Período de Prueba en Perú 2026: Liquidación Completa, Derechos y Cuándo el Despido es Nulo Art. 10 DL 728

Período de Prueba en Perú

🆕 Datos clave actualizados para 2026:

RMV 2026 S/ 1,130 DS N° 006-2024-TR
Asig. Familiar S/ 113 10% de RMV · Ley 25129
Período Prueba 3 meses Trabajador común
Prescripción 4 años Art. 36 DL 728
  • RMV sube de S/ 1,025 a S/ 1,130 — todos los cálculos de este artículo usan el valor 2026 correcto
  • Asignación familiar sube de S/ 102.50 a S/ 113 — actualizado para trabajadores con hijos
  • No hay cambios en la duración del período de prueba (DL 728, Art. 10 vigente sin modificaciones en 2026)
  • Personal de dirección: período de prueba puede extenderse hasta 1 año (no 6 meses como se indica erróneamente en muchos sitios)

⏱️ ¿Estás en período de prueba y te preguntas cuáles son tus derechos? La respuesta corta: tienes casi todos.

El período de prueba en Perú dura 3 meses para el trabajador común. Durante ese tiempo, la empresa puede despedirte sin invocar causa específica y sin pagarte indemnización. Pero eso es lo único que pierdes. Recibes sueldo completo, CTS proporcional, gratificación trunca, vacaciones truncas, seguro EsSalud y AFP desde el primer día. Y hay 7 situaciones donde el despido es completamente nulo incluso dentro del período de prueba.

Esta guía explica con precisión la duración legal, los cálculos exactos de liquidación con datos 2026 actualizados, cuándo el despido es nulo, y qué hacer si empresa no paga o extiende ilegalmente el período de prueba.

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Qué Es el Período de Prueba y Cuánto Dura en 2026 Art. 10 DL 728

El período de prueba es el tiempo inicial de un contrato laboral durante el cual tanto el trabajador como la empresa pueden terminar la relación sin necesidad de justificar causa específica y sin pagar indemnización. Su objetivo es que ambas partes evalúen si la relación laboral funciona bien antes de comprometerse plenamente.

La ley peruana (Art. 10 del TUO del Decreto Legislativo N° 728) establece los plazos máximos de manera clara:

Tipo de Trabajador Duración Período de Prueba ¿Debe Constar por Escrito?
Trabajador común 3 meses No obligatorio (es el plazo legal estándar)
Trabajador calificado / de confianza Hasta 6 meses ✅ SÍ — obligatorio por escrito
Personal de dirección Hasta 1 año ✅ SÍ — obligatorio por escrito
Microempresa (<10 trabajadores) 3 meses No obligatorio
Pequeña empresa (10-100 trabajadores) Hasta 6 meses ✅ SÍ — convenir por escrito

📅 ¿Cómo se cuenta el período? Desde el primer día de trabajo efectivo, incluyendo días de capacitación, inducción o entrenamiento inicial. Si empezaste el 1 de marzo, tu período de prueba de 3 meses termina el 31 de mayo. El día 1 de junio ya tienes protección completa contra el despido arbitrario.

⚠️ Excepción importante: trabajadores exonerados del período de prueba. Según el Art. 44 del DL 728, están exonerados del período de prueba: (a) los trabajadores que ingresaron por concurso; y (b) los que reingresan al mismo empleador, salvo que reintegren en un puesto notoriamente distinto. Si eres recontratado por tu empresa anterior en el mismo tipo de cargo, podrías tener protección completa desde el primer día.

Tus Derechos Completos Durante el Período de Prueba

El mito más peligroso en el mundo laboral peruano es que «en período de prueba no tienes derechos.» La realidad legal es muy diferente: tienes casi todos los derechos de un trabajador regular. Lo único que no tienes es protección contra el despido arbitrario.

💰
Sueldo Completo
✅ SÍ — mínimo S/ 1,130
🏦
CTS Proporcional
✅ SÍ — desde mes 1
🎁
Gratificación Trunca
✅ SÍ — proporcional
🏖️
Vacaciones Truncas
✅ SÍ — proporcional
👨‍👩‍👧
Asig. Familiar
✅ SÍ — S/ 113 (2026)
🏥
EsSalud
✅ SÍ — desde día 1
🔒
AFP / ONP
✅ SÍ — obligatorio
🛡️
Despido Nulo
✅ SÍ — 7 causales
⚖️
Protec. Despido Arbitrario
❌ NO durante prueba

Regla de oro 2026: El período de prueba solo suspende un derecho — la protección contra el despido arbitrario. Todos los demás derechos laborales están vigentes desde el primer día. Si empresa no te paga CTS, gratificación, vacaciones o sueldo mínimo durante el período de prueba, está violando la ley y puedes denunciar ante SUNAFIL.

Liquidación Si Te Despiden Durante el Período de Prueba

Si la empresa te despide antes de cumplir los 3 meses, tu liquidación incluye todos los beneficios acumulados de forma proporcional al tiempo trabajado. No hay descuentos ni penalidades por haber estado poco tiempo.

LIQUIDACIÓN PERÍODO DE PRUEBA 2026 = 1. SUELDO PENDIENTE = (Sueldo mensual ÷ 30) × días trabajados en el mes actual 2. CTS PROPORCIONAL = Remuneración Computable × (meses completos trabajados ÷ 12) Remuneración Computable = Sueldo + Asignación Familiar (si aplica) 3. GRATIFICACIÓN TRUNCA = (Sueldo ÷ 6) × meses trabajados en período actual (julio–dic o ene–jun) 4. VACACIONES TRUNCAS = (Sueldo ÷ 12) × meses trabajados (equivale a 2.5 días por mes trabajado) 5. UTILIDADES = Solo si empresa tuvo utilidades ese año (proporcional a días trabajados) ❌ NO INCLUYE: Indemnización por despido arbitrario ──────────────────────────────────────────────────────── EJEMPLO COMPLETO — 2026: Trabajador: Jorge, empezó el 1 de enero 2026 Despedido: 15 de febrero 2026 (1.5 meses trabajados) Sueldo: S/ 2,800/mes · Sin asignación familiar 1. Sueldo pendiente (15 días de febrero): 2,800 ÷ 30 × 15 = S/ 1,400 2. CTS proporcional (1 mes completo = enero): 2,800 × (1 ÷ 12) = S/ 233 3. Gratificación trunca (período ene–jun, 1.5 meses): (2,800 ÷ 6) × 1.5 = S/ 700 4. Vacaciones truncas (1.5 meses = 2.5 días × 1.5 = 3.75 días): (2,800 ÷ 30) × 3.75 = S/ 350 ───────────────────────── TOTAL BRUTO: S/ 2,683 AFP (10%): − S/ 268 TOTAL NETO: ~S/ 2,415 ───────────────────────── ❌ Indemnización: S/ 0 (período de prueba)

⚠️ Plazo de pago: La empresa tiene 48 horas hábiles desde tu último día de trabajo para depositar la liquidación completa. Si no pagan en ese plazo, desde la hora 49 comienzan a correr intereses moratorios según la tasa del BCR. Puedes denunciar ante SUNAFIL si no reciben el pago puntual.

Cuatro Casos Reales: Despido y Renuncia en Período de Prueba

Caso 1 — Carlos: Despedido en Mes 2 (Liquidación Proporcional)

📋 Empresa constructora, Lima · Sueldo: S/ 3,000 · Despedido el 28 de febrero (2 meses completos)
  • Motivo dado por empresa: «No encajas en el equipo» — válido durante período de prueba
  • Sueldo pendiente: S/ 0 (trabajó el mes completo, ya le pagaron en planilla)
  • CTS (2 meses): 3,000 × (2 ÷ 12) = S/ 500
  • Gratificación trunca (2 meses del semestre ene–jun): (3,000 ÷ 6) × 2 = S/ 1,000
  • Vacaciones truncas (2 meses = 5 días): (3,000 ÷ 30) × 5 = S/ 500
  • Indemnización: S/ 0 — período de prueba
Total bruto: S/ 2,000 · Total neto: ~S/ 1,800
Carlos cobró toda la liquidación proporcional correctamente. La empresa pagó dentro de las 48 horas.

Caso 2 — Patricia: Renuncia a los 45 Días (Aviso de 15 Días)

📋 Empresa retail, Miraflores · Sueldo: S/ 2,500 · Renunció el 15 de febrero (comenzó el 1 de enero)
  • Contrató nuevo trabajo con mejor oferta — dio 15 días de aviso según contrato
  • Sueldo pendiente (15 días del mes): 2,500 ÷ 30 × 15 = S/ 1,250
  • CTS (1 mes completo = enero): 2,500 × (1 ÷ 12) = S/ 208
  • Gratificación trunca (1.5 meses): (2,500 ÷ 6) × 1.5 = S/ 625
  • Vacaciones (1.5 meses = 3.75 días): (2,500 ÷ 30) × 3.75 = S/ 313
Total bruto: S/ 2,396 · Total neto: ~S/ 2,160
Patricia recibió exactamente la misma liquidación que si la hubieran despedido. La renuncia durante período de prueba no reduce los beneficios acumulados.

Caso 3 — Miguel: Completó el Período de Prueba (Continúa)

📋 Empresa de servicios, San Isidro · Sueldo: S/ 3,500 · Período de prueba enero–marzo
  • Completó 3 meses satisfactoriamente — empresa lo confirmó en el cargo
  • Desde el 1 de abril: ya NO es período de prueba
  • Si la empresa lo despide desde el 1 de abril sin causa: le debe indemnización de 1.5 sueldos por año
  • Los 3 meses del período de prueba cuentan para antigüedad, vacaciones y CTS acumulado
Miguel no recibe liquidación especial al completar el período de prueba — simplemente continúa trabajando con protección completa. Sus 3 meses ya acumulados cuentan para todos los cálculos futuros.

Caso 4 — Ana: Despido Discriminatorio en Prueba (Despido NULO)

📋 Empresa minorista, Surco · Sueldo: S/ 2,800 · Despedida en mes 2 al anunciar embarazo
  • Comunicó su embarazo el lunes — fue despedida el miércoles «por no encajar»
  • La cronología de 2 días hace evidente que el motivo real fue el embarazo
  • Tenía el certificado médico de embarazo con fecha anterior al despido
  • Denunció a SUNAFIL con esa evidencia y fue al Juzgado Laboral
Resultado: Despido declarado NULO por discriminación de género. El período de prueba no protege los despidos discriminatorios. Ana eligió indemnización especial en lugar de reposición: liquidación completa + compensación adicional. Total recibido: ~S/ 14,500. La empresa también fue multada por SUNAFIL con 10 UIT = S/ 55,000.

Los 7 Despidos NULOS Incluso en Período de Prueba IMPORTANTE

Aunque el período de prueba permite el despido sin causa, existen 7 situaciones donde el despido es absolutamente nulo de pleno derecho, incluso si el trabajador está en sus primeros días o semanas. En estos casos, puedes exigir reposición al cargo o una indemnización especial superior ante el Juzgado Laboral.

  • 1
    Embarazo o período de gestación

    Despedir a una trabajadora embarazada o hasta 90 días después del parto es despido nulo (Ley N° 26626). La empresa debe demostrar una causa justa grave completamente independiente del embarazo. La cronología temporal es evidencia clave: si el despido ocurre poco después del anuncio del embarazo, se presume discriminación.

  • 2
    Afiliación sindical o representación laboral

    Despedir por pertenecer a un sindicato, fundar uno, o participar en actividades sindicales es nulo. La libertad sindical está garantizada por el Art. 28 de la Constitución peruana y no puede ser restringida durante el período de prueba.

  • 3
    Discriminación (raza, sexo, religión, orientación, discapacidad)

    El Art. 29 del DL 728 prohíbe expresamente el despido por motivos discriminatorios. Esto incluye: raza, origen, sexo, idioma, religión, opinión política, condición económica, discapacidad, edad, o cualquier otra condición. El período de prueba no exime de esta protección constitucional.

  • 4
    Represalia por reclamar derechos laborales

    Si el despido ocurre después de que el trabajador reclamó horas extra no pagadas, sueldo mínimo, CTS, o cualquier otro derecho laboral, se configura represalia. El despido por represalia es nulo, independientemente de que estés en período de prueba.

  • 5
    Licencia por enfermedad grave o incapacidad temporal

    Despedir a un trabajador mientras está con licencia médica por enfermedad grave o incapacidad temporal comprobada con certificado médico es considerado discriminatorio. La empresa puede despedir al retorno del trabajador si hay una causa legítima, pero no durante la licencia.

  • 6
    Candidatura o cargo de representante de trabajadores

    Los candidatos a delegados, dirigentes sindicales o representantes ante organismos laborales gozan de protección especial. Despedir a un candidato durante el proceso de elección es nulo, incluso si está en período de prueba.

  • 7
    Represalia por denunciar hostigamiento o acoso sexual

    Despedir a un trabajador que denunció acoso sexual o hostigamiento laboral ante la empresa o autoridades competentes es una represalia expresamente prohibida (Ley N° 27942). El despido en estas condiciones es nulo y puede derivar en responsabilidad penal para el empleador.

⚠️ ¿Cómo demuestras que el despido fue por una de estas causas? La evidencia más efectiva es la cronología: despedido 2 días después de anunciar embarazo, o 3 días después de reclamar horas extra. Guarda todos los correos, mensajes, y documentos relevantes. En muchos casos, el Juzgado Laboral presume la causalidad discriminatoria cuando la proximidad temporal es evidente.

Período de Prueba vs Contrato Regular: Diferencias Clave

Aspecto Durante Período de Prueba (≤3 meses) Después del Período de Prueba (>3 meses)
Despido sin causa ✅ Permitido (sin justificar) ❌ Arbitrario — requiere causa justa
Indemnización por despido ❌ NO aplica ✅ SÍ — 1.5 sueldos × año si arbitrario
Sueldo mínimo (RMV 2026) ✅ SÍ — mínimo S/ 1,130 ✅ SÍ — mínimo S/ 1,130
CTS ✅ SÍ — proporcional desde mes 1 ✅ SÍ — semestral completo
Gratificación ✅ SÍ — trunca proporcional ✅ SÍ — completa en julio/dic
Vacaciones ✅ SÍ — truncas proporcionales ✅ SÍ — 30 días al año
Asignación familiar (2026) ✅ SÍ — S/ 113 si tienes hijos ✅ SÍ — S/ 113 si tienes hijos
EsSalud ✅ SÍ — desde día 1 ✅ SÍ
Protección contra despido nulo ✅ SÍ — 7 causales protegidas ✅ SÍ — todas las causales
Tiempo cuenta para antigüedad ✅ SÍ — cuenta completamente ✅ SÍ

Aviso Previo Si Renuncias en Período de Prueba

Si eres tú quien decide renunciar durante el período de prueba, debes respetar el aviso previo pactado en el contrato. La renuncia sin aviso puede permitir a la empresa descontarte días del último sueldo.

Situación Aviso Previo Requerido Consecuencia de No Avisar
El contrato especifica un plazo El plazo indicado en contrato (típico: 15–30 días) La empresa puede descontar los días no trabajados del aviso
El contrato no especifica plazo 30 días calendario (norma general Art. 18 DL 728) La empresa puede descontar hasta 30 días
Acuerdo mutuo de terminación inmediata Ninguno — acuerdan la fecha Sin consecuencias si empresa acepta

💡 Consejo práctico: Si quieres renunciar en período de prueba porque encontraste mejor oportunidad, conversa directamente con la empresa. Muchos empleadores prefieren liberar al trabajador inmediatamente (ahorran costos de planilla) y negocian la exoneración del preaviso. Si aceptan por escrito, no hay riesgo de descuento. Formaliza el acuerdo en un correo o documento firmado.

Extensión Ilegal del Período de Prueba: Cómo Detectarla

La ley peruana no permite extender el período de prueba más allá de los plazos legales. Algunas empresas intentan hacerlo ilegalmente para mantener la facultad de despedir sin causa durante más tiempo.

🚨 Estas prácticas son ILEGALES en Perú 2026:

  • «Tu período de prueba se extiende a 6 meses» si eres trabajador común sin cargo de confianza — solo aplica 3 meses por ley
  • Terminar el contrato en el mes 2.9 y rehacerlo con «nuevo período de prueba» — fraude laboral; la continuidad de la relación hace que el período original no se interrumpa
  • Extensión verbal sin documento escrito — toda ampliación del período de prueba debe constar en documento firmado por ambas partes para ser válida
  • Usar un contrato a plazo fijo repetitivo para evitar que superes el período de prueba — si hay continuidad laboral real, el período de prueba ya se cumplió

Caso válido de extensión: Si trabajabas en un cargo regular y te ascendieron a un puesto de confianza o dirección, se puede acordar por escrito un nuevo período de prueba para el nuevo cargo. Pero el período del cargo anterior ya está cumplido y no puede retroactivamente eliminarse.

Checklist: Protege Tus Derechos Desde el Día 1

Si acabas de iniciar un trabajo nuevo en período de prueba, verifica estos puntos en los primeros días:

  • ¿Tienes contrato de trabajo escrito? Exige una copia firmada antes del tercer día. Si el contrato dice «período de prueba: 6 meses» y eres trabajador común sin cargo de confianza, ese plazo extra es ilegal.

  • ¿El sueldo es al menos S/ 1,130 (RMV 2026)? Si es menor, ya están violando la ley desde el primer día. Si recibes comisiones o bonos variables, el sueldo base fijo no puede ser menor a la RMV.

  • ¿Apareces en planilla PLAME? Verificable en sunat.gob.pe con tu DNI. Si después del cuarto día no estás registrado, la empresa está evadiendo aportes a EsSalud y AFP, lo cual afecta tu cobertura médica.

  • ¿Tienes seguro EsSalud activo? Comprúebalo en essalud.gob.pe. Debe estar activo desde la primera semana. Sin seguro activo no puedes atenderte.

  • ¿Te están descontando AFP u ONP? Verifica en tu primera boleta. Si no aparecen los descuentos de pensión, la empresa no está haciendo los aportes obligatorios.

  • ¿Tienes hijos? ¿Presentaste los documentos para asignación familiar? Entrega copia del DNI y partida de nacimiento de tus hijos al área de RRHH el primer día. La asignación familiar de S/ 113 (2026) no se paga automáticamente — debes solicitarla.

  • ¿Guardas copias de todo? Correos de confirmación de ingreso, mensajes relevantes, copia de contrato, primera boleta. Si hay problema futuro, esa documentación es tu mejor defensa.

  • ¿Conoces la duración exacta de tu período de prueba? Anota la fecha exacta en que cumples los 3 meses (o 6 si firmaste extensión válida). A partir de ese día, si la empresa te despide sin causa, te debe indemnización completa.

Preguntas Frecuentes: Período de Prueba 2026

¿Si me despiden el día 89 (faltando 1 día), es válido?

Sí. El período de prueba dura hasta completar exactamente los 3 meses (90 días calendario desde el primer día de trabajo). El día 89 aún está dentro del período. La empresa puede despedirte ese día sin causa y sin indemnización. Al día 91, ya tienes protección completa.

¿La empresa debe avisarme antes de despedirme en período de prueba?

No legalmente, pero depende del contrato. La ley no obliga a un preaviso antes del despido durante el período de prueba. Sin embargo, si el contrato establece un aviso de, por ejemplo, 15 días, la empresa debe cumplirlo y pagarte esos días si no los trabaja. Siempre revisa las cláusulas de tu contrato.

¿El período de prueba cuenta para el cálculo de vacaciones después del año?

Sí, completamente. El período de prueba cuenta como tiempo efectivamente trabajado para todos los efectos: antigüedad, CTS acumulado, gratificaciones, y el cómputo del año necesario para las vacaciones de 30 días. Si empezaste el 1 de enero en período de prueba y continúas hasta el 31 de diciembre, tienes derecho a 30 días de vacaciones en el año siguiente.

¿Me pueden pagar menos del sueldo acordado «por ser período de prueba»?

No. El período de prueba no autoriza a pagar menos de lo acordado en el contrato ni menos de la RMV (S/ 1,130 en 2026). Si la empresa te paga menos arguyendo que «es período de prueba», está cometiendo una infracción laboral. Puedes denunciar ante SUNAFIL inmediatamente.

¿Si me enfermo en período de prueba, pueden despedirme por faltar?

Depende. Si presentas certificado médico dentro de las 48 horas de la inasistencia, las faltas por enfermedad son justificadas y no pueden ser la causa formal del despido. Sin embargo, durante el período de prueba, la empresa podría despedirte «sin causa» (sin mencionar la enfermedad). Ese despido sería válido en principio, a menos que la enfermedad sea grave y demuestes que el motivo real fue discriminatorio.

¿Puedo negociar un período de prueba más corto?

Sí. El artículo 10 del DL 728 establece que el período de prueba es de «tres meses como máximo» pero las partes pueden acordar un período más corto. Si la empresa confía en tu experiencia y trayectoria, puedes negociar reducirlo a 30 o 45 días. Cualquier reducción debe constar en el contrato escrito.

💰 ¿Terminó o está por terminar tu período de prueba? Calcula exactamente cuánto te corresponde:

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