🇦🇷 Calculadora de Liquidación Final e Indemnización Argentina 2026
Simulador de Despido y Renuncia según Ley de Contrato de Trabajo (LCT 20.744)
🎯 Guía 2026: ¿Cómo calcular tu Liquidación por Despido o Renuncia?
Nuestra herramienta aplica las fórmulas oficiales de la Ley 20.744 (LCT) y la Ley 27.742 (Bases) para calcular tu liquidación con precisión, incluyendo el SMVM $346.800 vigente en 2026 y el nuevo Art. 245 bis por despido discriminatorio.
📝 Identificar tu Mejor Remuneración Mensual, Normal y Habitual (MRMNH)
Completá la información básica de tu relación laboral:
- Fechas: Ingreso y egreso exactos (la calculadora mide al día)
- Salario: Mejor remuneración mensual, normal y habitual (bruto)
- Tipo: Fijo mensual o variable — los últimos 12 meses (Art. 245 LCT)
- Preaviso: Si el empleador te otorgó o no los días de aviso previo
- Días trabajados: Días trabajados en el mes del despido
- Vacaciones: Días de vacaciones no gozadas pendientes
⚙️ Aplicar la regla de la fracción mayor a 3 meses
La calculadora aplica cada artículo en el orden legal correcto:
🎯 Calcular las Vacaciones no gozadas y el SAC sobre rubros indemnizatorios
La calculadora detecta y aplica estas reglas sin que debas hacer nada:
Si trabajaste 4 años y 4 meses, se cuentan 5 años completos según Art. 245 LCT.
Ley 27.742 extendió el período de prueba de 3 a 6 meses. Sin indem. Art. 245.
Para salarios variables, se toma el salario más alto de los últimos 12 meses como base indemnizatoria.
Despido en período de protección maternal: indemnización Art. 245 × 2 (hasta 7.5 meses antes/después del parto).
Si el tope del CCT reduce más del 33% del salario real, se aplica el piso del 67% (fallo CSJN «Vizzoti»).
Nuevo en Ley 27.742: despido por razones discriminatorias recibe +100% sobre la indemnización Art. 245.
Recibís un desglose profesional con cuatro componentes:
Herramienta exclusiva para tomar la mejor decisión antes de firmar:
Guardá o compartí tu liquidación con quién necesites:
LCT 20.744 + Ley 27.742 + SMVM Feb-2026
Despido discriminatorio incluido (único en 2026)
Resultado completo en menos de 1 segundo
Sin servidores · sin registro · sin cookies de datos
Funciona perfecto en celular, tablet y PC
Sin costos, sin registro, sin límites de uso
Esta calculadora está actualizada con:
- Ley 20.744 (LCT) — Ley de Contrato de Trabajo · argentina.gob.ar
- Ley 27.742 — Reforma Laboral (Ley Bases, efectiva desde jul-2024) · texto oficial
- Art. 92 bis LCT mod. — Período de prueba 6 meses (Ley 27.742)
- Art. 245 bis LCT — Agravante despido discriminatorio (Ley 27.742)
- Ley 25.323 — Sanciones por trabajo no registrado (Art. 1 y Art. 2)
- SMVM $346.800 — Resolución 9/2025 · argentina.gob.ar/trabajo/smvm
- Doctrina Vizzoti — Fallo CSJN: piso 67% del salario real en tope CCT
ℹ️ Nota: Esta calculadora es una herramienta educativa orientativa. Los resultados son estimaciones. Para casos específicos consultá a un abogado laboralista o la MTSS.
Ingresá tus datos arriba y en segundos tenés el cálculo completo según la ley argentina 2026.
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📚 5 Ejemplos Reales de Indemnización Laboral en Argentina
Casos reales con montos actualizados a 2026. Clickeá en cualquier tarjeta para ver el paso a paso completo, o cargá el ejemplo directo en la calculadora.
Despido sin causa, 5 años exactos de antigüedad. Salario fijo mensual. Empleador no otorgó preaviso. Sin agravantes.
Art. 231-232 LCT: antigüedad real ≥ 5 años = 2 meses. Jorge tiene exactamente 5 años → aplica 2 meses. La regla es ≥ 5 años (no > 5 años).
Mínimo legal: $346.800 × 5a = $1.734.000. El cálculo da $7.500.000 → el piso NO se aplica. Jorge recibe el cálculo real.
SAC base del semestre + SAC sobre los 2 meses de preaviso (Art. 232) + SAC sobre integración (Art. 233). Total SAC: $625.000.
Despido sin causa. Salario variable (comisiones). 4 años y 4 meses de antigüedad — la fracción activa la regla del Art. 245.
4 meses > 3 meses → se suma 1 año. Real: 4a 4m → Cómputo: 5 años. Si fuera 4a 2m → solo 4 años.
Salarios: $700K, $800K, $850K, $900K, $950K, $920K, $870K, $810K, $780K, $750K, $920K, $940K → Base: $950.000.
Aunque Art. 245 computa 5 años, el preaviso se calcula sobre la antigüedad real: 4 años 4 meses < 5 años → 1 mes (Art. 231).
Despedida durante el embarazo (Art. 178) y sin estar registrada en AFIP/ARCA (Art. 1 Ley 25.323). Dos agravantes simultáneos.
- Aplica: despido desde 7.5 meses ANTES del parto hasta 7.5 meses DESPUÉS
- Efecto: indemnización Art. 245 × 2
- $1.360.000 base × 2 = $2.720.000
- Duplica: indemnización + preaviso + integración
- Base a duplicar: $2.720.000 + $680.000 + $340.000 = $3.740.000
- Multa: +$3.740.000 (no se acumula ×4, se suma)
Si tu empleador no te registró, podés denunciarlo en argentina.gob.ar/trabajo además del reclamo judicial.
Despedido tras afiliarse al sindicato. Su abogado acredita el carácter discriminatorio. Aplica Art. 245 bis (Ley 27.742) por primera vez en 2026.
Nuevo artículo incorporado por la Ley de Bases. Si el despido se motiva en causas discriminatorias, la indemnización Art. 245 recibe un agravamiento de hasta el 100% adicional.
- Afiliación o actividad sindical
- Género o identidad de género
- Edad (jóvenes o mayores de 45)
- Religión, raza, nacionalidad
- Orientación sexual
- Discapacidad (en concurrencia con Ley 23.592)
Se invierte la carga probatoria: el empleador debe demostrar que el despido NO fue discriminatorio. Fundamental contar con abogado laboralista.
Trabaja 4 horas diarias (50% jornada). Despido sin causa tras 3 años. Los trabajadores part-time tienen los mismos derechos que full-time.
El trabajador a tiempo parcial tiene los mismos derechos que el trabajador full-time. Los montos se calculan proporcionalmente al salario percibido, no a la jornada.
- Hasta 5 años: 14 días hábiles
- 5 a 10 años: 21 días hábiles
- 10 a 20 años: 28 días hábiles
- +20 años: 35 días hábiles
Valor/día vacaciones = $650.000 ÷ 25 = $26.000 × 14 días = $364.000. El divisor es 25, NO 30.
Usá la calculadora para obtener el cálculo exacto con tus datos reales.
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💡 5 Pro Tips antes de mandar el Telegrama o ir al SECLO
Consejos prácticos basados en la LCT 20.744 actualizada y la Ley 27.742 (Bases). Estos tips te ayudan a recibir exactamente lo que te corresponde por ley.
Controlá tus recibos de sueldo y la fecha real de ingreso
- Reuní tus recibos de sueldo de los últimos 12 meses Incluye todos los conceptos: sueldo básico, comisiones, bonos regulares, horas extras habituales
- Identificá la «mejor remuneración mensual, normal y habitual» (Art. 245 LCT) No incluyas bonos únicos (ej: aguinaldo doble por fusión), solo los pagos regulares y permanentes
- Para salario variable: guardá los últimos 12 meses La calculadora detecta automáticamente el mes más alto como base indemnizatoria según Art. 245
- Si hay discrepancia, pedile a RRHH confirmación por escrito Un email sirve como prueba. Decí: «Confirmo mi salario bruto mensual es $X para efectos de la liquidación»
- Chequeá que tu salario supere el SMVM vigente SMVM Feb-2026: $346.800. Es el piso indemnizatorio por año de antigüedad (Art. 245 piso)
Martina gana $1.400.000 base + comisiones. Últimos 12 meses: $1.40M, $1.42M, $1.38M, $1.50M, $1.45M, $1.43M, $1.39M, $1.47M, $1.51M, $1.44M, $1.42M, $1.48M.
Mejor remuneración = $1.510.000 (no $1.400.000 base).
Con 5 años de antigüedad: diferencia = ($1.510.000 – $1.400.000) × 5 = +$550.000 extra.
Exigí la liquidación en el plazo legal (4 días hábiles)
- Calculá exactamente cuánto tiempo trabajaste (años, meses, días) Desde el día de ingreso hasta el día de egreso — ambas fechas inclusive
- Si la fracción de meses es > 3 meses → suma 1 año al cómputo Art. 245 Ej: 4 años 4 meses → 5 años para indemnización. 4 años 2 meses → solo 4 años
- Verificá la fecha exacta en tu contrato o telegrama de ingreso No el primer recibo de sueldo — el primer día de trabajo o firma del contrato
- Recordá: el preaviso se calcula sobre la antigüedad REAL, no la computada 4a 4m → cómputo Art. 245 = 5 años, pero preaviso = 1 mes (real < 5a exactos)
| Antigüedad Real | Cómputo Art. 245 | Indem. ($1.200.000 salario) | Preaviso |
|---|---|---|---|
| 4 años exactos | 4 años | $4.800.000 | 1 mes |
| 4 años 4 meses | 5 años ✓ | $6.000.000 (+$1.2M) | 1 mes |
| 4 años 2 meses | 4 años | $4.800.000 | 1 mes |
| 4 años 11 meses | 5 años ✓ | $6.000.000 (+$1.2M) | 1 mes |
| 5 años exactos | 5 años ✓ | $6.000.000 | 2 meses ✓ |
Cuidado con el «Acuerdo Espontáneo»: No renuncies a tus derechos
- ANTES de la reunión de RRHH, calculá tu liquidación en esta calculadora Llegá con el número en la mano. El empleador negocia peor cuando vos sabés la cifra correcta
- Si hay diferencia, pedí explicación por escrito de cada rubro Preguntá: «¿Cómo calcularon el preaviso?» «¿Por qué no incluyeron la integración del mes?»
- Llevá impreso el cálculo con las referencias legales (Art. 245, 231, 233) Un cálculo con citas de ley es difícil de ignorar para RRHH y su área legal
- Si tenés agravante (embarazo, no registrada, Art. 245 bis), mencionalo ANTES de firmar Una vez que firmás sin reclamar el agravante, puede ser tarde para añadirlo
- Pedí 48 hs para revisar con un profesional — es tu derecho No hay obligación de firmar en el momento. Cualquier presión para firmar «ahora mismo» es señal de alerta
Verificá si te aplica el Tope de Convenio (CCT) o la protección Vizzoti
- Contá los días de vacaciones no tomados del año en curso Hasta 5 años: 14 días hábiles. 5–10 años: 21 días. 10–20 años: 28 días. +20 años: 35 días (Art. 150 LCT)
- El divisor vacacional es 25 (Art. 155 LCT) — no 30 Valor día = Salario mensual ÷ 25. Si usan ÷30 o ÷31, el resultado es menor e incorrecto
- El SAC proporcional se calcula sobre días reales del semestre (fórmula ARCA) No es simplemente salario ÷ 12. Se calcula sobre la mayor remuneración del semestre × días transcurridos ÷ 180
- El SAC también se paga sobre el preaviso omitido y la integración del mes Muchos empleadores olvidan este SAC adicional sobre los rubros indemnizatorios
- Incluí días trabajados del último mes no cobrados aún Días del mes de despido que ya trabajaste pero todavía no se liquidaron en el mes corriente
| Rubro | Fórmula Correcta 2026 | Ejemplo ($1.200.000 · 3a) |
|---|---|---|
| Vacaciones (14d) | Salario ÷ 25 × días | $1.200.000 ÷ 25 × 14 = $672.000 |
| SAC semestre | Mayor rem. × días ÷ 180 | $1.200.000 × 60d ÷ 180 = $400.000 |
| SAC s/preaviso | Preaviso ÷ 12 | $1.200.000 ÷ 12 = $100.000 |
| TOTAL SAC + Vac | — | $1.172.000 frecuentemente omitido |
- ☐ ¿Incluye vacaciones proporcionales del año en curso?
- ☐ ¿Usa el divisor 25 (no 30) para vacaciones?
- ☐ ¿Incluye SAC proporcional del semestre actual?
- ☐ ¿Incluye SAC sobre preaviso omitido?
- ☐ ¿Incluye SAC sobre integración del mes de despido?
- ☐ ¿Incluye días trabajados del mes no cobrados?
Intimá correctamente a tu empleador antes de considerarte despedido
- Se invierte la carga probatoria
- El empleador debe probar que NO fue discriminatorio
- Documentá cualquier comentario discriminatorio
- Ej: $1.200.000 × 8a = $9.6M base + $9.6M bis = $19.2M
- Aplica: 7.5 meses antes y después del parto
- El empleador debe probar causa ajena al embarazo
- Notificá el embarazo por telegrama o burofax
- Ej: $700.000 × 2a × 2 = $2.800.000
- Prueba válida: Whatsapp, transferencias, testigos, recibos informales
- Denunciá también ante AFIP/ARCA: puede haber multa adicional
- No firmés nada que diga «nunca prestaste servicios»
- Aplica si intimaste fehacientemente al empleador y no pagó
- La intimación debe ser por carta documento o burofax
- Plazo: 4 días hábiles desde la intimación
- Acumulable con Art. 1 Ley 25.323
- Durante prueba: despido sin indemnización Art. 245
- Después de 6 meses: todos los derechos completos
- Si pasan los 6 meses sin aviso, la relación se confirma automáticamente
- Verificá tu fecha exacta de ingreso
- Identificá cuál(es) de los 5 casos aplican a tu situación
- Documentá TODO antes de que el empleador cambie sistemas o accesos (emails, mails, fotos)
- Notificá por escrito al empleador (telegrama o burofax) que reclamas el agravante
- Usá la calculadora marcando el agravante correspondiente para ver el monto correcto
- Consultá con un abogado laboralista — muchos dan primera consulta gratuita
| Tip | Tema | Impacto Potencial 2026 | Acción Clave | Base Legal |
|---|---|---|---|---|
| Tip 1 Crítico | Documentar salario real vs. recibido | +$550.000 – $2.000.000 | Reuní 12 meses de recibos y comisiones | Art. 245 LCT |
| Tip 2 Estratégico | Fracción > 3 meses = 1 año extra | +$600.000 – $1.800.000 | Calculá desde el primer día de trabajo | Art. 245 LCT |
| Tip 3 Poder | Negociar ANTES de firmar | +15% a +40% del total | Verificá con calculadora antes de la reunión | Art. 245, 231, 233 |
| Tip 4 Frecuente | Vacaciones (÷25) + SAC completo | +$600.000 – $1.500.000 | Chequeá el divisor 25 y el SAC sobre preaviso | Art. 150–155, 121–123 |
| Tip 5 🆕 2024 | Art. 245 bis + Art. 178 + Ley 25.323 | ×2 a ×3 del total | Identificá el agravante y documentá ANTES de firmar | Art. 245 bis, 178, Ley 25.323 |
Ahora que conocés los 5 pro tips, usá la calculadora para verificar tu liquidación.
Compará con lo que te ofrece RRHH y negociá si hay diferencias.
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❓ Preguntas Frecuentes (FAQ): Ley Laboral Argentina y AFIP
Respuestas actualizadas según LCT 20.744 y Ley 27.742 (Bases). SMVM $346.800 vigente. Incluye el nuevo Art. 245 bis por despido discriminatorio.
Es el documento que detalla todos los montos que el empleador debe abonar al trabajador cuando termina la relación laboral, sin importar la causa del cese.
Rubros que puede incluir según el caso:
- Indemnización por antigüedad — Art. 245 LCT (solo despido sin causa)
- Preaviso omitido — Art. 231-232 LCT
- Integración del mes de despido — Art. 233 LCT
- SAC proporcional — Art. 121-123 LCT
- Vacaciones no gozadas — Art. 150-157 LCT (divisor 25)
- Días trabajados del mes no cobrados aún
- Agravantes — Art. 245 bis, Art. 178, Ley 25.323
| Tipo | ¿Qué cobrás? | Ejemplo (5a · $1.500.000) |
|---|---|---|
| Sin causa | Indem. + preaviso + integración + SAC + vacaciones | ~$14.000.000 |
| Con causa justa | Solo SAC + vacaciones + días trabajados | ~$1.200.000 |
| Renuncia | Solo SAC + vacaciones + días trabajados | ~$1.200.000 |
Máximo 4 días hábiles desde que se produce el cese de la relación laboral (Art. 128 LCT).
Si el empleador no paga en ese plazo:
- Genera intereses punitorios desde el día 5
- Podés intimarlo por carta documento (telegrama laboral gratuito en correo)
- Si no paga tras la intimación → aplica multa Art. 2 Ley 25.323 (+50%)
Tope CCT: El Art. 245 LCT establece que la base indemnizatoria no puede superar 3 veces el promedio de la remuneración del CCT del empleado. Varía por sindicato.
Doctrina Vizzoti (CSJN): Si aplicar el tope CCT reduce la base en más del 33%, se usa el 67% del salario real como mínimo. Protege salarios altos.
No cobrás indemnización Art. 245 (es solo para despido sin causa). Sí cobrás:
- ✅ Vacaciones proporcionales no gozadas (÷25)
- ✅ SAC proporcional del semestre en curso
- ✅ Días trabajados del mes en curso
- ✅ Preaviso: debés darlo vos (15 días o 1 mes según antigüedad) — si no lo das, te pueden descontar
- ❌ Sin indemnización Art. 245
- ❌ Sin integración del mes de despido
El SMVM (Salario Mínimo Vital y Móvil) fijado por Resolución 9/2025 para febrero 2026 es $346.800.
| Mes 2026 | SMVM |
|---|---|
| Enero | $341.000 |
| Febrero | $346.800 |
| Marzo | $352.400 |
| Abril | $357.800 |
Impacto en tu liquidación: Si el cálculo Art. 245 da menos que SMVM × años de antigüedad, la ley garantiza el SMVM como piso mínimo indemnizatorio.
⚖️ Art. 245 LCT · Res. 9/2025 · argentina.gob.ar/trabajo/smvmLa indemnización por antigüedad (Art. 245) NO está gravada por el impuesto a las Ganancias. Está exenta por ley.
- ✅ Exento de Ganancias: Indemnización Art. 245, Art. 245 bis, integración mes despido, preaviso omitido
- ⚠️ Gravados: SAC proporcional y vacaciones (sí pueden sufrir retención según escala)
Los montos de la calculadora son brutos. Si estás en escala alta de Ganancias, el neto real puede diferir en SAC/vacaciones.
⚖️ Art. 20 inc. i) Ley 20.628 (Ganancias)Seguí estos 4 pasos antes de firmar cualquier recibo:
- Calculá con esta herramienta usando tus datos exactos
- Comparás el resultado con lo que te ofrece RRHH rubro por rubro
- Si la diferencia es > $500.000: pedí explicación escrita
- Si la diferencia es > $2.000.000: consultá abogado laboralista
Fórmula Art. 245 LCT:
Mejor remuneración mensual × años de antigüedad computados
- Fracción > 3 meses → suma 1 año (Ej: 4a 5m = 5 años)
- Piso mínimo: SMVM ($346.800 Feb-2026) × años
- Tope máximo: 3 veces el promedio del CCT aplicable
- Mínimo 1 mes de indemnización siempre
Ejemplo 2026: $1.200.000 × 5 años = $6.000.000. Verificar piso: $346.800 × 5 = $1.734.000 → el cálculo real es mayor, aplica el real.
⚖️ Art. 245 LCTEs la remuneración más alta cobrada de manera regular y permanente durante los últimos 12 meses (Art. 245 LCT). Se usa como base de la indemnización.
- ✅ Incluye: sueldo básico, comisiones mensuales regulares, presentismo, horas extras habituales
- ❌ Excluye: bonos únicos por fusión, reembolsos de gastos, beneficios en especie eventuales
Ejemplo: Últimos 12 meses: $1.1M, $1.15M, $1.2M, $1.35M, $1.3M, $1.28M… → Base = $1.350.000 (el más alto).
Cuando la fracción de meses de tu antigüedad supera los 3 meses, se computa como año completo para la indemnización Art. 245. No aplica para el cálculo del preaviso (que va por antigüedad real).
| Antigüedad Real | Cómputo Art. 245 | Preaviso |
|---|---|---|
| 4 años exactos | 4 años | 1 mes |
| 4 años 2 meses | 4 años (fracción ≤3m) | 1 mes |
| 4 años 4 meses | 5 años ✓ | 1 mes (real <5a) |
| 5 años exactos | 5 años ✓ | 2 meses ✓ |
El preaviso se calcula sobre la antigüedad real (no la computada para Art. 245):
| Antigüedad Real | Preaviso | Ejemplo ($1.200.000) |
|---|---|---|
| Menos de 5 años | 1 mes | $1.200.000 |
| 5 años o más | 2 meses | $2.400.000 |
Si el empleador no otorgó preaviso, debe abonar el monto equivalente. Si lo otorgó (trabajaste el período), solo cobrás la parte proporcional no trabajada.
⚖️ Art. 231-232 LCTEl SAC (Sueldo Anual Complementario) en una liquidación tiene dos componentes:
- SAC del semestre en curso = Mayor remuneración del semestre × días trabajados ÷ 180 (fórmula ARCA/AFIP)
- SAC sobre preaviso omitido = monto preaviso ÷ 12
- SAC sobre integración del mes = monto integración ÷ 12
Ejemplo (salario $1.200.000, trabajó 60 días del semestre, preaviso 1 mes):
- SAC semestre: $1.200.000 × 60 ÷ 180 = $400.000
- SAC preaviso: $1.200.000 ÷ 12 = $100.000
- SAC integración: $600.000 ÷ 12 = $50.000
Divisor correcto: 25 (Art. 155 LCT). Usar 30 o 31 es un error frecuente que reduce el monto.
Fórmula: Salario ÷ 25 × días hábiles de vacaciones no gozadas
| Antigüedad | Días hábiles | Ejemplo $1.000.000 · 10 días |
|---|---|---|
| Hasta 5 años | 14 días | $1.000.000 ÷ 25 × 10 = $400.000 |
| 5 a 10 años | 21 días | |
| 10 a 20 años | 28 días | |
| Más de 20 años | 35 días |
Es el complemento del mes en que se produjo el despido. Si te despiden el día 10 de febrero, el empleador debe abonar los días restantes hasta el fin del mes (del 11 al 28).
Fórmula: Salario ÷ 30 × días restantes del mes
Ejemplo: Despido 10 de febrero. Días restantes: 18. Con salario $1.500.000 → Integración = $1.500.000 ÷ 30 × 18 = $900.000.
Depende de si son «normales, habituales y permanentes»:
- ✅ Sí incluye: comisiones mensuales regulares, bonos de presentismo, horas extras habituales, adicionales fijos
- ❌ No incluye: bonus anual por desempeño (no garantizado), reembolsos de gastos, ropa de trabajo, beneficios eventuales
Para salarios variables, se toma el mes más alto de los últimos 12 meses (no el promedio).
⚖️ Art. 245 LCT (remuneración mensual normal y habitual)Si no pagaron dentro de los 4 días hábiles, el monto adeudado genera intereses desde el día de la mora. La tasa varía según el juzgado (generalmente se aplica tasa activa del Banco Nación o tasa CER).
Adicionalmente, si intimás fehacientemente y no pagan, podés aplicar la multa del Art. 2 Ley 25.323 (+50%) sobre indemnización + preaviso + integración.
Ejemplo: Liquidación de $10.000.000 sin pagar. Multa Art. 2: +$5.000.000. Total a reclamar: $15.000.000.
⚖️ Art. 128 LCT · Ley 25.323 Art. 2El Art. 245 bis fue incorporado por la Ley 27.742 (Ley de Bases), vigente desde julio 2024. Establece un agravamiento de hasta el 100% sobre la indemnización Art. 245 cuando el despido es discriminatorio.
Causales que activan el Art. 245 bis:
- Sindicalización o actividad gremial
- Género o identidad de género
- Edad (jóvenes o mayores de 45 años)
- Religión, raza, etnia, nacionalidad
- Orientación sexual
- Discapacidad
Ejemplo: Despido por sindicalización. Indem. base: $9.600.000 + Art. 245 bis: $9.600.000 = $19.200.000 total.
⚖️ Art. 245 bis LCT (Ley 27.742 · jul-2024)La Ley 27.742 modificó el Art. 92 bis LCT y extendió el período de prueba de 3 a 6 meses para todos los empleadores (desde julio 2024).
| Período | Derechos del trabajador |
|---|---|
| Días 1 a 180 (6 meses) | Sin indemnización Art. 245 si hay despido |
| A partir del día 181 | Todas las protecciones LCT completas |
Durante el período de prueba el trabajador sí tiene derecho a: SAC proporcional, vacaciones, obra social y ART.
La Ley 27.742 («Ley de Bases»), vigente desde julio 2024, introdujo estos cambios principales en el derecho laboral:
- 🆕 Art. 245 bis: Nuevo agravante por despido discriminatorio (+100% indem.)
- 🆕 Art. 92 bis: Período de prueba extendido de 3 a 6 meses
- 🆕 Fondo de Cese Laboral: Para nuevas contrataciones bajo régimen optativo (sector construcción primero)
- ✅ LCT 20.744 vigente: El resto de la LCT no fue modificado sustancialmente
Los agravantes son independientes y acumulables cuando corresponden a causales distintas:
- ✅ Art. 245 bis + Art. 2 Ley 25.323 (no pagó tras intimación) → acumulables
- ✅ Art. 245 bis + SAC + vacaciones → siempre aplican
- ⚠️ Art. 245 bis + Art. 178 (embarazo) → consultar abogado, posible concurso
- ⚠️ Art. 245 bis + Art. 1 Ley 25.323 (no registrado) → consultar, pueden acumularse sobre bases distintas
| Artículo | Causal | Efecto |
|---|---|---|
| Art. 1 · Ley 25.323 | Relación laboral no registrada o deficientemente registrada | Duplica indemnización + preaviso + integración |
| Art. 2 · Ley 25.323 | Empleador intimado fehacientemente y no pagó dentro del plazo | +50% sobre indemnización + preaviso + integración |
Son acumulables: si trabajaste en negro Y el empleador no pagó tras ser intimado, podés aplicar ambos.
Fallo de la CSJN (2004): si el tope del CCT reduce la base indemnizatoria a menos del 67% del salario real, se usa el 67% como piso. Solo afecta la base Art. 245, no los demás rubros.
Ejemplo: Salario real $3.000.000. Tope CCT: $1.500.000 (solo el 50%). Como 50% < 67% → se aplica el 67% = $2.010.000 como base.
Sin Vizzoti: $1.500.000 × 8a = $12.000.000. Con Vizzoti: $2.010.000 × 8a = $16.080.000 (+$4.080.000).
La acción para reclamar créditos laborales prescribe a los 2 años desde que la obligación era exigible (generalmente desde el despido o el momento en que debió pagarse).
- Prescripción general: 2 años (Art. 256 LCT)
- Multas Ley 25.323: 2 años también
- Reclamación ante AFIP/ARCA por aportes no depositados: 10 años
Sí, en Argentina no podés renunciar a derechos laborales por contrato (Art. 12 LCT). Aunque firmés «recibí conforme», podés reclamar ante la justicia la diferencia.
Sin embargo, es más difícil y costoso que reclamar antes de firmar:
- Deberás probar que el monto era incorrecto
- El empleador argumentará que firmaste de conformidad
- Si firmaste «en concepto de pago total y definitivo», el juez evaluará si hubo renuncia válida
No es obligatorio para un reclamo administrativo ante el MTSS, pero sí es fuertemente recomendado si:
- La diferencia supera $2.000.000
- El empleador se niega a pagar o a negociar
- Hay agravantes (embarazo, no registrado, Art. 245 bis)
- Necesitás presentar una demanda judicial
Dónde conseguir asesoramiento gratuito:
- Sindicato de tu sector (primera consulta gratis)
- Ministerio de Trabajo (MTSS)
- Defensoría del Pueblo de tu provincia
- Facultades de Derecho (consultorios jurídicos gratuitos)
Durante el período de preaviso y hasta la fecha de cese efectivo, el empleador debe mantener al trabajador activo en ARCA (ex-AFIP) y abonar los aportes correspondientes.
- Obra social: Cobertura continua hasta 3 meses después del cese (Art. 10 Ley 23.660)
- ART: Vigente hasta el último día trabajado
- Aportes jubilatorios: El empleador debe depositar lo correspondiente a todos los rubros abonados
No legalmente. En Argentina, los derechos laborales son irrenunciables (Art. 12 LCT). Ningún contrato o acuerdo puede eliminarte el derecho a reclamar diferencias.
Sin embargo, en la práctica ocurre. Si el empleador te exige firmar «renuncia a todo reclamo futuro» como condición de pago:
- Firmá el recibo de pago pero añadí «bajo protesta» o «sin perjuicio de diferencias»
- Consultá abogado antes de firmar cualquier «acta de conciliación»
- Los acuerdos ante el SECLO (Ministerio de Trabajo) sí tienen fuerza legal homologada
No. Tenés derecho al pago total dentro de los 4 días hábiles. Aceptar cuotas es una decisión tuya, no una obligación.
Si acordás cuotas, siempre hacelo por escrito con:
- Fecha exacta de cada cuota
- Monto de cada cuota
- Medio de pago (transferencia bancaria preferible)
- Cláusula de caducidad de plazos si incumplen
- Firma de representante legal del empleador
Si el despido se produce durante el período de protección maternal, la indemnización Art. 245 se duplica. El empleador debe probar que no fue por el embarazo.
Período de protección: 7.5 meses antes del parto y 7.5 meses después.
Ejemplo 2026: Salario $800.000 · 3 años → Indem. base: $2.400.000 × 2 = $4.800.000 solo en indemnización (más preaviso, SAC, etc.).
Tenés los mismos derechos laborales, más la multa por no registración. El trabajo no registrado duplica los principales rubros.
Pruebas válidas:
- Mensajes de WhatsApp con el empleador
- Transferencias bancarias recibidas
- Testigos (compañeros de trabajo)
- Fotos/videos en el lugar de trabajo
- Correos electrónicos de la empresa
Sí. El trabajador a tiempo parcial tiene exactamente los mismos derechos que el full-time (Art. 92 ter LCT). Los montos se calculan proporcionalmente al salario real percibido, no a la jornada.
Ejemplo: Part-time $650.000 · 3 años:
- Indem. Art. 245: $650.000 × 3 = $1.950.000
- Vacaciones: misma cantidad de días (14 por 3 años), calculadas sobre $650.000 ÷ 25
- SAC: sobre el salario real de $650.000
Sí. El trabajador con discapacidad goza de protección especial bajo la Ley 22.431 y el nuevo Art. 245 bis (Ley 27.742):
- Ley 22.431: Las empresas con >100 empleados deben reservar el 4% para personas con discapacidad. Despedir a un trabajador con discapacidad puede ser considerado discriminatorio
- Art. 245 bis (2024): El despido motivado en la discapacidad activa el agravante +100% sobre la indemnización
- Ley 23.592: Ley Antidiscriminatoria permite pedir reincorporación o indemnización agravada
Tenés dos niveles de protección:
- Tutela sindical (Art. 52 Ley 23.551): El empleador necesita autorización judicial («desafuero») para despedir a un delegado gremial. Sin ello, el despido es nulo
- Art. 245 bis (Ley 27.742): Si el despido se motiva en la sindicalización o actividad gremial, aplica el agravante +100% sobre la indemnización Art. 245
Si sos delegado: primero corresponde la acción de reinstalación o pago de tutela sindical (1 año de salarios). Si no sos delegado pero te afiliaron: Art. 245 bis.
Sí. La edad es una de las causales explícitas del Art. 245 bis (Ley 27.742). Si podés acreditar que el despido se motivó en tu edad, el agravante +100% aplica.
Cómo documentarlo:
- Emails internos que mencionen la edad como factor
- Comentarios del superior documentados (WhatsApp, chat de empresa)
- Patrón de despidos selectivos por edad en la empresa
- Testigos de conversaciones discriminatorias
Sí, y es el mejor momento. RRHH negocia peor cuando el trabajador llega con el cálculo correcto en mano.
Estrategia efectiva:
- Calculá tu liquidación correcta con esta calculadora
- Imprimí el desglose con los artículos legales
- En la reunión: presentá el cálculo y pedí que expliquen cada diferencia
- Pedí 48 hs para revisar con un profesional (es tu derecho)
- Si hay diferencia importante, mencioná que vas a consultar abogado
- Verificá con la calculadora que tu cálculo es correcto
- Pedí por email el desglose rubro a rubro de lo que ofrece RRHH
- Compará rubro a rubro e identificá las diferencias concretas
- Respondé por email indicando cuál es el monto correcto y citando los artículos LCT
- Si no llegan a acuerdo: telegrama laboral gratuito (intimación fehaciente) — aplica Art. 2 Ley 25.323 (+50%) si no pagan
- Si no pagan tras la intimación: Ministerio de Trabajo (SECLO) o demanda judicial
Sí. No existe ninguna obligación legal de firmar en el momento. Podés pedir 48 a 72 horas hábiles para revisar con un profesional.
- El empleador tiene 4 días hábiles para pagar — el tiempo corre desde el cese, no desde que firmás
- Si el empleador presiona para firmar «en el momento», es una señal de alerta
- Podés firmar el recibo de conformidad con la leyenda «bajo protesta» o «ad referéndum de revisión»
El telegrama laboral es una comunicación fehaciente gratuita disponible en cualquier correo argentino. Es la forma oficial de intimar al empleador antes de accionar judicialmente.
Cuándo usarlo:
- Intimación al empleador para que abone la liquidación correcta
- Notificación de embarazo (para protección Art. 177-178)
- Renuncia formal (con 15 días o 1 mes de preaviso)
- Intimación al empleador para que abone la liquidación correcta
- Notificación de embarazo (para protección Art. 177-178)
- Renuncia formal (con 15 días o 1 mes de preaviso según antigüedad)
- Intimación para registrar correctamente la relación laboral
- Presentate en cualquier correo argentino con tu DNI
- Decí que querés enviar un «telegrama laboral gratuito»
- Dictás el texto: nombre, CUIL, empleador, domicilio y tu reclamo concreto
- Guardá el comprobante de envío (es tu prueba fehaciente)
Cuándo usarlo:
Cómo enviar el telegrama:
Seguí este protocolo estricto para proteger tus derechos y activar las multas legales:
- Día 1 al 4 hábil: Esperá el plazo legal de pago. Mientras tanto, calculá el monto correcto con esta calculadora y documentá todo
- Día 5 hábil: Enviá un telegrama laboral gratuito intimando al pago en 48 hs. Indicá el monto exacto que reclamás y los artículos LCT correspondientes
- Si no pagan en 48 hs: Se activa la multa del Art. 2 Ley 25.323 (+50%) sobre indemnización + preaviso + integración
- Presentá reclamo ante el SECLO (Ministerio de Trabajo) — es gratuito y obligatorio antes de iniciar juicio en CABA y muchas provincias
- Si la mediación falla: Demanda judicial ante el Juzgado Nacional del Trabajo — podés ir con abogado del sindicato o de la Defensoría
El SECLO (Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria) es una instancia previa obligatoria al juicio en Capital Federal. Es gratuita para el trabajador.
Cómo funciona:
- Presentás el reclamo en línea en argentina.gob.ar/trabajo/seclo o presencialmente en Av. Leandro N. Alem 628, CABA
- El SECLO cita a ambas partes (empleador y trabajador) a una audiencia de mediación
- Un conciliador neutral intenta que lleguen a un acuerdo
- Si acuerdan: el acta homologada tiene fuerza ejecutiva inmediata (vale como sentencia)
- Si no acuerdan: el SECLO emite un certificado que habilita la demanda judicial
| Aspecto | SECLO | Juicio |
|---|---|---|
| Costo para el trabajador | Gratis | Posible honorarios |
| Tiempo | 2-8 semanas | 6 meses – 3 años |
| Resultado | Acuerdo vinculante | Sentencia judicial |
| ¿Obligatorio? | Sí (CABA, antes del juicio) | Solo si SECLO falla |
Los tiempos varían según jurisdicción y complejidad del caso:
| Instancia | Duración estimada |
|---|---|
| SECLO (mediación previa) | 2 a 8 semanas |
| Juzgado Nacional del Trabajo (CABA) | 12 a 24 meses |
| Juicio laboral provincial (promedio) | 6 a 36 meses |
| Acuerdo en audiencia de vista de causa | 30% de los casos |
La buena noticia: en la mayoría de los casos el empleador prefiere llegar a un acuerdo extrajudicial antes de la primera audiencia para evitar costos y exposición pública.
Los intereses siguen corriendo durante todo el proceso a favor del trabajador, lo cual a veces hace que el monto final sea mayor que el original.
En Argentina, la legislación laboral tiene un principio fundamental: el principio protectorio (Art. 9 LCT). Ante la duda, se falla a favor del trabajador.
- ✅ El 80%+ de los casos de liquidación incorrecta con documentación adecuada se resuelven favorablemente para el trabajador
- ✅ La carga de la prueba en muchos supuestos recae sobre el empleador (especialmente con Art. 245 bis y Art. 178)
- ✅ Los juzgados laborales son especializados y conocen bien los errores típicos de RRHH
- ⚠️ Sin documentación (sin recibos, sin contrato, sin testigos) las chances se reducen considerablemente
Reuní estos documentos antes de que el empleador te corte los accesos:
| Prioridad | Documento | Para qué sirve |
|---|---|---|
| 🔴 Esencial | Recibos de sueldo (últimos 12 meses) | Base para calcular mejor remuneración Art. 245 |
| 🔴 Esencial | Contrato o mail de oferta laboral | Prueba fecha de ingreso y condiciones |
| 🔴 Esencial | Comunicación de despido (mail o carta) | Confirma causa y fecha de cese |
| 🟡 Importante | Liquidación final ofrecida por RRHH | Comparar con el cálculo correcto |
| 🟡 Importante | Extracto bancario de cobros | Prueba de relación laboral y salario real |
| 🟢 Útil | WhatsApp / chats con superiores | Prueba de trabajo, horarios y condiciones |
| 🟢 Útil | Comprobante telegrama laboral | Prueba de intimación fehaciente |
En la gran mayoría de los casos, NO. El principio de gratuidad del proceso laboral (Art. 20 LCT) protege al trabajador de los costos procesales.
- ✅ Actuación procesal gratuita: No pagás tasa de justicia ni sellados
- ✅ Beneficio de litigar sin gastos: Si perdés, generalmente no abonás costas del empleador
- ✅ Honorarios del abogado propio: Muchos trabajan «a éxito» (cobran solo si ganás, un % de lo obtenido)
- ⚠️ Excepción: Si se prueba que el reclamo fue temerario o de mala fe, puede haber condena en costas
Honorarios «a éxito» (contingencia): El abogado cobra entre el 15% y 25% de lo obtenido. Si no ganás nada, no pagás nada.
Estas son las 45 preguntas más frecuentes de trabajadores argentinos.
Para tu situación específica, calculá tu liquidación correcta ahora y comparala con lo que te ofrece RRHH.
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