Partes del Finiquito Laboral en México 2026: Todo lo que Debe Incluir

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Partes del Finiquito Laboral en México 2026: Qué Debe Incluir y Qué Falta

Antes de firmar cualquier finiquito, necesitas saber exactamente qué conceptos lo componen. Hay partes que siempre te deben pagar y otras que solo aplican si te despidieron sin causa.

Actualizado junio 2026 LFT completa Con desglose por caso Lectura: 20 min
📅 Junio 2026 ⚖️ LFT vigente ✍️ FiniquitoJusto

Cuando llega el momento de salir de un trabajo, hay una conversación que casi todo mundo evita porque no sabe exactamente de qué hablar. Recursos Humanos te presenta un papel, te dice cuánto te van a pagar, y muchos lo firman sin siquiera revisar si todos los conceptos están ahí. El resultado: miles de trabajadores mexicanos cobran menos de lo que les corresponde todos los años.

Esta guía es para que eso no te pase. Te explicamos cada parte del finiquito, la base legal que la respalda, cómo se calcula y cómo verificar que el monto es correcto. Con eso en la mano, la próxima vez que estés frente a ese papel, sabrás exactamente qué leer.

📖 Definición · Finiquito Laboral en México
El finiquito laboral en México es el documento y pago que formaliza el fin de la relación de trabajo. Incluye todos los derechos laborales devengados (generados pero no pagados) hasta la fecha de baja. Sus partes varían según el motivo de terminación: hay componentes que se pagan siempre, y otros que solo aplican cuando la empresa termina la relación sin una causa justificada. Está regulado principalmente por los artículos 50, 76, 80, 87 y 162 de la Ley Federal del Trabajo.

Las 3 partes básicas: te las pagan siempre

Independientemente de por qué termina la relación laboral —si renunciaste tú, si te despidieron o si fue de mutuo acuerdo— hay tres conceptos que el empleador siempre debe incluir en tu finiquito. No son opcionales, no son negociables, están en la LFT y punto.

Parte básica #1
Aguinaldo proporcional
📋 Art. 87 LFT · Aplica siempre
El aguinaldo es un pago anual equivalente a mínimo 15 días de salario que se paga antes del 20 de diciembre de cada año. Si saliste de la empresa antes de que lo pagaran, te corresponde la parte proporcional al tiempo trabajado en ese año. Si llevas 6 meses del año en la empresa, te deben 7.5 días de salario.
Parte básica #2
Vacaciones proporcionales no gozadas
📋 Arts. 76-78 LFT · Aplica siempre
Al cumplir cada año de servicio generas una dotación de días de vacaciones. Los que no tomaste antes de salir de la empresa, te los tienen que pagar en efectivo. Desde la reforma de 2023, los días de vacaciones del primer año son 12; el segundo año 14; el tercero y cuarto 16; del quinto en adelante aumentan en 2 días cada 5 años adicionales.
Parte básica #3
Prima vacacional proporcional
📋 Art. 80 LFT · Aplica siempre
La prima vacacional es el 25% adicional que la ley te garantiza sobre el valor de tus días de vacaciones. Si tus vacaciones valen $3,000, la prima mínima es de $750 adicionales. Esta prima también se paga en el finiquito, proporcional a los días no gozados.

Aguinaldo proporcional: la fórmula exacta

El aguinaldo se genera a lo largo del año del 1 de enero al 31 de diciembre. Si saliste a mitad del año, recibes la fracción correspondiente.

Fórmula del aguinaldo proporcional

Aguinaldo proporcional = Días de aguinaldo mínimo × (meses trabajados en el año ÷ 12) × salario diario base

🗓️ Ejemplo: Trabajadora con $13,000/mes que renuncia en agosto
Salario mensual dato $13,000
Salario diario $13,000 ÷ 30 $433.33
Meses trabajados en 2026 enero a agosto = 8 meses 8
Días de aguinaldo proporcional 15 días × (8 ÷ 12) 10 días
Aguinaldo proporcional $433.33 × 10 = $4,333.30

ℹ️ ¿Y si la empresa paga más de 15 días de aguinaldo? Si tu empresa te pagaba 20, 30 o 45 días de aguinaldo como prestación superior a la ley, el cálculo proporcional se hace sobre ese número mayor, no sobre los 15 días mínimos. Revisa tu contrato colectivo o tu carta oferta.

Vacaciones proporcionales: días que generaste y no tomaste

Las vacaciones se generan al cumplir cada año de servicio, no de forma continua mes a mes. Entonces para calcular cuántos días te deben, hay que hacer dos pasos:

  1. Contar los días de vacaciones ya generados en períodos completos que no tomaste.
  2. Calcular la fracción proporcional del período actual (el año incompleto que llevas).

Nueva tabla de vacaciones (Reforma LFT 2023, vigente)

Año de servicio Días de vacaciones mínimos Días proporcionales por mes
Año 112 días1.00 días/mes
Año 214 días1.17 días/mes
Año 316 días1.33 días/mes
Año 418 días1.50 días/mes
Años 5 a 920 días1.67 días/mes
Años 10 a 1422 días1.83 días/mes
Años 15 a 1924 días2.00 días/mes
Años 20 a 2426 días2.17 días/mes
25 años o más+2 días cada 5 añosvariable

⚠️ Antes y después de 2023: La reforma a la LFT del 27 de diciembre de 2022 cambió la tabla de vacaciones a partir del 1 de enero de 2023. Si llevas varios años en la misma empresa, los períodos anteriores a 2023 se calculan con la tabla vieja (6 días el primer año, 8 el segundo, etc.) y los posteriores con la nueva. Pide a tu empresa el desglose por año si tienes más de 3 años de antigüedad.

Prima vacacional: el 25% que muchos trabajadores olvidan

La prima vacacional es un pago adicional que la LFT garantiza sobre el valor de tus días de vacaciones. No es opcional, no es un beneficio extra: es un derecho que tiene todo trabajador en México, independientemente del tipo de empresa o sector.

La empresa puede pagar más del 25% (muchas pagan 80%, 100% o más), pero jamás puede pagar menos. Y en el finiquito, esta prima también se incluye proporcional a los días de vacaciones no gozados que estás cobrando.

🌴 Prima vacacional en finiquito — Ejemplo con 2 años de servicio
Salario diario base dato $500.00
Días de vacaciones no gozados (año 1 completo) 12 días (ya generados) 12 días
Valor de las vacaciones $500 × 12 días $6,000.00
Prima vacacional (25% mínimo) $6,000 × 25% $1,500.00
Total vacaciones + prima $6,000 + $1,500 = $7,500.00

Las 3 partes adicionales por despido injustificado

Si te despidieron sin causa justificada, además de las tres partes básicas que ya vimos, tienes derecho a tres conceptos adicionales que son exclusivos del despido. Estos son los que la gente llama coloquialmente «la liquidación».

Parte adicional #1
Indemnización constitucional: 3 meses de salario
📋 Art. 50 Frac. I LFT · Solo despido injustificado
Se pagan 3 meses completos de salario diario integrado (SDI), no del salario base. Son 90 días de SDI sin importar cuánto tiempo llevabas en la empresa. Esta es la misma para todos: el que lleva 3 meses y el que lleva 30 años reciben los mismos 3 meses. Lo que cambia es el SDI sobre el que se calcula.
Parte adicional #2
20 días de salario por año trabajado
📋 Art. 50 Frac. II LFT · Solo despido injustificado
Por cada año de servicio, 20 días más de SDI. Esta parte sí crece con la antigüedad. Si llevabas 5 años: 20 × 5 = 100 días de SDI. Los períodos incompletos se pagan proporcional. No existe tope de salario para este concepto.
Parte adicional #3
Prima de antigüedad: 12 días por año
📋 Art. 162 LFT · Despido injustificado (o renuncia con 15+ años)
Doce días de salario por cada año trabajado. Pero aquí hay un tope: el salario que se usa para calcularla no puede exceder el doble del salario mínimo general vigente. En 2026 el salario mínimo es $278.80/día, por lo que el tope es $557.60/día. Si tu SDI real es mayor, la prima se calcula igual con $557.60.

Tabla completa: qué recibes según el motivo de tu salida

Concepto Renuncia voluntaria Despido injustificado Mutuo acuerdo Contrato vencido
Salario del período ✓ Siempre ✓ Siempre ✓ Siempre ✓ Siempre
Aguinaldo proporcional ✓ Siempre ✓ Siempre ✓ Siempre ✓ Siempre
Vacaciones no gozadas ✓ Siempre ✓ Siempre ✓ Siempre ✓ Siempre
Prima vacacional ✓ Siempre ✓ Siempre ✓ Siempre ✓ Siempre
3 meses indemnización ✗ No aplica ✓ Obligatorio ⚠️ Si se pacta ✗ No aplica
20 días por año ✗ No aplica ✓ Obligatorio ⚠️ Si se pacta ✗ No aplica
Prima de antigüedad ⚠️ Solo si 15+ años ✓ Obligatorio ⚠️ Si se pacta ⚠️ Si 15+ años

Los 3 meses de indemnización constitucional

Cuando se habla de «los 3 meses», se refiere al pago equivalente a 90 días de salario diario integrado. Esta indemnización es «constitucional» porque su origen está en el Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece el derecho de todo trabajador a una indemnización cuando es despedido sin causa.

Son siempre 90 días, no 3 meses de tu sueldo real del calendario. Si un mes tiene 28 días (febrero) y otro 31, eso no cambia nada: son exactamente 90 días de SDI multiplicados.

ℹ️ Los 3 meses no se calculan sobre el salario base: Se calculan sobre el Salario Diario Integrado, que incluye la parte proporcional de tus prestaciones. Si tu salario base es $500/día y tu SDI es $523/día, los 3 meses se calculan con $523, no con $500. Esa diferencia puede sumar varios miles de pesos.

Los 20 días de salario por año: el concepto más grande para trabajadores con antigüedad

Para los trabajadores con muchos años en una empresa, los 20 días por año son con frecuencia el concepto más importante del finiquito. Con 10 años de trabajo y un sueldo de $20,000/mes, solo los 20 días representan más de $130,000 pesos. Por eso es tan importante que este cálculo se haga bien.

Para profundizar en cómo se calcula este concepto, revisa nuestro artículo específico: Los 20 días de salario en el finiquito: guía completa.

La prima de antigüedad: los 12 días por año

La prima de antigüedad funciona como un reconocimiento al tiempo que dedicaste a una empresa. La LFT la regula en el artículo 162 y establece que son 12 días de salario por cada año de servicio. El tope al doble del salario mínimo existe para que el costo no sea prohibitivo para empresas con empleados de sueldos muy altos.

Para 2026, con salario mínimo de $278.80 diarios, el tope es $557.60. Esto significa que:

  • Si tu SDI es $400/día → la prima se calcula con $400 (menos del tope)
  • Si tu SDI es $800/día → la prima se calcula con $557.60 (tope máximo)

Lo que NO forma parte del finiquito (y que a veces intentan confundirte)

Hay algunos conceptos que no forman parte del finiquito, pero que a veces se mencionan en las negociaciones de manera confusa:

  • Caja de ahorro: No es un concepto del finiquito. Es tu propio dinero que la empresa administraba. Te lo deben devolver siempre, pero es un concepto aparte, no parte del finiquito.
  • Fondo de ahorro empresarial: Igual que la caja de ahorro. Es tuyo. Va en un documento separado.
  • Utilidades (PTU) vencidas: Las PTU del año anterior que no cobraste no forman parte del finiquito; se reclaman por separado ante la Junta o CFCRL.
  • Vales de despensa: Son una prestación en especie durante la relación laboral, no un concepto que se pague en el finiquito.
  • INFONAVIT: Las aportaciones al INFONAVIT son tuyas y siguen en tu subcuenta independientemente de dónde trabajes. No se te «devuelven» al salir.

Documentos que deben acompañar tu finiquito

El pago del finiquito no es lo único que debes recibir al salir. Esta es la lista completa de documentos a los que tienes derecho:

  1. Carta de finiquito con desglose: Cada concepto pagado con su monto exacto, firmada por ambas partes.
  2. CFDI de nómina del finiquito: El recibo de pago fiscal digital que expide la empresa a través del SAT. Guárdalo para tu declaración anual.
  3. Constancia de baja del IMSS: El empleador tiene 5 días hábiles para darte de baja. Puedes verificarlo tú mismo en imss.gob.mx.
  4. Carta de recomendación: No es obligatoria, pero puedes pedirla. Si la empresa no quiere dártela, no tienen obligación legal.
  5. Constancia de semanas cotizadas: Puedes obtenerla directamente en el IMSS con tu CURP.
  6. Liquidación de fondo o caja de ahorro: Documento separado que acredita la devolución de ese dinero.

✅ Antes de firmar: Usa nuestra calculadora para verificar que los montos en la carta de finiquito coinciden con lo que la LFT te corresponde. Si hay diferencia, tienes base legal para pedir la corrección antes de firmar.

¿Ya sabes cuánto te deben? Verifícalo

Ingresa tu salario, fecha de ingreso, fecha de salida y motivo. Obtienes el desglose completo con todos los conceptos que vimos en este artículo, calculados según la LFT 2026.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es el finiquito laboral en México?
El finiquito laboral es el pago final que el empleador hace al trabajador al terminar la relación laboral. Incluye todos los derechos devengados hasta la fecha de baja: aguinaldo proporcional, vacaciones no gozadas, prima vacacional, y en caso de despido injustificado, también la indemnización constitucional (3 meses + 20 días/año + prima de antigüedad).
¿Cuáles son las partes básicas que siempre debe incluir un finiquito?
Tres conceptos se pagan siempre, sin importar el motivo de la separación: 1) Aguinaldo proporcional (Art. 87 LFT): la fracción del aguinaldo del año en curso. 2) Vacaciones proporcionales no gozadas (Arts. 76-80 LFT): los días que generaste y no tomaste. 3) Prima vacacional (Art. 80 LFT): el 25% mínimo adicional sobre el valor de los días de vacaciones. Si el finiquito no incluye estos tres conceptos, está incompleto.
¿Cuál es la diferencia entre finiquito y liquidación?
En la práctica mexicana, «finiquito» se usa para referirse al pago de las partes proporcionales (aguinaldo, vacaciones, prima), y «liquidación» al pago completo que incluye además la indemnización por despido. Legalmente, la distinción no es tan clara en la LFT. En rigor, el finiquito es el documento que acredita el pago; la liquidación es el monto total cuando hay despido injustificado.
¿Cuánto tiempo tiene la empresa para pagarme el finiquito?
La LFT no establece un plazo exacto, pero la práctica general es pagar el mismo día del aviso de separación o dentro de los 5 días hábiles siguientes. Si la empresa no paga en tiempo razonable (más de una semana sin justificación), puedes iniciar una queja ante el CFCRL.
¿La prima de antigüedad siempre forma parte del finiquito?
No siempre. La prima de antigüedad es obligatoria cuando el despido fue injustificado, o cuando el trabajador tiene 15 o más años de servicio y decide renunciar voluntariamente. Para renuncias con menos de 15 años de antigüedad, la prima no es obligatoria (a menos que la empresa la haya pactado en el contrato o convenio colectivo).
¿Puedo impugnar el monto del finiquito si ya lo firmé?
Es difícil pero no imposible. Si firmaste bajo coacción o engaño, o si el documento contiene información falsa, hay argumentos para impugnarlo. Sin embargo, si firmaste libremente con conocimiento del monto, generalmente se considera un acuerdo válido. Por eso es tan importante revisar bien antes de firmar. Consulta un abogado laboralista si tienes dudas después de firmar.
¿El finiquito lleva descuentos de IMSS o INFONAVIT?
No de manera directa. Las cuotas del IMSS e INFONAVIT se pagan mes a mes durante la relación laboral; no se descuentan del finiquito. Lo que sí puede descuirse es el ISR (impuesto sobre la renta) que aplique sobre los montos que excedan las exenciones fiscales de la indemnización. Tu empresa debe incluir el desglose de ISR en el CFDI del finiquito.
¿Qué pasa con mis aportaciones al INFONAVIT si me despiden?
Tus aportaciones al INFONAVIT permanecen en tu subcuenta individual y no se pierden. Puedes acceder a ellas para un crédito de vivienda en tu próxima empresa, o retirarlas cuando te jubiles. La empresa no puede «quedarse» con ese dinero; solo administraba los depósitos.
¿Cómo verifico que la empresa me dio de baja en el IMSS?
Puedes verificarlo en el portal del IMSS en línea con tu CURP, o acudiendo a cualquier subdelegación del IMSS. El empleador tiene 5 días hábiles para tramitar la baja. Si pasaron más de 10 días y no apareces dado de baja, puedes reportarlo al IMSS directamente.
¿El salario variable o por comisiones cambia el cálculo del finiquito?
Sí. Si tu salario incluye comisiones variables, el cálculo del SDI y del aguinaldo proporcional se basa en el promedio de tus ingresos variables de los últimos 6 a 12 meses (dependiendo del concepto). Pide a tu empresa el desglose específico con los promedios utilizados.