Liquidación Final Argentina 2026: Despido, Renuncia y Fin de Contrato — Todo lo que Tenés que Cobrar

Liquidación Final Argentina: Guía Completa de Cálculo
📐 Art. 245, 232, 233, 121–123, 150–156, 255 LCT 🧮 Liquidación: Despido, Renuncia, Fin de Contrato ✅ Incluye SAC y Vacaciones Proporcionales ⏰ Plazo Pago: 4 Días Hábiles 🚨 Reforma 2026: Cambios en Indemnización ✅ Actualizado Febrero 2026

📅 Actualizado: Febrero 2026  |  📍 Ley aplicable: LCT 20.744 (Arts. 128, 150–156, 232, 233, 245, 255 bis)  |  💼 Causales: despido sin causa, con causa, renuncia, fin de contrato, jubilación  |  ⏰ Plazo pago: 4 días hábiles desde la extinción  |  🚨 Reforma Laboral 2026: modifica la base de indemnización, no la existencia de la liquidación.

Te despidieron. O renunciaste. O se te venció el contrato. Sea cual sea el motivo, la pregunta es directa: ¿cuánta plata te corresponde de liquidación final? No se trata solo de «uno o dos sueldos»: la liquidación es un conjunto de piezas que la ley arma como un rompecabezas.

En esta guía desarmamos ese rompecabezas en partes claras: qué conceptos siempre se pagan, cuáles dependen del tipo de egreso, cómo se calculan indemnización, preaviso, integración del mes, SAC proporcional y vacaciones, y qué cambia con la Reforma Laboral 2026 para contratos nuevos.

¿Qué es la Liquidación Final?

La liquidación final es el pago total que el empleador te debe cuando termina el vínculo laboral, sin importar por qué se terminó: despido, renuncia, jubilación, fin de contrato o incapacidad.

📌 La liquidación final NO es solo la indemnización

La indemnización por antigüedad (Art. 245) es solo 1 de los bloques. La liquidación final incluye además: días trabajados no pagados, vacaciones no gozadas, aguinaldo (SAC) proporcional, preaviso, integración del mes y, en algunos casos, multas y recargos.

Aunque no tengas derecho a indemnización (por renuncia o justa causa), igual siempre corresponde una liquidación final con haberes pendientes, vacaciones y SAC.

Todos los Componentes de una Liquidación Final

Al terminar la relación laboral, algunos rubros siempre van a estar presentes, y otros dependen de si hubo despido con o sin causa, renuncia o fin de contrato. Esta tabla resume el mapa completo.

Concepto Base Legal Cuándo Aplica Fórmula Básica
Días trabajados del mes Art. 128 LCT Siempre (Sueldo mensual ÷ 30) × días trabajados
Vacaciones no gozadas Arts. 150–156 LCT Siempre (si quedaban días pendientes) (Sueldo mensual ÷ 25) × días de vacaciones proporcionales
SAC proporcional semestre Ley 23.041, Arts. 121–123 LCT Siempre (Mejor sueldo del semestre ÷ 12) × meses o días trabajados
Indemnización por antigüedad Art. 245 LCT Solo despido sin causa / despido indirecto Mejor remuneración mensual × años (con fracción > 3 meses)
Preaviso sustitutivo Art. 232 LCT Despido sin preaviso o con preaviso insuficiente 1 sueldo (hasta 5 años) u 2 sueldos (más de 5 años)
Integración del mes de despido Art. 233 LCT Despido sin preaviso y antes del último día del mes (Sueldo ÷ 30) × días faltantes para fin de mes
SAC sobre preaviso / integración / vacaciones Art. 123 LCT Si hay esos conceptos Monto de cada concepto ÷ 12
Multa por falta de certificados Art. 80 LCT Si no entregan certificados dentro de 30 días 3 sueldos mensuales

La “Mejor Remuneración Mensual” que Dispara la Indemnización

Para los casos de despido sin causa o despido indirecto, el corazón de la liquidación es la indemnización por antigüedad del Art. 245. Y esa indemnización depende de una sola cifra: tu mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año (o últimos 6 meses si se aplica la Reforma).

⚠️ No es tu sueldo de bolsillo “promedio” — es tu mejor mes, con todos los conceptos habituales

Se toma el mes donde más cobraste de manera normal: sueldo básico, comisiones habituales, horas extra regulares, premios mensuales, adicionales por título o antigüedad, etc. Quedan afuera los pagos extraordinarios (bonos únicos, premios excepcionales, gastos reintegrados, etc.).

La Reforma Laboral 2026 (pendiente de promulgación) mantiene este criterio de “normal y habitual”, pero recorta la ventana de cálculo a los últimos 6 meses y excluye expresamente el SAC de la base.

Caso #1 — Despido Sin Causa (5 Años de Antigüedad)

📌 Juan — Despido sin causa después de 5 años Despido el día 15 del mes — sueldo fijo, convenio de comercio
Sueldo Mensual $600.000
Mejor Sueldo Último Año $650.000
Antigüedad 5 años
Día de Despido 15 del mes
Vacaciones Pendientes 14 días
Causa Sin causa
1. Indemnización por antigüedad (Art. 245)
Mejor remuneración × años trabajados
$650.000 × 5
$3.250.000
2. Preaviso sustitutivo (Art. 232)
Más de 5 años: 2 meses — Juan tiene 5 → 1 mes
Sueldo mensual $600.000
$600.000
3. Integración del mes de despido (Art. 233)
Despido el día 15 → faltan 15 días para fin de mes
($600.000 ÷ 30) × 15
$300.000
4. Días trabajados del mes
Trabajó 15 días efectivos
($600.000 ÷ 30) × 15
$300.000
5. Vacaciones no gozadas
14 días pendientes
($600.000 ÷ 25) × 14
$336.000
6. SAC proporcional (semestre + SAC sobre preaviso, integración, vacaciones)
Estimación conjunta SAC semestre + SAC sobre cada concepto
Aprox. 1/12 de (sueldo + preaviso + integración + vacaciones)
~$360.000
💰 TOTAL LIQUIDACIÓN JUAN (estimada, antes de retenciones) ~$5.146.000

Los montos de SAC son aproximados para simplificar la lectura. La calculadora de FiniquitoJusto aplica las fórmulas exactas por días y meses trabajados.

Caso #2 — Renuncia Voluntaria (10 Años de Antigüedad)

📌 María — Renuncia voluntaria después de 10 años Renuncia el día 20 del mes — sin indemnización Art. 245
Sueldo Mensual $800.000
Antigüedad 10 años
Día de Renuncia 20 del mes
⚠️ En renuncia NO hay indemnización por antigüedad

La renuncia voluntaria común no genera Art. 245. Solo hay indemnización si se trata de una renuncia indirecta (cuando vos intimás por incumplimientos graves del empleador y te considerás despedida).

1. Días trabajados del mes
20 días
($800.000 ÷ 30) × 20
$533.333
2. Vacaciones no gozadas
10 años → 21 días de vacaciones al año. Suponiendo que no tomó los días del año en curso.
($800.000 ÷ 25) × 21
$672.000
3. SAC proporcional
Semestre en curso + SAC sobre vacaciones
Estimación: ~1/12 de sueldo × meses trabajados + 1/12 de vacaciones
~$170.000
💰 TOTAL LIQUIDACIÓN MARÍA (renuncia voluntaria) ~$1.375.333

Si en lugar de renunciar la hubiesen despedido sin causa, habría sumado además la indemnización del Art. 245 (10 sueldos) y el preaviso, multiplicando varias veces este monto.

Caso #3 — Despido con Justa Causa (8 Años de Antigüedad)

📌 Carlos — Despido con justa causa después de 8 años Motivo alegado: inasistencias reiteradas
Sueldo Mensual $700.000
Antigüedad 8 años
Día de Despido 10 del mes
⚠️ Despido con justa causa = sin Art. 245 ni preaviso

Si la justa causa está bien probada, el empleador no paga indemnización por antigüedad ni preaviso. Solo debe abonar haberes pendientes, vacaciones y SAC.

1. Días trabajados del mes
10 días
($700.000 ÷ 30) × 10
$233.333
2. Vacaciones no gozadas
8 años → 21 días de vacaciones teóricas. Supongamos 14 días pendientes.
($700.000 ÷ 25) × 14
$392.000
3. SAC proporcional
Semestre + SAC sobre vacaciones (aprox.) ~$120.000
💰 TOTAL LIQUIDACIÓN CARLOS (si la justa causa se prueba) ~$745.333
⚠️ Carga de la prueba: el empleador

Si el empleador no logra probar la justa causa, el despido se considera sin causa y debe pagar toda la indemnización del Art. 245, el preaviso y la integración del mes. La diferencia puede ser de varios millones de pesos.

SAC Proporcional en la Liquidación Final

El SAC (aguinaldo) es una de las partes más confusas de la liquidación final. Siempre hay dos niveles: el SAC “del semestre” (por el tiempo trabajado hasta la fecha de salida) y el SAC calculado sobre los demás conceptos de la liquidación (vacaciones, preaviso, integración, etc.).

📐 Fórmula práctica de SAC proporcional en liquidación

1) SAC semestre en curso: (mejor sueldo del semestre ÷ 12) × meses trabajados (o por días, para mayor precisión).

2) SAC sobre otros conceptos: monto de cada concepto ÷ 12 (SAC sobre vacaciones, sobre preaviso, sobre integración del mes).

En total, tu SAC en la liquidación final suele equivaler a algo más de un “medio sueldo” sumando todas las porciones.

Plazo Legal para Pagar la Liquidación — Art. 255 bis LCT

El plazo para pagar la liquidación final es corto y claro: 4 días hábiles desde la extinción de la relación laboral para trabajadores mensualizados o quincenales.

⏰ Art. 128 y 255 bis LCT — Plazo Máximo de Pago

El empleador debe pagar todos los haberes e indemnizaciones de la liquidación final dentro de los 4 días hábiles posteriores al despido, renuncia, jubilación o fin de contrato. Si paga después, entra en mora y corresponden intereses.

Este plazo aplica “cualquiera sea la causa” de la extinción: despido, renuncia, jubilación, incapacidad, etc.

💡 ¿Qué podés hacer si no te pagan a tiempo?

1) Enviá un telegrama laboral gratuito intimando el pago de la liquidación y detallando los rubros.

2) Si no responden, podés denunciar en el Ministerio de Trabajo y/o iniciar demanda judicial con intereses y multas.

En muchos casos, la demora sola ya genera intereses suficientes como para hacer valer el reclamo.

Reforma Laboral 2026: Qué Cambia en la Liquidación Final

La Reforma Laboral 2026 (aprobada en el Congreso y pendiente de promulgación al 24/02/2026) no elimina la liquidación final ni el derecho a cobrar vacaciones, SAC y haberes pendientes. Los cambios se concentran en la forma de calcular la indemnización del Art. 245 y su rol dentro del sistema.

Aspecto Situación Actual (2026) Con Reforma (para contratos nuevos) Impacto
Ventana de cálculo Art. 245 Mejor sueldo de los últimos 12 meses Mejor sueldo de los últimos 6 meses Puede bajar la base si tu mejor mes quedó fuera de esa ventana
SAC en la base Puede influir indirectamente en el mejor mes Excluido expresamente Reduce la base de indemnización en años con muchos extras
Vacaciones en la base Ya excluidas en la práctica Exclusión explícita Neutral
Única reparación Indemnización + posibilidad de otros reclamos Indemnización Art. 245 como única reparación (salvo delitos) Limita demandas adicionales por daños en contratos nuevos
Retroactividad Rigen normas actuales No retroactiva Contratos anteriores mantienen el régimen vigente al momento de su firma

Preguntas Frecuentes

¿Se cobra indemnización por antigüedad en renuncia?

No en una renuncia voluntaria común. Solo se cobra indemnización del Art. 245 si la renuncia es en realidad un despido indirecto (vos intimás, el empleador no corrige y te considerás despedido).

¿El despido tiene que ser por escrito?

Sí. Debe instrumentarse por telegrama laboral, carta documento o acta ante autoridad laboral. Un “despido verbal” abre la puerta a que vos intimes por escrito y, si no te responden, te consideres despedido con derecho a indemnización.

¿Puedo reclamar diferencias después de cobrar la liquidación?

Sí. Tenés 2 años desde la extinción del contrato para reclamar diferencias mal calculadas, incluso si firmaste recibos de pago. Lo firmado no valida renuncias de derechos irrenunciables.

¿Qué pasa si el empleador “no tiene plata” o está endeudado?

Las dificultades financieras del empleador no lo eximen de pagar. Podés demandar y trabar embargos sobre bienes y cuentas; en concursos o quiebras, tu crédito laboral tiene prioridad sobre otros acreedores.

¿Cómo sé si me conviene renunciar o forzar un despido indirecto?

Si el empleador viene incumpliendo sistemáticamente (no paga, no registra, acosa, modifica funciones de forma grave), renunciar “sin más” puede hacerte perder una indemnización millonaria. En esos casos, conviene asesorarte y evaluar una intimación y despido indirecto.

🧮 Calculá tu Liquidación Final Exacta en 2 Minutos — Gratis

Cargás tu sueldo, fecha de ingreso y de egreso, tipo de salida (despido, renuncia, fin de contrato) y si tenés comisiones. La calculadora aplica todas las fórmulas legales 2026 y te muestra el total y cada rubro.

→ Ir a la Calculadora de Liquidación Argentina 2026

Descargo de Responsabilidad

Esta guía está actualizada a febrero de 2026 y se basa en la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (Arts. 128, 150–156, 232, 233, 245, 255 bis), la Ley 23.041 (SAC) y normativa complementaria. La información sobre la Reforma Laboral 2026 refleja el estado legislativo al 24/02/2026, pendiente de promulgación y publicación en el Boletín Oficial. Los ejemplos numéricos son orientativos y no sustituyen una liquidación profesional ni el asesoramiento de un abogado o contador. Cada caso requiere revisar el convenio colectivo aplicable, la categoría y las circunstancias puntuales de la desvinculación.


Legal

Última actualización: Febrero 2026 — FiniquitoJusto.com
Liquidación Final | Despido Sin Causa | Renuncia | Fin de Contrato | Indemnización Art. 245 | SAC Proporcional | Vacaciones No Gozadas | Reforma Laboral 2026