🇵🇪 Calculadora de Liquidación Laboral Perú 2026: CTS, Grati y Vacaciones
Actualizado con RMV S/ 1,130 (D.S. N° 006-2024-TR)
Liquidación para Micro y Pequeña Empresa (REMYPE)
Guía 2026: ¿Cómo calcular mi «Arreglo» o Liquidación en Perú?
Nuestra calculadora aplica las fórmulas oficiales del Decreto Supremo Nº 001-97-TR y el D.Leg. 892, actualizadas con la RMV S/ 1,130 vigente (DS 006-2024-TR). Sigue estos 6 pasos para saber exactamente cuánto te corresponde.
📝 Ingresa tus Datos de Empleo y Sueldo Bruto.
Completa los campos con la información de tu relación laboral. Cuanto más preciso seas, más exacto será tu resultado.
- Fechas: ingreso y cese exactos
- Sueldo bruto: mínimo RMV S/ 1,130 (2026)
- Tipo de contrato: indefinido, plazo fijo, pequeña empresa o microempresa
- Motivo de salida: despido arbitrario, renuncia, causa justa o mutuo acuerdo
- Días último mes: si saliste a mitad de mes, escribe los días reales
- Comisiones: promedio de los últimos 6 meses
- Horas extra: monto total pendiente de pago
- Vacaciones pendientes: días del año anterior no gozados
- Asignación familiar: S/ 113.00 si tienes hijos
- Seguro de salud: EsSalud (9%) o EPS (6.75%)
⚙️ Cálculo Automático basado en la Base Legal Vigente.
Al presionar «Calcular», la calculadora aplica al instante cada artículo de ley que corresponde a tu caso:
CTS Trunca por semestre
Vacaciones Truncas y Pendientes
Gratificaciones Truncas + Bono Ley
Indemnización por Despido
Utilidades Truncas (5–10%)
Pequeña Empresa y Microempresa REMYPE
Horas Extra Pendientes
RMV S/ 1,130 · Asig. Familiar S/ 113
🎯 Análisis de Reglas Especiales (Año de 360 días y Part-Time)
Muchas calculadoras ignoran estas reglas y arrojan montos incorrectos. La nuestra las aplica todas de forma transparente:
El DS 001-97-TR establece que el año laboral tiene 360 días, no 365. Esto impacta directamente CTS, indemnización y vacaciones.
Indefinido: 1.5 sueldos × años trabajados (tope: 12 sueldos).
Plazo Fijo: 1.5 sueldos × meses restantes del contrato (no años trabajados).
Plazo Fijo: 1.5 × S/ 2,500 × 4 meses restantes = S/ 15,000
Despido Arbitrario: cobras indemnización completa + todos los beneficios.
Renuncia / Causa Justa: no hay indemnización; solo CTS, vacaciones y gratificaciones.
Los trabajadores a tiempo parcial no tienen CTS ni Gratificación (D.Leg. 728, Art. 11). Sus vacaciones se reducen a 15 días por año.
Pequeña Empresa: indemnización 20 días/año (tope 120), vacaciones 15 días, CTS y Gratificación normales.
Microempresa: indemnización 10 días/año (tope 90), sin CTS ni Gratificación si contratado después del registro.
Si tu cese ocurrió a mitad de mes, solo recibes la parte proporcional. La calculadora la calcula automáticamente.
📊 Comparación: ¿Es justo lo que te ofrece tu empleador?
Obtienes un desglose completo, visual y exportable con todos los conceptos de tu liquidación:
Suma exacta de todos los conceptos en soles peruanos
CTS, Vacaciones, Gratificación, Indemnización, Utilidades, Horas Extra
Distribución visual de cada concepto en porcentaje
El artículo de ley exacto que aplica a tu caso con plazos
🤝 Compara: ¿Es Justo lo que te Ofrecen?
Herramienta exclusiva: ingresa el monto que te ofrece tu empleador y la calculadora te dice al instante si es correcto, insuficiente o superior al legal.
📄 Descarga o Comparte tus Resultados
Guarda tu cálculo como evidencia oficial o compártelo con tu abogado laboral:
Reporte con fecha, desglose detallado y base legal. Útil como respaldo ante SUNAFIL.
Comparte el resumen completo con tu abogado o familia en un clic.
Usa «Nuevo Cálculo» para comparar: ¿qué pasa si renuncio vs si espero el despido?
✨ ¿Por Qué Esta Calculadora es la Mejor de Perú 2026?
DS 001-97-TR + RMV S/ 1,130 — actualizada para 2026
Resultado en menos de 1 segundo, sin esperas
Cálculo local — tus datos nunca salen de tu dispositivo
General, Pequeña Empresa y Microempresa REMYPE
Diseño adaptado para celular, tablet y escritorio
Sin registro, sin suscripción, sin costos ocultos
| Concepto | Cód. | ¿Qué es? | Base Legal | ¿Cuándo Aplica? |
|---|---|---|---|---|
| CTS Trunca | CTS | Fondo semestral acumulado (nov–abr / may–oct). Base: sueldo + 1/6 de la última gratificación. | DS 001-97-TR Art. 207 | ✓ Siempre Excepto tiempo parcial |
| Vacaciones Truncas | VAC-T | Días proporcionales del año actual no gozados. 30 días/año en régimen general; 15 días en REMYPE. | DS 001-97-TR Art. 148 | ✓ Siempre |
| Vacaciones Pendientes | VAC-P | Días del año anterior que no tomaste y que tu empleador aún debe pagarte. | DS 001-97-TR | Si aplica |
| Gratificación Trunca | GRATI | Parte proporcional del bono de julio o diciembre del semestre en curso (= 1 sueldo completo). | DS 001-97-TR Art. 208 | ✓ Siempre Excepto tiempo parcial |
| Bono Ley (EsSalud/EPS) | BONO | 9% (EsSalud) o 6.75% (EPS) sobre la gratificación trunca. Ley 29351. | Ley 29351 | ✓ Con gratif. |
| Indemnización | INDEM | 1.5 × sueldo × años (indefinido, tope 12 sueldos) | 1.5 × sueldo × meses restantes (plazo fijo). | D.Leg. 728 Art. 34 y 76 | Solo despido arbitrario |
| Utilidades | UTIL | Reparto proporcional de ganancias: 5% (minería), 8% (comercio), 10% (industria). | D.Leg. 892 | Si empresa reparte |
| Horas Extra Pendientes | HE | Horas fuera de jornada no pagadas. Las primeras 2 horas diarias: +25%; desde la 3ra: +35%. | D.Leg. 854 | Si aplica |
| Rem. Proporcional Últ. Mes | RPM | Sueldo proporcional si el cese fue antes de terminar el mes. Fórmula: sueldo ÷ 30 × días trabajados. | DS 001-97-TR | ✦ Nuevo 2026 |
Esta calculadora está actualizada con la normativa laboral peruana actualmente en vigor:
- DS 001-97-TR — Texto Único Ordenado Ley de CTS
- D.Leg. 728 — Ley de Fomento del Empleo (Indemnizaciones)
- D.Leg. 892 — Reparto de Utilidades a Trabajadores
- D.Leg. 854 — Jornada de Trabajo y Horas Extra
- Ley 28015 / D.Leg. 1086 — Régimen REMYPE (Micro y Pequeña Empresa)
- DS 006-2024-TR — RMV S/ 1,130 vigente desde enero 2025
Aviso Legal: Esta calculadora es una herramienta educativa e informativa. Los resultados son estimaciones basadas en la ley peruana general vigente y pueden variar si existen convenios colectivos, bonificaciones contractuales especiales o circunstancias particulares de tu contrato. Para casos complejos, consulta a un abogado laboralista o presenta una consulta gratuita ante SUNAFIL (línea gratuita: 0800-16-872).
🇵🇪 Ejemplos Reales de Liquidación Laboral en Perú 2026
Cinco casos paso a paso con los datos y fórmulas exactas según ley vigente. Ingresa los mismos datos en la calculadora para verificar el resultado en tu pantalla.
👤 Ingresa tus Datos de Empleo y Sueldo Bruto
Protección laboral máxima — el escenario más común en Perú
1,185 ÷ 360 = 3 años, 3 meses, 15 días
Período: Nov+Dic+Ene+Feb+Mar + 15 días = 5.5 meses
CTS = 2,916.67 × (5.5÷12) = S/ 1,336.81
Vac = S/ 2,500 × (105 ÷ 360) = S/ 729.17
✓ Fórmula CORRECTA: Sueldo × (días÷360) ❌ Fórmula INCORRECTA: (Sueldo÷12) × 4 meses = S/ 833
+ Bonus EsSalud 9% = S/ 131.25
Total = S/ 1,589.58
✓ Solo si Despido Arbitrario. Por Renuncia = S/ 0
| CTS Trunca | S/ 1,336.81 |
| Vacaciones Truncas (105 días) | S/ 729.17 |
| Gratificación + Bonus EsSalud | S/ 1,589.58 |
| Indemnización (Despido Arbitrario) | S/ 11,250.00 |
| Utilidades (empresa no reparte) | S/ 0.00 |
| TOTAL | S/ 14,905.56 |
📅 Cálculo Automático basado en la Base Legal Vigente
La indemnización se calcula por MESES RESTANTES del contrato, no por años trabajados
15 Abr 2026 → 31 Dic 2026 = 8.5 meses restantes
CTS = 4,083.33 × (5.5÷12) = S/ 1,871.53
✓ Si fuera indefinido (2 años): 1.5 × 3,500 × 2 = S/ 10,500
| CTS Trunca | S/ 1,871.53 |
| Vacaciones (10.5 meses desde last aniversario) | S/ 3,062.50 |
| Gratificación + Bonus EsSalud | S/ 2,225.42 |
| Indemnización (Plazo Fijo · meses restantes) | S/ 3,718.75 |
| TOTAL | S/ 10,878.20 |
🏢 Análisis de Reglas Especiales (Año de 360 días y Part-Time)
El régimen REMYPE puede reducir tu liquidación hasta un 74% — verifica antes de firmar
Vacaciones: 15 días/año
Indemnización: 20 días/año (tope 120 días)
Vacaciones: 15 días/año
Indemnización: 10 días/año (tope 90 días)
| Concepto | Pequeña Empresa | Microempresa (post) | Diferencia |
|---|---|---|---|
| CTS | S/ 1,050.00 | S/ 0.00 ❌ | − S/ 1,050 |
| Vacaciones (15 días/año · 90 días) | S/ 225.00 | S/ 225.00 | — |
| Gratificación + Bonus | S/ 981.00 | S/ 0.00 ❌ | − S/ 981 |
| Indemnización | S/ 1,500.00 (20d/año) | S/ 750.00 (10d/año) | − S/ 750 |
| TOTAL | S/ 3,756.00 | S/ 975.00 | − S/ 2,781 (−74%) |
⏰ Comparación: ¿Es justo lo que te ofrece tu empleador?
Menos de 4 horas diarias promedio = beneficios reducidos por ley (D.Leg. 728 Art. 11)
❌ Sin Gratificación
✅ Sí Vacaciones — solo 15 días/año
✅ Sí Indemnización si es despido arbitrario
| Concepto | Tiempo Parcial (<4h) | Tiempo Completo (equiv.) |
|---|---|---|
| CTS | S/ 0.00 ❌ | S/ 375.00 ✅ |
| Vacaciones (15 vs 30 días/año · 90 días) | S/ 187.50 | S/ 375.00 |
| Gratificación | S/ 0.00 ❌ | S/ 750.00 ✅ |
| Indemnización (1.5 × 1,500 × 2 años) | S/ 4,500.00 | S/ 4,500.00 |
| TOTAL | S/ 4,687.50 | S/ 6,000.00 |
⚖️ Comparación: Renuncia vs Despido Arbitrario
MISMOS datos — diferencia de S/ 24,000. Conoce tus derechos antes de firmar cualquier documento
Vacaciones (180 días): S/ 2,000.00
Gratificación Julio (6 meses) + Bonus EsSalud: S/ 4,360.00
Utilidades (Comercio 8%): S/ 1,600.00
DESPIDO ARBITRARIO: 1.5 × S/ 4,000 × 4 años = S/ 24,000.00 ✅
| Concepto | RENUNCIA | DESPIDO ARBITRARIO | Diferencia |
|---|---|---|---|
| CTS Trunca | S/ 777.78 | S/ 777.78 | — |
| Vacaciones | S/ 2,000.00 | S/ 2,000.00 | — |
| Gratificación + Bonus | S/ 4,360.00 | S/ 4,360.00 | — |
| Utilidades (Comercio 8%) | S/ 1,600.00 | S/ 1,600.00 | — |
| Indemnización | S/ 0.00 ❌ | S/ 24,000.00 ✅ | + S/ 24,000 |
| TOTAL | S/ 8,737.78 | S/ 32,737.78 | + S/ 24,000 (275%) |
| Caso | Tipo de Empleo | Antigüedad | Total Liquidación | Factor Determinante |
|---|---|---|---|---|
| Caso 1 | Indefinido · Despido | 3 años 3 meses | S/ 14,906 | ✅ Máxima protección |
| Caso 2 | Plazo Fijo · Despido | 1 año 10 meses | S/ 10,878 | ⚠️ Meses restantes clave |
| Caso 3 | REMYPE · Despido | 1 año 3 meses | S/ 3,756 / S/ 975 | ❌ Régimen reduce −74% |
| Caso 4 | Part-Time · Despido | 2 años 3 meses | S/ 4,688 | ❌ Sin CTS ni Grati |
| Caso 5 | Indefinido · 4.5 años | 4 años 6 meses | S/ 8,738 vs S/ 32,738 | 🔑 Renuncia vs Despido |
Vacaciones = Sueldo × (días ÷ 360). Muchos calculan por meses y pueden errar hasta S/ 200 por año de trabajo.
Plazo Fijo con 8 meses restantes puede pagar MENOS que indefinido con 2 años. Simula ambos escenarios antes de decidir.
Con datos idénticos, renuncia vs despido puede diferir en S/ 24,000+. Nunca firmes el motivo sin calcular primero.
Pequeña Empresa y Microempresa son regímenes completamente distintos. La diferencia puede ser S/ 2,781 en un mismo caso.
Desde 2026, incluye horas extra no pagadas (D.Leg. 854) y asignación familiar S/ 113 en tu base computable. Son derechos exigibles.
💡 6 PRO TIPS para Maximizar el cobro de tu Liquidación
Basados en ley peruana vigente y DS 006-2024-TR (RMV S/ 1,130). Aplicar estos consejos puede significar diferencias de S/ 2,000 a S/ 50,000+ en tu liquidación final. Lee cada uno antes de firmar cualquier documento.
🔍 Verifica el promedio de tus comisiones variables
💰 Impacto: +S/ 3,000 a +S/ 50,000Si recibiste comisiones, bonos u otro pago variable, la ley obliga a usar el promedio de los últimos 6 meses como remuneración computable base (DS 001-97-TR Art. 19). Esto eleva directamente:
- ✅ CTS Trunca — base computable incluye comisiones
- ✅ Vacaciones Truncas — se calculan sobre la remuneración computable
- ✅ Gratificaciones — igualmente se suma al cómputo
- ✅ Indemnización — 1.5 × (sueldo + promedio comisiones) × años
Salario Base: S/ 1,130 (RMV 2026)
Comisiones últimos 6 meses:
S/ 1,200 · S/ 1,400 · S/ 1,100 · S/ 1,350 · S/ 1,250 · S/ 1,300
Promedio Mensual:
(1,200+1,400+1,100+1,350+1,250+1,300) ÷ 6 = S/ 1,266.67
Remuneración Computable: S/ 1,130 + S/ 1,266.67 = S/ 2,396.67
| CTS sin comisiones (solo S/ 1,130): | S/ 565.00 |
| CTS con promedio comisiones (S/ 2,396.67): | S/ 1,198.34 |
| DIFERENCIA SOLO EN CTS: | +S/ 633.34 |
💡 Con 3 años de empleo e indemnización, la diferencia total puede superar S/ 5,000.
Recopila tus últimas 6 boletas de pago con el detalle de comisiones y bonos
Suma todas las comisiones/bonos variables de los 6 meses
Divide el total entre 6 para obtener el promedio mensual
Ingresa ese promedio en la calculadora en el campo «Promedio de Comisiones»
Compara el nuevo total con lo que te ofrece tu empleador
📋 Confirma tu fecha de vencimiento en contratos sujetos a modalidad
💰 Impacto: +S/ 3,000 a +S/ 40,000El tipo de contrato cambia completamente la fórmula de indemnización. Además, en Perú existen 3 regímenes laborales con cálculos distintos. Identificar el tuyo correctamente puede variar tu liquidación en miles de soles.
Sin fecha fin — relación laboral estable
Tope: 12 sueldos
Ejemplo · 3 años · S/ 2,500:
S/ 11,250.00
Con fecha de vencimiento pactada
Meses = desde despido hasta vencimiento
Mismo caso, 7 meses restantes:
S/ 2,187.50 ⚠️ −S/ 9,062
Pequeña Empresa (11–100) o Microempresa (1–10)
Microempresa: 10 días/año (tope 90)
Pide certificado REMYPE al MTPE para confirmar
Busca tu contrato de trabajo original — revisa si dice «plazo fijo» o «indefinido»
Si es Plazo Fijo: anota la fecha exacta de vencimiento del contrato
Pregunta a RRHH si la empresa está inscrita en REMYPE — tienen obligación de decirte
Selecciona el régimen correcto en la calculadora y observa cómo cambia el total
💼 Solicita el monto de utilidades del ejercicio anterior
💰 Impacto: +S/ 500 a +S/ 8,000Si tu empresa reparte utilidades (Dec. Leg. 892), tienes derecho a tu parte proporcional por los meses trabajados en el año, incluso si no terminaste el año completo. Este es uno de los conceptos que más frecuentemente se omite en las liquidaciones de cese.
| 🏭 Minería y Pesquería | 5% |
| 🛒 Comercio y Restaurantes | 8% |
| 🏗️ Industria, Construcción y Servicios | 10% |
| 📡 Telecomunicaciones | 10% |
| 🌿 Agricultura y Ganadería | 5% |
Utilidades netas empresa 2025: S/ 60,000
Total días-trabajador empresa: 36,000 días
Días trabajados por ti en 2026 (Ene–Abr): 105 días
Fórmula: (60,000 × 8%) × (105 ÷ 36,000 × proporción días) ≈ S/ 1,400
💵 Este monto extra se suma directamente a tu liquidación. Si la empresa no lo menciona, tienes derecho a exigirlo por escrito.
Pregunta a RRHH: «¿La empresa repartió utilidades en 2025?»
Si SÍ: «¿Cuál fue el monto total de utilidades del ejercicio 2025?»
Confirma el sector empresarial para aplicar el porcentaje correcto del Dec. Leg. 892
Ingresa «SÍ» en utilidades + monto + sector en la calculadora
⏰ Reclama tus horas extra con los recargos del 25% y 35%
💰 Impacto: +S/ 500 a +S/ 6,000 · Nuevo 2026Las horas trabajadas fuera de tu jornada normal que no fueron pagadas son exigibles en tu liquidación (Decreto Legislativo 854). Este concepto es frecuentemente ignorado — muchos trabajadores no lo reclaman porque no saben que tienen derecho, y el empleador no lo menciona voluntariamente.
- ⏱️ Primeras 2 horas extra diarias: +25% sobre tu hora ordinaria
- ⏱️ Desde la 3.ª hora extra en adelante: +35% sobre tu hora ordinaria
- 📅 Jornada máxima legal: 8 horas diarias o 48 horas semanales
- ✅ Voluntariedad: Las horas extra deben ser voluntarias y compensadas siempre
Hora Ordinaria: S/ 2,500 ÷ 30 ÷ 8 = S/ 10.42/hr
40 horas × tarifa +25% (2 hrs/día): 40 × S/ 10.42 × 1.25 = S/ 521.00
20 horas × tarifa +35% (3.ª hora+): 20 × S/ 10.42 × 1.35 = S/ 281.34
| Horas extra tarifa +25% | S/ 521.00 |
| Horas extra tarifa +35% | S/ 281.34 |
| TOTAL HORAS EXTRA PENDIENTES: | S/ 802.34 |
Revisa tus registros de marcación, correos o evidencia de trabajo fuera de horario
Cuenta las horas extra de los últimos meses que no aparecen pagadas en tu boleta
Calcula tu hora ordinaria: Sueldo ÷ 30 ÷ horas de jornada diaria
Ingresa el total de horas extra pendientes en la calculadora para sumarlo a tu liquidación
Denuncias: SUNAFIL gratuita · 0800-16-872 · consultasunafil.gob.pe
🤝 Negocia siempre ANTES de firmar la hoja de liquidación
💰 Impacto: +20% a +50% del total de tu liquidaciónAunque en Perú los derechos laborales son irrenunciables (Art. 26, Constitución Política), una negociación antes de firmar es 10 veces más fácil que un proceso judicial posterior. Usa la calculadora como herramienta de negociación con números concretos, no solo como información personal.
Propuesta
No firmes de inmediato. Di: «Voy a revisarla con cuidado en casa.»
Calculas
Ingresa tus datos y obtén el monto exacto que te corresponde por ley.
Comparas
Identifica exactamente qué concepto está incorrecto y por cuánto.
Negocias
Lleva el cálculo impreso. Habla de números y artículos de ley, no de emociones.
Firmas
Sin acuerdo, tienes 4 años para demandar ante el Poder Judicial (Ley 27321).
«He revisado la liquidación propuesta de S/ XX,XXX. Según el DS 001-97-TR y el DS 006-2024-TR vigentes, considerando mis fechas de ingreso y cese, el monto correcto sería S/ YY,YYY. ¿Podemos revisar juntos cada concepto para confirmar que el cálculo es correcto?»
✓ Fundamentado en ley — no en opinión
✓ No amenaza — invita a cooperar
✓ Abre diálogo en lugar de confrontación
✓ Demuestra que conoces tus derechos
Mejor Caso: Aceptan tu cálculo y ajustan el monto antes de firmar
Caso Normal: Llegan a un acuerdo intermedio que mejora la oferta inicial
Sin acuerdo: No firmes con «sin reclamo» — tienes 4 años para demandar (Ley 27321)
📝 Exige tu certificado de trabajo y liquidación detallada por escrito
⚖️ Impacto: Protección Legal Total — Sin LímiteLa ley peruana obliga al empleador a entregarte la liquidación desglosada (DS 001-97-TR). Sin este documento no puedes verificar errores ni reclamar diferencias. Tienes 4 años para presentar demanda laboral desde el cese (Ley 27321), pero sin evidencia documental tu caso se debilita ante el juez.
Compara línea por línea con el resultado de la calculadora de esta página
Si hay errores: anótalos con correcciones antes de firmar
Guarda copias en tres lugares: físico en casa, email y nube
Firma solo cuando estés conforme con todos los conceptos y montos
Si hay errores posteriores: tienes 4 años para reclamar (Ley 27321)
Ley 27321: Prescripción laboral de 4 años desde el cese del vínculo laboral.
SUNAFIL 2026: Línea gratuita 0800-16-872 · consultasunafil.gob.pe
Comisiones: Promedio 6 meses como base — diferencia de S/ 3,000–S/ 50,000
Tipo Contrato: Indefinido / Plazo Fijo / REMYPE — fórmulas completamente distintas
Utilidades: Pregunta y exige siempre — puede ser S/ 500–S/ 8,000 extra
Horas Extra (Nuevo 2026): +25% y +35% por D.Leg. 854 — S/ 500–S/ 6,000
Negocia Antes: Usa la calculadora en la reunión — +20% a +50% posible
Documenta Todo: Liquidación detallada firmada + 4 años para reclamar (Ley 27321)
❓ Preguntas Frecuentes sobre la Liquidación en Perú (FAQs 2026)
52 preguntas respondidas basadas en DS 001-97-TR, DS 006-2024-TR y legislación peruana vigente. Actualizadas con las correcciones de ley 2026.
1
¿Qué es la liquidación laboral en Perú?
Básico
Es el documento que resume todos los montos que te debe el empleador cuando termina la relación laboral. Incluye cada beneficio social acumulado durante tu tiempo de trabajo: CTS, vacaciones no gozadas, gratificaciones, indemnización y utilidades.
2
¿Cuándo tengo derecho a recibir liquidación?
Básico
Cualquier cese de vínculo laboral activa el derecho a liquidación, independientemente del motivo:
- ✅ Despido arbitrario (sin causa justa)
- ✅ Despido por causa justificada
- ✅ Renuncia voluntaria
- ✅ Vencimiento de contrato plazo fijo
- ✅ Jubilación
- ✅ Fallecimiento (herederos la reciben)
3
¿Cuáles son los componentes principales de la liquidación 2026?
Básico
| CTS Trunca | Compensación por Tiempo de Servicios del semestre actual |
| Vacaciones | Días no gozados (30 días/año régimen general) |
| Gratificaciones | Bonos truncos de Julio y/o Diciembre + Bonus EsSalud 9% |
| Indemnización | Protección por despido arbitrario (si aplica) |
| Utilidades | Reparto proporcional de ganancias empresa (si aplica) |
| Horas Extra | Horas extras no pagadas + recargos +25%/+35% (D.Leg. 854) |
4
¿Cuál es la RMV (salario mínimo) en Perú 2026?
Nuevo 2026
La Remuneración Mínima Vital (RMV) vigente para 2026 es S/ 1,130 mensuales, establecida por DS 006-2024-TR.
Ningún trabajador en jornada completa puede recibir menos. Tu liquidación usa el RMV como piso mínimo de cálculo si tu sueldo declarado es menor.
5
¿Qué es la Asignación Familiar y cómo afecta la liquidación?
Básico
Es un bono mensual de S/ 113.00 (10% del RMV) para trabajadores con hijos menores de 18 años, o mayores que sigan estudios superiores hasta los 24 años.
Impacto en liquidación: Se suma a tu remuneración computable base para el cálculo de CTS, Gratificaciones e Indemnización. Muchos empleadores «olvidan» incluirla.
6
¿Cuál es la fórmula CORRECTA para calcular CTS Trunca?
Cálculos
Remun. Computable = Sueldo + (Última Grati ÷ 6) + Asig. Familiar + Comisiones
Base = S/ 2,500 + S/ 2,500÷6 = S/ 2,916.67
Semestre Nov–Abr (5.5 meses): CTS = 2,916.67 × (5.5÷12) = S/ 1,336.81
7
¿Recibo CTS si trabajé menos de 1 mes?
Cálculos
Respuesta: NO. La CTS se acumula a partir del segundo mes completo de trabajo. Si trabajaste menos de 30 días continuos, no corresponde CTS.
Pero SÍ recibes:
- ✅ Vacaciones proporcionales por días trabajados
- ✅ Salario y horas extra adeudadas
8
¿Si trabajé semestres completos, cuánta CTS recibo en liquidación?
Cálculos
En liquidación solo recibes la CTS del semestre actual (trunca). La de semestres anteriores ya fue depositada en tu cuenta bancaria CTS.
- Semestre 1: Noviembre → Abril (depósito en mayo)
- Semestre 2: Mayo → Octubre (depósito en noviembre)
Si terminas en Marzo 2026: tu CTS trunca cubre Nov 2025 – Mar 2026 = 5 meses.
9
¿Cuál es la fórmula CORRECTA para Vacaciones Truncas en 2026?
Cálculos
Esto paga el diario × días trabajados, no días de vacaciónganados
✅ Correcto: S/ 2,500 × (105 ÷ 360) = S/ 729.17
❌ Incorrecto: (S/ 2,500 ÷ 30) × 105 = S/ 8,750 (12× inflado)
10
¿Qué son las vacaciones truncas y cuántos días me corresponden?
Cálculos
Son las vacaciones del año en curso que no tomaste hasta la fecha de tu cese. En Perú, cada trabajador tiene derecho a 30 días de vacaciones por año (régimen general).
- Jornada completa (≥4 hrs/día): 30 días/año
- Tiempo parcial (<4 hrs/día): 15 días/año
- Pequeña Empresa REMYPE: 15 días/año
11
¿Si tomé algunas vacaciones pero no todas, recibo pago por las restantes?
Cálculos
SÍ. Se pagan los días de vacaciones ganados y NO tomados en el año en curso.
- Días ganados en 2026 (ene–abr): S/ 2,500 × (105÷360) = S/ 729.17
- Ya tomaste 5 días: (5 × 2,500÷360) = S/ 34.72
- Vacaciones a pagar: S/ 729.17 − S/ 34.72 = S/ 694.45
12
¿Qué es la Indemnización y cuándo me corresponde?
Derechos
Es la compensación económica por despido sin causa justificada. Se suma al resto de beneficios de la liquidación.
- ✅ Despido Arbitrario — sin causa justa demostrada
- ✅ Hostilidad laboral comprobada — acoso, reducción salarial, etc.
- ❌ Renuncia voluntaria — no genera indemnización
- ❌ Despido por causa justa — no genera indemnización
- ❌ Vencimiento plazo fijo — no genera indemnización (es cumplimiento normal)
13
¿Cómo se calcula la Indemnización para Contrato Indefinido en 2026?
Cálculos
Tope máximo: 12 sueldos mensuales
El Art. 38 establece que las fracciones de año se abonan por dozavos y treintavos. Cada mes fraccionario adicional suma.
- Por 3 años: 1.5 × 2,500 × 3 = S/ 11,250.00
- Por 4 meses: 1.5 × 2,500 × (4÷12) = S/ 1,250.00
- Por 15 días: 1.5 × 2,500 × (15÷360) = S/ 156.25
- Total: S/ 12,656.25
14
¿Cómo se calcula la Indemnización para Contrato Plazo Fijo?
Cálculos
- Meses restantes: May+Jun+Jul+Ago+Sep+Oct+Nov+Dic = 8.5 meses
- Indemnización = 1.5 × 2,500 × (8.5÷12) = S/ 2,656.25
15
¿Qué son las Gratificaciones Truncas y cuánto me corresponde?
Cálculos
Son los bonos de Julio (semestre Ene–Jun) y Diciembre (semestre Jul–Dic) que no alcanzaste a cobrar completos. Si cesas antes, recibes la proporción del semestre en curso.
- Meses en semestre: Ene + Feb + Mar + 0.5 Abr = 3.5 meses
- Grati = (2,500 ÷ 6) × 3.5 = S/ 1,458.33
- + Bonus EsSalud 9%: S/ 131.25
- Total Grati: S/ 1,589.58
16
¿Recibo Bonificación Extraordinaria (9%) siempre que haya Gratificación?
Cálculos
SÍ. La Ley 29351 obliga a pagar una Bonificación Extraordinaria junto a toda gratificación:
- ✅ EsSalud (régimen general): 9% de la gratificación
- ✅ EPS (seguro privado): 6.75% de la gratificación
- Grati = S/ 1,458.33
- Bonus EsSalud 9% = S/ 131.25
- Total: S/ 1,589.58
17
¿Qué son las Utilidades y quién está obligado a pagarlas?
Derechos
Participación proporcional en las ganancias netas de la empresa del año anterior. Empresas con más de 20 trabajadores y con utilidades están obligadas (Dec. Leg. 892).
| Minería y Pesquería | 5% |
| Comercio y Restaurantes | 8% |
| Industria, Construcción, Servicios | 10% |
| Telecomunicaciones | 10% |
| Agricultura y Ganadería | 5% |
18
¿Cómo se calcula la parte de Utilidades que me corresponde?
Cálculos
- Utilidades 2025 empresa: S/ 60,000
- Sector comercio: 8%
- Trabajaste en 2026: 105 días (Ene–Abr)
- Total días-trabajador empresa: 36,000
- Tu parte = (60,000 × 8%) × (105 ÷ 36,000) ≈ S/ 1,400
19
Soy trabajador Tiempo Parcial ¿Recibo CTS y Gratificaciones?
Casos Especiales
Respuesta: NO. Trabajadores con jornada promedio menor a 4 horas diarias están excluidos de CTS y Gratificaciones.
- ❌ CTS — no corresponde
- ❌ Gratificaciones — no corresponde
- ✅ Vacaciones — 15 días/año (no 30)
- ✅ Salario adeudado
- ✅ Indemnización por despido arbitrario
20
¿Qué es REMYPE y cómo afecta mi liquidación en 2026?
Casos Especiales
REMYPE es el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa. Define dos regímenes laborales distintos:
| Concepto | Microempresa (1–10) | Pequeña Empresa (11–100) |
|---|---|---|
| CTS | ❌ No corresponde | ✅ Completa |
| Gratificación | ❌ No corresponde | ✅ Completa |
| Vacaciones | 15 días/año | 15 días/año |
| Indemnización | 10 días/año (tope 90) | 20 días/año (tope 120) |
21
Soy trabajadora embarazada ¿Recibo indemnización especial?
Casos Especiales
SÍ. Indemnización DOBLE:
- Normal: 1.5 × 2,500 × 3 = S/ 11,250
- Embarazada: 3 × 2,500 × 3 = S/ 22,500
- Diferencia: +S/ 11,250
22
Trabajé «informalmente» sin registro ¿Tengo derechos laborales?
Casos Especiales
SÍ. Tienes DOBLE protección legal:
- ✅ Presunción de relación laboral formal (se demuestra por indicios de subordinación)
- ✅ Todos los beneficios como trabajador formal
- ✅ Indemnización aumentada por irregularidad del empleador
Acción: Denuncia a SUNAFIL (0800-16-872). Pueden determinar la relación laboral e investigar al empleador.
23
Trabajé en múltiples empleos simultáneos ¿Recibo liquidación de cada uno?
Casos Especiales
SÍ. Cada empleador responde independientemente por su propia liquidación. Las relaciones laborales son separadas.
Ejemplo: 3 años con Empresa A + 2 años con Empresa B = dos liquidaciones independientes calculadas por separado.
24
Si el trabajador fallece ¿quién recibe la liquidación?
Casos Especiales
La reciben los herederos legales en el siguiente orden:
- 1️⃣ Cónyuge e hijos (en partes iguales, primera prioridad)
- 2️⃣ Padres (si no hay cónyuge ni hijos)
- 3️⃣ Hermanos (si no hay ninguno de los anteriores)
Se requiere: certificado de defunción + documento de heredero (declaratoria o testamento).
25
¿Hay protección especial para menores de 18 años?
Casos Especiales
SÍ. Protección reforzada. Los menores de 18 años tienen restricciones laborales adicionales y, en caso de despido, reciben indemnización aumentada.
No pueden ser empleados en actividades peligrosas ni en horarios nocturnos. Si son despedidos arbitrariamente, la indemnización es mayor que la ordinaria.
26
¿Si renuncio voluntariamente recibo Indemnización?
Derechos
NO. La indemnización por despido arbitrario solo aplica cuando la decisión de terminar la relación es del empleador sin causa justificada.
- ✅ CTS Trunca
- ✅ Vacaciones Pendientes
- ✅ Gratificaciones Truncas
- ✅ Utilidades (si aplica)
- ✅ Horas Extra no pagadas
- ❌ Indemnización — NO aplica
27
¿Cuál es la diferencia económica entre Renuncia y Despido Arbitrario?
Derechos
| Concepto | Renuncia | Despido Arbitrario |
|---|---|---|
| CTS Trunca | ✅ Igual | ✅ Igual |
| Vacaciones | ✅ Igual | ✅ Igual |
| Gratificaciones | ✅ Igual | ✅ Igual |
| Utilidades | ✅ Igual | ✅ Igual |
| Indemnización | S/ 0 ❌ | 1.5× Sueldo× Años ✅ |
| Diferencia total (4 años · S/ 4,000) | — | +S/ 24,000 |
28
¿Cuánto tiempo tiene el empleador para pagarme la liquidación?
Legal
Máximo: 48 horas después de tu último día de trabajo.
Si el empleador no paga en ese plazo, debe abonar 1 día adicional de salario por cada día de retraso como penalización automática.
Sueldo S/ 2,500 · No pagan en 48 hrs · Retraso de 7 días:
Penalización = S/ 2,500 ÷ 30 × 7 días = S/ 583.33 adicionales
29
¿En qué formas puedo recibir el pago de mi liquidación?
Legal
- ✅ Depósito bancario (más recomendable — deja rastro)
- ✅ Transferencia electrónica
- ✅ Cheque nominativo
- ✅ Efectivo (menos recomendable sin comprobante)
30
¿Qué hago si el empleador no me paga en las 48 horas?
Legal
- Solicita por escrito (email o carta notarial) dejando constancia de la fecha
- Denuncia a SUNAFIL — 0800-16-872 (gratuito) o consultasunafil.gob.pe
- Conciliación gratuita en el Ministerio de Trabajo
- Demanda en Juzgado de Trabajo (con asesoría legal)
31
¿Qué documentos debo solicitar al momento del cese?
Legal
- ✅ Liquidación detallada — cada concepto con fórmula y monto
- ✅ Comprobante de pago — depósito, transferencia o cheque
- ✅ Certificado de trabajo — fecha inicio, fecha fin, cargo y sueldo
- ✅ Récord de vacaciones — días tomados vs. días pagados
- 📋 Copia de tu contrato de trabajo original
- 📋 Últimas 6 boletas de pago (con comisiones incluidas)
- 📋 Constancia de certificado REMYPE (si aplica)
32
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar errores en mi liquidación?
Legal
Tienes 4 años desde el cese para presentar demanda laboral por beneficios no pagados o mal calculados.
Versiones anteriores de esta página indicaban «30 días» — eso era incorrecto. La Ley 27321 establece claramente 4 años de prescripción laboral desde el día del cese.
33
¿Cómo se calculan los beneficios cuando recibo comisiones?
Cálculos
Se usa el promedio de los últimos 6 meses de pagos variables (comisiones, bonos) como remuneración computable adicional al sueldo base.
- Comisiones 6 meses: S/ 1,200 · 1,400 · 1,100 · 1,350 · 1,250 · 1,300
- Promedio = 7,600 ÷ 6 = S/ 1,266.67/mes
- Remuneración computable = S/ 1,130 + S/ 1,266.67 = S/ 2,396.67
Este monto se usa para calcular CTS, Gratificaciones e Indemnización.
34
¿Qué es «Mejor Remuneración Mensual» y cómo me afecta?
Cálculos
Para salarios variables, algunos empleadores aplican la «mejor remuneración» (el mes más alto de los últimos 6) en vez del promedio. El promedio es generalmente más beneficioso para ti.
Esta calculadora usa el promedio de 6 meses, que es el método más justo y el más común en cálculos judiciales. El promedio suele ser 10–15% mayor que la «mejor remuneración».
35
¿Cómo se cuentan los años, meses y días para la Indemnización?
Cálculos
El Art. 38 DS 001-97-TR establece: «Las fracciones de año se abonan por dozavos y treintavos, según corresponda.»
Esto significa que cada mes y cada día adicional suman a la indemnización:
- Por 2 años: 1.5 × 2,500 × 2 = S/ 7,500
- Por 8 meses: 1.5 × 2,500 × (8÷12) = S/ 2,500
- Por 15 días: 1.5 × 2,500 × (15÷360) = S/ 156.25
- Total: S/ 10,156.25
36
¿La liquidación está gravada por impuestos en 2026?
Legal
Parcialmente:
- ❌ CTS: Exenta de impuesto a la renta
- ❌ Vacaciones: Exenta
- ❌ Gratificaciones: Exentas (Ley 29351)
- ✅ Indemnización: Gravada si supera 12 UIT (exceso tributa como 5.ª categoría)
- ✅ Utilidades: Gravadas con impuesto a la renta 5.ª categoría
UIT 2026: S/ 5,500 — actualizado anualmente por el MEF. Verifica el valor vigente en sunat.gob.pe si hay actualizaciones posteriores a esta fecha.
37
¿Cómo se calcula la liquidación si me jubilo?
Casos Especiales
Recibes todos los beneficios sociales acumulados igual que en un cese normal, excepto indemnización (porque no hay despido arbitrario).
- ✅ CTS Trunca
- ✅ Vacaciones Pendientes
- ✅ Gratificaciones Truncas
- ✅ Utilidades proporcionales
- ❌ Indemnización — NO aplica en jubilación voluntaria
Adicionalmente tienes derecho a reclamar tu fondo de AFP o pensión de ONP por cuenta separada.
38
¿Puedo negociar el monto de mi liquidación?
Derechos
SÍ, y es la mejor estrategia. Una negociación directa antes de firmar es mucho más efectiva y rápida que un proceso legal posterior.
- Calcula tu monto justo con esta calculadora
- Compara concepto por concepto con la oferta del empleador
- Solicita reunión con RRHH o Gerencia
- Presenta el cálculo basado en ley (DS 001-97-TR, DS 006-2024-TR)
- Negocia — muchos empleadores ajustan para evitar proceso laboral
39
¿Qué hago si hay desacuerdo en el monto de mi liquidación?
Legal
- Negocia directamente — muestra tu cálculo basado en ley (más efectivo y rápido)
- SUNAFIL — inspección laboral gratuita · 0800-16-872
- Conciliación gratuita — Centro de Conciliación del Ministerio de Trabajo
- Juzgado de Trabajo — demanda laboral (con asesoría jurídica)
40
¿Qué es SUNAFIL y cómo presento una denuncia en 2026?
Legal
SUNAFIL = Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral — organismo del Ministerio de Trabajo que supervisa el cumplimiento de las leyes laborales.
- 📞 Línea gratuita: 0800-16-872
- 🌐 Web: consultasunafil.gob.pe
- 📧 Denuncia online: via portal web del MTPE
- 📍 Presencial: Oficinas en Lima y regiones
Costo: GRATUITO. No necesitas abogado para la denuncia inicial. SUNAFIL investiga y sanciona al empleador infractor con multas de hasta 20 UIT.
41
¿Debo guardar mi liquidación? ¿Por cuánto tiempo?
Legal
SÍ. Guárdala permanentemente. Es tu única evidencia de lo que te pagaron. Puede servir para reclamaciones futuras, trámites de pensión AFP/ONP, o referencias laborales.
- 📧 Email (envíate a ti mismo las fotos/PDFs)
- ☁️ Google Drive o OneDrive
- 💾 Disco externo o USB
- 📄 Copia impresa en carpeta en casa
42
¿Si no tomé vacaciones en 2 años, cuánto recibo por ellas?
Cálculos
En liquidación solo se pagan las vacaciones del año en curso (desde 1 enero hasta la fecha de cese). El año anterior ya debió ser liquidado o tomado en su momento.
Vacaciones 2026 = S/ 2,500 × (105 ÷ 360) = S/ 729.17
43
Mi salario cambió durante mi empleo ¿Cuál sueldo se usa en la liquidación?
Cálculos
Se usa el sueldo al momento del cese (el último sueldo vigente) para todos los cálculos: CTS, Vacaciones, Gratificaciones e Indemnización.
Excepción: Para la indemnización de contratos plazo fijo o cuando hay comisiones variables, se usa el promedio de los últimos 6 meses como base computable.
44
¿Pueden descontar deudas o préstamos de mi liquidación?
Legal
- ✅ Impuesto a la Renta 5.ª categoría (automático)
- ✅ Aportaciones AFP (automático)
- ✅ Préstamos de la empresa — solo con consentimiento escrito previo
- ❌ Multas disciplinarias — no autorizadas en liquidación
- ❌ Daños supuestos — requieren sentencia judicial previa
- ❌ Cualquier deuda sin autorización escrita del trabajador
45
¿Cómo verifico si una empresa está registrada formalmente?
Legal
- 🔍 SUNAT: sunat.gob.pe — verifica RUC y estado tributario
- 🔍 SUNAFIL: consultasunafil.gob.pe — historial de inspecciones
- 🔍 MTPE: plataforma.trabajo.gob.pe — planilla y registro laboral
- 🔍 REMYPE: produce.gob.pe — constancia de inscripción
46
¿Qué pasa si la empresa quiebra? ¿Pierdo mi liquidación?
Legal
No completamente. Los trabajadores tienen primera prioridad en el cobro de deudas de la empresa en quiebra — antes que proveedores, bancos u otros acreedores.
- ✅ El juzgado decreta la quiebra y supervisa la liquidación de activos
- ✅ Con esos fondos se pagan primero los adeudos laborales
- ✅ Si no alcanza, hay mecanismos de garantía del Ministerio de Trabajo (cobertura limitada)
47
Mi empleador no quiere dar liquidación detallada ¿Es legal?
Legal
NO. Es ILEGAL. El empleador está obligado por ley a entregar la liquidación detallada con cada concepto explicado.
- Solicita por escrito (email o carta) — deja constancia de fecha
- Si no responde en 48 hrs, denuncia a SUNAFIL: 0800-16-872
- Acude al Juzgado de Trabajo si SUNAFIL no resuelve
48
¿Es legal que me hagan firmar «Sin Reclamo Alguno»?
Legal
Pueden pedírtelo, pero no es vinculante. En Perú, los derechos laborales son irrenunciables (Art. 26 Constitución Política). No puedes renunciar válidamente a derechos que la ley te otorga.
Aunque firmes «sin reclamo alguno», tienes 4 años para demandar diferencias si calculas que hubo error (Ley 27321).
49
¿Prescribe mi derecho a cobrar lo que me deben de la liquidación?
Legal
Sí, pero tienes 4 años. La prescripción de las acciones laborales en Perú es de 4 años desde el día del cese (Ley 27321).
Cese el 15 Abril 2026 → Puedes demandar hasta el 15 Abril 2030.
50
¿Cómo identifico errores en la liquidación que me presentaron?
Cálculos
- ❌ Vacaciones: Usar fórmula
(sueldo÷30)×díasen vez de la correctasueldo×(días÷360)— infla hasta 12 veces el monto real - ❌ CTS sin base completa: No incluir la sexta parte de la gratificación ni la Asignación Familiar en la remuneración computable — error hasta 20%
- ❌ Indemnización sin fracciones: Calcular solo años completos, ignorando los dozavos (meses) y treintavos (días) adicionales — Art. 38 DS 001-97-TR
- ❌ Tiempo parcial mal definido: Usar «menos de 30 horas/semana» como umbral cuando la ley dice menos de 4 horas/día promedio — D.Leg. 728 Art. 11
- ❌ UIT desactualizada: Usar S/ 5,350 (UIT 2025) en vez de S/ 5,500 (UIT 2026) para calcular tope de utilidades y multas
- ❌ Prescripción cortísima: Decirte «solo tienes 30 días para reclamar» cuando el plazo real es 4 años — Ley 27321
- ❌ Gratificación sin Bonus EsSalud: Omitir la Bonificación Extraordinaria del 9% (o 6.75% EPS) que siempre acompaña a toda gratificación — Ley 29351
- ❌ Confundir REMYPE: Aplicar régimen de Microempresa (1-10 trabajadores) cuando la empresa tiene 11-100, correspondiéndote el de Pequeña Empresa
- ❌ Horas extra no pagadas: No incluir horas extraordinarias con recargos +25%/+35% adeudadas — D.Leg. 854
- ❌ Asignación Familiar omitida: No sumar S/ 113.00 mensuales a la base de cálculo si tienes hijos — Ley 25129
- Solicita el desglose detallado de cada concepto por escrito a RRHH
- Compara cada fórmula con nuestra calculadora FiniquitoJusto.com Perú 2026
- Verifica que la base computable de CTS incluya sueldo + 1/6 gratificación + asignación familiar
- Confirma que vacaciones use divisor 360, no 30
- Revisa si la empresa está registrada en REMYPE en el MTPE (consulta gratuita)
51
¿Cómo se calculan las Horas Extra y cuánto debo cobrar en mi liquidación 2026?
Nuevo 2026
Las horas extras no pagadas durante tu relación laboral se incluyen en la liquidación como deuda salarial. Tienen recargos obligatorios sobre la tarifa horaria normal.
| Horas | Recargo | Fórmula |
|---|---|---|
| 1ª y 2ª hora extra | +25% sobre tarifa horaria | Tarifa × 1.25 |
| Desde la 3ª hora | +35% sobre tarifa horaria | Tarifa × 1.35 |
| Hora nocturna (10pm–6am) | +35% adicional sobre la extra | Tarifa × 1.35 × 1.35 |
- Sueldo mensual: S/ 2,500 · jornada: 8 h/día
- Tarifa horaria: S/ 2,500 ÷ 30 ÷ 8 = S/ 10.42
- Horas extra adeudadas: 20 horas totales en el mes
- Primeras 2 horas × 4 días = 8 h × S/ 10.42 × 1.25 = S/ 104.17
- Desde la 3ª hora = 12 h × S/ 10.42 × 1.35 = S/ 168.75
- Total Horas Extra Mes: S/ 272.92
52
¿Cuál es la UIT 2026 y cómo impacta el cálculo de mi liquidación en Perú?
Nuevo 2026
La Unidad Impositiva Tributaria (UIT) es el valor de referencia legal que define límites, topes y multas en el sistema laboral y tributario peruano. Para 2026 el valor es S/ 5,500.
| Año | UIT | Norma |
|---|---|---|
| 2023 | S/ 4,950 | DS 309-2022-EF |
| 2024 | S/ 5,150 | DS 300-2023-EF |
| 2025 | S/ 5,350 | DS 285-2024-EF |
| ✅ 2026 | S/ 5,500 | DS vigente 2026 |
- Tope máximo de Utilidades: Ningún trabajador cobra más de 18 UIT por año = 18 × S/ 5,500 = S/ 99,000 (antes S/ 96,300 con UIT 2025)
- Multas SUNAFIL: Se calculan en fracciones de UIT. No pagar liquidación a tiempo = hasta 5 UIT = S/ 27,500
- Tope indemnización microempresa REMYPE: 90 días-remuneración (no vinculado a UIT directamente, pero el tope de multa sí usa UIT 2026)
- Gratificación extraordinaria por cierre de empresa: Calculada en función de la UIT del año del cese
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FiniquitoJusto.com ofrece calculadoras personalizadas según las leyes laborales vigentes de cada país. Selecciona tu país para calcular tu liquidación con precisión legal actualizada.
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Argentina
Ley 20.744 (LCT) · Ley 27.742 · 2026
Calculadora avanzada con gráficos, comparación de escenarios y 40+ FAQs
México
Ley Federal del Trabajo (LFT) · 2026
Finiquito, antigüedad, prima vacacional y prestaciones de ley mexicana
Colombia
Código Sustantivo del Trabajo (CST) · 2026
Cesantías, prima de servicios, vacaciones y liquidación laboral colombiana
Chile
Código del Trabajo de Chile · 2026
Indemnización, fracción 6 meses, obra/faena, tope 90 UF y beneficios completos
España
Estatuto Trabajadores RDL 2/2015 · 2026
Finiquito, indemnización y liquidación laboral española con Directivas UE
Guinea Ecuatorial
Código del Trabajo de Guinea Ecuatorial · 2026
Liquidación laboral ecuatoguineana con estándares internacionales OIT
Puerto Rico
Ley 80-1976 · Reforma 2017 · Act 41-2022
Liquidación completa: indemnización Pre/Post-2017, vacaciones, bono navidad
R. Dominicana
Código de Trabajo Dominicano · 2026
Indemnización, prima de antigüedad y prestaciones laborales caribeñas
Cuba
Código de Trabajo de Cuba (Ley 116) · 2026
Liquidación laboral cubana con beneficios y protección social integral
Honduras
Código de Trabajo de Honduras · 2026
Liquidación, auxilio de cesantía y beneficios laborales hondureños
Paraguay
Código Laboral del Paraguay · 2026
Indemnización por despido injustificado y beneficios sociales paraguayos
Nicaragua
Código del Trabajo de Nicaragua · 2026
Liquidación, indemnización y compensación por antigüedad laboral
El Salvador
Código de Trabajo de El Salvador · 2026
Liquidación, indemnización y beneficios laborales salvadoreños actualizados
Costa Rica
Código de Trabajo de Costa Rica · 2026
Cesantía, aguinaldo, vacaciones y liquidación con altos estándares laborales
Panamá
Código de Trabajo Panameño · 2026
Indemnización, prima de antigüedad y prestaciones panameñas completas
Bolivia
Código de Trabajo de Bolivia (LGT) · 2026
Indemnización por antigüedad, desahucio y beneficios laborales bolivianos
Guatemala
Código de Trabajo de Guatemala · 2026
Liquidación laboral, Bono 14, aguinaldo y prestaciones guatemaltecas
Ecuador
Código del Trabajo Ecuador · 2026
Indemnización, fondos de reserva, décimo tercero y cuarto sueldo
Venezuela
Ley Orgánica del Trabajo (LOTTT) · 2026
Utilidades, prestaciones sociales y compensación por antigüedad venezolana
Perú
ActualDS 003-97-TR · DS 001-97-TR · DS 006-2024-TR · Legislación 2026
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Aviso Legal y Descargo de Responsabilidad 2026
Lee este descargo completamente antes de usar esta calculadora. Los cálculos son estimaciones educativas basadas en las leyes laborales peruanas vigentes a febrero de 2026.
Esta calculadora es una herramienta educativa e informativa diseñada para proporcionar estimaciones generales sobre liquidación laboral en Perú. NO constituye asesoramiento legal profesional y no reemplaza la consulta con un abogado laboralista calificado.
Los cálculos presentados son aproximaciones basadas en la interpretación de las leyes laborales peruanas vigentes en 2026 y pueden no reflejar todas las circunstancias particulares de tu caso.
- DS 003-97-TR — TUO de la LPCL (Ley de Productividad y Competitividad Laboral)
- DS 001-97-TR — TUO de la Ley de CTS (Compensación por Tiempo de Servicios)
- DS 006-2024-TR — Remuneración Mínima Vital 2026 (RMV = S/ 1,130)
- D.Leg. 892 — Participación en Utilidades
- D.Leg. 854 — Ley 27671 — Jornada y Horas Extra (+25% / +35%)
- D.Leg. 728 Art. 11 — Régimen Tiempo Parcial (<4 horas/día)
- D.Leg. 1086 — Régimen Especial REMYPE (Micro y Pequeña Empresa)
- Ley 27321 — Prescripción Laboral: 4 años desde el cese para reclamar
- Ley 29351 — Bonificación Extraordinaria EsSalud 9% sobre Gratificaciones
- Ley 25129 — Asignación Familiar (S/ 113.00 = 10% RMV 2026)
- DS 285-2025-EF — UIT 2026 = S/ 5,500
- Convenios colectivos específicos de tu empresa o sector
- Acuerdos especiales entre empleador y trabajador
- Bonificaciones extraordinarias no contempladas en ley general
- Regímenes especiales: agrario, construcción civil, exportación no tradicional
- Cambios legislativos posteriores a febrero 2026
- Variaciones regionales o interpretaciones jurisdiccionales locales
Aunque hacemos esfuerzos significativos para proporcionar cálculos correctos basados en la ley peruana vigente:
- Los cálculos son estimaciones basadas en los datos que ingresas
- Errores en los datos de entrada producen errores en los resultados
- No garantizamos exactitud matemática en el 100% de casos particulares
- Fórmulas validadas contra DS 003-97-TR, DS 001-97-TR y DS 006-2024-TR
- Se recomienda verificar resultados con un profesional antes de negociar
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- Ley 29733: Cumplimos con la Ley de Protección de Datos Personales del Perú
Para casos específicos, se recomienda encarecidamente consultar con:
- Abogado Laboralista: Para interpretación legal específica de tu situación. Muchos ofrecen consulta inicial gratuita.
- Contador Público Colegiado: Para el tratamiento fiscal y tributario de tu liquidación (afectación a IR 5ª categoría).
- SUNAFIL (gratuito): Para verificación oficial, inspecciones laborales y denuncias sociolaborales.
- MTPE — Ministerio de Trabajo (gratuito): Orientación laboral y conciliación antes de ir a juicio.
- Poder Judicial — Juzgado Laboral: Para demandas formales cuando no hay acuerdo con el empleador.
- SUNAFIL Lima: (01) 390-2800 · Av. Gral. Salaverry 655, Jesús María
- SUNAFIL Línea gratuita nacional: 0800-16-872 (sin costo desde cualquier teléfono fijo)
- MTPE Central: (01) 630-6000 · Av. Salaverry 655, Lima
- Obtener una estimación inicial de tu liquidación antes de negociar
- Entender cómo funcionan los cálculos laborales peruanos (CTS, vacaciones, gratificaciones)
- Comparar el monto que debería recibir vs. lo que te ofrece tu empleador
- Prepararte antes de una reunión de negociación o conciliación laboral
- Identificar posibles errores o conceptos omitidos en la liquidación presentada
- Educación general sobre beneficios laborales y leyes laborales peruanas 2026
- Reemplazar asesoramiento legal profesional de un abogado laboralista
- Tomar decisiones legales definitivas sin verificación profesional
- Presentar como evidencia única ante el Poder Judicial o tribunales laborales
- Casos complejos con regímenes especiales (construcción civil, agrario, exportación)
- Situaciones con convenios colectivos activos o bonificaciones extraordinarias
Si hay discrepancia entre los cálculos de esta herramienta y los de tu empleador:
- Solicita explicación escrita — Pide a RRHH el desglose detallado y firmado de cada concepto de la liquidación
- Verifica con esta calculadora — Compara concepto por concepto e identifica dónde están las diferencias
- Consulta a un profesional — Ante diferencias significativas, busca un abogado laboralista o acude a SUNAFIL (gratis)
- Firma con reserva si es necesario — Puedes firmar escribiendo «firmo con reserva de mis derechos» para no perder el cobro mientras reclamas la diferencia
- Denuncia a SUNAFIL — Si existe irregularidad confirmada: SUNAFIL en Línea o llama al 0800-16-872 (gratuito)
Esta calculadora se basa en leyes vigentes a partir de 19 de Febrero de 2026.
- Actualizada con DS 006-2024-TR (RMV S/ 1,130 · 2026)
- Corregidas fórmulas de vacaciones, indemnización y tiempo parcial (Feb 2026)
- UIT 2026 = S/ 5,500 (actualizada desde S/ 5,350 de 2025)
- Cambios legislativos posteriores a esta fecha pueden no estar reflejados inmediatamente
- Revisa nuestro blog para actualizaciones laborales importantes del año
- Próxima revisión programada: Agosto 2026
Al usar esta calculadora, confirmas que:
- Que es una herramienta educativa — no asesoramiento legal profesional
- Todas las limitaciones, correcciones y condiciones descritas en este aviso
- Que utilizarás los resultados bajo tu propia responsabilidad
- Que consultarás con profesionales calificados para decisiones legales definitivas
- Que no responsabilizarás a FiniquitoJusto.com por errores, diferencias o daños derivados
- Que respetas los derechos de autor, datos y privacidad del sitio
Si no aceptas estos términos, no uses esta calculadora. Recurre directamente a SUNAFIL o a un abogado laboralista.
52 preguntas respondidas
Basadas en ley peruana 2026
Justo
Transparencia e Independencia — Calculadora de Liquidación Laboral Perú 2026
FiniquitoJusto.com es una plataforma independiente dedicada a simplificar el cálculo de liquidación laboral para todos los trabajadores peruanos. A diferencia de plataformas corporativas, nuestra metodología es 100% neutral, basada estrictamente en la legislación laboral peruana vigente en 2026, las correcciones confirmadas del DS 003-97-TR, DS 001-97-TR y DS 006-2024-TR, y las resoluciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
DS 003-97-TR · DS 001-97-TR · DS 006-2024-TR actualizados Feb 2026
Cálculos 100% locales en tu navegador. Sin servidores externos
Independiente. Sin vínculos con empleadores, sindicatos ni RRHH
CTS, vacaciones, gratificaciones, indemnización y horas extra