto me deben pagar exactamente?

La respuesta completa está en el artículo 58 del Código de Trabajo de El Salvador. La fórmula es sencilla: 30 días de salario por cada año de servicio, con un mínimo de 15 días y un tope que depende del salario mínimo vigente. Con el nuevo salario mínimo de $408.80 mensual ($13.44 diario) que rige desde junio de 2025, ese tope cambió respecto a lo que muchos sitios aún publican.

Esta guía actualizada a 2026 explica la fórmula exacta, el nuevo tope calculado correctamente, seis ejemplos reales paso a paso con salarios típicos salvadoreños, la tabla completa por antigüedad y salario, qué ocurre en casos especiales (maquila, sector agrícola, empresa en quiebra, renuncia voluntaria, autodespido), y la diferencia entre indemnización y liquidación completa para que no te queden dudas al momento de firmar o reclamar.

Qué Es la Indemnización y Cuándo Te Corresponde

La indemnización por despido es el monto que el empleador está obligado a pagarte cuando termina tu relación laboral sin que hayas cometido una falta que lo justifique. No es un «regalo» ni un beneficio opcional: es un derecho laboral establecido en el artículo 58 del Código de Trabajo, y su pago es obligatorio.

📜 Artículo 58 del Código de Trabajo de El Salvador

«Cuando un trabajador contratado por tiempo indefinido, fuere despedido de sus labores sin causa justificada, tendrá derecho a que el patrono le indemnice con una cantidad equivalente al salario básico de treinta días por cada año de servicio y proporcionalmente por fracciones de año. En ningún caso la indemnización será menor del equivalente al salario básico de quince días.»

«Para los efectos del cálculo de la indemnización a que se refiere el inciso anterior, ningún salario podrá ser superior a cuatro veces el salario mínimo diario legal vigente.»

La indemnización aplica específicamente cuando el despido es sin causa justificada. Eso incluye también el llamado autodespido del artículo 53, donde el trabajador se retira porque el empleador lo hostigó o incurrió en actos vejatorios graves. En ese caso, el trabajador puede reclamar indemnización aunque haya sido él quien físicamente se retiró del puesto.

Situación de salida ¿Corresponde indemnización Art. 58? Base legal
Despido sin causa justificada ✅ SÍ — 30 días × años Art. 58 Código Trabajo
Fin de contrato a plazo (si no se renueva) ✅ SÍ — proporcional al período Art. 58 inciso 3
Autodespido justificado (Art. 53 — acoso/hostigamiento) ✅ SÍ — indemnización completa Art. 53 y 58
Muerte del trabajador ✅ SÍ — herederos reciben Art. 60
Despido por falta grave justificada (Art. 50) ❌ NO Art. 50 Código Trabajo
Renuncia voluntaria ❌ NO (salvo Decreto 592) Art. 47 y Decreto 592
Mutuo acuerdo (ambas partes) ❌ NO en principio Art. 46
Renuncia voluntaria + Decreto 592 ⚠️ SÍ — 15% de la indemnización normal Decreto 592

Salarios Mínimos 2026 y el Nuevo Tope del Art. 58

Este es el dato que más sitios tienen desactualizado. El artículo 58 establece que el salario de referencia para calcular la indemnización no puede superar cuatro veces el salario mínimo diario legal vigente. Cuando el salario mínimo sube, el tope también sube.

El Decreto Ejecutivo 11, publicado en el Diario Oficial el 23 de mayo de 2025 y vigente desde junio de 2025, aprobó los nuevos salarios mínimos que rigen actualmente en El Salvador:

Industria, Comercio y Servicios
$408.80
$13.44 por día
Tope Art. 58: $1,612.80
Maquila Textil y Confección
$402.32
$13.23 por día
Tope Art. 58: $1,587.60
Sector Agropecuario
$305.23
$10.04 por día
Tope Art. 58: $1,204.80
⚠️ El tope ya NO es $1,460 — actualizá tus cálculos

Muchos recursos en línea, incluyendo versiones anteriores de esta misma guía, indicaban $1,460 como el tope máximo de indemnización. Ese dato era correcto con el salario mínimo anterior de $365 mensual. Con el nuevo salario mínimo de $408.80 ($13.44 diario) vigente desde junio 2025, el tope para el sector industria/comercio/servicios es ahora $1,612.80. Si tu empleador te ofrece $1,460 alegando que es el máximo, tiene información desactualizada. La diferencia es de $152.80 adicionales que te corresponden.

Fórmula Exacta Paso a Paso

Salario Base × 30 días × Años de Servicio = Indemnización
donde: Salario Base ≤ 4 × Salario Mínimo Diario del sector
📌 Mínimo: 15 días
📌 Tope comercio/industria: $1,612.80
📌 Sin ISR, ISSS ni AFP
1
Identificá tu sector y el salario mínimo diario aplicable

¿Trabajás en comercio, tienda, empresa de servicios, banco, telefonía o industria? → Salario mínimo diario: $13.44. ¿Trabajás en maquila textil o confección? → $13.23. ¿Trabajás en agricultura, ganadería, pesca o café? → $10.04.

2
Calculá el salario de referencia máximo de tu sector

Multiplicá el salario mínimo diario × 4 × 30 días. Ejemplo para comercio/industria: $13.44 × 4 × 30 = $1,612.80. Este es el tope. Si tu salario real es mayor, usás $1,612.80. Si tu salario real es menor, usás tu salario real.

3
Determiná el salario base correcto

El salario base incluye el salario fijo mensual y otros ingresos permanentes y recurrentes (salario en especie, viáticos fijos, etc.). NO se incluyen bonos ocasionales, comisiones variables ni gastos de representación eventuales. Si tus ingresos varían, usá el promedio de los últimos 6 meses.

4
Contá los años exactos de servicio (incluyendo fracciones)

Contá desde el día de ingreso hasta el último día trabajado. Los meses y días se cuentan de forma proporcional. Ejemplo: 3 años, 4 meses y 15 días = 3.38 años (aproximadamente). El período de prueba también cuenta como tiempo de servicio.

5
Aplicá la fórmula y verificá el mínimo

Multiplicá el salario de referencia (el menor entre tu salario real y el tope) × años exactos de servicio. El resultado es tu indemnización. Verificá que no sea menor a 15 días de tu salario (si es menor, el mínimo es lo que te corresponde).

El Mínimo y el Máximo: Lo que No Podés Ignorar

La ley establece dos límites que funcionan en sentidos opuestos para proteger tanto al trabajador como al empleador. Conocerlos evita que te paguen de menos o que tengas expectativas irreales.

🔻 Mínimo garantizado: 15 días
  • Aplica aunque trabajes solo 1 semana.
  • Se calcula sobre tu salario real (no el tope).
  • Al salario mínimo de $408.80/mes: mínimo = $204.40.
  • Nadie puede pagarte menos que esto, sin importar cuánto tiempo trabajaste.
  • Aplica para cualquier sector, incluyendo maquila y sector agropecuario.
🔺 Tope máximo por sector
  • Comercio/industria/servicios: $1,612.80
  • Maquila textil: $1,587.60
  • Sector agropecuario: $1,204.80
  • Si tu cálculo da más que el tope, recibís el tope.
  • Aunque trabajes 30 años, el máximo no varía (solo cambia si sube el salario mínimo).
🚨 El tope no discrimina entre salarios altos y medios

Un trabajador con salario de $500/mes que lleva 4 años recibe el mismo monto que uno con salario de $3,000/mes. Ambos llegan al tope de $1,612.80 porque la ley limita el salario de referencia a 4 veces el mínimo diario. Esto es una de las características más cuestionadas del sistema salvadoreño por organizaciones laborales, pero es la ley vigente a 2026.

Tabla de Indemnización por Antigüedad y Salario (2026)

Tope vigente para industria/comercio/servicios: $1,612.80. Se alcanza cuando el cálculo supera ese monto.

Años trabajados Salario $400 Salario $600 Salario $800 Salario $1,200+
Menos de 6 meses $200 (mín.) $300 (mín.) $400 (mín.) $606 (mín.)
1 año $400 $600 $800 $1,612.80 (tope)
2 años $800 $1,200 $1,612.80 (tope) $1,612.80 (tope)
3 años $1,200 $1,612.80 (tope) $1,612.80 (tope) $1,612.80 (tope)
4 años $1,600 $1,612.80 (tope) $1,612.80 (tope) $1,612.80 (tope)
5 años o más $1,612.80 (tope) $1,612.80 (tope) $1,612.80 (tope) $1,612.80 (tope)

Para trabajadores de maquila textil el tope es $1,587.60, y para sector agropecuario $1,204.80. Las columnas de salario de la tabla se calculan igual, solo cambia el tope máximo aplicable.

6 Ejemplos Reales con Salarios Salvadoreños

📌 Roberto — Vendedor en San Salvador
Salario mensual$600
SectorComercio
Años de servicio5 años
Cálculo simple$600 × 5 = $3,000
¿Supera el tope?Sí ($3,000 > $1,612.80)
Indemnización $1,612.80
Se aplica el tope del sector comercio.
📌 Gabriela — Cajera en San Miguel
Salario mensual$408.80
SectorComercio
Tiempo trabajado3 meses
Cálculo proporcional$408.80 × (3/12) = $102.20
¿Supera mínimo 15 días?No ($102 < $204.40)
Indemnización $204.40 (mínimo)
Se aplica el mínimo de 15 días de salario.
📌 Fernando — Gerente en empresa privada
Salario mensual$2,500
SectorServicios
Años de servicio8 años
Cálculo simple$2,500 × 8 = $20,000
¿Supera el tope?Sí (tope: $1,612.80)
Indemnización $1,612.80
El salario alto no aumenta la indemnización por encima del tope.
📌 Sofía — Operaria en maquila textil
Salario mensual$402.32
SectorMaquila textil
Años de servicio2 años y 6 meses
Cálculo$402.32 × 2.5 = $1,005.80
¿Supera el tope maquila?No ($1,005.80 < $1,587.60)
Indemnización $1,005.80
Se aplica el tope de maquila ($1,587.60), pero el cálculo no llega a él.
📌 Carlos — Trabajador agrícola en Santa Ana
Salario mensual$305.23
SectorAgropecuario
Años de servicio10 años
Cálculo simple$305.23 × 10 = $3,052.30
¿Supera el tope agro?Sí ($3,052 > $1,204.80)
Indemnización $1,204.80
El tope del sector agropecuario es menor por el salario mínimo sectorial más bajo.
📌 María — Renuncia + Decreto 592
Salario mensual$700
SectorServicios
Años de servicio4 años
Indemnización Art. 58$1,612.80 (tope)
Decreto 592 (15%)$1,612.80 × 15% = $241.92
Prestación por renuncia $241.92
Al renunciar voluntariamente, solo corresponde el 15% del Art. 58 según Decreto 592.

Casos Especiales que Cambian el Cálculo

Renuncia voluntaria: el Decreto 592

Cuando un trabajador renuncia voluntariamente, el artículo 47 del Código de Trabajo establece que no corresponde la indemnización del artículo 58. Sin embargo, el Decreto 592 creó una prestación especial para la renuncia voluntaria: el empleador está obligado a pagar el equivalente al 15% de la indemnización que habría correspondido según el artículo 58. Este porcentaje se calcula sobre el tope, no sobre el salario real si este supera el tope.

Entonces, si renunciás teniendo derecho al tope de $1,612.80, la prestación del Decreto 592 es: $1,612.80 × 15% = $241.92. Si tu cálculo sin tope era inferior, el 15% se aplica sobre ese monto menor.

Autodespido por acoso laboral (Art. 53)

Si te viste obligado a retirarte porque el empleador te hostigó, humilló, no pagó salarios, cambió unilateralmente tus condiciones de trabajo o incurrió en actos vejatorios, podés invocar el artículo 53 para reclamar la indemnización completa del artículo 58, como si te hubieran despedido sin causa. Para que prospere, necesitás documentación del patrón de acoso: mensajes, testigos, reportes médicos o registros de incidentes.

📌 Caso: autodespido por cambio unilateral de condiciones

Ana lleva 3 años trabajando en una empresa de Santa Ana con salario de $600/mes. En enero, el empleador le redujo el salario a $400/mes sin ninguna justificación legal y la cambió a un turno nocturno en contra de su voluntad. Ana documentó todo y se retiró invocando el artículo 53.

Resultado ante el Juzgado Laboral: autodespido justificado. Ana recibió indemnización equivalente a 3 años: $600 × 3 = $1,800 → tope = $1,612.80, más liquidación completa (aguinaldo proporcional, vacaciones y salarios pendientes).

Empresa en quiebra o cierre

Si tu empleador cierra la empresa o declara quiebra, no perdés el derecho a la indemnización. Los créditos laborales (salarios, prestaciones e indemnizaciones) son acreencias de primer orden de prioridad en el proceso de liquidación. Antes de pagar a acreedores comerciales, bancos o socios, se pagan las deudas con trabajadores. El camino es presentar tu reclamación ante el juez que administra el proceso concursal o ante el MTPS para que intervenga.

Trabajadores del sector público

Los servidores públicos se rigen por la Ley del Servicio Civil y no por el artículo 58 del Código de Trabajo en materia de indemnizaciones. Sus compensaciones por terminación de servicio, despido o retiro tienen reglas específicas según la institución. Algunos tienen convenios colectivos que mejoran los montos del Código de Trabajo. Consultá con la Unidad de Recursos Humanos de tu institución o con la Corte de Cuentas si hay irregularidades.

Contrato a plazo fijo que no se renueva

Si tu contrato era a plazo determinado y el empleador no lo renovó sin causa justificada, tenés derecho a indemnización proporcional. La referencia de cálculo es el tiempo efectivamente trabajado bajo ese contrato. Si el contrato a plazo encubrió una relación laboral permanente (mismo trabajo repetido con contratos sucesivos), podés reclamar que sea reconocido como contrato indefinido con todos los beneficios del artículo 58.

Indemnización vs Liquidación Completa: Cuál Es Cuál

Uno de los errores más frecuentes es confundir la indemnización con el «finiquito» o la liquidación total. Son conceptos distintos que se suman al momento del desvinculo. La indemnización es uno de los varios componentes del finiquito completo.

💰 Indemnización (Art. 58)
  • Solo aplica en despido sin causa o autodespido justificado.
  • Se calcula: 30 días × años de servicio.
  • Sujeta al tope sectorial.
  • Es extra al salario y prestaciones.
  • No se descuenta ISR, ISSS ni AFP.
📋 Liquidación completa (finiquito)
  • Aplica en TODA terminación laboral (incluye renuncia).
  • Incluye: salarios pendientes del período trabajado.
  • Incluye: aguinaldo proporcional al tiempo del año.
  • Incluye: vacaciones no disfrutadas (pagadas con 30% extra).
  • Incluye: horas extras pendientes, comisiones devengadas.
  • Incluye: indemnización si corresponde.
📌 Finiquito completo: Roberto despedido en julio 2026

Salario $600/mes, 5 años de servicio, despedido el 15 de julio 2026 sin causa.

  • Salarios pendientes (15 días de julio): $300.00
  • Aguinaldo proporcional (enero–julio: 6.5 meses / 12): $408.33 × (6.5/12) × 21 días / 30 = aprox. $155.00
  • Vacaciones no gozadas (si no tomó el período 2026): 15 días × $20/día × 1.30 = $390.00
  • Indemnización Art. 58 (5 años, tope): $1,612.80
  • Total finiquito: aprox. $2,457.80

La indemnización es el mayor componente, pero el finiquito total incluye todos los conceptos anteriores.

ISR y Deducciones: La Buena Noticia

La indemnización por despido es uno de los pocos ingresos laborales que no pagan Impuesto sobre la Renta en El Salvador. El artículo 4 de la Ley del ISR exonera expresamente las indemnizaciones por despido de la obligación tributaria, siempre que estén dentro de los parámetros legales del Código de Trabajo.

✅ La indemnización llega íntegra a tu bolsillo

No se descuenta ISR (Impuesto sobre la Renta). No se descuenta cotización de ISSS (7.25% del empleador sobre el salario sí aplica, pero no sobre la indemnización). No se descuenta AFP (ninguna parte de la indemnización va a la cuenta individual). Si el empleador quiere hacerte alguno de esos descuentos en la indemnización, está cometiendo una irregularidad que podés reportar al MTPS.

Los demás componentes del finiquito (salarios pendientes, aguinaldo, vacaciones) sí pueden estar sujetos a ISR según el monto total anual percibido y la tabla progresiva de la Ley del ISR. Pero la indemnización en sí permanece exenta.

Comparación con Otros Países de Centroamérica y Latinoamérica

Entender cómo se ubica el sistema salvadoreño en el contexto regional ayuda a evaluar si el país ofrece más o menos protección que sus vecinos a los trabajadores despedidos.

🇸🇻
El Salvador
30 días por año. Tope sectorial (comercio: $1,612.80). Mínimo 15 días. Sin ISR. Decreto 592 para renuncia.
Base
🇬🇹
Guatemala
1 mes de salario por año (Art. 82). Sin tope máximo expreso. Indemnización más alta para salarios altos. También existe bono 14 y aguinaldo.
Mejor para altos salarios
🇭🇳
Honduras
1 mes de salario por año. Sin tope. CESAMEH para casos de empresa con problemas de pago. Proceso administrativo más lento.
Sin tope
🇳🇮
Nicaragua
1 mes de salario por año (hasta 5 años), luego varía. Sin tope general. Proceso ante MITRAB obligatorio antes del despido.
Similar
🇨🇷
Costa Rica
Cesantía con escala progresiva: 20 días en año 1 hasta 8 años máx. de cobertura. Fondo de garantías (FODESAF). Sistema diferente pero más robusto.
Sistema más robusto
🇲🇽
México
3 meses de salario fijos + 20 días por año. Sin tope de salario. Prima de antigüedad adicional (12 días/año). Indemnización más generosa.
Más generoso
🇨🇴
Colombia
15 días por año (hasta 1 año), luego 20 días. Sin tope estricto. Adicionalmente cesantías anuales (1 mes/año acumulado en fondo).
Sistema mixto
🇧🇴
Bolivia
Desahucio: 3 meses de salario. Más prima anual mensual de antigüedad (5% por año). Indemnización adicional acumulable. Más costoso para empleadores.
Más completo

El Salvador está dentro del rango intermedio-bajo en protección por despido comparado con sus vecinos. La presencia del tope (inexistente en Guatemala u Honduras) es la principal diferencia. Sin embargo, el sistema salvadoreño tiene la ventaja de ser más predecible y de tramitarse con mayor agilidad administrativa.

Cómo Reclamar Si el Empleador No Paga o Paga de Menos

Que el empleador no te pague la indemnización o que intente pagarte menos del mínimo legal es una de las violaciones laborales más frecuentes. Tenés cuatro rutas para reclamar, y podés usarlas en paralelo si querés:

1
Reclamo directo al empleador (primer paso)

Enviá una comunicación escrita (carta física o email con confirmación de lectura) indicando el monto exacto que te corresponde según el artículo 58, con el cálculo detallado. Solicitá respuesta en un plazo de 5 días hábiles. Guardá copia de todo. Esto documenta que intentaste resolver sin escalar, lo cual fortalece tu caso si llegás a un juzgado.

2
Denuncia al MTPS (vía más rápida)

El Ministerio de Trabajo y Previsión Social tiene potestad para investigar y sancionar a empleadores que no pagan las prestaciones de ley. Podés denunciar por teléfono al 130 (gratuito), en la plataforma online denuncias.mtps.gob.sv, o presencialmente en las oficinas del MTPS en tu departamento. El MTPS puede ordenar el pago e imponer multas al empleador.

3
Demanda ante el Juzgado de lo Laboral

Podés presentar demanda laboral directamente en el Juzgado de lo Laboral de tu departamento. El proceso es gratuito si tu salario es menor a dos salarios mínimos. La Procuraduría General de la República puede representarte gratuitamente si no tenés recursos para contratar abogado. El plazo de prescripción para interponer la demanda es de 2 años desde el día del despido (artículo 370 del Código de Trabajo). Pasado ese plazo, la acción prescribe.

4
Calculadora MTPS en línea como respaldo

El MTPS ofrece una calculadora de indemnización en línea en mtps.gob.sv/servicios/calculo-de-indemnizacion-en-linea/ que genera un resultado oficial que podés usar como referencia en tu reclamación. Llevar este cálculo oficial al empleador antes de ir a juicio muchas veces resuelve el conflicto sin necesidad de proceso judicial.

⚠️ Cuidado con la carta de «mutuo acuerdo» o la renuncia forzada

Un táctica frecuente de empleadores que quieren despedir sin pagar indemnización es pedir al trabajador que firme una «renuncia voluntaria» o un «acuerdo de terminación mutua». Si firmás voluntariamente, renunciás al derecho de indemnización. Si te presionan a firmar bajo amenaza de otras consecuencias (amenazas, acoso, presión psicológica), ese documento puede ser declarado nulo por vicio del consentimiento. Nunca firmés sin leer y entender cada línea, y consultá antes con el MTPS o un abogado laboralista si tenés dudas.


Preguntas Frecuentes Sobre la Indemnización en El Salvador 2026

¿El período de prueba cuenta para el cálculo de años de servicio?

Sí. El período de prueba (máximo 30 días en El Salvador) forma parte del tiempo de servicio para efectos del cálculo de indemnización, aguinaldo y vacaciones. Si te despiden el día 31 habiendo superado el período de prueba, ese tiempo ya suma para tu indemnización proporcional.

¿Si estuve de incapacidad médica, ¿eso descuenta tiempo de antigüedad?

No. Los períodos de incapacidad médica cubiertos por el ISSS no interrumpen la continuidad laboral ni reducen el tiempo de servicio para el cálculo de la indemnización. La relación laboral se mantiene activa durante la incapacidad.

¿Si la empresa fue vendida o cambió de dueño, ¿se pierde la antigüedad?

No, si se trata de una sustitución patronal donde la empresa continúa operando bajo otro dueño. En ese caso, la antigüedad se conserva y el nuevo empleador asume la responsabilidad de las prestaciones acumuladas. Si la empresa fue cerrada y luego una nueva empresa distinta te contrató, ahí sí empieza a contar desde cero.

¿Puedo negociar con el empleador que me paguen más del tope?

Sí. El tope del artículo 58 es un mínimo de lo que la ley te garantiza, no un máximo de lo que podés negociar. Si el empleador está dispuesto a pagar más (por ejemplo, como parte de una negociación de salida amistosa o un paquete de retiro voluntario), puede hacerlo. Lo que no puede hacer es pagarte menos. Todo monto superior al legal se recomienda documentarlo por escrito.

¿Cómo se calcula la indemnización si mi salario incluye comisiones variables?

El artículo 58 se refiere al salario básico. Para trabajadores con ingresos variables (comisiones, incentivos), la jurisprudencia laboral salvadoreña ha aceptado que se tome el promedio de los últimos 6 meses como base de cálculo. Llevá ese cálculo documentado al momento de negociar o demandar. Si el empleador solo usa el salario base fijo excluyendo comisiones recurrentes, podés cuestionarlo.

¿Se pueden hacer pagos parciales de la indemnización en cuotas?

La ley no prohíbe que el pago se haga en cuotas si hay acuerdo entre ambas partes. Pero el acuerdo debe ser voluntario, por escrito, y no puede reducir el monto total que te corresponde. No podés acordar recibir menos del monto legal como condición para aceptar pago en cuotas. Si el empleador propone cuotas porque no tiene liquidez, podés aceptar siempre que el total sea el correcto.