Vacaciones laborales en Guatemala: 15 días hábiles, cómo se acumulan y cómo cobrarlas
El descanso legal que muchas empresas no otorgan — y que siempre se cobra en la liquidación.
Las vacaciones en Guatemala son 15 días hábiles por año según el Art. 130 del Código de Trabajo. El detalle importante: son días hábiles, no días calendario. Esto quiere decir que 15 días hábiles equivalen aproximadamente a 2 semanas y media de descanso real. Si el empleador nunca te dio vacaciones, tenés derecho a cobrarlas en la liquidación.
¿Qué son «días hábiles» en Guatemala?
Los días hábiles son los días en que normalmente se trabaja según el contrato. En la jornada ordinaria guatemalteca (lunes a viernes, o lunes a sábado en algunos sectores), los días hábiles excluyen domingos y días de asueto nacional. Los sábados se incluyen si son parte de la jornada habitual del trabajador.
| Años de servicio | Días de vacaciones/año | Observación |
|---|---|---|
| Menos de 1 año | Proporcional al tiempo | No hay derecho a vacaciones completas |
| 1 año o más | 15 días hábiles | Art. 130 CT — mínimo irrenunciable |
| Acumuladas sin gozar | Hasta 2 años | Pasados 2 años puede prescribir el período más antiguo |
Cómo se pagan las vacaciones en la liquidación
+ fracciones proporcionales del período en curso
Pago por vacaciones = Salario diario × días hábiles
Salario diario = Salario mensual ÷ 30 (para efectos de vacaciones)
Ejemplo: Q5,000/mes · 2 años sin vacaciones (30 días hábiles totales)
→ Salario diario: Q5,000 ÷ 30 = Q166.67
→ Pago: Q166.67 × 30 = Q5,000
Preguntas frecuentes
El Código de Trabajo guatemalteco es claro: las vacaciones son para descanso obligatorio y no pueden sustituirse por dinero mientras la relación laboral está activa. El trabajador DEBE gozar las vacaciones. Solo al terminar la relación laboral, las vacaciones no gozadas se pagan en efectivo.
El empleador está en falta. Las vacaciones de los primeros 2 años no prescritas pueden reclamarse en la liquidación. Para años con más de 2 años de antigüedad de las vacaciones no gozadas, hay riesgo de prescripción, pero podés intentar reclamarlas ante la IGT y el juez evaluará el caso.
Si llevás 8 meses trabajando, no completaste 1 año y no tenés derecho a las 15 días completas. Sin embargo, al terminar la relación, cobras las vacaciones proporcionales a esos 8 meses: 15 días × 8÷12 = 10 días hábiles de salario.
Sí. Los días de asueto nacional reconocidos por el Código de Trabajo no se cuentan como días hábiles. Si tu período de vacaciones incluye, por ejemplo, el Lunes Santo, ese día no cuenta como día hábil de vacaciones — se extiende el período.
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Calcular vacaciones →Última actualización: junio 2026. Base legal: Código de Trabajo de Guatemala (Decreto 1441), Decreto 76-78 (Aguinaldo), Decreto 42-92 (Bono 14), Ac. Gub. 256-2025 (Salario Mínimo). Fuente oficial: Ministerio de Trabajo y Previsión Social de Guatemala (MINTRAB).