Licencia por Maternidad y Paternidad en Ecuador: 12 Semanas + 10 Días 2026

Licencia por Maternidad y Paternidad en Ecuador

La llegada de un bebé no debería costarte tu trabajo ni tu salario. En Ecuador, la ley protege ese momento: 12 semanas pagadas al 100% para la mamá (2 semanas antes del parto + 10 semanas después), 10 a 25 días para el papá según el caso, y 2 horas diarias pagadas de lactancia al regresar al trabajo. Además, desde 2023 existe la Ley del Cuidado Humano que amplía permisos para el cuidado familiar. Esta guía te explica cada derecho con exactitud, los requisitos del IESS, y qué hacer si tu empleador no cumple.


El Derecho Fundamental: Maternidad y Paternidad Protegidas

La maternidad y paternidad en Ecuador no son «beneficios que da la empresa» — son derechos constitucionales e irrenunciables. No puedes renunciar a ellos aunque firmes un papel que diga lo contrario. Cualquier acuerdo que los elimine es nulo de pleno derecho.

⚖️ Base Legal Vigente 2026

Constitución Art. 43: El Estado garantizará a las mujeres embarazadas y en período de lactancia los derechos a no ser discriminadas y a la atención prioritaria y especializada.

Código del Trabajo Art. 152–155: Regula la licencia de maternidad (12 semanas), paternidad (10 días base + extensiones), y los derechos de lactancia.

Ley del Derecho al Cuidado Humano (R.O. N° 309, mayo 2023): Amplía permisos para el cuidado de hijos, personas con discapacidad y adultos mayores dependientes.

Ley de Seguridad Social: Regula el subsidio por maternidad que paga el IESS al 100% del salario.

Maternidad: 12 Semanas PAGADAS — Distribución Correcta DATO CORREGIDO

Muchas fuentes confunden la distribución de las 12 semanas de maternidad. La ley ecuatoriana (Art. 155 Código del Trabajo, confirmado por el IESS) establece una distribución específica que es importante conocer para planificar tu licencia correctamente.

2 semanas

ANTES del parto

= 14 días calendarios

Licencia Prenatal

Se inicia con el certificado médico de la fecha probable de parto

10 semanas

DESPUÉS del parto

= 70 días calendario

Licencia Postnatal

Se inicia el día del nacimiento real del bebé

🗓️ Total: 12 semanas = 84 días calendario

«Calendario» significa que incluyen sábados, domingos y feriados. Es tiempo continuo, no se interrumpe.

Extensión por parto múltiple (gemelos, trillizos): +10 días adicionales → total 94 días.

Extensión por complicaciones médicas: Con certificado del médico del IESS o médico habilitado, puede extenderse el período postnatal según criterio médico.

⚠️ Error Común que Puede Costarte Días de Licencia

La distribución NO es «40 días antes + 40 días después» como muchos creen. La distribución correcta es 2 semanas (14 días) prenatal + 10 semanas (70 días) postnatal. Si no tomas las 2 semanas prenatales por cualquier razón (parto adelantado, por ejemplo), esos días se trasladan al período postnatal. Nunca pierdes los 84 días.

Cálculo del Pago: El IESS Paga el 100%

PAGO DEL SUBSIDIO DE MATERNIDAD — IESS Ecuador 2026:

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Base de cálculo: Tu último salario promedio reportado al IESS

Porcentaje: 100% de tu salario

Quién paga: IESS transfiere directamente a tu cuenta bancaria registrada

Tu empleador: Mantiene tu puesto y contrato — no paga el subsidio, pero no puede reducir otros beneficios

FÓRMULA:

Pago diario = Salario mensual ÷ 30

Pago total maternidad = Pago diario × 84 días

📊 Ejemplo 1 — Empleada con Salario Fijo

Datos: Salario mensual $1,500 | Licencia 12 semanas (84 días)

  • Pago diario: $1,500 ÷ 30 = $50/día
  • Total licencia: $50 × 84 días = $4,200 del IESS
  • Período prenatal (14 días): $50 × 14 = $700
  • Período postnatal (70 días): $50 × 70 = $3,500

Recibes $4,200 — el 100% de tu salario habitual. No es un descuento.

📊 Ejemplo 2 — Empleada con Salario Base + Comisiones

Datos: Salario base $800 + comisiones promedio $400 = $1,200/mes habitual

  • El IESS calcula sobre el salario reportado en tus aportes
  • Si tus aportes IESS reflejan $1,200/mes → pago diario = $40
  • Total 84 días: $40 × 84 = $3,360
  • Si tu empleador solo reportaba $800 al IESS → solo recibirías $2,240

✅ Verifica que tu empleador reporte correctamente tu salario real al IESS — de eso depende tu subsidio.

📊 Ejemplo 3 — Parto Múltiple (Gemelos)

Datos: Salario $1,000/mes | Parto de gemelos → +10 días adicionales | Total: 94 días

  • Pago diario: $1,000 ÷ 30 = $33.33/día
  • Total 94 días: $33.33 × 94 = $3,133
  • 10 días extra representan: $33.33 × 10 = $333 adicionales

El parto múltiple te da 10 días más pagados automáticamente.

🆕 Requisitos del IESS para Cobrar el Subsidio de Maternidad DATO CLAVE

El subsidio de maternidad no es automático solo por estar embarazada — debes cumplir requisitos de aportación al IESS. Muchas trabajadoras pierden el subsidio por no conocer estas condiciones a tiempo.

Requisito Detalle ¿Cuándo Verificarlo?
Aportes consecutivos Mínimo 12 aportes mensuales CONSECUTIVOS antes del reposo prenatal Cuando descubras el embarazo
ó aportes en 16 meses Alternativamente: 378 días de aporte acumulado en los últimos 16 meses Cuando descubras el embarazo
Cuenta bancaria registrada La cuenta debe estar registrada en el IESS al menos 15 días antes del parto Urgente — hazlo en el primer trimestre
Certificado médico prenatal Del IESS o médico habilitado, con fecha probable de parto 2 semanas antes del reposo prenatal
Certificado de nacimiento Para completar la solicitud postnatal Después del nacimiento

💡 ¿Qué pasa si no tienes los 12 aportes consecutivos? Lamentablemente, sin cumplir el requisito mínimo de aportes, el IESS no paga el subsidio. En ese caso, tu empleador sigue siendo responsable de pagarte tu salario durante la licencia según el Código del Trabajo — no pueden dejarte sin ingreso. La obligación legal existe aunque el IESS no pague el subsidio. Consulta al Ministerio del Trabajo si tu empresa alega que «no puede pagar porque el IESS no aprobó».

🆕 Lactancia: 2 Horas Diarias Pagadas (No 1 Hora) DATO CORREGIDO

Una vez que regresas al trabajo después de las 12 semanas de maternidad, la ley te protege con tiempo pagado para amamantar. El derecho es mayor de lo que muchas empleadas creen.

🤱 Derecho de Lactancia — Código del Trabajo Art. 155

Duración: Hasta que el bebé cumpla 1 año de vida

Tiempo diario: 2 horas dentro de la jornada laboral normal

Pago: Con remuneración completa — no se descuenta del salario

Forma: La mamá y el empleador acuerdan cómo distribuir las 2 horas (puede ser 2 pausas de 1 hora, 4 pausas de 30 min, o 2 horas al inicio o final de la jornada)

⚠️ El Error Más Común sobre Lactancia

Muchos empleadores y empleadas creen que el permiso de lactancia es de «dos descansos de 30 minutos» (1 hora total). Eso es incorrecto — la ley ecuatoriana establece 2 horas completas diarias. Si tu empresa solo te da 1 hora, están incumpliendo la ley. Reclama por escrito la hora restante.

💡 ¿Qué pasa si el trabajo no tiene sala de lactancia? La Ley del Cuidado Humano (2023) establece que las empresas con más de 50 trabajadores deben contar con espacios adecuados para la lactancia. Si tu empresa no tiene este espacio, puedes solicitar al Ministerio del Trabajo que intervenga. Para empresas pequeñas, el acuerdo flexible de las 2 horas (inicio o fin de jornada) es la solución más práctica.

Paternidad: 10 Días Base + Extensiones por Caso EXTENSIONES ACTUALIZADAS

👨 Licencia de Paternidad — Art. 152 Código del Trabajo

El papá tiene derecho a 10 días calendario de licencia remunerada por nacimiento de su hijo en parto normal. Estos días incluyen sábados, domingos y feriados. La licencia puede tomarse desde el mismo día del parto o dentro de los 30 días posteriores al nacimiento.

Extensiones por Casos Especiales — Lo que No te Cuentan

El Código del Trabajo prevé situaciones especiales que amplían significativamente la licencia de paternidad. Estas extensiones son derechos automáticos, no favores — solo necesitas presentar el certificado médico correspondiente.

Situación del Parto Días de Licencia Documento Requerido
Parto normal 10 días calendario Acta de nacimiento o certificado médico
Cesárea o parto múltiple (gemelos, etc.) 15 días calendario (+5 días) Certificado médico de cesárea o acta de nacimiento múltiple
Bebé prematuro o con cuidados especiales 18 días calendario (+8 días) Certificado médico del IESS o médico habilitado
Bebé con discapacidad severa, enfermedad degenerativa, terminal o irreversible 25 días calendario (+15 días) Certificado médico especializado del IESS
Fallecimiento de la madre durante el parto o las 10 semanas postnatales El tiempo restante de maternidad se transfiere al padre Certificado de defunción + acta de nacimiento
Adopción (padre adoptivo) 15 días calendario Resolución judicial de adopción

Cálculo del Pago de Paternidad

PAGO DE LICENCIA DE PATERNIDAD — IESS Ecuador 2026:

Pago diario = Salario mensual ÷ 30

Total = Pago diario × Número de días que corresponden

Ejemplo — Papá salario $1,200/mes, parto normal (10 días):

$1,200 ÷ 30 = $40/día | $40 × 10 = $400 del IESS

Ejemplo — Papá salario $1,200/mes, gemelos + cesárea (15 días):

$40 × 15 = $600 del IESS

Ejemplo — Papá salario $1,200, bebé con discapacidad (25 días):

$40 × 25 = $1,000 del IESS

Maternidad vs. Paternidad — Comparación Completa

Aspecto 🩷 Licencia de Maternidad 💙 Licencia de Paternidad
Duración base 12 semanas (84 días calendario) 10 días calendario
Distribución 2 semanas prenatal + 10 semanas postnatal A partir del parto (o hasta 30 días después)
Extensión parto múltiple +10 días (total 94 días) +5 días — total 15 días
Extensión por prematuridad Según criterio médico +8 días — total 18 días
Extensión discapacidad/enfermedad grave Según criterio médico +15 días — total 25 días
Adopción 15 días desde entrega legal 15 días desde entrega legal
Pago 100% del salario — IESS deposita en cuenta 100% del salario — IESS deposita en cuenta
Lactancia (post licencia) 2 horas/día pagadas hasta el año de vida del bebé No aplica
Protección contra despido ✅ Reforzada — desde embarazo hasta 1 año post-parto ✅ Protegida durante la licencia
¿Es transferible? Solo al padre si madre fallece No es transferible a la madre

Protecciones Especiales Durante el Embarazo

¿Desde Cuándo Eres Inamovible?

La protección contra el despido no empieza cuando te dan la licencia — empieza desde el primer día del embarazo. Más específicamente, desde que notificas al empleador (preferentemente por escrito) o desde que el embarazo es visible o conocido.

🚫 Inamovibilidad Total

No pueden despedirte desde el inicio del embarazo hasta 12 meses después del parto. Incluso si el contrato era de plazo fijo, no pueden simplemente «no renovarlo» por el embarazo.

⚕️ Atención Médica Completa IESS

Controles prenatales, ecografías, análisis de laboratorio, parto (natural o por cesárea), medicamentos y atención postparto cubiertos por el IESS. Todo sin costo adicional si eres afiliada.

⏰ Permisos para Controles Médicos

Tienes derecho a salir en horario laboral para asistir a controles prenatales del IESS o médico privado sin descuento de salario. Presenta la cita médica como justificativo.

🔄 Cambio de Funciones si hay Riesgo

Si tu trabajo implica riesgo físico para el embarazo (levantamiento de pesos, trabajo en altura, exposición a químicos), tienes derecho a que te cambien de funciones sin reducción de salario.

📋 Puesto Garantizado al Regreso

Tu puesto, salario, beneficios y antigüedad se mantienen intactos. Al regresar de la licencia, no pueden darte un cargo inferior ni reducirte el sueldo.

🚫 No Discriminación en Contratación

Es ilegal negarle un trabajo a una mujer por estar embarazada o exigirle prueba de embarazo como condición de contratación.

🆕 Ley del Derecho al Cuidado Humano 2023 — Lo Que Añade DESDE MAYO 2023

La Ley del Derecho al Cuidado Humano (Registro Oficial N° 309, mayo 2023) amplió el marco de protección más allá del recién nacido. Es una de las reformas laborales más importantes de los últimos años para los trabajadores ecuatorianos con familia.

📜 Lo que Añade la Ley del Cuidado Humano (vigente en 2026)
  • Permiso para cuidado de hijos enfermos: Permisos con y sin remuneración para atender emergencias de salud de hijos menores o con discapacidad
  • Cuidado de familiares dependientes: Permisos para atender a cónyuge, padres o personas con discapacidad que dependan del trabajador
  • Protección ampliada para trabajadores cuidadores: No pueden ser discriminados por sus responsabilidades de cuidado
  • Flexibilidad de jornada: Derecho a solicitar modificación de horario cuando hay necesidades de cuidado justificadas
  • Trabajo remoto preferente: Los trabajadores con responsabilidades de cuidado tienen preferencia para modalidades de teletrabajo cuando el puesto lo permita
  • Salas de lactancia obligatorias: Empresas con 50+ trabajadores deben tener espacios acondicionados para lactancia

Lo que es ILEGAL Respecto a Maternidad/Paternidad

❌ ILEGAL 1: «No Puedes Seguir Trabajando Embarazada»

Lo que hacen: Presionan para que la empleada «acepte» irse antes del parto aduciendo que «no pueden tenerla embarazada en el trabajo».

¿Por qué es ilegal? Discriminación por género y estado civil. Violación grave de la Constitución Art. 43.

Qué hacer: Denuncia inmediata al Ministerio del Trabajo + demanda por discriminación. Este tipo de caso tiene altas probabilidades de sentencia a favor.

❌ ILEGAL 2: Despido «Encubierto» por Vencimiento de Contrato

Lo que hacen: No renuevan el contrato de plazo fijo porque «coincide» con el embarazo, o simplemente dicen «se terminó el contrato».

¿Por qué es ilegal? Incluso con contrato a plazo fijo, si el motivo real del no-pago es el embarazo, es despido discriminatorio. La inamovibilidad aplica aunque sea contrato temporal.

Qué hacer: Demanda por despido discriminatorio. La carga de la prueba está en la empresa — deben demostrar que no fue por el embarazo.

❌ ILEGAL 3: «Las 12 Semanas Salen de tus Vacaciones o Permisos»

Lo que hacen: Descuentan la licencia de maternidad del saldo de vacaciones anuales acumuladas de la empleada.

¿Por qué es ilegal? La licencia de maternidad y las vacaciones anuales son derechos completamente separados. No pueden fusionarse ni compensarse entre sí.

Qué hacer: Reclama tus vacaciones íntegras. Las semanas de maternidad NO consumen días de vacaciones.

❌ ILEGAL 4: Reducción de Salario al Regresar

Lo que hacen: Al volver de la licencia, la empresa «ajusta» el salario de la empleada argumentando que «hubo cambios en la empresa» o «tu puesto fue reestructurado».

¿Por qué es ilegal? Tu salario y cargo deben ser idénticos a los que tenías antes de la licencia. Cualquier reducción motivada por la maternidad es represalia.

Qué hacer: Reclama el salario diferencial retroactivo desde el primer día del «ajuste» + denuncia por represalia laboral.

❌ ILEGAL 5: Negar las 2 Horas de Lactancia

Lo que hacen: Solo otorgan 30 minutos o 1 hora de lactancia, o dicen que «la empresa no tiene esa política».

¿Por qué es ilegal? El Art. 155 del Código del Trabajo establece 2 horas diarias pagadas. No es opcional ni depende de la «política de la empresa».

Qué hacer: Solicita por escrito las 2 horas completas. Si niegan, denuncia al Ministerio del Trabajo con copia de tu contrato y la comunicación de negativa.

Derechos del Recién Nacido

🏥 Cobertura Inmediata del IESS

Tu bebé queda cubierto por el seguro de salud del IESS desde el día del nacimiento si al menos uno de los padres es afiliado. Incluye: controles pediátricos, vacunas del esquema nacional, emergencias y hospitalización.

📋 Registro Civil — Obligatorio

El registro de nacimiento debe hacerse en el Registro Civil dentro de los 30 días del parto. Es gratuito. Sin el registro, el bebé no puede acceder a servicios públicos de salud ni educación.

🤱 Lactancia Materna Protegida

Tu derecho a amamantar durante 2 horas en el trabajo es, en esencia, el derecho de tu bebé a la lactancia materna. La ley lo protege por su impacto en la salud infantil.

🎓 Educación Gratuita Garantizada

Tu hijo tiene derecho a educación pública gratuita desde el nivel inicial. La Constitución garantiza educación universal sin discriminación.

Cómo Solicitar tu Licencia — Proceso Paso a Paso

Para Mamás: Solicitud de Licencia de Maternidad

Paso 1 — Desde el Embarazo: Registra tu Cuenta Bancaria en el IESS

Acude a un Centro de Atención Universal (CAU) del IESS o hazlo en línea en www.iess.gob.ec. Registra la cuenta bancaria donde quieres recibir el subsidio. Hazlo con al menos 15 días antes del parto — si no tienes cuenta registrada, el IESS no puede depositar.

Paso 2 — A las 38 Semanas: Obtén el Certificado Médico Prenatal

Tu médico del IESS o médico habilitado emite el certificado con la fecha probable de parto y la indicación de inicio del reposo prenatal (2 semanas antes del parto). Si el parto es en clínica privada, el certificado debe ser validado por el IESS.

Paso 3 — Notifica a tu Empleador por Escrito

Envía el certificado médico a RR.HH. o tu jefe inmediato con acuse de recibo. Indica la fecha de inicio de tu licencia prenatal. Guarda copia firmada de la notificación — es tu respaldo legal.

Paso 4 — Después del Parto: Presenta el Certificado de Nacimiento al IESS

Con el acta de nacimiento del bebé (del hospital o Registro Civil), completa el trámite en el IESS para activar el período postnatal. El IESS verifica y activa el pago del subsidio postnatal.

Paso 5 — IESS Deposita tu Subsidio Automáticamente

Una vez aprobado, el IESS deposita el subsidio en tu cuenta registrada. El proceso puede tardar hasta 15 días hábiles desde la presentación completa de documentos. Si pasan 20 días sin recibir el pago, llama al 1950 o visita el CAU más cercano.

Para Papás: Solicitud de Licencia de Paternidad

Paso 1 — Después del Nacimiento: Obtén el Acta de Nacimiento

El hospital emite el certificado de nacido vivo. Con ese documento, el Registro Civil emite el acta de nacimiento. Si hay cesárea, prematuridad u otro caso especial, solicita también el certificado médico correspondiente.

Paso 2 — Notifica a tu Empleador ese Mismo Día

Informa a tu empleador (por mensaje o correo si estás en el hospital) que inicias tu licencia de paternidad. Presenta el acta de nacimiento o certificado médico al regresar. Tienes hasta 30 días después del nacimiento para iniciar la licencia.

Paso 3 — Solicita el Subsidio en el IESS

Acude al IESS con: cédula, acta de nacimiento (y certificado médico si hay extensión), número de afiliación, y cuenta bancaria registrada. Solicita la prestación de paternidad según los días que te corresponden.

Paso 4 — Toma tus Días de Licencia

Los días corren continuos desde la fecha que declares. El IESS deposita el 100% de tu salario. Dedica ese tiempo a acompañar a tu familia — es para eso que existe la ley.

Preguntas Frecuentes sobre Maternidad y Paternidad 2026

¿Si el Parto se Adelanta, Pierdo las 2 Semanas Prenatales?

No, nunca pierdes días. Si el parto ocurre antes de las 2 semanas prenatales, los días prenatales que no alcanzaste a tomar se suman al período postnatal. Siempre recibirás los 84 días completos (o 94 si es parto múltiple), independientemente de cuándo ocurra el parto.

¿Si Tenía Período de Prueba, Tengo Derecho a la Licencia?

Sí, absolutamente. El período de prueba no elimina el derecho a licencia de maternidad ni a la protección contra el despido por embarazo. Incluso durante los primeros 90 días de contrato, si quedas embarazada no pueden despedirte por eso. El empleador que lo hace incurre en despido discriminatorio.

¿Las Utilidades y los Décimos se Pagan durante la Licencia?

Sí. Los décimos sueldos XIII y XIV, las utilidades del 15%, y los fondos de reserva se siguen acumulando durante la licencia de maternidad. El tiempo de licencia cuenta como tiempo trabajado para todos los efectos laborales. Tu empleador no puede excluirte de estos beneficios por haber tomado tu licencia.

¿Qué Pasa si Soy Trabajadora Autónoma Afiliada al IESS?

Tienes derecho al subsidio de maternidad del IESS si estás afiliada como trabajadora autónoma, independiente o voluntaria, y cumples los requisitos de aportación (12 meses consecutivos). Los días y montos son los mismos que para trabajadoras en dependencia. La diferencia es que no tienes un empleador que te proteja el puesto — pero el subsidio del IESS te corresponde igual.

¿La Adopción da Derecho a Licencia?

Sí, 15 días para cada progenitor adoptivo. La licencia por adopción comienza desde el día en que la autoridad judicial entrega legalmente al niño a los padres adoptivos. Aplica tanto para la madre como para el padre adoptivo, y el pago también proviene del IESS (o del empleador si el IESS no cubre). Necesitas la resolución judicial de adopción como documento de respaldo.

¿Si Renuncié, Puedo Reclamar Subsidio de Maternidad No Pagado?

Sí, si el incumplimiento ocurrió mientras estabas afiliada. Tienes hasta 3 años para reclamar al IESS o al empleador el pago de un subsidio que te correspondía y no recibiste. Presenta: certificados médicos del embarazo/parto, historial de aportes IESS del período, y notificación que hiciste al empleador.

Si tu Empleador Viola tus Derechos

Estas son las cinco señales más claras de que tu empleador está incumpliendo la ley:

  • No te paga durante maternidad o paternidad
  • Te despide, no renueva contrato, o te presiona a renunciar por el embarazo
  • Reduce tu salario o te baja de categoría al regresar de la licencia
  • Descuenta las 12 semanas de tus vacaciones anuales
  • Solo te da 30 minutos o 1 hora de lactancia en lugar de las 2 horas legales
Paso 1 — Documenta TODO por Escrito

Guarda todos los mensajes, correos y comunicaciones. Presenta reclamos por escrito (no verbales) para que quede registro. Fotografía cualquier comunicado físico que te entreguen.

Paso 2 — Reclamo Interno Escrito

Envía correo formal a RR.HH. o dirección de la empresa citando el artículo legal violado: «Conforme al Art. 155 del Código del Trabajo, solicito el cumplimiento de mis 2 horas diarias de lactancia remunerada. Espero respuesta en 5 días hábiles.»

Paso 3 — Denuncia al Ministerio del Trabajo

Llama al 1800-TRABAJO (1800-872-2256) o visita la oficina provincial del Ministerio del Trabajo. Lleva: contrato, colillas de pago, certificados médicos, y copia del reclamo escrito que enviaste a la empresa. El Ministerio puede convocar a audiencia y ordenar el cumplimiento.

Paso 4 — Denuncia al IESS si no Cobras el Subsidio

Si cumpliste los requisitos y el IESS no depositó, ve al CAU del IESS con todos tus documentos. Si el empleador no reportaba correctamente tus aportes, el IESS puede auditarlo y el empleador queda obligado a compensar la diferencia.

Paso 5 — Demanda Judicial por Discriminación

Con un abogado laboral, puedes demandar por: despido discriminatorio, represalia laboral, daño moral, o incumplimiento del Código del Trabajo. Los casos de despido por embarazo tienen protección legal muy fuerte — los tribunales son especialmente sensibles a estos casos.

Recursos y Contactos Oficiales

Tu Maternidad y Paternidad Son Derechos — No Favores

El nacimiento de un hijo no puede costarte tu trabajo, tu salario ni tu carrera. La ley ecuatoriana lo garantiza, y la Ley del Cuidado Humano de 2023 refuerza esa protección.

  • Mamás: 12 semanas (84 días): 2 semanas prenatal + 10 semanas postnatal, pagadas al 100% por el IESS
  • Papás: desde 10 hasta 25 días: Dependiendo de cesárea, prematuridad o discapacidad del bebé — todos pagados al 100%
  • Lactancia: 2 horas diarias pagadas: Hasta el primer año de vida del bebé — no 30 minutos ni 1 hora
  • Inamovibilidad laboral: Desde el embarazo hasta 12 meses después del parto
  • Cuenta bancaria en IESS registrada: Hazlo con anticipación — sin cuenta no hay depósito
  • 12 aportes consecutivos al IESS: Requisito para el subsidio — verifica desde el primer trimestre
  • Adopción incluida: 15 días para padre y madre adoptiva desde la entrega judicial

Si tu empleador viola alguno de estos derechos, no lo aceptes en silencio. Documenta, reclama por escrito, y denuncia al Ministerio del Trabajo. Tu familia merece esta protección.

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Descargo de Responsabilidad: Este artículo es información general sobre licencia de maternidad y paternidad en Ecuador. No constituye asesoramiento legal específico. Cada situación puede tener particularidades. Para asesoramiento personalizado, consulta con el IESS directamente (1950) o un abogado laboral ecuatoriano.

Última Actualización: 22 de febrero de 2026 • SBU 2026: $482 USD • Referencias Legales: Constitución Art. 43; Código del Trabajo Art. 152, 153, 154, 155; Ley del Derecho al Cuidado Humano (R.O. N° 309, mayo 2023); Ley de Seguridad Social (IESS subsidio maternidad — 12 aportaciones consecutivas)