Recibiste tu salario y te preguntaste por qué llegó menos de lo que esperabas. Esa diferencia entre lo que acordaste ganar y lo que realmente depositaron en tu cuenta son los descuentos obligatorios que todo trabajador formal paga en El Salvador. Y aunque son legales, muchos trabajadores no saben exactamente cuánto debería ser cada descuento, ni cómo verificar que su empleador los está calculando bien.
En 2026 hay datos importantes que cambian el cálculo: el salario mínimo subió a $408.80 mensuales en comercio, industria y servicios; el tope de cotización para AFP es $7,045.06; las tablas de retención del ISR se actualizaron en mayo 2025 subiendo el umbral de exención a $550 mensuales; y la Ley Especial de Quincena Enero entró en vigor en enero de este año. Todos estos cambios afectan tu recibo de nómina directamente.
Esta guía te explica en lenguaje cotidiano qué es cada descuento, cuánto debería ser exactamente, cómo se calcula paso a paso, cuáles son los descuentos que son ilegales sin tu firma, y cómo verificar que el área de recursos humanos de tu empresa está haciendo las cosas bien.
- Los 3 descuentos obligatorios: visión general 2026
- ISSS 3%: el seguro social, tope $30, base $1,000
- AFP 7.25%: tu pensión, tope cotizable $7,045.06
- ISR: la tabla actualizada mayo 2025 vigente en 2026
- Cómo calcular tu NETO real paso a paso
- 5 ejemplos completos con salarios reales 2026
- Tabla BRUTO vs NETO para todos los salarios
- Quincena de enero 2026: cómo afecta tus descuentos
- Descuentos legales e ilegales: qué pueden y qué no pueden hacerte
- Reforma ISSS 2026: obligatorio desde el día 1 en contratos temporales
- Comparación regional: descuentos en Centroamérica y Latinoamérica
- Cómo verificar tus descuentos en línea
- Preguntas frecuentes 2026
Los 3 Descuentos Obligatorios: Visión General 2026
En El Salvador, todos los trabajadores formales tienen exactamente tres descuentos que el empleador está obligado a hacer y trasladar a las instituciones correspondientes. Son obligatorios sin excepción: no importa si tu contrato es a plazo fijo, indefinido, en período de prueba o en cualquier otra modalidad. El contrato a plazo y el indefinido tienen exactamente los mismos descuentos obligatorios.
Los descuentos de AFP e ISSS no son «dinero perdido». El AFP es tuyo y se acumula para tu jubilación. El ISSS financia tu atención médica, medicamentos, incapacidades pagadas y licencia de maternidad. El ISR sí va al Estado, pero solo pagás si ganás más de $550 mensuales después de los descuentos anteriores.
ISSS 3%: El Seguro Social, Tope $30, Base Máxima $1,000
El ISSS (Instituto Salvadoreño del Seguro Social) es el sistema de salud pública financiado por trabajadores y empleadores. Tu aporte mensual es el 3% del salario bruto, con una base de cotización máxima de $1,000, lo que significa que el descuento máximo posible siempre es $30 al mes.
El Art. 3 del Reglamento de Aplicación ISSS y los acuerdos del Consejo Directivo establecen la cuota del trabajador en 3% del salario mensual. La base máxima de cotización está fijada en $1,000 mensuales: si tu salario es mayor, el descuento se calcula sobre $1,000, no sobre tu salario real. Por esto el máximo que puede descontarte el empleador por ISSS es $30.
El empleador aporta adicionalmente el 7.5% sobre la misma base. Ese aporte patronal no se descuenta de tu salario: es un costo extra que asume el empleador encima de tu sueldo.
Máximo: $30 al mes
- Salario mínimo $408.80 (comercio/industria): $408.80 × 3% = $12.26
- Salario mínimo $402.32 (maquila): $402.32 × 3% = $12.07
- Salario $600: $600 × 3% = $18.00
- Salario $800: $800 × 3% = $24.00
- Salario $1,000: $1,000 × 3% = $30.00 (llegamos al tope)
- Salario $1,500: base se limita a $1,000, descuento = $30.00 (igual que $1,000)
- Salario $3,000: base se limita a $1,000, descuento = $30.00 (no sube más)
- Consultas médicas en hospitales, clínicas y centros de salud ISSS en todo el país
- Medicamentos en farmacias del ISSS (cobertura amplia de genéricos y especializados)
- Hospitalización y cirugías sin costo adicional para el cotizante
- Incapacidad médica pagada: si te enfermás y no podés trabajar, el ISSS paga el 75% de tu salario durante la incapacidad
- Licencia de maternidad: el ISSS cubre el 25% del salario durante las 16 semanas; el empleador cubre el 75% restante
- Pensión por invalidez si quedás incapacitado permanentemente por enfermedad o accidente no laboral
- Pensión para sobrevivientes: si fallecés, tus beneficiarios registrados reciben un pago mensual
AFP 7.25%: Tu Pensión, Tope Cotizable $7,045.06 en 2026
El AFP (Administradora de Fondos de Pensiones) es el sistema privado de pensiones de El Salvador. A diferencia del ISSS, el dinero del AFP va directamente a una cuenta individual a tu nombre. Es literalmente un ahorro forzoso para tu jubilación. El empleador descuenta el 7.25% de tu salario y lo deposita en tu cuenta AFP cada mes.
En 2026, el salario cotizable máximo para el AFP es de $7,045.06 mensuales. Esto significa que si tu salario mensual supera ese monto, el 7.25% se aplica solo sobre los $7,045.06, no sobre el salario completo. El descuento máximo de AFP en 2026 es $510.77 al mes.
Para la inmensa mayoría de trabajadores salvadoreños (cuyo salario está muy por debajo de $7,045.06), esto no cambia nada: el 7.25% aplica sobre el 100% del salario. Pero es importante conocerlo si trabajás en altos cargos ejecutivos o en el sector financiero.
Máximo en 2026: $510.77 al mes
- Salario mínimo $408.80: $408.80 × 7.25% = $29.64
- Salario mínimo maquila $402.32: $402.32 × 7.25% = $29.17
- Salario $600: $600 × 7.25% = $43.50
- Salario $800: $800 × 7.25% = $58.00
- Salario $1,000: $1,000 × 7.25% = $72.50
- Salario $1,500: $1,500 × 7.25% = $108.75
- Salario $2,000: $2,000 × 7.25% = $145.00
- Salario $7,045.06 o más: descuento máximo = $510.77
En El Salvador operan las siguientes Administradoras de Fondos de Pensiones autorizadas por la Superintendencia del Sistema Financiero. Tu empleador decide en cuál AFP te inscribe, pero podés solicitar cambio de AFP:
- AFP Confío — una de las dos principales del mercado
- AFP Crecer — la otra AFP principal del sistema salvadoreño
Muchos trabajadores confunden el AFP con un impuesto que «se pierde». No es así. Cada centavo del 7.25% va a una cuenta individual con tu nombre y número de documento. Podés consultar tu saldo en el portal de tu AFP o en la Superintendencia del Sistema Financiero. Ese dinero es tuyo y te lo devuelven al jubilarte (60 años para hombres, 55 para mujeres), o va a tus beneficiarios si fallecés antes. Si cambiás de empleador, el saldo continúa acumulándose.
ISR: La Tabla Actualizada Mayo 2025, Vigente en 2026
El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es el único descuento que no te beneficia directamente: va al Estado para financiar servicios públicos. A diferencia del AFP e ISSS, el ISR solo aplica cuando tu base gravable mensual supera los $550. Si ganás el salario mínimo o un poco más, probablemente no pagás ISR.
En mayo de 2025, el Ministerio de Hacienda actualizó las tablas de retención del ISR para trabajadores dependientes, subiendo el umbral de exención de $472 a $550 mensuales. Estas tablas siguen vigentes en 2026 sin cambios adicionales.
La base gravable es el monto sobre el que se aplica la tabla del ISR. No se calcula sobre tu salario bruto directamente: primero se restan los descuentos de AFP e ISSS, y el resultado es tu base gravable. Si esa base es menor o igual a $550, no pagás ISR.
| Tramo | Base gravable mensual | Tasa ISR | Sobre el exceso de | Cuota fija | ISR si base = límite superior |
|---|---|---|---|---|---|
| I — Exento | Hasta $550.00 | 0% | — | $0.00 | $0.00 |
| II | $550.01 — $895.24 | 10% | $550.00 | $17.67 | $52.19 |
| III | $895.25 — $2,038.10 | 20% | $895.24 | $60.00 | $288.57 |
| IV | Más de $2,038.10 | 30% | $2,038.10 | $288.57 | Sube indefinidamente |
Con el salario mínimo de $408.80 en comercio/industria, la base gravable después de AFP e ISSS es de apenas $366.90, que está muy por debajo del umbral exento de $550. Esto significa que todos los trabajadores que ganan el salario mínimo o cerca de él no pagan ISR. El ISR empieza a aparecer en el recibo cuando el salario bruto supera aproximadamente $630-$640 mensuales (dependiendo del sector).
Cómo Calculás tu NETO Real Paso a Paso
El orden de los descuentos importa porque el ISR se calcula sobre la base que ya resta AFP e ISSS. Seguí estos pasos en el orden exacto para llegar al salario neto correcto.
5 Ejemplos Completos con Salarios Reales 2026
- Salario bruto: $408.80
- AFP: $408.80 × 7.25% = $29.64
- ISSS: $408.80 × 3% = $12.26
- Base gravable: $408.80 − $29.64 − $12.26 = $366.90 → ≤ $550 → ISR = $0.00
- Salario NETO: $408.80 − $29.64 − $12.26 = $366.90
Total descuentos: $41.90 (10.2% del bruto). María no paga ISR.
- Salario bruto: $600.00
- AFP: $600 × 7.25% = $43.50
- ISSS: $600 × 3% = $18.00
- Base gravable: $600 − $43.50 − $18 = $538.50 → ≤ $550 → ISR = $0.00
- Salario NETO: $600 − $43.50 − $18 = $538.50
Total descuentos: $61.50 (10.25% del bruto). Carlos tampoco paga ISR.
- Salario bruto: $750.00
- AFP: $750 × 7.25% = $54.38
- ISSS: $750 × 3% = $22.50
- Base gravable: $750 − $54.38 − $22.50 = $673.12 → Tramo II ($550.01–$895.24)
- ISR Tramo II: ($673.12 − $550) × 10% + $17.67 = $123.12 × 0.10 + $17.67 = $12.31 + $17.67 = $29.98
- Salario NETO: $750 − $54.38 − $22.50 − $29.98 = $643.14
Total descuentos: $106.86 (14.25% del bruto). Ana empieza a pagar ISR por superar $550 de base gravable.
- Salario bruto: $1,200.00
- AFP: $1,200 × 7.25% = $87.00
- ISSS: base limitada a $1,000 → $1,000 × 3% = $30.00 (tope)
- Base gravable: $1,200 − $87 − $30 = $1,083.00 → Tramo III ($895.25–$2,038.10)
- ISR Tramo III: ($1,083 − $895.24) × 20% + $60 = $187.76 × 0.20 + $60 = $37.55 + $60 = $97.55
- Salario NETO: $1,200 − $87 − $30 − $97.55 = $985.45
Total descuentos: $214.55 (17.9% del bruto). El ISSS ya está en tope de $30.
- Salario bruto: $2,500.00
- AFP: $2,500 × 7.25% = $181.25
- ISSS: base limitada a $1,000 → $30.00 (tope)
- Base gravable: $2,500 − $181.25 − $30 = $2,288.75 → Tramo IV (más de $2,038.10)
- ISR Tramo IV: ($2,288.75 − $2,038.10) × 30% + $288.57 = $250.65 × 0.30 + $288.57 = $75.20 + $288.57 = $363.77
- Salario NETO: $2,500 − $181.25 − $30 − $363.77 = $1,924.98
Total descuentos: $575.02 (23% del bruto). En Tramo IV, casi 1 de cada 4 dólares se va en descuentos.
Tabla BRUTO vs NETO: Todos los Salarios 2026
Esta tabla resume el cálculo completo para los salarios más comunes en El Salvador, usando las tasas y topes vigentes en 2026. Buscá el rango más cercano a tu salario para tener una idea rápida de cuánto deberías recibir.
| Salario BRUTO | AFP (7.25%) | ISSS (3%, tope $30) | Base gravable | ISR | Total descuentos | Salario NETO | % que recibís |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| $305.23 (mín. agro) | $22.13 | $9.16 | $273.94 | $0.00 | $31.29 | $273.94 | 89.7% |
| $402.32 (mín. maquila) | $29.17 | $12.07 | $361.08 | $0.00 | $41.24 | $361.08 | 89.7% |
| $408.80 (mín. comercio) | $29.64 | $12.26 | $366.90 | $0.00 | $41.90 | $366.90 | 89.7% |
| $500.00 | $36.25 | $15.00 | $448.75 | $0.00 | $51.25 | $448.75 | 89.7% |
| $600.00 | $43.50 | $18.00 | $538.50 | $0.00 | $61.50 | $538.50 | 89.7% |
| $700.00 | $50.75 | $21.00 | $628.25 | $25.50 | $97.25 | $602.75 | 86.1% |
| $800.00 | $58.00 | $24.00 | $718.00 | $42.47 | $124.47 | $675.53 | 84.4% |
| $1,000.00 | $72.50 | $30.00 | $897.50 | $60.50 | $163.00 | $837.00 | 83.7% |
| $1,200.00 | $87.00 | $30.00 | $1,083.00 | $97.55 | $214.55 | $985.45 | 82.1% |
| $1,500.00 | $108.75 | $30.00 | $1,361.25 | $152.25 | $291.00 | $1,209.00 | 80.6% |
| $2,000.00 | $145.00 | $30.00 | $1,825.00 | $225.00 | $400.00 | $1,600.00 | 80.0% |
| $2,500.00 | $181.25 | $30.00 | $2,288.75 | $363.77 | $575.02 | $1,924.98 | 77.0% |
| $3,000.00 | $217.50 | $30.00 | $2,752.50 | $502.62 | $750.12 | $2,249.88 | 75.0% |
Según EY El Salvador y el MTPS, el salario mínimo del sector agropecuario es de $305.23 mensuales desde junio 2025, vigente en 2026. Anteriormente era $272.72. Si trabajás en el campo (café, caña, granos básicos, ganadería), verificá que te estén pagando correctamente. Los descuentos de AFP e ISSS aplican igual que en otros sectores.
Quincena de Enero 2026: Cómo Afecta tus Descuentos
La Ley Especial de Quincena de Enero (Decreto 499, vigente desde el 15 de enero de 2026) establece un pago adicional equivalente a una quincena de salario para todos los trabajadores activos en la primera quincena de enero. Este pago tiene reglas específicas en cuanto a descuentos que es fundamental conocer.
La quincena de enero es un pago adicional al salario regular, por lo que se suma a tus ingresos del mes de enero. Esto tiene impacto en los descuentos de la siguiente manera:
- AFP 7.25%: Sí aplica sobre la quincena adicional. Si tu quincena es $204.40 ($408.80÷2), el AFP sobre ella es $14.82.
- ISSS 3%: Aplica hasta que la base acumulada del mes llegue a $1,000. Si entre tu salario normal y la quincena no superás los $1,000, se aplica el 3% sobre la quincena también.
- ISR: La quincena se suma al salario del mes para determinar la base gravable total de enero. Si normalmente no pagás ISR pero con la quincena superás el umbral de $550 de base gravable, en enero sí podrías tener retención de ISR.
Ejemplo: si tu salario es $600 (sin ISR normalmente) y recibís una quincena de $300 adicional en enero, tu salario total de enero es $900. La base gravable sería $900 − AFP − ISSS, que probablemente supere los $550, generando retención de ISR solo en ese mes de enero.
Descuentos Legales e Ilegales: Qué Pueden y Qué No Pueden Hacerte
El hecho de que AFP, ISSS e ISR sean obligatorios no significa que el empleador puede descartarte cualquier cosa del salario. Existe un marco legal claro sobre qué descuentos son automáticos, cuáles requieren tu consentimiento, y cuáles son completamente ilegales.
- AFP 7.25% (obligatorio por ley)
- ISSS 3% (obligatorio por ley)
- ISR según tabla (obligatorio si aplica)
- Embargo judicial o pensión alimenticia (con orden de juez)
- Anticipos y préstamos de empresa
- Cuotas sindicales (si estás afiliado)
- Daños a propiedad de la empresa
- Uniformes o equipo de protección
- Multas o sanciones disciplinarias
- Descuentos por faltas o tardanzas
- Descuento que te deje bajo el salario mínimo
- Por uso del baño o agua (derechos humanos)
- Por accidentes laborales causados por la empresa
- Por ejercer derechos laborales o presentar quejas
- Sin recibo o justificación escrita
- Por maternidad, enfermedad o discapacidad
El Art. 126 del Código de Trabajo establece que el salario es inembargable excepto para pensiones alimenticias (y solo hasta el 50%). Ningún descuento puede reducir el salario por debajo del salario mínimo legal de tu sector ($408.80 en comercio/industria, $402.32 en maquila, $305.23 en agro). Si un empleador te hace descuentos tan elevados que te deja con menos que el mínimo, está violando la ley. Podés denunciar al MTPS llamando al 130 o visitando cualquier oficina regional del Ministerio.
- Documentá todo: guardá tu recibo de nómina del mes en cuestión, incluyendo los rubros detallados de cada descuento
- Calculá vos mismo: usá las fórmulas de esta guía o la calculadora de liquidación El Salvador 2026 para verificar si los montos son correctos
- Consultá a RRHH: pedí explicación escrita de cada descuento. Si no te la dan en 2 días hábiles, ese silencio es relevante para tu denuncia
- Llamá al MTPS (130): si el empleador no corrige, presentá denuncia formal. El inspector puede verificar la nómina y exigir reintegro
- Guardá evidencia: correos, mensajes, recibos de pago anteriores, todo es válido en un proceso laboral
Reforma ISSS 2026: Obligatorio Desde el Día 1 en Contratos Temporales
Una de las reformas laborales más importantes que entró en vigor en 2026 afecta específicamente a los trabajadores con contratos temporales y en período de prueba. La reforma al Art. 29 del Código de Trabajo exige que el empleador inscriba al trabajador en el ISSS desde el primer día de trabajo, sin excepción.
Anteriormente, algunos empleadores argumentaban que durante el período de prueba (primeros 30 días) o en contratos temporales muy cortos, no era obligatorio inscribir al trabajador al ISSS de inmediato. La reforma cierra ese vacío legal:
- Desde el primer día de trabajo, el empleador debe inscribir al trabajador en el ISSS, independientemente del tipo de contrato
- Aplica para contratos indefinidos, a plazo fijo, de obra, de suplencia y en período de prueba
- El AFP también aplica desde el primer día — esto no cambió con la reforma, pero se reafirma expresamente
- El incumplimiento genera multa administrativa para el empleador y obligación de pagar retroactivamente las cotizaciones no realizadas
Si empez aste a trabajar este año y tu empleador no te inscribió en el ISSS desde el primer día, tenés derecho a exigir la regularización de todos los aportes desde tu fecha de inicio. Esto es especialmente importante porque si necesitás atención médica o incapacidad durante ese período sin cotización, el ISSS podría rechazar la cobertura.
Comparación Regional: Descuentos Obligatorios en Centroamérica y Latinoamérica 2026
Si trabajaste o conocés personas que trabajan en otros países de la región, notarás que los sistemas de descuentos son similares en estructura pero diferentes en porcentajes y topes. Esta comparación te ayuda a entender si El Salvador es más o menos gravoso que sus vecinos.
| País | Seguro social (trabajador) | Pensiones (trabajador) | ISR — umbral exento mensual | Total descuento típico (salario mínimo) | Referencia |
|---|---|---|---|---|---|
| 🇸🇻 El Salvador | ISSS 3% (tope $30) | AFP 7.25% (tope $7,045.06) | $550/mes (exento, tabla mayo 2025) | ~10.2% (solo AFP+ISSS en salario mínimo) | Esta guía |
| 🇬🇹 Guatemala | IGSS 4.83% | No hay AFP privado — IGSS cubre pensión | Q48,000/año (~Q4,000/mes) exento | ~4.83% (solo IGSS, sin pensión separada) | Guatemala |
| 🇭🇳 Honduras | IHSS 2.5% (tope L10,000) | RAP 1.5% + INJUPEMP/INPREMA según sector | L5,000/mes exento (~$200) | ~4–6% según sector y régimen | — |
| 🇳🇮 Nicaragua | INSS 6.25% | Incluido en INSS (sistema integrado) | C$100,000/año (~C$8,333/mes) exento | ~6.25% (INSS integrado) | — |
| 🇨🇷 Costa Rica | CCSS 10.67% (salud + pensión IVM) | Incluido en CCSS | ¢929,000/mes exento (2026) | ~10.67% (solo CCSS sin ISR en salario mínimo) | — |
| 🇵🇦 Panamá | CSS 9.75% (salud + pensión) | Incluido en CSS | B/.11,000/año ($916/mes) exento | ~9.75% | Panamá |
| 🇲🇽 México | IMSS ~1.65% cuota fija variable | AFORE 1.125% (cuota trabajador — empleador paga más) | $763.33 MXN/día (~$38 USD/día) exento parcial | ~2.8% (trabajador paga poco; empleador aporta más) | México |
| 🇨🇴 Colombia | Salud 4% | Pensión 4% | 1,090 UVT/año ($38 millones COP anuales) exento parcial | ~8% (salud + pensión trabajador) | Colombia |
| 🇩🇴 Rep. Dominicana | SFS (salud) 3.04% | AFP 2.87% | RD$34,685/mes exento (2026) | ~5.91% | Rep. Dominicana |
| 🇦🇷 Argentina | Jubilación 11% + OSPE salud 3% + INSSJP 3% | Incluido en jubilación | $2,340,000 ARS/mes exento (escala) | ~17% (sin ISR en salario bajo) | Argentina |
El Salvador tiene un descuento total sobre el trabajador del 10.25% (AFP 7.25% + ISSS 3%) para salarios que no generan ISR, que es un nivel intermedio en la región. Costa Rica (10.67% CCSS) es similar. Panamá (9.75% CSS) es ligeramente menor. Guatemala es bastante menor (4.83% IGSS, pero también el sistema de pensiones es menos robusto). Colombia y Argentina tienen cargas más altas sobre el trabajador. Lo que distingue a El Salvador es que el AFP es una cuenta individual privada (sistema de capitalización individual), mientras que en muchos otros países es un sistema de reparto donde el trabajador no tiene una cuenta propia.
Cómo Verificar Tus Descuentos en Línea 2026
En 2026, tanto el ISSS como las AFPs tienen portales digitales donde podés verificar si tu empleador está efectivamente trasladando tus cotizaciones. Este es uno de los pasos más importantes para proteger tus derechos: muchos empleadores descuentan el dinero del salario pero nunca lo pagan a las instituciones. Eso es un delito.
- Visitá isss.gob.sv → sección «Servicios en línea» → consulta de cotizaciones
- Necesitás tu número de DUI o NIT
- Podés ver todos los meses cotizados, el empleador que los pagó y los montos
- Si hay meses faltantes en los que sí trabajaste, presentá denuncia ante el ISSS con tu contrato de trabajo o cualquier evidencia de la relación laboral
- Ingresá al portal de tu AFP (Confío: afpconfioisv.com / Crecer: afpcrecer.com.sv)
- Con tu DUI podés consultar tu saldo acumulado y el historial de cotizaciones mensuales
- Si detectás meses sin cotización durante los cuales trabajaste, notificá a la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) en ssf.gob.sv
- La SSF puede exigir al empleador que regularice todos los aportes adeudados, incluyendo intereses y multas
- Tu empleador debe entregarte un informe anual de retenciones (Formulario F-910) a más tardar el 31 de enero de cada año para el año anterior
- Con ese documento podés verificar cuánto ISR se te retuvo durante el año y si coincide con lo que te descontaron mensualmente
- Si pagaste más ISR del que correspondía, tenés derecho a solicitar devolución al Ministerio de Hacienda presentando tu declaración de renta anual
Si verificás que tu empleador te descuentó AFP o ISSS del salario pero nunca los trasladó a las instituciones, está cometiendo un delito. Ese dinero es tuyo y fue robado. Los pasos a seguir: denunciá ante el MTPS (130), ante el ISSS directamente y ante la SSF. Las instituciones pueden iniciar cobro judicial contra el empleador y obligarlo a pagar con retroactividad, intereses y multas. Si hay proceso penal, el empleador puede enfrentar cargos por apropiación indebida.
Preguntas Frecuentes — Descuentos Salariales El Salvador 2026
Porque se aplican los dos descuentos obligatorios: AFP 7.25% ($29.64) + ISSS 3% ($12.26) = $41.90 de descuentos totales. No se aplica ISR porque la base gravable de $366.90 está por debajo del umbral exento de $550 mensuales. Los $366.90 que recibís son el salario neto correcto con el salario mínimo vigente en El Salvador en 2026. Si recibís menos de eso, tu empleador está cometiendo una irregularidad.
Sí, es una obligación legal. El Art. 138 del Código de Trabajo establece que el empleador debe entregar un recibo de pago detallado en cada período de pago (quincenal o mensual), con el desglose de todos los conceptos: salario bruto, AFP descontado, ISSS descontado, ISR retenido (si aplica), y cualquier otro descuento autorizado. Si no recibís recibo de pago, es una infracción laboral que podés denunciar ante el MTPS.
Depende de cómo las registra el empleador. Si las horas extras forman parte del salario ordinario (es decir, se incluyen en el salario total de la planilla), sí se aplican AFP e ISSS sobre el total. Si el empleador las paga como un concepto separado fuera de planilla (lo que en realidad es una práctica irregular), podría no aplicarles los descuentos, pero tampoco estarían cotizando para tu AFP e ISSS, lo que te perjudica. Lo correcto es que todo el salario, incluyendo horas extras, esté en planilla formal.
Técnicamente, el aguinaldo es una prestación laboral especial que algunos criterios legales consideran como «no salario ordinario» para efectos de cotización. En la práctica, muchos empleadores en El Salvador no aplican AFP ni ISSS al aguinaldo, y esa práctica es generalizada sin cuestionamiento formal por parte de las instituciones. Sin embargo, si tu empleador sí los descuenta del aguinaldo, no está cometiendo una infracción expresa, simplemente está siendo más estricto en la interpretación. Lo más importante es verificar que el aguinaldo se esté pagando en los montos correctos según tu antigüedad.
Sí. Si las comisiones forman parte de tu remuneración regular y se pagan a través de planilla, se suman al salario base para calcular AFP, ISSS e ISR. Por eso, si en un mes ganás muchas comisiones y tu ingreso total supera los umbrales de exención del ISR, podrías tener retención de ISR ese mes aunque en otros meses no la tengas. El AFP siempre aplica sobre el ingreso total incluyendo comisiones, hasta el tope de $7,045.06. El ISSS aplica sobre el total pero con la base máxima de $1,000, así que el máximo siempre es $30.
Sí, el ISSS tiene un régimen de afiliación voluntaria para trabajadores independientes, profesionales liberales y personas sin relación de dependencia laboral. En ese régimen, el trabajador independiente paga tanto la cuota del trabajador como la cuota patronal (el 7.5% adicional que normalmente paga tu empleador). Esto puede ser relevante si tenés un negocio propio o trabajás por cuenta propia y querés tener cobertura médica del ISSS. Consultá en cualquier agencia del ISSS los requisitos para afiliarte voluntariamente.
Esa es precisamente la señal de alerta. El pago en efectivo sin recibo detallado es una irregularidad laboral grave que puede indicar que el empleador no está haciendo los descuentos formalmente (y por tanto no está cotizando al ISSS ni al AFP a tu nombre). Sin recibo de pago, no podés verificar si te descuentan correctamente ni si esos descuentos llegan a las instituciones. Exigí siempre tu recibo de pago escrito. Si el empleador se niega, eso es una infracción al Art. 138 CT que podés denunciar al MTPS.
El aporte patronal al AFP (8.75% que paga el empleador encima de tu salario) sí va a tu cuenta individual de AFP y es tuyo. Se suma a tu saldo de pensión. El aporte patronal al ISSS (7.5% que paga el empleador) va al fondo general del ISSS para financiar la atención de todos los cotizantes; no va a una cuenta individual tuya. El beneficio del aporte patronal al ISSS es indirecto: financia los hospitales, médicos y servicios que después usás cuando los necesitás.
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Nota legal: Esta guía tiene fines informativos y educativos. La información está basada en el Código de Trabajo de El Salvador, el Reglamento de Aplicación del ISSS (cuota trabajador 3%, base máxima $1,000, tope $30), el sistema AFP (cuota trabajador 7.25%, tope cotizable $7,045.06 en 2026), las tablas de retención ISR actualizadas por el Ministerio de Hacienda en mayo de 2025 (umbral exento $550 mensuales, vigentes en 2026), los salarios mínimos vigentes desde junio 2025 confirmados por EY El Salvador ($408.80 comercio/industria, $402.32 maquila, $305.23 agropecuario), la Ley Especial de Quincena Enero (Decreto 499, enero 2026) y la reforma al Art. 29 CT sobre ISSS para trabajadores temporales. Los datos están actualizados a febrero 2026. Esta guía no constituye asesoría fiscal ni legal personalizada. Para casos específicos de retenciones incorrectas o disputas laborales, consultá con el MTPS (130), el ISSS o un profesional contable autorizado.