Cómo calcular la CTS en Perú 2026: fórmula, base computable y CTS trunca
El concepto laboral que más se calcula mal en Perú — con fórmula exacta, ejemplos y los errores más frecuentes.
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es uno de los beneficios más importantes del trabajador peruano — y también uno de los que más frecuentemente se calcula mal. El error casi siempre está en la base computable: muchas empresas la calculan solo sobre el sueldo básico, dejando fuera la sexta parte de la gratificación y la asignación familiar. Esa omisión puede significar cientos o miles de soles menos en tu liquidación.
Esta guía te explica exactamente cómo se calcula la CTS, por qué la base computable es diferente al sueldo, cómo se determina la CTS trunca al momento del cese y cómo verificar si te depositaron el monto correcto.
¿Qué es la CTS y para qué sirve?
La Compensación por Tiempo de Servicios es un beneficio social obligatorio creado por el D.S. 001-97-TR que funciona como un fondo de contingencia para el trabajador. A diferencia de otros beneficios que se pagan directamente, la CTS se deposita en una cuenta bancaria a nombre del trabajador dos veces al año.
La lógica es sencilla: el empleador va acumulando mes a mes un ahorro a nombre del trabajador. Si ese trabajador queda sin empleo, tiene acceso a esos fondos. Durante la vigencia de la relación laboral, la CTS es intangible (con excepciones extraordinarias). Al cesar, el trabajador puede retirar libremente todo el saldo.
La CTS equivale, en términos prácticos, a aproximadamente medio sueldo por año de trabajo. Pero el cálculo exacto es algo más específico y hay que entender bien sus componentes.
Los dos períodos semestrales de la CTS
El año se divide en dos períodos para el cómputo y depósito de la CTS:
📅 Primer período CTS
Meses: noviembre, diciembre, enero, febrero, marzo, abril
Se deposita: hasta el 15 de mayo
Acumula los 6 meses anteriores al depósito
📅 Segundo período CTS
Meses: mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre
Se deposita: hasta el 15 de noviembre
Acumula los 6 meses anteriores al depósito
Si un trabajador cesa en cualquier momento entre esas dos fechas de depósito, se le debe la CTS proporcional al tiempo trabajado en el semestre en curso — eso es la CTS trunca.
La base computable: el núcleo del cálculo
El error más costoso en el cálculo de la CTS es usar el sueldo como base y nada más. La ley establece una remuneración computable que suma tres componentes:
Sueldo mensual
El sueldo bruto del mes, incluyendo cualquier adicional regular que cobras mensualmente
+ 1/6 de la última gratificación
La sexta parte de la última gratificación recibida (julio o diciembre), sin incluir la bonificación del 9%
+ Asignación familiar
S/ 113 mensuales si tienes hijos menores de 18 años (o hasta 24 si estudian)
La «última gratificación» es la más reciente que recibiste (julio o diciembre), SIN incluir la bonificación extraordinaria del 9%
¿Por qué se divide la gratificación entre 6? Porque la gratificación anual equivale a dos meses de sueldo (julio + diciembre). Dividir una de ellas entre 6 da el valor mensual proporcional de ese beneficio, incluyéndolo en la base semestral de la CTS.
La fórmula completa de la CTS semestral
Con la base computable calculada, el CTS semestral completo es:
(Esto equivale a: base computable × 6 meses ÷ 12 = base ÷ 2)
Si trabajaste el semestre completo, el empleador deposita ese monto. Si no lo trabajaste completo (porque ingresaste a mitad del semestre o cesaste antes del depósito), se calcula de forma proporcional.
La CTS trunca: lo que te pagan en la liquidación
Cuando la relación laboral termina en cualquier momento del semestre — antes de la fecha de depósito — el empleador debe calcular y pagar la CTS proporcional al tiempo trabajado en ese período. A eso se llama CTS trunca, y siempre se incluye en la liquidación de beneficios sociales.
Los meses incompletos se calculan como treintavos:
Días incompletos ÷ 30 = fracción de mes
Ejemplo: 2 meses y 15 días = 2 + 15/30 = 2.5 meses
La CTS acumulada en tu cuenta bancaria la puedes retirar libremente al cesar, con la carta de libre disposición que debe darte el empleador. La CTS trunca es lo que se te paga por la parte del semestre actual que todavía no fue depositada. En la liquidación, lo que aparece como «CTS» es solo la trunca — la acumulada ya está en el banco.
Tres ejemplos paso a paso
Ejemplo 1: trabajador con sueldo fijo sin asignación familiar
Luciana — analista contable, Arequipa
S/ 2,200 · Sin hijos · Última gratificación: S/ 2,200 (julio 2026) · Cese: 20 octubre 2026
Semestre CTS en curso: mayo–octubre. Trabajó mayo (completo), junio, julio, agosto, septiembre + 20 días de octubre = 5 meses + 20/30 = 5.667 meses.
Ejemplo 2: trabajador con asignación familiar
Pedro — técnico de producción, Lima
S/ 3,500 · 2 hijos menores · Última grati: S/ 3,500 (dic. 2025) · Cese: 28 febrero 2026
Semestre CTS en curso: noviembre–abril. Trabajó noviembre, diciembre, enero, febrero = 4 meses completos (cese el 28/2).
Ejemplo 3: verificación de un depósito semestral completo
Sandra gana S/ 4,000 mensuales, tiene asignación familiar (S/ 113) y su última gratificación fue S/ 4,000 en diciembre 2025. ¿Cuánto debería depositarle el empleador en mayo 2026 (período noviembre–abril)?
Sandra — jefa de área, Trujillo
S/ 4,000 · Con hijos · Depósito semestral mayo 2026 (período nov 2025 – abr 2026)
Si el empleador le depositó menos, hay una diferencia que puede reclamarse en SUNAFIL dentro de los 4 años (Ley 27321).
Los errores más frecuentes en el cálculo de la CTS
| Error | Impacto | Lo correcto |
|---|---|---|
| No incluir 1/6 de la gratificación en la base | Reduce la base ~16% | Siempre sumar última grati ÷ 6 |
| No incluir asignación familiar | Falta S/ 113 en la base mensual | Agregar S/ 113 si hay hijos |
| Usar la bonificación 9% en la base | Infla la base incorrectamente | Solo la gratificación, sin el 9% |
| No calcular treintavos para días incompletos | Pierde días del cómputo | (días ÷ 30) × base computable ÷ 12 |
| Confundir el período CTS (nov–abr vs may–oct) | Cálculo incorrecto de meses | Verificar en qué semestre ocurrió el cese |
| No entregar carta de libre disposición al banco | Trabajador no puede retirar CTS acumulada | Obligatorio al cesar (infracción SUNAFIL) |
La CTS en regímenes especiales MYPE
No todos los trabajadores tienen derecho a la CTS completa. Los regímenes laborales especiales establecen:
- Microempresa (hasta 10 trabajadores, Ley 30056): No corresponde CTS. Tampoco gratificaciones. Sí corresponde vacaciones (15 días) e indemnización por despido arbitrario.
- Pequeña empresa (hasta 100 trabajadores): CTS al 50% del valor regular. Gratificaciones al 50%. 30 días de vacaciones.
- Régimen general: CTS completa según D.S. 001-97-TR.
Consulta el Registro Nacional de Micro y Pequeña Empresa (REMYPE) en el portal del MTPE. El tamaño de la empresa a efectos laborales se determina por el número de trabajadores y el volumen de ventas anuales, no solo por lo que la empresa declare. Si tu empresa tiene 15 trabajadores pero está inscrita como microempresa, puede haber un problema que puedes denunciar en SUNAFIL.
Preguntas frecuentes sobre la CTS en Perú
Sobre el sueldo bruto. La remuneración computable de la CTS se basa en el sueldo bruto mensual (antes de descuentos de AFP/ONP, EsSalud e IR de quinta categoría), más la sexta parte de la última gratificación bruta, más la asignación familiar.
El depósito tardío genera intereses legales laborales (tasa TAMN del BCRP) por los días de retraso. Puedes denunciar en SUNAFIL, que puede imponer multas a la empresa. Tienes 4 años desde que debió realizarse el depósito para reclamar (Ley 27321).
Sí. El trabajador tiene derecho a elegir el banco de su preferencia (entre las entidades financieras autorizadas por la SBS) para que el empleador deposite la CTS. Si no ejerces esa elección, el empleador puede elegir el banco. La cuenta CTS es solo para ese fin — no es una cuenta corriente.
Solo forman parte de la base computable las remuneraciones regulares, permanentes y principales. Las comisiones que se perciben mensualmente de manera regular pueden incluirse. Los bonos extraordinarios, puntales de fin de año, viáticos y conceptos no remunerativos no entran en la base computable de la CTS.
Sí. Al terminar la relación laboral, el empleador debe entregarte la carta de libre disposición de CTS dirigida al banco depositario para que puedas retirar los fondos acumulados. No entregar este documento es una infracción laboral sancionable por SUNAFIL.
Calcula tu CTS trunca con la fórmula correcta
La calculadora de Perú de FiniquitoJusto calcula la base computable incluyendo la sexta parte de la gratificación y la asignación familiar. Verifica lo que te depositaron.
Calcular mi CTS →Última actualización: junio 2026. Base legal: D.S. 001-97-TR (Texto Único Ordenado de la Ley de CTS), Ley 30056 (MYPE), D.S. 006-2024-TR (RMV S/ 1,130), Ley 27321 (prescripción 4 años). Fuente oficial: MTPE.