Liquidación laboral en Ecuador 2026: todos los conceptos que te corresponden al salir
Del despido intempestivo a la renuncia voluntaria — guía completa del Código del Trabajo con SBU $482 y Resolución 02-2025.
La liquidación laboral en Ecuador es el pago de todos los beneficios económicos acumulados al terminar un trabajo. Lo que hace diferente al sistema ecuatoriano es que incluye hasta seis conceptos distintos — y el monto total varía significativamente según cómo terminó la relación laboral. Entender cada concepto puede significar la diferencia de miles de dólares en tu liquidación.
Los seis conceptos de la liquidación ecuatoriana
| Concepto | Artículo | Fórmula básica | ¿Siempre? |
|---|---|---|---|
| Indemnización despido intempestivo | Art. 188 | 3 meses (≤3 años) / 1 mes × año (>3 años, tope 25) | Solo despido injustificado |
| Bonificación por desahucio | Art. 185/189 | 25% × 1 salario × años completos | Despido + renuncia c/preaviso |
| Décimo Tercero proporcional | Art. 111 | Ingresos del período / 12 | Siempre |
| Décimo Cuarto proporcional | Art. 113 | $482 × meses / 12 | Siempre |
| Fondos de Reserva | Art. 95 | 8.33% salario mensual (desde año 2) | Sí (desde año 2) |
| Vacaciones no gozadas | Arts. 69-71 | Salario × meses / 24 | Siempre |
Cambió la base de cálculo del Art. 188: se usa la mejor remuneración de toda la relación laboral, no solo la del mes del despido. Si ganabas más en cualquier momento pasado, eso es lo que se usa para calcular la indemnización. Guarda todos tus roles de pago.
La indemnización por despido intempestivo — Art. 188
Es el concepto más importante para quienes fueron despedidos sin causa justificada. La fórmula es progresiva:
Más de 3 años: indemnización = 1 mes × años (fracción = año completo), tope 25 meses
Ejemplo 1: 2 años → 3 meses de $700 = $2,100
Ejemplo 2: 4 años → 4 meses de $700 = $2,800
Ejemplo 3: 4 años 3 meses → 5 meses (4+1 por fracción) = $3,500
A la indemnización se suma la bonificación por desahucio (25% de 1 salario por año completo), que en el despido intempestivo aplica como concepto adicional.
Los décimos — siempre se pagan proporcional
= Total de ingresos del período no pagado ÷ 12
Período: 1 diciembre — 30 noviembre
Décimo Cuarto (Art. 113):
= SBU 2026 ($482) × meses trabajados del período / 12
Sierra/Amazonía: agosto–julio · Costa/Galápagos: marzo–febrero
Fondos de reserva — el beneficio que muchos olvidan verificar
El empleador debe depositar el 8.33% de tu salario mensual en tu cuenta IESS (o pagártelo directamente) a partir del segundo año de trabajo. Muchos trabajadores no saben cuánto tienen acumulado. Puedes verificar en iess.gob.ec con tu cédula.
Ejemplo completo: Andrés, Guayaquil, 4 años, despido intempestivo
Liquidación de Andrés — Despido intempestivo · Guayaquil · 4 años
$800/mes · Región Costa · Mejor salario: $800/mes actual
Preguntas frecuentes
No exactamente. La liquidación es el pago; el finiquito es el documento que certifica ese pago. El empleador debe pagarte la liquidación independientemente de si firmas o no. Sin embargo, en la práctica muchos empleadores condicionan el pago a la firma del finiquito. Lee con detalle todos los conceptos antes de firmar — puedes consultar con el Inspector del Trabajo si tienes dudas.
Si renuncias sin dar el preaviso correspondiente, puedes perder el derecho a la bonificación por desahucio. Sin embargo, los demás conceptos (décimos, fondos de reserva, vacaciones) se mantienen. El preaviso para el trabajador es de al menos 15 días.
Sí. Si el empleador no depositó los fondos de reserva al IESS, el IESS tiene mecanismos de coactiva para exigir el pago al empleador. Además, puedes presentar una denuncia ante el Ministerio del Trabajo. Si los fondos fueron depositados, puedes retirarlos directamente del IESS una vez que seas desafiliado.
El despido indirecto ocurre cuando el empleador modifica de forma unilateral y perjudicial las condiciones de trabajo (rebaja de sueldo, cambio de horario, traslado injustificado, trato ofensivo). En esos casos, el trabajador puede ‘renunciar’ y aun así tener derecho a la indemnización por despido intempestivo. Se llama retiro por causa imputable al empleador.
El visto bueno es el procedimiento por el que el empleador pide permiso al Inspector del Trabajo para despedir con causa justa (Arts. 172 y 188 CT). Causas: abandono de trabajo, falta de probidad, ineptitud, etc. Si se concede, el empleador solo paga los beneficios sociales acumulados (sin indemnización por despido). Si el trabajador también puede solicitar visto bueno en contra del empleador.
📚 Guías para trabajadores ecuatorianos
- Liquidación laboral en Ecuador: todos los conceptos que te corresponden
- Despido intempestivo: Art. 188 y la Resolución 02-2025 CNJ
- Décimo tercero y décimo cuarto: cálculo proporcional 2026
- Fondos de reserva: qué son, cómo cobrarlos y cómo verificarlos en el IESS
- Si renuncio en Ecuador, ¿qué me pagan?
- Calculadora de liquidación Ecuador — Código del Trabajo 2026
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Calcular mi liquidación →Última actualización: junio 2026. Base legal: Código del Trabajo Ecuador; SBU 2026 $482 (AM MDT-2025-195); Resolución 02-2025 CNJ (R.O. 745). Fuente oficial: Ministerio del Trabajo del Ecuador.