Indemnización por Despido Sin Causa Argentina 2026: Art. 245 LCT, Fórmula Exacta, Tope CCT, Fallo Vizzoti y Cambios de la Reforma Laboral

Indemnización Despido Sin Causa Argentina
📐 Art. 245 LCT: 1 Mes × Año ⚖️ Fracción Mayor a 3 Meses = 1 Año 🛡️ Fallo Vizzoti: Piso 67% del Sueldo Real 🚨 Reforma 2026: SAC Excluido — Base 6 Meses ✅ Indemnización Mínima: Siempre 1 Mes de Sueldo ✅ Actualizado Febrero 2026

📅 Actualizado: Febrero 2026  |  📋 Artículo: 245 LCT (Ley 20.744)  |  📐 Fórmula: 1 mes × año + fracción > 3 meses  |  🛡️ Fallo Vizzoti (CSJN 2004): piso 67% sueldo real  |  🚨 Reforma 2026: SAC excluido, base últimos 6 meses, indemnización = única reparación  |  ⏰ Plazo pago: 4 días hábiles (Art. 255 LCT)

Te despidieron. Sin causa, sin explicación clara, sin merecerlo. La pregunta que quema en ese momento es una sola: ¿Cuánta plata me corresponde cobrar? La respuesta está en el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo. Es una fórmula relativamente simple — pero con matices que hacen que muchos trabajadores cobren menos de lo que les corresponde, o muchos empleadores calculen mal.

En 2026, la pregunta tiene además una segunda capa: ¿cambia el cálculo con la Reforma Laboral? La respuesta corta es sí, pero solo para contratos firmados después de la promulgación — y de maneras específicas que analizamos en detalle.

Fórmula Base 1 mes × año + fracción mayor a 3 meses
Indemnización Mínima 1 mes Sin importar la antigüedad
Piso Vizzoti (CSJN) 67% Del sueldo real — no puede bajar más
Reforma 2026 6 meses Nueva ventana de referencia para la base

Art. 245 LCT: Texto Completo y Qué Significa Cada Palabra

⚖️ Artículo 245 — Ley de Contrato de Trabajo 20.744 (texto vigente hasta promulgación Reforma)

«En los casos de despido dispuesto por el empleador sin justa causa, habiendo o no mediado preaviso, éste deberá abonar al trabajador una indemnización equivalente a UN (1) mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de TRES (3) meses, tomando como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si éste fuera menor.»

Ley 20.744 (LCT), Art. 245, modificado por Ley 24.013. Garantía de constitucionalidad: Art. 14 bis CN. Piso indemnizatorio: Fallo Vizzoti (CSJN, Fallos 327:3677, 14/09/2004).

Desglose término a término:
Término del Art. 245Qué Significa en la Práctica
«Dispuesto por el empleador sin justa causa»Solo aplica cuando el empleador decide el despido sin motivo válido. Si hay justa causa probada, no hay Art. 245.
«1 mes de sueldo por año de servicio»Multiplicás los años de antigüedad × el mejor sueldo del período de referencia.
«Fracción mayor de 3 meses»Si trabajaste X años + 4 o más meses, esa fracción cuenta como 1 año más. Si son 3 o menos meses: no suma.
«Mejor remuneración mensual, normal y habitual»El mes donde más ganaste, pero solo con conceptos regulares y mensuales (no SAC, no vacaciones, no bonos extraordinarios).
«Último año»Sistema actual: los 12 meses previos al despido. Reforma 2026 (pendiente): solo los últimos 6 meses.
«Mínimo: 1 mes de sueldo»Aunque trabajaste solo 1 mes, la indemnización mínima es 1 mes de sueldo — nunca menos.

La Fórmula Exacta — Paso a Paso

📐 Fórmula Art. 245 LCT — Sistema Vigente al 24/02/2026
Indemnización = Mejor Remuneración Mensual × (Años + Fracción si > 3 meses)

Piso mínimo: 1 mes de sueldo  |  Tope: 3× promedio mensual del CCT (con garantía Vizzoti 67%)

Los 4 pasos del cálculo:
Paso 1 — Identificar la mejor remuneración mensual, normal y habitual
Revisás los últimos 12 meses (o 6 con Reforma). El mes donde cobraste más con conceptos mensuales habituales es la base.
Base = ?
Paso 2 — Verificar el tope del CCT y aplicar Vizzoti
Tope = 3 × promedio mensual del CCT. Si tu sueldo real supera el tope, verificás que el tope no te baje más del 33% (Vizzoti: base final ≥ 67% de tu mejor sueldo real).
Base ajustada
Paso 3 — Calcular años y fracciones de antigüedad
Años completos + 1 adicional si la fracción supera 3 meses. Ejemplo: 5 años y 4 meses = 6 para el cálculo.
N años
Paso 4 — Multiplicar base × años
Base ajustada × N años = Indemnización Art. 245. Nunca puede ser menor que 1 mes de sueldo.
$ Indemnización

Qué es la «Mejor Remuneración Mensual, Normal y Habitual»

Este es el concepto que más juicios laborales genera — y el que más frecuentemente los empleadores calculan mal, siempre en perjuicio del trabajador. La ley requiere que el concepto sea mensual (que se pague todos los meses), normal (que sea parte del salario regular, no extraordinario) y habitual (que el trabajador lo cobre con cierta regularidad). El mes donde todos esos conceptos habituales suman más, es la base.

Concepto¿Incluye en Base?Requisito
Salario básico mensual✅ SiempreSiempre mensual, normal y habitual
Comisiones habituales✅ SíDebe cobrarse todos o casi todos los meses
Horas extras regulares✅ SíSi las hacés todos los meses habitualmente (no esporádico)
Bonos mensuales habituales✅ SíSi se pagan todos los meses como parte normal del sueldo
Premios de asistencia y puntualidad✅ SíSi son mensuales y regulares
Viáticos con naturaleza remunerativa✅ SíLos que realmente son parte del salario disfrazados
Pagos «en negro» habituales✅ Sí (jurisprudencia CNAT)Con prueba (transferencias, testigos, declaraciones)
SAC (aguinaldo)❌ No (sistema actual)No es mensual — es semestral. Reforma 2026 lo excluye expresamente.
Vacaciones pagas❌ NoNo es remuneración mensual habitual del trabajo efectivo
Bono de fin de año extraordinario❌ NoNo habitual (solo 1 vez al año) — salvo que el CCT lo incorpore
Gratificaciones por resultados anuales❌ NoNo mensual ni habitual en sentido estricto del Art. 245
Reintegros de gastos❌ NoNo es remuneración — es devolución de gastos propios
Beneficios no remunerativos (ticket, guardería)❌ NoExpresamente excluidos por su naturaleza no remunerativa
⚠️ El Error Más Común: Confundir «Normal y Habitual» con «Siempre Igual»

Que una comisión varíe en monto mes a mes no la saca de «habitual». Lo que importa es que se cobre con regularidad — todos o casi todos los meses. Si cobrás comisiones 10 de 12 meses, son habituales. La base es el mes donde esas comisiones fueron más altas. Lo que no entra es lo verdaderamente extraordinario: el bono que te pagaron una sola vez en 3 años, la gratificación única por un proyecto especial, o la prima que apareció solo en un mes.

La Fracción Mayor a 3 Meses — Cómo se Cuenta la Antigüedad

La regla de la fracción es uno de los puntos más consultados — y más mal aplicados. Funciona así: después de los años completos, si te queda un resto de meses, ese resto solo «cuenta» como un año adicional si supera los 3 meses. Si son 3 o menos meses: no agrega nada al multiplicador.

Ejemplos concretos de cómo cuenta la antigüedad:
4 años y 4 meses trabajados → Multiplicador: 5 años La fracción de 4 meses supera los 3 meses del umbral. Se suma 1 año adicional. Indemnización = mejor sueldo × 5.
4 años y 2 meses trabajados → Multiplicador: 4 años La fracción de 2 meses NO supera los 3 meses. No suma años adicionales. Indemnización = mejor sueldo × 4.
1 año y 6 meses trabajados → Multiplicador: 2 años La fracción de 6 meses supera los 3 meses. Indemnización = mejor sueldo × 2.
5 meses trabajados → Multiplicador: 2 años (mínimo 1 mes) Menos de 1 año pero más de 3 meses. La fracción de 5 meses supera los 3 meses → equivale a 1 año. Mínimo es 1 mes de sueldo.
2 meses trabajados → Multiplicador: 1 mes (mínimo legal) Menos de 3 meses de antigüedad. No hay fracción mayor a 3 meses. La ley establece un mínimo de 1 mes de sueldo.
10 años y 3 meses y 15 días → Multiplicador: 10 años Los meses exactamente iguales a 3 (sin pasar de 3) NO generan fracción adicional. Solo «mayor» estricto de 3 meses suma.

El Tope del CCT — Cuándo Te Limita y Cuándo el Fallo Vizzoti Te Protege

El Art. 245 LCT establece que la base indemnizatoria no puede superar 3 veces el promedio mensual de los salarios del convenio colectivo aplicable (CCT). Para la mayoría de los trabajadores dentro de su convenio, este tope no resulta relevante porque su sueldo real ya está dentro del rango. Pero para trabajadores fuera de convenio, gerentes y profesionales con sueldos elevados, el tope puede reducir significativamente la indemnización.

⚖️ Fallo Vizzoti — CSJN, 14 de Septiembre de 2004 (Fallos: 327:3677)

Carlos Alberto Vizzoti tenía 26 años de antigüedad como gerente médico y un sueldo muy superior al promedio del CCT de sanidad. Al aplicar el tope, su indemnización quedaba en solo el 9,45% de lo que correspondería sin tope — equivalente a apenas 2,5 sueldos en lugar de los 26 que le correspondían.

La Corte Suprema declaró que el tope era válido pero no podía reducir la base real en más del 33%. Principio resultante: la base indemnizatoria nunca puede ser inferior al 67% de la mejor remuneración real del trabajador, independientemente del tope del CCT.

Cita: CSJN, «Vizzoti, C.A. c/ AMSA S.A. s/ despido», Fallos 327:3677, 14/09/2004. Fundamento: Arts. 14 bis y 28 de la Constitución Nacional.

Visualización del Fallo Vizzoti — Límite del Tope sobre tu Sueldo Real
✅ Mínimo 67% — Garantizado por Vizzoti ❌ Máx. 33% — Límite del Tope CCT 67% | 33%
Verde (67%): mínimo de tu sueldo real garantizado como base Rojo (33%): máximo que el tope CCT puede recortar de tu base real

Si el tope del CCT reduce tu base a menos del 67% de tu sueldo real → ese tope es inconstitucional en tu caso específico. Podés reclamarlo judicialmente.

Cómo aplicar el tope en la práctica:
1 — Calculá el tope del CCT
Promedio mensual de todos los sueldos del CCT aplicable × 3. El INDEC o el sindicato correspondiente publican este valor periódicamente.
Tope CCT
2 — Comparás con tu sueldo real
¿Tu mejor remuneración real es mayor al Tope CCT? Si sí: tenés que verificar si el tope aplica y en qué medida.
¿Supera?
3 — Verificá el piso Vizzoti
Calculá el 67% de tu mejor sueldo real. Si el Tope CCT da un número MENOR que ese 67%, usás el 67% como base — no el tope del CCT.
Piso = 67% real
4 — La base definitiva es la MAYOR entre
Tope CCT vs. 67% de tu sueldo real. Usás la que sea mayor de las dos como base para el Art. 245.
Base final

Ejemplo #1: Sueldo Fijo, 12 Años — Cálculo Completo Paso a Paso

📌 Andrés — Empleado Administrativo, Sueldo Fijo, 12 Años Exactos Despido sin causa — Sistema vigente al 24/02/2026
Mejor Sueldo$1.500.000
Antigüedad12 años exactos
Fracción0 meses
Tope CCT$2.800.000
Tope excede?No — dentro
TipoEmpleado de comercio
Mejor remuneración mensual normal y habitual
Igual todos los meses del año → $1.500.000
$1.500.000
Tope CCT (3 × promedio mensual del convenio)
$2.800.000 — su sueldo de $1.500.000 está debajo del tope → no se aplica limitación
No aplica
Antigüedad con fracciones
12 años + 0 meses = multiplicador 12
12 años
✅ Indemnización Art. 245
$1.500.000 × 12
$18.000.000
✅ Preaviso sustitutivo (más de 5 años = 2 meses, Art. 232)
$1.500.000 × 2
$3.000.000
✅ SAC proporcional + SAC sobre preaviso (orientativo) ~$625.000
✅ Vacaciones no gozadas + SAC vacaciones (orientativo) ~$840.000
💰 LIQUIDACIÓN TOTAL ANDRÉS (estimada, antes de retenciones) ~$22.465.000

Ejemplo #2: Sueldo Variable con Comisiones y Fracción Mayor a 3 Meses

📌 Lucía — Vendedora con Comisiones, 4 Años y 7 Meses de Antigüedad La fracción de 7 meses activa 1 año adicional — diferencia de $1.400.000
Base Fija$700.000
Mejor MesAbril: $1.400.000
Antigüedad4 años 7 meses
Sueldos del último año (base + comisión):
MesBaseComisiónTotal¿Mejor mes?
Enero$700.000$120.000$820.000
Febrero$700.000$95.000$795.000
Marzo$700.000$110.000$810.000
Abril$700.000$700.000$1.400.000✅ MEJOR MES
Mayo$700.000$320.000$1.020.000
Junio$700.000$180.000$880.000
Julio$700.000$205.000$905.000
Agosto$700.000$450.000$1.150.000
Septiembre$700.000$240.000$940.000
Octubre$700.000$330.000$1.030.000
Noviembre$700.000$115.000$815.000
Diciembre$700.000$275.000$975.000
Base indemnizatoria: mejor remuneración
Abril: $700.000 base + $700.000 comisión = $1.400.000. Las comisiones son habituales (cobró todos los meses).
$1.400.000
Antigüedad con fracciones
4 años + 7 meses (7 > 3) → multiplicador = 5
5 años
✅ Indemnización Art. 245
$1.400.000 × 5
$7.000.000
❌ Sin fracción mayor (si fueran 4 años y 2 meses): multiplicador 4
$1.400.000 × 4 = $5.600.000
$5.600.000
💡 Diferencia por esos 3 meses extra de antigüedad +$1.400.000

Ejemplo #3: Fuera de Convenio con Tope CCT + Aplicación Vizzoti

📌 Roberto — Gerente Fuera de Convenio, 18 Años, Sueldo Elevado El tope CCT recorta su base — el Fallo Vizzoti le garantiza el 67% mínimo
Mejor Sueldo Real$5.000.000
Antigüedad18 años
Tope CCT$2.100.000
Mejor remuneración real de Roberto $5.000.000
Tope CCT aplicable (3 × promedio mensual del CCT del sector)
Promedio CCT del sector: $700.000 × 3 = $2.100.000
$2.100.000
Porcentaje que representa el tope sobre el sueldo real
$2.100.000 ÷ $5.000.000 = 42% del sueldo real
42%
¿El tope baja más del 33%? (42% < 67%) → aplica Vizzoti
El tope reduce al 42%, que es menos del 67% mínimo garantizado por Vizzoti. → El tope es inconstitucional en este caso.
⚠️ Sí, aplica
Base indemnizatoria con garantía Vizzoti (67% del sueldo real)
$5.000.000 × 67% = $3.350.000
$3.350.000
✅ Indemnización Art. 245 con base Vizzoti
$3.350.000 × 18 años
$60.300.000
❌ Sin Vizzoti (solo con tope CCT $2.100.000)
$2.100.000 × 18 = $37.800.000
$37.800.000
💡 Diferencia que el Fallo Vizzoti protege para Roberto +$22.500.000

La Liquidación Final Completa — Todo lo que Cobrás Más Allá del Art. 245

La indemnización del Art. 245 es solo uno de los conceptos de tu liquidación final por despido sin causa. El total que debés recibir es significativamente mayor cuando sumás todos los rubros que la ley establece. Muchos empleadores liquidan correctamente el Art. 245 pero calculan mal — o directamente omiten — los conceptos adicionales.

ConceptoArt. LCTFórmula¿Obligatorio?
Indemnización por antigüedadArt. 245Mejor sueldo × años (con fracción)✅ Siempre
Preaviso sustitutivoArt. 232Sueldo × 1 (hasta 5 años) o × 2 (más de 5 años)✅ Si no dio preaviso
Integración del mes de despidoArt. 233(Sueldo ÷ 30) × días restantes hasta fin del mes✅ Siempre
Días trabajados del mes en cursoArt. 74(Sueldo ÷ 30) × días trabajados del mes✅ Siempre
SAC proporcional del semestreArt. 121-123(Mejor sueldo ÷ 12) × meses trabajados del semestre✅ Siempre
SAC sobre preavisoArt. 123Monto del preaviso ÷ 12✅ Siempre
SAC sobre integración del mesArt. 123Monto integración ÷ 12✅ Siempre
Vacaciones no gozadas proporcionalesArt. 156Días de vacac. × (meses del año ÷ 12) × (sueldo ÷ 25)✅ Siempre
SAC sobre vacaciones no gozadasArt. 123Monto vacaciones ÷ 12✅ Siempre
Multa Art. 80 LCT (falta de documentación)Art. 803 sueldos si no entrega los certificados en 30 días⚠️ Si no entregó docs.

🧮 Calculá tu Liquidación Completa por Despido — Gratis, con Todos los Conceptos

Ingresá tu sueldo, antigüedad, fecha de despido y si hay comisiones. Obtenés el desglose de Art. 245, preaviso, integración, SAC, vacaciones y el total en segundos.

→ Calculadora de Liquidación por Despido Argentina 2026 — Gratuita

Indemnizaciones Agravadas: Cuándo Cobrás el Doble o Más

En situaciones donde el despido es especialmente injusto o discriminatorio, la ley establece multiplicadores que aumentan la indemnización base. Estos se aplican sobre la indemnización del Art. 245, no sobre la liquidación total.

🤰 Despido por Embarazo o Maternidad × 2 Desde 7 meses y medio antes del parto hasta 7 meses y medio después. También aplica si el empleador desconoce el embarazo pero se prueba que fue el motivo. Art. 178 LCT.
💍 Despido por Matrimonio × 2 Dentro de los 3 meses previos o posteriores al matrimonio. Se presume discriminatorio salvo prueba en contrario del empleador. Art. 182 LCT.
🏴 Despido por Actividad Sindical × 2 Represalia por actividad gremial, ser delegado o candidato sindical. Requiere prueba del nexo causal. Ley 23.551, Art. 50.
⚕️ Despido durante Licencia por Enfermedad Art. 213 Despedir durante la licencia paga por enfermedad o accidente laboral genera la indemnización completa más el salario por el resto del período de licencia que corresponda.
🏛️ Despido Discriminatorio (Ley 23.592) × 2 o más Discriminación por raza, religión, orientación sexual, ideología política, discapacidad u otro motivo protegido. Puede incluir reincorporación + daño moral en la demanda judicial.
📋 Trabajo No Registrado (Art. 8 Ley 24.013) × 2.25–2.5 Si el contrato no está registrado o está mal registrado, las multas de los Arts. 8, 9 y 10 de la Ley 24.013 se suman a la indemnización, pudiendo duplicarla o triplicarla. Requiere intimación previa.

Reforma Laboral 2026: Los 5 Cambios al Art. 245 — Qué Aplica y Para Quién

La Ley de Modernización Laboral fue aprobada por el Senado (42-30, 12/02/2026) y por Diputados (135-115, 19/02/2026), con sanción definitiva del Senado pendiente al 24/02/2026 por la eliminación del Art. 44 en Diputados. No está promulgada aún — hasta que el Poder Ejecutivo la publique en el Boletín Oficial, rige el sistema actual.

📋 Art. 245 — Sistema Actual (Vigente Hoy)
  • Base = mejor remuneración del último año (12 meses)
  • SAC integra la base si fue el «mejor mes»
  • Comisiones y variables entran si son habituales
  • Tope CCT (3× promedio) con piso Vizzoti 67%
  • Cobrás indemnización y además podés demandar daños adicionales
  • Fallo Vizzoti: constitucionalidad de topes limitada al 33% máximo
🆕 Art. 245 — Con Reforma Promulgada (Pendiente)
  • Base = mejor remuneración de los últimos 6 meses solamente
  • SAC excluido expresamente de la base
  • Vacaciones y conceptos no mensuales excluidos de la base
  • Tope CCT se mantiene (3× promedio mensual del CCT)
  • Indemnización Art. 245 = única reparación posible — cobrarla implica renuncia a demandas civiles adicionales (salvo delitos penales)
  • Fallo Vizzoti: aplicación en debate — la nueva redacción podría requerir nueva jurisprudencia
🚨 El Cambio Más Polémico: Indemnización como «Única Reparación»

Con la Reforma, cobrar la indemnización del Art. 245 implicaría renunciar definitivamente a cualquier reclamo judicial o extrajudicial adicional derivado del mismo despido, incluso de naturaleza civil. Solo se exceptúan los ilícitos penales. Esto cierra la puerta a los reclamos por daño moral, daño psicológico y lucro cesante que hoy tramitan en paralelo a la liquidación laboral. Los sindicatos advierten que esto elimina incentivos para que los empleadores cumplan la ley — si el costo máximo es solo la indemnización del Art. 245, el riesgo de despedir mal queda acotado.

Estado: Pendiente de promulgación. Los amparos de inconstitucionalidad ya están preparados por la CGT y la CTA.

AspectoSistema ActualReforma 2026 (pendiente)Impacto en $ Trabajador
Ventana temporal de la base12 meses6 meses⬇️ Reduce la probabilidad de que el mejor mes quede dentro del período
SAC en la base✅ Puede integrar❌ Excluido⬇️ Reduce la base si el SAC «infló» el mejor mes
Vacaciones en la baseNo aplica (ya excluido)❌ Excluido expresamenteNeutral
Tope CCT3× promedio CCT3× promedio CCTNeutral
Piso Vizzoti 67%✅ Vigente por CSJN⚠️ Requiere relectura judicialIncierto — pendiente de jurisprudencia
RetroactividadN/A✅ No retroactivaContratos vigentes al momento de promulgación: derechos actuales protegidos
Reclamos adicionales✅ Posibles (daño moral, etc.)❌ Vedados al cobrar Art. 245⬇️ Reduce el riesgo legal para el empleador

Preguntas Frecuentes — Indemnización por Despido Sin Causa Argentina 2026

¿Cómo calculo exactamente mi indemnización por despido sin causa 2026?

Paso 1: identificá el mes donde cobraste más en el último año (o últimos 6 meses con Reforma), incluyendo solo conceptos mensuales habituales (sueldo base + comisiones habituales + horas extra habituales + bonos mensuales). Ese es tu «mejor sueldo». Paso 2: verificá que ese monto no supere el tope del CCT (3× promedio mensual del convenio); si lo supera, aplic

Paso 1: identificá el mes donde cobraste más en el último año (o en los últimos 6 meses, si ya está vigente la Reforma), sumando solo conceptos mensuales normales y habituales: sueldo base, comisiones habituales, horas extra habituales, premios mensuales, etc.

Paso 2: verificá si esa cifra supera el tope del CCT (3× el salario promedio del convenio). Si lo supera, comparás el tope con el 67% de tu sueldo real: tu base final nunca puede quedar por debajo de ese 67% (Fallo Vizzoti).

Paso 3: calculás tu antigüedad en años y fracciones. Si la fracción supera los 3 meses, suma 1 año más; si no, no suma. Paso 4: multiplicás la base final × años calculados. El resultado es la indemnización del Art. 245, a la que tenés que sumar preaviso, integración, SAC y vacaciones para llegar a la liquidación total.

¿La fracción de meses cuenta siempre para la indemnización?

No. Solo suma cuando la fracción supera los 3 meses. Si trabajaste 2 años y 4 meses, tu multiplicador es 3 años (2 + 1 por la fracción de 4 meses). Si trabajaste 2 años y 2 meses, tu multiplicador es 2 años (la fracción de 2 meses no llega al umbral). Menos de 1 año pero más de 3 meses (por ejemplo, 7 meses) se toma como 1 año completo.

Además, la ley garantiza una indemnización mínima equivalente a 1 mes de sueldo, incluso si tu antigüedad es menor a 3 meses. En la práctica, ninguna indemnización por despido sin causa puede ser inferior a un sueldo mensual.

¿Si renuncio, pierdo la indemnización del Art. 245?

En una renuncia voluntaria común, sí: no se cobra indemnización por antigüedad del Art. 245. Solo cobrás tu liquidación «mínima»: días trabajados del mes, vacaciones no gozadas, SAC proporcional (y SAC sobre vacaciones), más cualquier sueldo adeudado.

Distinto es el caso de la «renuncia indirecta» o «despido indirecto»: cuando el empleador comete incumplimientos graves (no paga sueldos, no registra, acosa, etc.) y vos intimás y te considerás despedido. En ese caso se aplican las indemnizaciones de despido sin causa como si él te hubiera despedido a vos.

¿La indemnización paga Impuesto a las Ganancias?

La indemnización del Art. 245 generada por despido sin causa está, en principio, exenta de Impuesto a las Ganancias para la mayoría de los trabajadores. La AFIP ha emitido criterios específicos para directores y altos ejecutivos, donde parte de la indemnización puede estar alcanzada.

Las sumas en exceso del mínimo legal, las gratificaciones por mutuo acuerdo (retiros voluntarios) y las indemnizaciones no encuadradas como daño laboral pueden quedar alcanzadas. En montos altos o situaciones complejas, conviene que un contador revise tu caso antes de firmar cualquier acuerdo.

¿Qué pasa si me despiden estando de licencia por enfermedad o accidente?

Si el empleador te despide durante la licencia paga por enfermedad (Art. 208 LCT) o por accidente de trabajo, el despido es, en principio, ilegítimo. Tenés derecho a la indemnización completa del Art. 245, más los salarios por el período de licencia que aún quedaba por gozar.

En el caso de un accidente o enfermedad laboral, además puede corresponder una reparación adicional frente a la ART o una acción civil por daños y perjuicios si hubo culpa del empleador (por fallas en seguridad e higiene).

¿Puedo reclamar diferencias si ya firmé y cobré una liquidación menor?

Sí. Tenés un plazo de 2 años desde la fecha del despido para reclamar diferencias de indemnización o de cualquier rubro de la liquidación. Incluso si firmaste un recibo donde dice «conforme» o «finiquito total», esos documentos no impiden reclamar si hay rubros mal calculados o no pagados.

La clave es demostrar, con recibos, transferencias, testigos y/o pericias, cuál era tu verdadera remuneración y antigüedad. Los jueces laborales tienen amplia experiencia en dejar sin efecto «acuerdos» o recibos firmados bajo presión o sin información completa.

¿Qué pasa si el empleador quiebra o entra en concurso?

En caso de concurso o quiebra, tus créditos laborales (sueldos impagos, indemnización, SAC, vacaciones) tienen preferencia sobre la mayoría de los demás acreedores. Están ubicados en una categoría privilegiada según la Ley de Concursos y Quiebras.

Eso no significa que cobres inmediatamente ni íntegramente en todos los casos, pero sí que tenés prioridad sobre bancos, proveedores o acreedores comunes. Es fundamental presentarte en el expediente concursal con asistencia de un abogado laboralista para verificar y reclamar tu crédito.

¿Cómo pruebo la parte «en negro» de mi sueldo para mejorar la base?

La prueba del salario no registrado se apoya en varios elementos: transferencias bancarias que superan lo que dicen los recibos, mensajes de WhatsApp o mails donde se habla del monto real, testigos (compañeros de trabajo), planillas internas, correos de jefes y cualquier documentación que muestre la realidad.

Los jueces laborales suelen ser flexibles con la prueba en estos casos. Si lográs demostrar que cobrabas más de lo que figura en recibo, esa diferencia integra tu mejor remuneración mensual normal y habitual, y por lo tanto la base de tu indemnización — además de habilitar multas por falta de registro.

¿Qué diferencia hay entre indemnización y «acuerdo» o «compensación»?

La indemnización del Art. 245 es la suma mínima obligatoria que la ley fija para despidos sin causa. Un «acuerdo» o «compensación» puede ser cualquier monto adicional (o inferior) que las partes negocien, que luego se homologa en el SECLO (CABA) o en el Ministerio de Trabajo provincial.

Si firmás un acuerdo por un monto menor al legal, podés impugnarlo judicialmente alegando renuncia a derechos irrenunciables. En cambio, si el acuerdo supera la indemnización legal y está debidamente homologado, suele ser válido y difícil de revertir — salvo vicios muy graves (engaño, violencia, etc.).

¿Los contratos a plazo fijo también tienen indemnización del Art. 245?

Si el empleador finaliza un contrato a plazo fijo antes de su vencimiento sin justa causa, debe pagar la indemnización del Art. 245 como si se tratara de un contrato por tiempo indeterminado, sumada a la indemnización específica por falta de preaviso hasta el vencimiento del plazo.

Si el contrato vence en la fecha pactada y no se renueva, en principio no corresponde Art. 245, pero sí se pagan días trabajados, SAC y vacaciones. Si el empleador encadena contratos a plazo fijo para evitar la estabilidad, los jueces suelen considerarlos como una relación por tiempo indeterminado encubierta.

¿Conviene aceptar la indemnización de la Reforma 2026 si se convierte en «única reparación»?

Si la Reforma se promulga con el texto actual, aceptar la indemnización del Art. 245 implicará renunciar a cualquier reclamo adicional por el mismo despido (salvo delitos penales). En casos con mucha antigüedad, salarios altos o daños graves (acoso, mobbing, discriminación), esa renuncia puede ser muy costosa a largo plazo.

En esos escenarios, conviene negociar cuidadosamente cualquier acuerdo, revisar los montos con un abogado y evaluar si es preferible litigar por una reparación mayor. Para despidos de baja antigüedad y pocos daños colaterales, el esquema unificado puede ser razonable; para casos complejos, puede ser insuficiente.

🧮 Verificá en 2 Minutos si tu Indemnización Está Bien Calculada

Cargás sueldo, antigüedad, comisiones y fecha de despido. La herramienta aplica Art. 245, fracción mayor a 3 meses, tope CCT, Fallo Vizzoti y suma todos los rubros de la liquidación.

→ Usar Calculadora de Indemnización 2026

Descargo de Responsabilidad

Esta guía está actualizada a febrero de 2026 y se basa en la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (Art. 245, 232, 233, 121-123, 156, 255, 80), la Ley 24.013, la Ley 23.551, la Ley 23.592 y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (especialmente Fallo Vizzoti, 2004). La información sobre la Reforma Laboral 2026 refleja el estado legislativo al 24/02/2026: media sanción y aprobación en Diputados, pendiente de promulgación y publicación en Boletín Oficial. Los ejemplos numéricos son aproximados y no sustituyen una liquidación profesional ni el asesoramiento de un abogado o contador. Cada caso concreto puede requerir un análisis específico según convenio colectivo aplicable, categoría, zona y circunstancias del despido.


Legal

Última actualización: Febrero 2026 — FiniquitoJusto.com
Indemnización por Despido sin Causa | Art. 245 LCT | Mejor Remuneración Mensual | Tope CCT | Fallo Vizzoti 67% | Reforma Laboral 2026 | Calculadora de Liquidación