Finiquito de contratos formativos en España 2026: prácticas y formación en alternancia, qué cobras al terminar
Los contratos formativos tienen reglas especiales: no siempre hay 12 días de indemnización y el salario mínimo es inferior al SMI. Aquí tienes el finiquito desglosado y las diferencias con otros contratos.
Los contratos formativos son contratos de trabajo diseñados para combinar la formación profesional o académica con el trabajo remunerado. Tras la reforma laboral de 2021 (RDL 32/2021), el sistema se simplificó en dos modalidades: el contrato de formación en alternancia y el contrato para la obtención de práctica profesional. Ambos tienen reglas especiales en cuanto a salario, duración y finiquito al terminar.
La diferencia más importante con los contratos temporales ordinarios es que los contratos formativos generalmente no dan derecho a la indemnización de 12 días por año al finalizar. Sin embargo, sí generan el finiquito ordinario (salario, vacaciones, pagas) y los mismos derechos laborales básicos que cualquier otro trabajador.
Los dos contratos formativos en España 2026: características y diferencias
| Contrato de formación en alternancia | Contrato de práctica profesional | |
|---|---|---|
| A quién va dirigido | Personas que cursan estudios en el sistema educativo | Graduados recientes (últimos 3 años) |
| Duración | Entre 3 meses y 2 años | Entre 6 meses y 1 año (no renovable) |
| Salario mínimo | 60% SMI 1er año / 75% SMI 2do año | No inferior al 60% del salario del convenio |
| Período de prueba | No hay | 1 mes (FP grado medio) / 2 meses (titulados superiores) |
| Indemnización fin contrato | Sin indemnización de 12 días/año | Sin indemnización de 12 días/año |
| Vacaciones | 30 días naturales/año mínimo | 30 días naturales/año mínimo |
Qué incluye el finiquito de un contrato formativo en España
Al finalizar un contrato formativo, el trabajador tiene derecho al finiquito ordinario por los conceptos devengados durante el tiempo trabajado. No hay indemnización extintiva estándar (los 12 días/año que sí corresponden en los contratos temporales ordinarios), aunque el convenio colectivo puede mejorar esto:
- Salario de los días trabajados del último mes: Calculado sobre la base de retribución del contrato formativo (que puede ser inferior al SMI ordinario).
- Pagas extraordinarias proporcionales: Si no están prorrateadas, la parte correspondiente al período del año trabajado.
- Vacaciones no disfrutadas: Los días de vacaciones generados y no tomados, al salario diario de referencia del contrato formativo.
Finiquito contrato formación alternancia — 18 meses · 800 €/mes · Fin del contrato 30 junio
2 pagas extra de 800 € · 6 días de vacaciones pendientes
El SMI en los contratos formativos: cuánto cobra mínimo el trabajador en 2026
En 2026, con el SMI fijado en 1.221 euros/mes (14 pagas, 17.094 euros anuales), los mínimos para los contratos formativos son:
| Modalidad | Mínimo 2026 | Cálculo |
|---|---|---|
| Formación alternancia — primer año | 732,60 €/mes | 60% del SMI 2026 = 1.221 x 60% |
| Formación alternancia — segundo año | 915,75 €/mes | 75% del SMI 2026 = 1.221 x 75% |
| Práctica profesional | 60% del salario del puesto por convenio | Nunca inferior al 60% del SMI = 732,60 €/mes |
Transición de contrato formativo a contrato indefinido: qué ocurre con la antigüedad
Cuando la empresa decide contratar indefinidamente al trabajador que terminó su contrato formativo, surgen preguntas sobre la continuidad de la relación laboral y el cómputo de la antigüedad. La norma general es que el tiempo trabajado bajo contrato formativo no computa automáticamente como antigüedad para el nuevo contrato indefinido: son dos contratos independientes.
Sin embargo, si empresa y trabajador acuerdan expresamente que la antigüedad del contrato indefinido computa desde el inicio del contrato formativo, ese acuerdo es válido y puede fijarse en el propio contrato indefinido. Esto puede tener consecuencias importantes en la futura indemnización por despido: reconocer 2 años adicionales de antigüedad puede suponer una diferencia considerable si hay un despido improcedente años después.
Desde la perspectiva del trabajador, siempre interesa intentar negociar que la antigüedad del contrato indefinido incluya el tiempo de trabajo formativo, especialmente si ha sido largo (hasta 2 años en formación en alternancia).
Las prácticas académicas externas no remuneradas o semicompensadas: ¿tienen derechos laborales?
Hay que distinguir entre los contratos formativos (que son contratos de trabajo reales con todos los derechos laborales) y las prácticas académicas externas que no son contratos de trabajo. Las prácticas académicas externas de estudiantes universitarios o de FP son acuerdos entre el centro educativo, el estudiante y la empresa, no contratos laborales.
Desde el RD 1493/2011 actualizado y las posteriores normas, los estudiantes en prácticas académicas externas deben estar dados de alta en la Seguridad Social (en el régimen de asegurados) aunque no sean trabajadores en sentido estricto. Al terminar estas prácticas no hay finiquito laboral, aunque la empresa debe liquidar cualquier compensación económica acordada.
Sin embargo, si las prácticas académicas tienen en realidad características de una relación laboral real (la empresa controla el horario como un empleado, el estudiante hace las funciones de un empleado, hay subordinación y dependencia económica), los tribunales pueden calificar esa relación como laboral encubierta, generando los derechos correspondientes incluyendo el finiquito laboral.
Formalidades y documentación al terminar un contrato formativo en España
Al finalizar el contrato formativo, la empresa debe cumplir las mismas formalidades que con cualquier extinción laboral: entregar el documento de finiquito con el desglose de los conceptos pagados, dar de baja al trabajador en la Seguridad Social en la fecha correcta, y entregar el certificado de empresa al SEPE para que el trabajador pueda gestionar cualquier prestación a la que tenga derecho.
Adicionalmente, en los contratos de formación en alternancia, al finalizar el contrato la empresa debe entregar al trabajador un informe o certificado acreditativo de las competencias profesionales adquiridas durante el período de formación. Este documento puede ser útil para obtener el reconocimiento formal de esas competencias como parte de la cualificación profesional del trabajador.
Contrato de formación en alternancia: caso práctico completo con horarios y finiquito
El contrato de formación en alternancia combina trabajo remunerado con formación. La empresa y el centro de formación acuerdan qué tiempo se dedica a cada actividad. Las reglas básicas son: el tiempo de trabajo efectivo no puede superar el 65% de la jornada durante el primer año, ni el 85% durante el segundo. El tiempo restante se dedica a actividades formativas en el centro educativo o de formación.
Ejemplo práctico: trabajador en contrato de formación en alternancia de 2 años, salario de 800 euros/mes (primer año al 60% SMI), jornada de 40 horas semanales. Durante el primer año trabaja como máximo 26 horas semanales (65% de 40h) y dedica 14 horas semanales a formación. Durante el segundo año trabaja hasta 34 horas semanales (85% de 40h).
Al terminar los 2 años del contrato, el finiquito incluiría: salario del último mes (en proporción a los días), vacaciones pendientes (30 días naturales por año de trabajo efectivo, proporcionales a los meses trabajados) y pagas proporcionales si no estuvieran prorrateadas. Como no hay indemnización de 12 días/año en contratos formativos, el importe del finiquito suele ser más pequeño que en un contrato temporal ordinario de la misma duración.
Diferencias entre prácticas curriculares y extracurriculares: cuándo hay contrato y cuándo no
Existe confusión frecuente entre las prácticas académicas externas (curriculares y extracurriculares, sin contrato laboral) y el contrato para la obtención de práctica profesional (sí es un contrato laboral). Las diferencias son:
- Prácticas curriculares: Son parte del plan de estudios del alumno. No son contratos laborales. El alumno no cobra salario (aunque puede haber una bolsa o compensación). Al terminar, no hay finiquito. Desde 2022 el alumno debe estar dado de alta en la Seguridad Social.
- Prácticas extracurriculares: Son prácticas voluntarias que el alumno realiza fuera del plan de estudios. Tampoco son contratos laborales en principio, aunque depende de las condiciones específicas. Sin finiquito formal.
- Contrato de práctica profesional: Es un contrato laboral real para titulados recientes. Hay salario, contrato escrito, alta en la Seguridad Social y al terminar sí hay finiquito (aunque sin indemnización de 12 días/año ordinaria).
La clave para distinguirlos es si existe un contrato laboral firmado. Si hay contrato, hay finiquito al terminar. Si no hay contrato (solo convenio de prácticas entre la empresa y el centro educativo), no hay finiquito laboral. Si hay dudas sobre la naturaleza de tu situación, consulta con un sindicato o asesor laboral: en algunos casos las prácticas encubren en realidad una relación laboral que genera todos los derechos correspondientes, incluyendo el finiquito.
Cómo negociar la conversión del contrato formativo en indefinido al finalizarlo
Cuando se acerca el final del contrato formativo, el trabajador que ha tenido un buen desempeño puede intentar negociar la conversión a indefinido. Algunos consejos para esa negociación:
- Plantéalo con antelación: No esperes a los últimos días del contrato. Si llevas al menos 6 meses en el contrato y has tenido buenas evaluaciones, puedes plantear la continuidad entre 1 y 3 meses antes de que termine.
- Documenta tu valor: Prepara un resumen de tus logros y contribuciones durante el período formativo. Ayuda a la empresa a ver el valor que aportas.
- Conoce el salario que te corresponde: Al pasar a indefinido, ya no aplica el salario reducido del formativo. Negocia el salario correspondiente a tu categoría según el convenio colectivo.
- Pide que se reconozca la antigüedad desde el formativo: Aunque no es obligatorio, algunas empresas lo reconocen voluntariamente, lo que te dará más protección frente a futuros despidos.
Preguntas frecuentes sobre contratos formativos y finiquito en España 2026
Al finalizar un contrato formativo (prácticas o formación en alternancia), el trabajador cobra el finiquito ordinario: el salario de los días trabajados del mes en curso, la parte proporcional de las pagas extraordinarias si no estaban prorrateadas, y los días de vacaciones no disfrutadas. La indemnización de 12 días por año que corresponde en los contratos temporales ordinarios generalmente no aplica a los contratos formativos, aunque hay que revisar el convenio colectivo porque puede establecer condiciones diferentes.
Desde la reforma laboral de 2021, los contratos formativos son dos: el contrato de formación en alternancia, para quienes estén cursando estudios en el sistema educativo o de formación profesional y quieran combinarlos con trabajo remunerado (duración mínima 3 meses, máxima 2 años); y el contrato para la obtención de práctica profesional, para personas que han terminado recientemente (en los últimos 3 años) un título universitario, de FP de grado superior o equivalente (duración entre 6 meses y 1 año, no renovable).
Sí. El derecho a vacaciones es universal para todos los trabajadores, independientemente del tipo de contrato. El mínimo legal es de 30 días naturales por año completo trabajado (2,5 días por mes). En el contrato formativo, las vacaciones deben planificarse de forma que no interfieran con la formación teórica cuando esta es en jornada diferenciada.
Sí. Al finalizar el contrato formativo, la empresa puede ofrecer al trabajador un contrato indefinido ordinario. No hay obligación legal de hacerlo, pero si la empresa lo contrata definitivamente, la situación mejora sustancialmente para el trabajador. Si la empresa contrata a un trabajador primero con contrato formativo y después con contrato indefinido, la antigüedad para la indemnización computa normalmente desde el inicio del contrato indefinido, no desde el formativo.
Los becarios con beca remunerada de empresa que no tienen un contrato laboral formal (regulados por el RD 1493/2011 actualizado) están en una situación diferente: tienen derechos laborales básicos (cotización a la Seguridad Social, protección por accidente) pero no siempre tienen contrato laboral en sentido estricto. Al acabar la beca no hay finiquito laboral formal, aunque la empresa sí debe liquidar cualquier cantidad pendiente de remuneración. Desde 2022, los becarios que realizan prácticas académicas externas deben estar dados de alta en la Seguridad Social.
Desde la reforma de 2021, los trabajadores en contrato de formación en alternancia tienen derecho a una retribución mínima del 60% del SMI durante el primer año y del 75% durante el segundo (sin superar el salario mínimo fijado en el convenio para el puesto). Para el contrato de práctica profesional, la retribución no puede ser inferior al 60% de la retribución que se fije en el convenio colectivo para el puesto correspondiente, y nunca inferior al 60% del SMI.
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Los derechos laborales del trabajador en contrato formativo: qué es igual que cualquier trabajador
Aunque el contrato formativo tiene sus especificidades (salario reducido, no hay 12 días de indemnización), el trabajador formativo tiene los mismos derechos laborales básicos que cualquier otro asalariado:
- Derecho a la afiliación sindical y a la huelga: El trabajador en contrato formativo puede afiliarse a un sindicato y participar en huelgas legales sin que la empresa pueda tomar represalias.
- Protección contra el despido discriminatorio: Si la empresa extingue el contrato formativo por razones discriminatorias (embarazo, afiliación sindical, discapacidad), el despido puede ser nulo.
- Prevención de riesgos laborales: La empresa tiene las mismas obligaciones de seguridad e higiene en el trabajo con el trabajador formativo que con cualquier otro. Los accidentes de trabajo durante el contrato formativo dan derecho a la misma protección que para cualquier trabajador.
- Derecho a la igualdad de trato: Más allá del salario reducido, el trabajador formativo no puede ser discriminado frente a otros trabajadores en las condiciones de trabajo (acceso a instalaciones, trato, servicios de empresa…).
- Cotización a la Seguridad Social: El trabajador formativo cotiza a la Seguridad Social desde el primer día, lo que le da acceso a prestaciones por IT, maternidad/paternidad, desempleo y acumula cotizaciones para la jubilación.
Finiquito del contrato formativo vs. otras modalidades: tabla comparativa
| Tipo de contrato | Indemnización al finalizar | Tributa IRPF | Paro tras finalizar |
|---|---|---|---|
| Formación en alternancia | Sin indemnización de 12d | Finiquito ordinario sí | Sí si cumple cotizaciones |
| Práctica profesional | Sin indemnización de 12d | Finiquito ordinario sí | Sí si cumple cotizaciones |
| Contrato temporal ordinario | 12 días/año | Sí tributa | Sí |
| Contrato indefinido (despido improcedente) | 33 días/año | Exento hasta 180.000 € | Sí |
| Baja voluntaria | 0 € | Finiquito ordinario sí | No |
*La ausencia de indemnización de 12d en contratos formativos puede ser mejorada por el convenio colectivo aplicable. Consulta siempre tu convenio.
El contrato formativo en la práctica: preguntas habituales de trabajadores y empresas
Estas son las preguntas más frecuentes que surgen en la práctica del día a día con contratos formativos:
¿Puede el trabajador formativo pedir una excedencia? En principio sí, aunque dado que el contrato formativo tiene una duración máxima limitada (2 años o 1 año según la modalidad), solicitar una excedencia tendría poco sentido práctico ya que el contrato termina de todas formas en ese plazo máximo.
¿Puede el trabajador formativo ser despedido disciplinariamente durante el contrato? Sí. El despido disciplinario por causas graves es posible durante el contrato formativo igual que en cualquier otro contrato. Si se declara procedente, no hay indemnización. Si es improcedente, corresponderían los 33 días/año.
¿Se puede ampliar el contrato formativo más allá del máximo legal? No. Si se supera la duración máxima legal y la empresa mantiene al trabajador trabajando más allá de esa fecha sin formalizar un nuevo contrato indefinido, el trabajador puede considerarse automáticamente indefinido por los tribunales.
¿El contrato formativo puede reducirse de jornada? Sí, con los límites que ya marca el propio contrato (el trabajador dedica parte de su tiempo a formación y parte al trabajo). La reducción de la jornada de trabajo efectivo dentro del contrato formativo puede acordarse entre empresa y trabajador respetando los mínimos legales de formación.
¿Si la empresa quebra durante el contrato formativo, el FOGASA cubre los salarios? Sí. El FOGASA cubre a todos los trabajadores con contrato laboral, incluyendo los que están en contrato formativo. Los límites de cobertura son los mismos: hasta 150 días de salario pendiente con el tope de 3 veces el SMI diario.
El futuro de los contratos formativos en España: tendencias y posibles cambios
El mercado de trabajo español está en constante evolución, y los contratos formativos han sido objeto de varias reformas en los últimos años. Las tendencias que se observan para el futuro próximo incluyen:
Mayor digitalización de los procesos de alta y documentación de contratos formativos, con sistemas en línea que facilitan tanto a empresas como a centros educativos la gestión de la formación en alternancia. Posible extensión de los convenios colectivos para mejorar las condiciones de los trabajadores formativos más allá de los mínimos legales, especialmente en sectores donde los contratos formativos son especialmente numerosos. Y un posible debate sobre si la indemnización de 12 días/año debería aplicarse también a los contratos formativos al finalizar, equiparándolos a los demás contratos temporales.
Para cualquier trabajador que empieza su carrera profesional con un contrato formativo, este tipo de contrato puede ser una excelente oportunidad de demostrar valía en una empresa real, acumular experiencia y, ojalá, conseguir una conversión a indefinido. Las reglas del juego son claras: salario menor durante la formación, sin indemnización de 12 días al terminar, pero con todos los derechos laborales básicos y la posibilidad de que ese período de formación sea el inicio de una carrera laboral estable en la misma empresa. Conocer los derechos y las limitaciones del contrato formativo permite al trabajador tomar decisiones informadas desde el primer día, incluido cuándo y cómo negociar las condiciones si la empresa quiere continuar la relación laboral una vez terminado el contrato formativo.
Si estás a punto de firmar un contrato formativo o te encuentras cerca del final de uno, calcula el finiquito que te corresponde con nuestra calculadora para que llegues a la última negociación con los números claros. Y si crees que tu situación puede generar más derechos de los que la empresa te ofrece, consulta con un asesor laboral o sindicato antes de firmar el finiquito conforme.
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