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Vacaciones Laborales en Cuba: El Art. 102 y el 9.09% que Nunca Prescribe

Vacaciones laborales en Cuba: el Art. 102 y las vacaciones que nunca se pierden

30 días por 11 meses · El 9.09% de cada día trabajado · Se acumulan desde el primer día y no prescriben.

✅ Art. 102 Ley 116 ✅ 9.09% — factor exacto ✅ NUNCA prescriben ✅ 100% del salario básico

Las vacaciones laborales en Cuba son el derecho más valioso del finiquito — y el que más frecuentemente se recibe incompleto. El Art. 102 de la Ley 116 establece 30 días naturales de vacaciones por cada 11 meses de trabajo efectivo, y estas vacaciones no prescriben jamás. Cada día que trabajás, acumulás el 9.09% de ese día en vacaciones para cobrar al salir.

La fórmula exacta — paso a paso

Factor de acumulación: 30 ÷ 330 = 0.0909 (9.09%)

Días de vacaciones = Total de días trabajados × 0.0909
Días pendientes = Días vacaciones totales − Días ya gozados
Pago = (Salario mensual ÷ 30) × Días pendientes

Ejemplo: 6 años trabajados, 0 días gozados, salario 4,800 CUP
→ Días trabajados: 6 × 365 = 2,190
→ Vacaciones: 2,190 × 0.0909 = 199 días
→ Pago: (4,800 ÷ 30) × 199 = 160 × 199 = 31,840 CUP
🔑 Cuba vs otros países — la diferencia crítica

En Bolivia las vacaciones prescriben al año. En Guatemala se acumulan máximo 2 años. En Cuba, un trabajador con 20 años sin gozar vacaciones tiene derecho a recibir el pago de TODOS esos años en el finiquito. Eso equivale aproximadamente a 665 días de salario.

Años trabajadosDías acumulados (0 gozados)Salario 5,000 CUP/mes
1 año33 días5,500 CUP
3 años99 días16,500 CUP
5 años166 días27,667 CUP
10 años332 días55,333 CUP
15 años498 días83,000 CUP
20 años665 días110,833 CUP

Preguntas frecuentes

¿Cómo verifico cuántos días de vacaciones gocé?+

Pedí a tu empleador el certificado de vacaciones disfrutadas. Es un documento que la empresa debe emitir y que certifica exactamente cuántos días de vacaciones recibiste. Si la empresa no lo emite, el MTSS puede solicitarlo.

¿El empleador puede reemplazar las vacaciones por pago durante la relación laboral?+

No. La Ley 116 establece que las vacaciones son un derecho al descanso y no pueden sustituirse por dinero mientras la relación laboral está activa. Solo al terminar el contrato las vacaciones pendientes se convierten en pago.

¿Qué pasa si trabajé en varios empleos a la vez en Cuba?+

Cada empleador paga las vacaciones acumuladas por el tiempo trabajado solo con él. Si trabajaste pluriempleo (recientemente regulado), cada relación laboral genera sus propias vacaciones por separado.

¿Las vacaciones en el sector privado (MIPYMES, TCP) son iguales?+

Sí. El Art. 102 aplica a todos los sectores según el Art. 2 de la Ley 116. Las MIPYMES y entidades privadas tienen la misma obligación que el sector estatal de pagar las vacaciones acumuladas al terminar el contrato.

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Última actualización: junio 2026. Base legal: Ley 116/2013 (Código de Trabajo de Cuba), Decreto-Ley 326/2014. Fuente oficial: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Cuba (MTSS).