🇦🇷 Calculadora de Liquidación Final e Indemnización Argentina 2026

Simulador de Despido y Renuncia según Ley de Contrato de Trabajo (LCT 20.744)

⚖️ LCT Art. 245 🆕 Art. 245 bis · Ley 27.742 💰 SMVM Feb-2026: $346.800 🔒 Doctrina Vizzoti 📋 Prueba: 6 meses 🧮 Multas 25.323
✅ Indemnización Art. 245 con SMVM $346.800 + piso mínimo garantizado por ley
✅ Período de prueba actualizado: 6 meses (Ley 27.742 · Art. 92 bis LCT)
✅ Art. 245 bis (Despido discriminatorio), Multas Ley 25.323 Art.1 y Art.2
✅ SAC proporcional calculado sobre días reales del semestre (AFIP/ARCA)
✅ Doctrina Vizzoti aplicada sólo a base indemnizatoria (no a demás rubros)
✅ Preaviso por antigüedad real (no efectiva), integración mes de despido
💰
SMVM vigente (Resolución 9/2025):
Piso indemnizatorio Art. 245 · Fuente: argentina.gob.ar
Despido sin Causa
Art. 245 LCT · Indemnización completa
Despido con Causa
Justa causa · Solo liquidación final
Renuncia Voluntaria
Sin indemnización Art. 245
📅 Fechas de Empleo
Antigüedad: Ingrese fechas
💰 Remuneración
Art. 245 LCT: use la remuneración más alta percibida en los últimos 12 meses, de manera normal, habitual y permanente.
ℹ️ Detalles del Cese
No
Divisor vacacional = 25 (Art. 155 LCT)
⚠️ Los agravantes son acumulables. Consulte con abogado laboralista para validar cada situación específica.
Liquidación Total Estimada (ARS)
$ 0

🎯 Guía 2026: ¿Cómo calcular tu Liquidación por Despido o Renuncia?

Nuestra herramienta aplica las fórmulas oficiales de la Ley 20.744 (LCT) y la Ley 27.742 (Bases) para calcular tu liquidación con precisión, incluyendo el SMVM $346.800 vigente en 2026 y el nuevo Art. 245 bis por despido discriminatorio.

⚖️ LCT 20.744 🆕 Art. 245 bis · Ley 27.742 💰 SMVM Feb-2026: $346.800 📋 Prueba: 6 meses 🧮 Multas Ley 25.323 Art.1 + Art.2 🔒 Doctrina Vizzoti (CSJN)
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📝 Identificar tu Mejor Remuneración Mensual, Normal y Habitual (MRMNH)

Completá la información básica de tu relación laboral:

  • Fechas: Ingreso y egreso exactos (la calculadora mide al día)
  • Salario: Mejor remuneración mensual, normal y habitual (bruto)
  • Tipo: Fijo mensual o variable — los últimos 12 meses (Art. 245 LCT)
  • Preaviso: Si el empleador te otorgó o no los días de aviso previo
  • Días trabajados: Días trabajados en el mes del despido
  • Vacaciones: Días de vacaciones no gozadas pendientes
💡 Si tu salario es variable, la calculadora analiza los últimos 12 meses e identifica automáticamente la «mejor remuneración mensual, normal y habitual» según Art. 245 LCT — que es la base legal para la indemnización.
2

⚙️ Aplicar la regla de la fracción mayor a 3 meses

La calculadora aplica cada artículo en el orden legal correcto:

📊
Art. 245 LCT
Indemnización por Antigüedad (1 mes × año)
🆕
Art. 245 bis
Despido Discriminatorio +100%
NUEVO 2024
📅
Art. 231–232
Preaviso omitido (1–2 meses)
🔢
Art. 233 LCT
Integración Mes de Despido
💰
Art. 121–123
SAC Proporcional (fórmula ARCA)
🏖️
Art. 150–157
Vacaciones No Gozadas (÷25)
🚫
Ley 25.323 Art.1
No Registrado (×2 rubros)
Ley 25.323 Art.2
Intimación sin pago (+50%)
🔒
Vizzoti CSJN
Tope CCT solo en base indem.
⚠️ Piso SMVM garantizado: Si el cálculo Art. 245 da menos que el SMVM × años, la calculadora aplica automáticamente el piso mínimo legal ($346.800 × años en 2026).
3

🎯 Calcular las Vacaciones no gozadas y el SAC sobre rubros indemnizatorios

La calculadora detecta y aplica estas reglas sin que debas hacer nada:

📏 Fracción Mayor a 3 Meses

Si trabajaste 4 años y 4 meses, se cuentan 5 años completos según Art. 245 LCT.

Ej: 2a 5m → 3 años p/cálculo
🧪 Período de Prueba 6 Meses

Ley 27.742 extendió el período de prueba de 3 a 6 meses. Sin indem. Art. 245.

Ej: 5 meses trabajados → sin Art. 245
📈 Mejor Remuneración (12m)

Para salarios variables, se toma el salario más alto de los últimos 12 meses como base indemnizatoria.

Ej: Máx. de 12 meses = base Art. 245
🤰 Maternidad Art. 178

Despido en período de protección maternal: indemnización Art. 245 × 2 (hasta 7.5 meses antes/después del parto).

Ej: $500K × 3a × 2 = $3.000.000
🔒 Doctrina Vizzoti

Si el tope del CCT reduce más del 33% del salario real, se aplica el piso del 67% (fallo CSJN «Vizzoti»).

Ej: Tope CCT < 67% real → se usa 67%
🆕 Art. 245 bis — Discriminatorio

Nuevo en Ley 27.742: despido por razones discriminatorias recibe +100% sobre la indemnización Art. 245.

Ej: Indem. $1M + $1M bis = $2M total
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📊 Resultados Completos y Detallados

Recibís un desglose profesional con cuatro componentes:

💵
Monto Total
Suma consolidada de todos los rubros en ARS
📋
Tabla Detallada
Cada rubro con artículo legal y monto parcial
🍩
Gráfico Visual
Distribución proporcional de cada concepto
⚖️
Referencias Legales
Artículos LCT y Ley 27.742 citados por rubro
Podés descargar el reporte en PDF con el detalle completo o compartirlo por WhatsApp con tu abogado o familiar.
5
🔄 Comparador de Escenarios

Herramienta exclusiva para tomar la mejor decisión antes de firmar:

vs Despido sin Causa (Art. 245 completo) vs Despido con Causa (solo liquidación final)
vs Despido sin Causa vs Renuncia Voluntaria — diferencia real en pesos
vs Con Multa Art. 1 Ley 25.323 vs Con Multa Art. 2 — impacto de cada agravante
vs Con Art. 245 bis (discriminatorio) vs Sin agravante — cuánto más te corresponde
La comparación muestra las diferencias en verde (más dinero) y rojo (menos dinero) para que tomes la mejor decisión antes de firmar el recibo.
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📤 Exportá y Compartí tus Resultados

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Legalmente Precisa

LCT 20.744 + Ley 27.742 + SMVM Feb-2026

🆕
Art. 245 bis

Despido discriminatorio incluido (único en 2026)

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📚 5 Ejemplos Reales de Indemnización Laboral en Argentina

Casos reales con montos actualizados a 2026. Clickeá en cualquier tarjeta para ver el paso a paso completo, o cargá el ejemplo directo en la calculadora.

⚖️ LCT 20.744 🆕 Art. 245 bis · Ley 27.742 💰 SMVM Feb-2026: $346.800 📋 Período Prueba: 6 meses 🧮 Multas Ley 25.323
👨‍💼
Ejemplo 1
Jorge García
Despido Sin Causa
38 años Contador Senior CABA

Despido sin causa, 5 años exactos de antigüedad. Salario fijo mensual. Empleador no otorgó preaviso. Sin agravantes.

Antigüedad 5 años
Salario $1.500.000
Cómputo Art.245 5 años
Indemnización Art. 245$1.5M × 5a $7.500.000
Preaviso 2 mesesArt. 231 ≥5a $3.000.000
Integración mesArt. 233 $500.000
SAC proporcionalArt. 121-123 $625.000
Días trabajados10 días $500.000
Total Estimado $12.125.000
💡 ¿Por qué 2 meses de preaviso?

Art. 231-232 LCT: antigüedad real ≥ 5 años = 2 meses. Jorge tiene exactamente 5 años → aplica 2 meses. La regla es ≥ 5 años (no > 5 años).

📋 Piso SMVM verificado:

Mínimo legal: $346.800 × 5a = $1.734.000. El cálculo da $7.500.000 → el piso NO se aplica. Jorge recibe el cálculo real.

📊 SAC sobre preaviso incluido:

SAC base del semestre + SAC sobre los 2 meses de preaviso (Art. 232) + SAC sobre integración (Art. 233). Total SAC: $625.000.

👩‍💼
Ejemplo 2
María Fernández
Variable + Fracción
32 años Ejecutiva Ventas Córdoba

Despido sin causa. Salario variable (comisiones). 4 años y 4 meses de antigüedad — la fracción activa la regla del Art. 245.

Antigüedad real 4a 4m
Mejor salario 12m $950.000
Cómputo Art.245 5 años ✓
📈 Mejor salario tomado de 12 meses (no 6) · Art. 245 LCT
Indemnización Art. 245$950K × 5a $4.750.000
Preaviso 1 mesArt. 231 · real 4.33a <5a $950.000
Integración mesArt. 233 $316.667
SAC proporcionalfórmula ARCA $258.333
Vacaciones 10 díasArt. 150 ÷25 $380.000
Total Estimado $6.655.000
📏 Regla de Fracción Mayor a 3 Meses (Art. 245):

4 meses > 3 meses → se suma 1 año. Real: 4a 4m → Cómputo: 5 años. Si fuera 4a 2m → solo 4 años.

📈 Mejor Remuneración — 12 meses (Art. 245 LCT):

Salarios: $700K, $800K, $850K, $900K, $950K, $920K, $870K, $810K, $780K, $750K, $920K, $940K → Base: $950.000.

⚠️ Preaviso: 1 mes, no 2 meses:

Aunque Art. 245 computa 5 años, el preaviso se calcula sobre la antigüedad real: 4 años 4 meses < 5 años → 1 mes (Art. 231).

🤰
Ejemplo 3
Ana Martínez
Doble Agravante
28 años Asistente Adm. Rosario

Despedida durante el embarazo (Art. 178) y sin estar registrada en AFIP/ARCA (Art. 1 Ley 25.323). Dos agravantes simultáneos.

Antigüedad 2 años
Salario real $680.000
Agravantes ×2 + ×2
Indem. base Art. 245$680K × 2a $1.360.000
Art. 178 — Embarazo ×2indem × 2 $2.720.000
Multa Art.1 Ley 25.323duplica indem+pre+int $3.400.000
Preaviso + integraciónArt. 231-233 $1.360.000
SAC + días trabajadosArt. 121-123 $386.000
Total Estimado $7.866.000
⚠️ Art. 178 LCT — Protección Maternal:
  • Aplica: despido desde 7.5 meses ANTES del parto hasta 7.5 meses DESPUÉS
  • Efecto: indemnización Art. 245 × 2
  • $1.360.000 base × 2 = $2.720.000
⚠️ Art. 1 Ley 25.323 — Relación No Registrada:
  • Duplica: indemnización + preaviso + integración
  • Base a duplicar: $2.720.000 + $680.000 + $340.000 = $3.740.000
  • Multa: +$3.740.000 (no se acumula ×4, se suma)
💡 Reclamá ante el MTSS:

Si tu empleador no te registró, podés denunciarlo en argentina.gob.ar/trabajo además del reclamo judicial.

Ejemplo 4 NUEVO 2024
Carlos Sosa
Art. 245 bis
41 años Operario Industrial Mendoza

Despedido tras afiliarse al sindicato. Su abogado acredita el carácter discriminatorio. Aplica Art. 245 bis (Ley 27.742) por primera vez en 2026.

Antigüedad 8 años
Salario $1.200.000
Art. 245 bis +100% ✓
Indemnización Art. 245$1.2M × 8a $9.600.000
Art. 245 bis — Discriminatorio+100% indem. $9.600.000
Preaviso 2 mesesArt. 231 >5a $2.400.000
SAC + días + vacacionesvarios arts. $840.000
Total Estimado $22.440.000
🆕 Art. 245 bis — Ley 27.742 (vigente desde jul-2024):

Nuevo artículo incorporado por la Ley de Bases. Si el despido se motiva en causas discriminatorias, la indemnización Art. 245 recibe un agravamiento de hasta el 100% adicional.

🔍 Causas que activan el Art. 245 bis:
  • Afiliación o actividad sindical
  • Género o identidad de género
  • Edad (jóvenes o mayores de 45)
  • Religión, raza, nacionalidad
  • Orientación sexual
  • Discapacidad (en concurrencia con Ley 23.592)
⚖️ ¿Cómo se prueba?

Se invierte la carga probatoria: el empleador debe demostrar que el despido NO fue discriminatorio. Fundamental contar con abogado laboralista.

🎨
Ejemplo 5
Lucía Romero
Part-Time
26 años Diseñadora UX Rosario

Trabaja 4 horas diarias (50% jornada). Despido sin causa tras 3 años. Los trabajadores part-time tienen los mismos derechos que full-time.

Antigüedad 3 años
Salario (50%) $650.000
SMVM check OK ✓
✅ Piso SMVM: $346.800 × 3a = $1.040.400 < $1.950.000 → no aplica piso
Indemnización Art. 245$650K × 3a $1.950.000
Preaviso 1 mesArt. 231 <5a $650.000
Vacaciones 14 díasArt. 150 3a · ÷25 $364.000
SAC proporcionalfórmula ARCA $162.500
Días trabajados (20d)proportional $433.333
Total Estimado $3.559.833
✅ Part-time: Igualdad de derechos (Art. 92 ter LCT):

El trabajador a tiempo parcial tiene los mismos derechos que el trabajador full-time. Los montos se calculan proporcionalmente al salario percibido, no a la jornada.

🏖️ Vacaciones (3 años = 14 días hábiles · Art. 150):
  • Hasta 5 años: 14 días hábiles
  • 5 a 10 años: 21 días hábiles
  • 10 a 20 años: 28 días hábiles
  • +20 años: 35 días hábiles
📋 Divisor vacacional = 25 (Art. 155):

Valor/día vacaciones = $650.000 ÷ 25 = $26.000 × 14 días = $364.000. El divisor es 25, NO 30.

📊 Comparativa de los 5 Casos — Argentina 2026
👨‍💼 Jorge
5a · Fijo · Sin agravante
$12.125.000
Estándar
👩‍💼 María
4a4m → 5a · Variable
$6.655.000
Fracción
🤰 Ana
2a · Art.178 + 25.323
$7.866.000
Agravado
✊ Carlos
8a · Art. 245 bis 🆕
$22.440.000
245 bis
🎨 Lucía
3a · Part-Time 50%
$3.559.833
Part-Time
⚠️ Nota: Montos estimativos según LCT 20.744 + Ley 27.742 · SMVM Feb-2026 $346.800. Los montos reales dependen de la fecha exacta, UF diaria y situación específica de cada caso.
¿Cuál se parece más a tu situación?

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💡 5 Pro Tips antes de mandar el Telegrama o ir al SECLO

Consejos prácticos basados en la LCT 20.744 actualizada y la Ley 27.742 (Bases). Estos tips te ayudan a recibir exactamente lo que te corresponde por ley.

⚖️ LCT 20.744 🆕 Art. 245 bis · Ley 27.742 💰 SMVM Feb-2026: $346.800 📋 Período prueba: 6 meses 🔒 Doctrina Vizzoti
📋
Tip 1 · Crítico

Controlá tus recibos de sueldo y la fecha real de ingreso

⚠️ Crítico
¿Por qué importa? El salario es la base de TODOS los cálculos: indemnización, preaviso, SAC y vacaciones. Si tu empleador registra un salario menor al real, toda tu liquidación se reduce proporcionalmente.
🎯 Qué tenés que hacer:
  • Reuní tus recibos de sueldo de los últimos 12 meses Incluye todos los conceptos: sueldo básico, comisiones, bonos regulares, horas extras habituales
  • Identificá la «mejor remuneración mensual, normal y habitual» (Art. 245 LCT) No incluyas bonos únicos (ej: aguinaldo doble por fusión), solo los pagos regulares y permanentes
  • Para salario variable: guardá los últimos 12 meses La calculadora detecta automáticamente el mes más alto como base indemnizatoria según Art. 245
  • Si hay discrepancia, pedile a RRHH confirmación por escrito Un email sirve como prueba. Decí: «Confirmo mi salario bruto mensual es $X para efectos de la liquidación»
  • Chequeá que tu salario supere el SMVM vigente SMVM Feb-2026: $346.800. Es el piso indemnizatorio por año de antigüedad (Art. 245 piso)
💼 Ejemplo Real 2026:
Martina gana $1.400.000 base + comisiones. Últimos 12 meses: $1.40M, $1.42M, $1.38M, $1.50M, $1.45M, $1.43M, $1.39M, $1.47M, $1.51M, $1.44M, $1.42M, $1.48M.
Mejor remuneración = $1.510.000 (no $1.400.000 base).
Con 5 años de antigüedad: diferencia = ($1.510.000 – $1.400.000) × 5 = +$550.000 extra.
⚠️ Trabajo no registrado: Si no tenés recibos formales, podés usar extractos bancarios, capturas de transferencias, mensajes de WhatsApp con el empleador o testigos. Son prueba válida ante el MTSS y la Justicia Laboral.
📅
Tip 2 · Estratégico

Exigí la liquidación en el plazo legal (4 días hábiles)

📏 Estratégico
¿Por qué importa? Una fracción de más de 3 meses cuenta como un año completo (Art. 245 LCT). Con salarios actuales de 2026, esto puede significar $1.000.000 o más extra en tu indemnización.
🎯 Qué tenés que hacer:
  • Calculá exactamente cuánto tiempo trabajaste (años, meses, días) Desde el día de ingreso hasta el día de egreso — ambas fechas inclusive
  • Si la fracción de meses es > 3 meses → suma 1 año al cómputo Art. 245 Ej: 4 años 4 meses → 5 años para indemnización. 4 años 2 meses → solo 4 años
  • Verificá la fecha exacta en tu contrato o telegrama de ingreso No el primer recibo de sueldo — el primer día de trabajo o firma del contrato
  • Recordá: el preaviso se calcula sobre la antigüedad REAL, no la computada 4a 4m → cómputo Art. 245 = 5 años, pero preaviso = 1 mes (real < 5a exactos)
Antigüedad Real Cómputo Art. 245 Indem. ($1.200.000 salario) Preaviso
4 años exactos 4 años $4.800.000 1 mes
4 años 4 meses 5 años ✓ $6.000.000 (+$1.2M) 1 mes
4 años 2 meses 4 años $4.800.000 1 mes
4 años 11 meses 5 años ✓ $6.000.000 (+$1.2M) 1 mes
5 años exactos 5 años ✓ $6.000.000 2 meses ✓
Base Legal — Art. 245 LCT: «La antigüedad se contará desde el comienzo de la vinculación, y si la fracción excede de 3 meses, se computará como año completo.» Exigí que te apliquen esta regla correctamente.
🤝
Tip 3 · Poder

Cuidado con el «Acuerdo Espontáneo»: No renuncies a tus derechos

🤝 Poder
¿Por qué importa? El empleador no siempre calcula correctamente — a veces por error, a veces a propósito. Verificar ANTES de firmar puede aumentar tu liquidación un 15% a 40%. Una vez que firmás, RRHH dirá «ya está acordado».
🎯 Qué tenés que hacer:
  • ANTES de la reunión de RRHH, calculá tu liquidación en esta calculadora Llegá con el número en la mano. El empleador negocia peor cuando vos sabés la cifra correcta
  • Si hay diferencia, pedí explicación por escrito de cada rubro Preguntá: «¿Cómo calcularon el preaviso?» «¿Por qué no incluyeron la integración del mes?»
  • Llevá impreso el cálculo con las referencias legales (Art. 245, 231, 233) Un cálculo con citas de ley es difícil de ignorar para RRHH y su área legal
  • Si tenés agravante (embarazo, no registrada, Art. 245 bis), mencionalo ANTES de firmar Una vez que firmás sin reclamar el agravante, puede ser tarde para añadirlo
  • Pedí 48 hs para revisar con un profesional — es tu derecho No hay obligación de firmar en el momento. Cualquier presión para firmar «ahora mismo» es señal de alerta
📊 Escenario Real de Negociación 2026 — Roberto (8 años · $1.500.000)
❌ Lo que ofreció RRHH $10.800.000 (mal calculado)
✅ Lo correcto según Art. 245 + 231 + 233 + SAC $14.350.000
💰 Diferencia +$3.550.000 (33% más)
Error de RRHH Usó salario básico ($1.200.000) en vez de mejor rem. ($1.500.000)
🚫 NUNCA firmés un recibo que diga «en concepto de pago total y definitivo» sin verificar. Esa frase cierra cualquier reclamo futuro, incluso si el monto era incorrecto.
💰
Tip 4 · Frecuente

Verificá si te aplica el Tope de Convenio (CCT) o la protección Vizzoti

💰 Frecuente
¿Por qué importa? Vacaciones no gozadas y SAC proporcional son rubros obligatorios que muchas empresas «olvidan» en la liquidación. Con salarios 2026, esto puede sumar fácilmente $600.000 a $1.500.000 extra.
🎯 Qué tenés que hacer:
  • Contá los días de vacaciones no tomados del año en curso Hasta 5 años: 14 días hábiles. 5–10 años: 21 días. 10–20 años: 28 días. +20 años: 35 días (Art. 150 LCT)
  • El divisor vacacional es 25 (Art. 155 LCT) — no 30 Valor día = Salario mensual ÷ 25. Si usan ÷30 o ÷31, el resultado es menor e incorrecto
  • El SAC proporcional se calcula sobre días reales del semestre (fórmula ARCA) No es simplemente salario ÷ 12. Se calcula sobre la mayor remuneración del semestre × días transcurridos ÷ 180
  • El SAC también se paga sobre el preaviso omitido y la integración del mes Muchos empleadores olvidan este SAC adicional sobre los rubros indemnizatorios
  • Incluí días trabajados del último mes no cobrados aún Días del mes de despido que ya trabajaste pero todavía no se liquidaron en el mes corriente
Rubro Fórmula Correcta 2026 Ejemplo ($1.200.000 · 3a)
Vacaciones (14d) Salario ÷ 25 × días $1.200.000 ÷ 25 × 14 = $672.000
SAC semestre Mayor rem. × días ÷ 180 $1.200.000 × 60d ÷ 180 = $400.000
SAC s/preaviso Preaviso ÷ 12 $1.200.000 ÷ 12 = $100.000
TOTAL SAC + Vac $1.172.000 frecuentemente omitido
✓ Checklist antes de firmar la liquidación:
  • ☐ ¿Incluye vacaciones proporcionales del año en curso?
  • ☐ ¿Usa el divisor 25 (no 30) para vacaciones?
  • ☐ ¿Incluye SAC proporcional del semestre actual?
  • ☐ ¿Incluye SAC sobre preaviso omitido?
  • ☐ ¿Incluye SAC sobre integración del mes de despido?
  • ☐ ¿Incluye días trabajados del mes no cobrados?
⚠️ El divisor ÷30 o ÷31 para vacaciones es incorrecto. La ley establece ÷25 (Art. 155 LCT). Si tu liquidación usa otro divisor, reclamá la diferencia.
⚖️
Tip 5 · Legal · 2026

Intimá correctamente a tu empleador antes de considerarte despedido

🆕 Art. 245 bis
¿Por qué importa? Hay situaciones especiales que multiplican tu liquidación. La Ley 27.742 incorporó en 2024 el nuevo Art. 245 bis para despidos discriminatorios. Muchos empleadores no informan estas protecciones.
🎯 Los 5 casos especiales que debés verificar:
🆕 Art. 245 bis — Despido Discriminatorio NUEVO 2024
Ley 27.742 (vigente desde jul-2024): Si el despido se basa en sindicalización, género, edad, religión, orientación sexual o discapacidad, la indemnización Art. 245 recibe un agravamiento de +100%.
  • Se invierte la carga probatoria
  • El empleador debe probar que NO fue discriminatorio
  • Documentá cualquier comentario discriminatorio
  • Ej: $1.200.000 × 8a = $9.6M base + $9.6M bis = $19.2M
🤰 Art. 178 — Despido por Embarazo
Derecho: Indemnización Art. 245 × 2.
  • Aplica: 7.5 meses antes y después del parto
  • El empleador debe probar causa ajena al embarazo
  • Notificá el embarazo por telegrama o burofax
  • Ej: $700.000 × 2a × 2 = $2.800.000
💼 Art. 1 Ley 25.323 — No Registrado
Derecho: Duplica indemnización + preaviso + integración.
  • Prueba válida: Whatsapp, transferencias, testigos, recibos informales
  • Denunciá también ante AFIP/ARCA: puede haber multa adicional
  • No firmés nada que diga «nunca prestaste servicios»
Art. 2 Ley 25.323 — Intimación Sin Pago
Derecho: Multa +50% sobre indem. + preaviso + integración.
  • Aplica si intimaste fehacientemente al empleador y no pagó
  • La intimación debe ser por carta documento o burofax
  • Plazo: 4 días hábiles desde la intimación
  • Acumulable con Art. 1 Ley 25.323
🧪 Art. 92 bis — Período de Prueba 6 Meses
Ley 27.742: Extendido de 3 a 6 meses.
  • Durante prueba: despido sin indemnización Art. 245
  • Después de 6 meses: todos los derechos completos
  • Si pasan los 6 meses sin aviso, la relación se confirma automáticamente
  • Verificá tu fecha exacta de ingreso
🎯 Plan de acción si creés tener un agravante:
  1. Identificá cuál(es) de los 5 casos aplican a tu situación
  2. Documentá TODO antes de que el empleador cambie sistemas o accesos (emails, mails, fotos)
  3. Notificá por escrito al empleador (telegrama o burofax) que reclamas el agravante
  4. Usá la calculadora marcando el agravante correspondiente para ver el monto correcto
  5. Consultá con un abogado laboralista — muchos dan primera consulta gratuita
🆕 Art. 245 bis en 2026 — Primera jurisprudencia formándose: Al ser nuevo, los tribunales laborales están construyendo criterios. Esto significa que los primeros casos que documenten bien el despido discriminatorio tienen mayor peso jurisprudencial. Si creés ser víctima de discriminación laboral, actuá rápido y con asesoramiento.
🚫 NO FIRMÉS nada que mencione «renuncia a futuros reclamos» sin verificar que todos los agravantes estén incluidos. Esa cláusula cancela el 100% de tus derechos adicionales.
📋 Resumen — 5 Pro Tips Argentina 2026
Tip Tema Impacto Potencial 2026 Acción Clave Base Legal
Tip 1 Crítico Documentar salario real vs. recibido +$550.000 – $2.000.000 Reuní 12 meses de recibos y comisiones Art. 245 LCT
Tip 2 Estratégico Fracción > 3 meses = 1 año extra +$600.000 – $1.800.000 Calculá desde el primer día de trabajo Art. 245 LCT
Tip 3 Poder Negociar ANTES de firmar +15% a +40% del total Verificá con calculadora antes de la reunión Art. 245, 231, 233
Tip 4 Frecuente Vacaciones (÷25) + SAC completo +$600.000 – $1.500.000 Chequeá el divisor 25 y el SAC sobre preaviso Art. 150–155, 121–123
Tip 5 🆕 2024 Art. 245 bis + Art. 178 + Ley 25.323 ×2 a ×3 del total Identificá el agravante y documentá ANTES de firmar Art. 245 bis, 178, Ley 25.323
ℹ️ Montos estimativos basados en SMVM $346.800 (Feb-2026) y salarios representativos de distintos sectores. Tu impacto real depende de tu salario y antigüedad específicos.
🚀 ¿Sabés si te están pagando lo que corresponde?

Ahora que conocés los 5 pro tips, usá la calculadora para verificar tu liquidación. Compará con lo que te ofrece RRHH y negociá si hay diferencias.
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❓ Preguntas Frecuentes (FAQ): Ley Laboral Argentina y AFIP

Respuestas actualizadas según LCT 20.744 y Ley 27.742 (Bases). SMVM $346.800 vigente. Incluye el nuevo Art. 245 bis por despido discriminatorio.

42
Preguntas
7
Categorías
2026
Actualizado
⚖️ LCT 20.744 🆕 Art. 245 bis 💰 SMVM $346.800 📋 Prueba 6 meses 🧮 Multas Ley 25.323
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1 ¿Qué es una liquidación laboral en Argentina?

Es el documento que detalla todos los montos que el empleador debe abonar al trabajador cuando termina la relación laboral, sin importar la causa del cese.

Rubros que puede incluir según el caso:

  • Indemnización por antigüedad — Art. 245 LCT (solo despido sin causa)
  • Preaviso omitido — Art. 231-232 LCT
  • Integración del mes de despido — Art. 233 LCT
  • SAC proporcional — Art. 121-123 LCT
  • Vacaciones no gozadas — Art. 150-157 LCT (divisor 25)
  • Días trabajados del mes no cobrados aún
  • Agravantes — Art. 245 bis, Art. 178, Ley 25.323
⚖️ Base: LCT 20.744 + Ley 27.742 · vigente Feb-2026
2 ¿Cuál es la diferencia entre despido con causa y sin causa?
Tipo¿Qué cobrás?Ejemplo (5a · $1.500.000)
Sin causa Indem. + preaviso + integración + SAC + vacaciones ~$14.000.000
Con causa justa Solo SAC + vacaciones + días trabajados ~$1.200.000
Renuncia Solo SAC + vacaciones + días trabajados ~$1.200.000
⚠️ La causa del despido debe ser fehaciente, grave y probada. Si el empleador no puede probarlo, se considera despido sin causa.
⚖️ Art. 242-243 LCT (justa causa)
3 ¿Cuándo me deben pagar la liquidación?

Máximo 4 días hábiles desde que se produce el cese de la relación laboral (Art. 128 LCT).

Si el empleador no paga en ese plazo:

  • Genera intereses punitorios desde el día 5
  • Podés intimarlo por carta documento (telegrama laboral gratuito en correo)
  • Si no paga tras la intimación → aplica multa Art. 2 Ley 25.323 (+50%)
⚠️ El plazo corre sobre días hábiles (lunes a viernes, excepto feriados nacionales).
⚖️ Art. 128 LCT · Ley 25.323 Art. 2
4 ¿Qué es el tope indemnizatorio y la Doctrina Vizzoti?

Tope CCT: El Art. 245 LCT establece que la base indemnizatoria no puede superar 3 veces el promedio de la remuneración del CCT del empleado. Varía por sindicato.

Doctrina Vizzoti (CSJN): Si aplicar el tope CCT reduce la base en más del 33%, se usa el 67% del salario real como mínimo. Protege salarios altos.

✅ Nuestra calculadora aplica la Doctrina Vizzoti automáticamente cuando ingresás el tope CCT en la sección «Agravantes».
⚖️ Art. 245 LCT · CSJN «Vizzoti c/ AMSA» (2004)
5 Si renuncio voluntariamente, ¿qué cobro?

No cobrás indemnización Art. 245 (es solo para despido sin causa). Sí cobrás:

  • ✅ Vacaciones proporcionales no gozadas (÷25)
  • ✅ SAC proporcional del semestre en curso
  • ✅ Días trabajados del mes en curso
  • ✅ Preaviso: debés darlo vos (15 días o 1 mes según antigüedad) — si no lo das, te pueden descontar
  • ❌ Sin indemnización Art. 245
  • ❌ Sin integración del mes de despido
⚠️ Antes de renunciar, usá el comparador de escenarios de la calculadora para ver cuánto más recibirías si esperás un despido sin causa.
⚖️ Art. 240 LCT (renuncia)
6 ¿Cuál es el SMVM 2026 y cómo afecta mi liquidación?

El SMVM (Salario Mínimo Vital y Móvil) fijado por Resolución 9/2025 para febrero 2026 es $346.800.

Mes 2026SMVM
Enero$341.000
Febrero$346.800
Marzo$352.400
Abril$357.800

Impacto en tu liquidación: Si el cálculo Art. 245 da menos que SMVM × años de antigüedad, la ley garantiza el SMVM como piso mínimo indemnizatorio.

⚖️ Art. 245 LCT · Res. 9/2025 · argentina.gob.ar/trabajo/smvm
7 ¿Se descuenta impuesto a las ganancias de la liquidación?

La indemnización por antigüedad (Art. 245) NO está gravada por el impuesto a las Ganancias. Está exenta por ley.

  • Exento de Ganancias: Indemnización Art. 245, Art. 245 bis, integración mes despido, preaviso omitido
  • ⚠️ Gravados: SAC proporcional y vacaciones (sí pueden sufrir retención según escala)

Los montos de la calculadora son brutos. Si estás en escala alta de Ganancias, el neto real puede diferir en SAC/vacaciones.

⚖️ Art. 20 inc. i) Ley 20.628 (Ganancias)
8 ¿Cómo sé si la liquidación que me ofrece RRHH es correcta?

Seguí estos 4 pasos antes de firmar cualquier recibo:

  1. Calculá con esta herramienta usando tus datos exactos
  2. Comparás el resultado con lo que te ofrece RRHH rubro por rubro
  3. Si la diferencia es > $500.000: pedí explicación escrita
  4. Si la diferencia es > $2.000.000: consultá abogado laboralista
✅ Errores más comunes en RRHH: usar salario básico en vez de mejor remuneración, no aplicar fracción de meses, usar divisor ÷30 en lugar de ÷25 para vacaciones, omitir SAC sobre preaviso.
9 ¿Cómo se calcula exactamente la indemnización por antigüedad?

Fórmula Art. 245 LCT:

Mejor remuneración mensual × años de antigüedad computados

  • Fracción > 3 meses → suma 1 año (Ej: 4a 5m = 5 años)
  • Piso mínimo: SMVM ($346.800 Feb-2026) × años
  • Tope máximo: 3 veces el promedio del CCT aplicable
  • Mínimo 1 mes de indemnización siempre

Ejemplo 2026: $1.200.000 × 5 años = $6.000.000. Verificar piso: $346.800 × 5 = $1.734.000 → el cálculo real es mayor, aplica el real.

⚖️ Art. 245 LCT
10 ¿Qué significa «mejor remuneración mensual, normal y habitual»?

Es la remuneración más alta cobrada de manera regular y permanente durante los últimos 12 meses (Art. 245 LCT). Se usa como base de la indemnización.

  • ✅ Incluye: sueldo básico, comisiones mensuales regulares, presentismo, horas extras habituales
  • ❌ Excluye: bonos únicos por fusión, reembolsos de gastos, beneficios en especie eventuales

Ejemplo: Últimos 12 meses: $1.1M, $1.15M, $1.2M, $1.35M, $1.3M, $1.28M… → Base = $1.350.000 (el más alto).

⚠️ La ley dice «últimos 12 meses», no 6 meses. Calculadoras que usan 6 meses pueden subestimar tu base indemnizatoria.
⚖️ Art. 245 LCT (párrafo 2)
11 ¿Cómo funciona la regla de fracción mayor a 3 meses?

Cuando la fracción de meses de tu antigüedad supera los 3 meses, se computa como año completo para la indemnización Art. 245. No aplica para el cálculo del preaviso (que va por antigüedad real).

Antigüedad RealCómputo Art. 245Preaviso
4 años exactos4 años1 mes
4 años 2 meses4 años (fracción ≤3m)1 mes
4 años 4 meses5 años ✓1 mes (real <5a)
5 años exactos5 años ✓2 meses ✓
⚖️ Art. 245 LCT (fracción)
12 ¿Cuántos meses de preaviso me corresponden?

El preaviso se calcula sobre la antigüedad real (no la computada para Art. 245):

Antigüedad RealPreavisoEjemplo ($1.200.000)
Menos de 5 años1 mes$1.200.000
5 años o más2 meses$2.400.000

Si el empleador no otorgó preaviso, debe abonar el monto equivalente. Si lo otorgó (trabajaste el período), solo cobrás la parte proporcional no trabajada.

⚖️ Art. 231-232 LCT
13 ¿Cómo se calcula el SAC proporcional en una liquidación?

El SAC (Sueldo Anual Complementario) en una liquidación tiene dos componentes:

  • SAC del semestre en curso = Mayor remuneración del semestre × días trabajados ÷ 180 (fórmula ARCA/AFIP)
  • SAC sobre preaviso omitido = monto preaviso ÷ 12
  • SAC sobre integración del mes = monto integración ÷ 12

Ejemplo (salario $1.200.000, trabajó 60 días del semestre, preaviso 1 mes):

  • SAC semestre: $1.200.000 × 60 ÷ 180 = $400.000
  • SAC preaviso: $1.200.000 ÷ 12 = $100.000
  • SAC integración: $600.000 ÷ 12 = $50.000
⚠️ El SAC sobre preaviso e integración es frecuentemente omitido por RRHH. Verificá que tu liquidación lo incluya.
⚖️ Art. 121-123 LCT
14 ¿Cómo se calculan las vacaciones no gozadas? ¿Divisor 25 o 30?

Divisor correcto: 25 (Art. 155 LCT). Usar 30 o 31 es un error frecuente que reduce el monto.

Fórmula: Salario ÷ 25 × días hábiles de vacaciones no gozadas

AntigüedadDías hábilesEjemplo $1.000.000 · 10 días
Hasta 5 años14 días$1.000.000 ÷ 25 × 10 = $400.000
5 a 10 años21 días
10 a 20 años28 días
Más de 20 años35 días
🚫 Si tu liquidación usa ÷30, el valor diario es menor. Exigí que usen el divisor ÷25 conforme Art. 155 LCT.
⚖️ Art. 150, 155, 156 LCT
15 ¿Qué es la integración del mes de despido?

Es el complemento del mes en que se produjo el despido. Si te despiden el día 10 de febrero, el empleador debe abonar los días restantes hasta el fin del mes (del 11 al 28).

Fórmula: Salario ÷ 30 × días restantes del mes

Ejemplo: Despido 10 de febrero. Días restantes: 18. Con salario $1.500.000 → Integración = $1.500.000 ÷ 30 × 18 = $900.000.

✅ La integración NO aplica si el despido ocurre el último día del mes o si el empleador otorgó preaviso.
⚖️ Art. 233 LCT
16 ¿Los bonos y comisiones se incluyen en la base de liquidación?

Depende de si son «normales, habituales y permanentes»:

  • Sí incluye: comisiones mensuales regulares, bonos de presentismo, horas extras habituales, adicionales fijos
  • No incluye: bonus anual por desempeño (no garantizado), reembolsos de gastos, ropa de trabajo, beneficios eventuales

Para salarios variables, se toma el mes más alto de los últimos 12 meses (no el promedio).

⚖️ Art. 245 LCT (remuneración mensual normal y habitual)
17 ¿Qué intereses generan si no me pagan en los 4 días hábiles?

Si no pagaron dentro de los 4 días hábiles, el monto adeudado genera intereses desde el día de la mora. La tasa varía según el juzgado (generalmente se aplica tasa activa del Banco Nación o tasa CER).

Adicionalmente, si intimás fehacientemente y no pagan, podés aplicar la multa del Art. 2 Ley 25.323 (+50%) sobre indemnización + preaviso + integración.

Ejemplo: Liquidación de $10.000.000 sin pagar. Multa Art. 2: +$5.000.000. Total a reclamar: $15.000.000.

⚖️ Art. 128 LCT · Ley 25.323 Art. 2
18 ¿Qué es el Art. 245 bis y cuándo aplica? 🆕 2024

El Art. 245 bis fue incorporado por la Ley 27.742 (Ley de Bases), vigente desde julio 2024. Establece un agravamiento de hasta el 100% sobre la indemnización Art. 245 cuando el despido es discriminatorio.

Causales que activan el Art. 245 bis:

  • Sindicalización o actividad gremial
  • Género o identidad de género
  • Edad (jóvenes o mayores de 45 años)
  • Religión, raza, etnia, nacionalidad
  • Orientación sexual
  • Discapacidad
🆕 Se invierte la carga probatoria: el empleador debe probar que el despido NO fue discriminatorio. Esto es una gran ventaja para el trabajador.

Ejemplo: Despido por sindicalización. Indem. base: $9.600.000 + Art. 245 bis: $9.600.000 = $19.200.000 total.

⚖️ Art. 245 bis LCT (Ley 27.742 · jul-2024)
19 ¿Cuánto dura ahora el período de prueba con la Ley 27.742?

La Ley 27.742 modificó el Art. 92 bis LCT y extendió el período de prueba de 3 a 6 meses para todos los empleadores (desde julio 2024).

PeríodoDerechos del trabajador
Días 1 a 180 (6 meses)Sin indemnización Art. 245 si hay despido
A partir del día 181Todas las protecciones LCT completas

Durante el período de prueba el trabajador sí tiene derecho a: SAC proporcional, vacaciones, obra social y ART.

⚠️ Si el empleador no notificó el despido dentro de los 6 meses, la relación laboral se consolida automáticamente con todos los derechos.
⚖️ Art. 92 bis LCT (mod. Ley 27.742)
20 ¿Qué cambió en materia laboral con la Ley 27.742 (Ley de Bases)?

La Ley 27.742 («Ley de Bases»), vigente desde julio 2024, introdujo estos cambios principales en el derecho laboral:

  • 🆕 Art. 245 bis: Nuevo agravante por despido discriminatorio (+100% indem.)
  • 🆕 Art. 92 bis: Período de prueba extendido de 3 a 6 meses
  • 🆕 Fondo de Cese Laboral: Para nuevas contrataciones bajo régimen optativo (sector construcción primero)
  • LCT 20.744 vigente: El resto de la LCT no fue modificado sustancialmente
⚖️ Ley 27.742 · texto oficial
21 ¿El Art. 245 bis se puede acumular con otros agravantes?

Los agravantes son independientes y acumulables cuando corresponden a causales distintas:

  • ✅ Art. 245 bis + Art. 2 Ley 25.323 (no pagó tras intimación) → acumulables
  • ✅ Art. 245 bis + SAC + vacaciones → siempre aplican
  • ⚠️ Art. 245 bis + Art. 178 (embarazo) → consultar abogado, posible concurso
  • ⚠️ Art. 245 bis + Art. 1 Ley 25.323 (no registrado) → consultar, pueden acumularse sobre bases distintas
🆕 El Art. 245 bis es nuevo y la jurisprudencia sobre su acumulación con otros agravantes se está formando en 2025-2026. Es fundamental asesorarse con abogado laboralista.
⚖️ Art. 245 bis · Art. 178 · Ley 25.323
22 ¿Cuál es la diferencia entre Art. 1 y Art. 2 de la Ley 25.323?
ArtículoCausalEfecto
Art. 1 · Ley 25.323 Relación laboral no registrada o deficientemente registrada Duplica indemnización + preaviso + integración
Art. 2 · Ley 25.323 Empleador intimado fehacientemente y no pagó dentro del plazo +50% sobre indemnización + preaviso + integración

Son acumulables: si trabajaste en negro Y el empleador no pagó tras ser intimado, podés aplicar ambos.

⚠️ Para Art. 2, la intimación debe ser fehaciente (carta documento o telegrama laboral). Un WhatsApp no es suficiente.
⚖️ Ley 25.323 Art. 1 y Art. 2
23 ¿Cómo funciona la Doctrina Vizzoti en la práctica?

Fallo de la CSJN (2004): si el tope del CCT reduce la base indemnizatoria a menos del 67% del salario real, se usa el 67% como piso. Solo afecta la base Art. 245, no los demás rubros.

Ejemplo: Salario real $3.000.000. Tope CCT: $1.500.000 (solo el 50%). Como 50% < 67% → se aplica el 67% = $2.010.000 como base.

Sin Vizzoti: $1.500.000 × 8a = $12.000.000. Con Vizzoti: $2.010.000 × 8a = $16.080.000 (+$4.080.000).

✅ La calculadora aplica Vizzoti automáticamente cuando ingresás el tope CCT. El 67% se protege en todos los casos.
⚖️ CSJN «Vizzoti c/ AMSA S.A.» (2004)
24 ¿Cuándo prescriben los derechos de liquidación?

La acción para reclamar créditos laborales prescribe a los 2 años desde que la obligación era exigible (generalmente desde el despido o el momento en que debió pagarse).

  • Prescripción general: 2 años (Art. 256 LCT)
  • Multas Ley 25.323: 2 años también
  • Reclamación ante AFIP/ARCA por aportes no depositados: 10 años
🚫 Pasados los 2 años, la justicia rechazará tu demanda por prescripción. Si tenés una diferencia pendiente, actuá YA.
⚖️ Art. 256 LCT
25 ¿Puedo reclamar después de firmar la liquidación?

Sí, en Argentina no podés renunciar a derechos laborales por contrato (Art. 12 LCT). Aunque firmés «recibí conforme», podés reclamar ante la justicia la diferencia.

Sin embargo, es más difícil y costoso que reclamar antes de firmar:

  • Deberás probar que el monto era incorrecto
  • El empleador argumentará que firmaste de conformidad
  • Si firmaste «en concepto de pago total y definitivo», el juez evaluará si hubo renuncia válida
✅ Siempre mejor reclamar ANTES de firmar. Usá esta calculadora y llevá el cálculo a la reunión de RRHH.
⚖️ Art. 12, 15 y 277 LCT (irrenunciabilidad)
26 ¿Necesito un abogado para reclamar mi liquidación?

No es obligatorio para un reclamo administrativo ante el MTSS, pero sí es fuertemente recomendado si:

  • La diferencia supera $2.000.000
  • El empleador se niega a pagar o a negociar
  • Hay agravantes (embarazo, no registrado, Art. 245 bis)
  • Necesitás presentar una demanda judicial

Dónde conseguir asesoramiento gratuito:

  • Sindicato de tu sector (primera consulta gratis)
  • Ministerio de Trabajo (MTSS)
  • Defensoría del Pueblo de tu provincia
  • Facultades de Derecho (consultorios jurídicos gratuitos)
⚖️ Art. 277 LCT (representación en juicio)
27 ¿Mis aportes y obra social se mantienen durante la liquidación?

Durante el período de preaviso y hasta la fecha de cese efectivo, el empleador debe mantener al trabajador activo en ARCA (ex-AFIP) y abonar los aportes correspondientes.

  • Obra social: Cobertura continua hasta 3 meses después del cese (Art. 10 Ley 23.660)
  • ART: Vigente hasta el último día trabajado
  • Aportes jubilatorios: El empleador debe depositar lo correspondiente a todos los rubros abonados
⚠️ Verificá en Mi ANSES y en tu obra social que los aportes estén registrados correctamente al momento del cese.
28 ¿Puede el empleador condicionarme a «no reclamar más» para cobrar?

No legalmente. En Argentina, los derechos laborales son irrenunciables (Art. 12 LCT). Ningún contrato o acuerdo puede eliminarte el derecho a reclamar diferencias.

Sin embargo, en la práctica ocurre. Si el empleador te exige firmar «renuncia a todo reclamo futuro» como condición de pago:

  1. Firmá el recibo de pago pero añadí «bajo protesta» o «sin perjuicio de diferencias»
  2. Consultá abogado antes de firmar cualquier «acta de conciliación»
  3. Los acuerdos ante el SECLO (Ministerio de Trabajo) sí tienen fuerza legal homologada
🚫 Un «acta de conciliación» homologada ante el Ministerio de Trabajo SÍ puede cerrar reclamos. Leela con abogado antes de firmar.
⚖️ Art. 12 y 15 LCT (irrenunciabilidad)
29 ¿Estoy obligado a aceptar el pago en cuotas?

No. Tenés derecho al pago total dentro de los 4 días hábiles. Aceptar cuotas es una decisión tuya, no una obligación.

Si acordás cuotas, siempre hacelo por escrito con:

  • Fecha exacta de cada cuota
  • Monto de cada cuota
  • Medio de pago (transferencia bancaria preferible)
  • Cláusula de caducidad de plazos si incumplen
  • Firma de representante legal del empleador
⚠️ Si una cuota vence y no cobran, pueden reclamar el total restante de inmediato más intereses desde la mora original.
30 Estoy embarazada y me despiden, ¿cuánto más cobro?

Si el despido se produce durante el período de protección maternal, la indemnización Art. 245 se duplica. El empleador debe probar que no fue por el embarazo.

Período de protección: 7.5 meses antes del parto y 7.5 meses después.

Ejemplo 2026: Salario $800.000 · 3 años → Indem. base: $2.400.000 × 2 = $4.800.000 solo en indemnización (más preaviso, SAC, etc.).

⚠️ Notificá tu embarazo por telegrama laboral (gratuito en correo) para crear constancia fehaciente. Sin notificación, el empleador puede alegar desconocimiento.
⚖️ Art. 177-178 LCT
31 Trabajé en negro (no registrado), ¿cómo reclamo mi liquidación?

Tenés los mismos derechos laborales, más la multa por no registración. El trabajo no registrado duplica los principales rubros.

Pruebas válidas:

  • Mensajes de WhatsApp con el empleador
  • Transferencias bancarias recibidas
  • Testigos (compañeros de trabajo)
  • Fotos/videos en el lugar de trabajo
  • Correos electrónicos de la empresa
🚫 NUNCA firmes un documento que diga «nunca prestaste servicios» o «no tuve relación laboral con esta empresa». Esa firma cierra tu reclamo.
⚖️ Art. 1 Ley 25.323 · Art. 52 LCT (registro)
32 Trabajo part-time, ¿tengo los mismos derechos en la liquidación?

Sí. El trabajador a tiempo parcial tiene exactamente los mismos derechos que el full-time (Art. 92 ter LCT). Los montos se calculan proporcionalmente al salario real percibido, no a la jornada.

Ejemplo: Part-time $650.000 · 3 años:

  • Indem. Art. 245: $650.000 × 3 = $1.950.000
  • Vacaciones: misma cantidad de días (14 por 3 años), calculadas sobre $650.000 ÷ 25
  • SAC: sobre el salario real de $650.000
⚖️ Art. 92 ter LCT
33 Tengo discapacidad y me despidieron, ¿tengo protección especial?

Sí. El trabajador con discapacidad goza de protección especial bajo la Ley 22.431 y el nuevo Art. 245 bis (Ley 27.742):

  • Ley 22.431: Las empresas con >100 empleados deben reservar el 4% para personas con discapacidad. Despedir a un trabajador con discapacidad puede ser considerado discriminatorio
  • Art. 245 bis (2024): El despido motivado en la discapacidad activa el agravante +100% sobre la indemnización
  • Ley 23.592: Ley Antidiscriminatoria permite pedir reincorporación o indemnización agravada
🆕 El Art. 245 bis da una herramienta nueva y poderosa para trabajadores con discapacidad despedidos por ese motivo.
⚖️ Art. 245 bis · Ley 22.431 · Ley 23.592
34 Soy delegado sindical o me afiliaron al sindicato y me despidieron, ¿qué derechos tengo?

Tenés dos niveles de protección:

  • Tutela sindical (Art. 52 Ley 23.551): El empleador necesita autorización judicial («desafuero») para despedir a un delegado gremial. Sin ello, el despido es nulo
  • Art. 245 bis (Ley 27.742): Si el despido se motiva en la sindicalización o actividad gremial, aplica el agravante +100% sobre la indemnización Art. 245

Si sos delegado: primero corresponde la acción de reinstalación o pago de tutela sindical (1 año de salarios). Si no sos delegado pero te afiliaron: Art. 245 bis.

🆕 El Art. 245 bis invierte la carga probatoria: el empleador debe demostrar que el despido NO tuvo motivación sindical.
⚖️ Art. 245 bis LCT · Art. 52 Ley 23.551
35 Me despidieron por mi edad (mayor de 45 o muy joven), ¿aplica el Art. 245 bis?

Sí. La edad es una de las causales explícitas del Art. 245 bis (Ley 27.742). Si podés acreditar que el despido se motivó en tu edad, el agravante +100% aplica.

Cómo documentarlo:

  • Emails internos que mencionen la edad como factor
  • Comentarios del superior documentados (WhatsApp, chat de empresa)
  • Patrón de despidos selectivos por edad en la empresa
  • Testigos de conversaciones discriminatorias
🆕 Con Art. 245 bis, el empleador debe probar que el despido fue por razones ajenas a la edad. Esto facilita mucho el reclamo.
⚖️ Art. 245 bis LCT · Ley 23.592
36 ¿Puedo negociar el monto con RRHH antes de firmar?

Sí, y es el mejor momento. RRHH negocia peor cuando el trabajador llega con el cálculo correcto en mano.

Estrategia efectiva:

  1. Calculá tu liquidación correcta con esta calculadora
  2. Imprimí el desglose con los artículos legales
  3. En la reunión: presentá el cálculo y pedí que expliquen cada diferencia
  4. Pedí 48 hs para revisar con un profesional (es tu derecho)
  5. Si hay diferencia importante, mencioná que vas a consultar abogado
✅ En el 70% de los casos, RRHH corrige errores cuando el trabajador presenta el cálculo correcto con referencias legales. No es necesario llegar al juicio.
37 RRHH me ofrece menos de lo que me corresponde, ¿qué hago paso a paso?
  1. Verificá con la calculadora que tu cálculo es correcto
  2. Pedí por email el desglose rubro a rubro de lo que ofrece RRHH
  3. Compará rubro a rubro e identificá las diferencias concretas
  4. Respondé por email indicando cuál es el monto correcto y citando los artículos LCT
  5. Si no llegan a acuerdo: telegrama laboral gratuito (intimación fehaciente) — aplica Art. 2 Ley 25.323 (+50%) si no pagan
  6. Si no pagan tras la intimación: Ministerio de Trabajo (SECLO) o demanda judicial
🚫 NO firmes ningún recibo ni acuerdo mientras haya diferencias pendientes sin resolver.
38 ¿Puedo pedir tiempo para revisar antes de firmar?

Sí. No existe ninguna obligación legal de firmar en el momento. Podés pedir 48 a 72 horas hábiles para revisar con un profesional.

  • El empleador tiene 4 días hábiles para pagar — el tiempo corre desde el cese, no desde que firmás
  • Si el empleador presiona para firmar «en el momento», es una señal de alerta
  • Podés firmar el recibo de conformidad con la leyenda «bajo protesta» o «ad referéndum de revisión»
⚠️ Una presión excesiva del empleador para firmar inmediatamente suele indicar que el monto ofrecido tiene errores a su favor.
39 ¿Qué es el telegrama laboral y cómo lo uso para reclamar?

El telegrama laboral es una comunicación fehaciente gratuita disponible en cualquier correo argentino. Es la forma oficial de intimar al empleador antes de accionar judicialmente.

Cuándo usarlo:

  • Intimación al empleador para que abone la liquidación correcta
  • Notificación de embarazo (para protección Art. 177-178)
  • Renuncia formal (con 15 días o 1 mes de preaviso)
  • Cuándo usarlo:

    • Intimación al empleador para que abone la liquidación correcta
    • Notificación de embarazo (para protección Art. 177-178)
    • Renuncia formal (con 15 días o 1 mes de preaviso según antigüedad)
    • Intimación para registrar correctamente la relación laboral

    Cómo enviar el telegrama:

    1. Presentate en cualquier correo argentino con tu DNI
    2. Decí que querés enviar un «telegrama laboral gratuito»
    3. Dictás el texto: nombre, CUIL, empleador, domicilio y tu reclamo concreto
    4. Guardá el comprobante de envío (es tu prueba fehaciente)
    ✅ El telegrama laboral tiene costo CERO para el trabajador. Es un derecho garantizado por la Ley 23.789. Usalo siempre antes de ir a juicio.
    ⚖️ Ley 23.789 · argentina.gob.ar/trabajo/reclamos
40 El empleador no me paga la liquidación, ¿qué hago paso a paso?

Seguí este protocolo estricto para proteger tus derechos y activar las multas legales:

  1. Día 1 al 4 hábil: Esperá el plazo legal de pago. Mientras tanto, calculá el monto correcto con esta calculadora y documentá todo
  2. Día 5 hábil: Enviá un telegrama laboral gratuito intimando al pago en 48 hs. Indicá el monto exacto que reclamás y los artículos LCT correspondientes
  3. Si no pagan en 48 hs: Se activa la multa del Art. 2 Ley 25.323 (+50%) sobre indemnización + preaviso + integración
  4. Presentá reclamo ante el SECLO (Ministerio de Trabajo) — es gratuito y obligatorio antes de iniciar juicio en CABA y muchas provincias
  5. Si la mediación falla: Demanda judicial ante el Juzgado Nacional del Trabajo — podés ir con abogado del sindicato o de la Defensoría
⚠️ Cada día sin telegrama es un día de intereses que no corren formalmente. No esperes más de 5 días hábiles sin actuar.
⚖️ Art. 128 LCT · Art. 2 Ley 25.323 · Ley 24.635 (SECLO)
41 ¿Cómo hago un reclamo ante el Ministerio de Trabajo (SECLO)?

El SECLO (Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria) es una instancia previa obligatoria al juicio en Capital Federal. Es gratuita para el trabajador.

Cómo funciona:

  1. Presentás el reclamo en línea en argentina.gob.ar/trabajo/seclo o presencialmente en Av. Leandro N. Alem 628, CABA
  2. El SECLO cita a ambas partes (empleador y trabajador) a una audiencia de mediación
  3. Un conciliador neutral intenta que lleguen a un acuerdo
  4. Si acuerdan: el acta homologada tiene fuerza ejecutiva inmediata (vale como sentencia)
  5. Si no acuerdan: el SECLO emite un certificado que habilita la demanda judicial
AspectoSECLOJuicio
Costo para el trabajadorGratisPosible honorarios
Tiempo2-8 semanas6 meses – 3 años
ResultadoAcuerdo vinculanteSentencia judicial
¿Obligatorio?Sí (CABA, antes del juicio)Solo si SECLO falla
✅ El 65% de los casos se resuelven en SECLO sin llegar a juicio. Es más rápido y sin riesgo económico para el trabajador.
⚖️ Ley 24.635 · SECLO online
42 ¿Cuánto tarda un juicio laboral en Argentina?

Los tiempos varían según jurisdicción y complejidad del caso:

InstanciaDuración estimada
SECLO (mediación previa)2 a 8 semanas
Juzgado Nacional del Trabajo (CABA)12 a 24 meses
Juicio laboral provincial (promedio)6 a 36 meses
Acuerdo en audiencia de vista de causa30% de los casos

La buena noticia: en la mayoría de los casos el empleador prefiere llegar a un acuerdo extrajudicial antes de la primera audiencia para evitar costos y exposición pública.

Los intereses siguen corriendo durante todo el proceso a favor del trabajador, lo cual a veces hace que el monto final sea mayor que el original.

✅ Con buena documentación (recibos, contrato, telegrama de intimación, cálculo detallado), la mayoría de los casos de liquidación incorrecta se resuelven antes del juicio oral.
⚖️ Ley 18.345 (Ley de Procedimiento Laboral)
43 ¿Tengo posibilidades reales de ganar un juicio laboral?

En Argentina, la legislación laboral tiene un principio fundamental: el principio protectorio (Art. 9 LCT). Ante la duda, se falla a favor del trabajador.

  • El 80%+ de los casos de liquidación incorrecta con documentación adecuada se resuelven favorablemente para el trabajador
  • ✅ La carga de la prueba en muchos supuestos recae sobre el empleador (especialmente con Art. 245 bis y Art. 178)
  • ✅ Los juzgados laborales son especializados y conocen bien los errores típicos de RRHH
  • ⚠️ Sin documentación (sin recibos, sin contrato, sin testigos) las chances se reducen considerablemente
✅ Si tu liquidación está mal calculada y tenés los recibos de sueldo + fecha de ingreso + comunicación de despido, las posibilidades de ganar son muy altas. Muchos empleadores prefieren acordar antes del juicio.
⚖️ Art. 9 LCT (principio protectorio e in dubio pro operario)
44 ¿Qué documentos necesito reunir para un reclamo laboral?

Reuní estos documentos antes de que el empleador te corte los accesos:

PrioridadDocumentoPara qué sirve
🔴 EsencialRecibos de sueldo (últimos 12 meses)Base para calcular mejor remuneración Art. 245
🔴 EsencialContrato o mail de oferta laboralPrueba fecha de ingreso y condiciones
🔴 EsencialComunicación de despido (mail o carta)Confirma causa y fecha de cese
🟡 ImportanteLiquidación final ofrecida por RRHHComparar con el cálculo correcto
🟡 ImportanteExtracto bancario de cobrosPrueba de relación laboral y salario real
🟢 ÚtilWhatsApp / chats con superioresPrueba de trabajo, horarios y condiciones
🟢 ÚtilComprobante telegrama laboralPrueba de intimación fehaciente
⚠️ Descargá todo ahora: correos corporativos, documentos de Drive/OneDrive de la empresa, contactos de compañeros-testigos. Una vez que te den de baja, perdés el acceso.
⚖️ Art. 52 y 140 LCT (obligaciones registrales del empleador)
45 ¿Tengo que pagar costas si pierdo el juicio laboral?

En la gran mayoría de los casos, NO. El principio de gratuidad del proceso laboral (Art. 20 LCT) protege al trabajador de los costos procesales.

  • Actuación procesal gratuita: No pagás tasa de justicia ni sellados
  • Beneficio de litigar sin gastos: Si perdés, generalmente no abonás costas del empleador
  • Honorarios del abogado propio: Muchos trabajan «a éxito» (cobran solo si ganás, un % de lo obtenido)
  • ⚠️ Excepción: Si se prueba que el reclamo fue temerario o de mala fe, puede haber condena en costas

Honorarios «a éxito» (contingencia): El abogado cobra entre el 15% y 25% de lo obtenido. Si no ganás nada, no pagás nada.

✅ El sistema laboral argentino está diseñado para que reclamar no tenga riesgo económico para el trabajador de buena fe. Si tu liquidación es incorrecta, es seguro reclamar.
⚖️ Art. 20 LCT (gratuidad) · Ley 18.345 Art. 22
🧮 ¿Tu pregunta no está en el FAQ?

Estas son las 45 preguntas más frecuentes de trabajadores argentinos.
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Auxilio de cesantía, preaviso, décimo tercer y decimocuarto mes proporcionales.

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